REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA ESPECIALIZACIÓN EN DERECHOS HUMANOS FACILITADORA: NORMA LOPEZ MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN.

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Transcripción de la presentación:

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA ESPECIALIZACIÓN EN DERECHOS HUMANOS FACILITADORA: NORMA LOPEZ MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EL ARBITRAJE ABG. CAMILO CHACÓN HERRERA CENTRO LOCAL YARACUY

Mediación Medios Alternativos de Solución de Conflictos Conciliación Negociación Justicia de paz Tercer lado Arbitraje

Antecedentes

contrato compromisorio

Árbitros

Definición Proceso en el cual se trata de resolver extrajudicialmente las diferencias que surjan en las relaciones entre dos o mas partes, quienes acuerden la intervención de un tercero (arbitro o tribunal arbitral) para que los resuelva.

¿Es necesario el arbitraje? ¿Que ventajas ofrece el arbitraje respecto a la justicia común?

BARRERAS AL ACCESO A LA JUSTICIA Barreras Socio Culturales Carencia Informativa. Falta de Credibilidad y Confiabilidad. Discriminación Parcialidad Complejidad Terminológica

BARRERAS AL ACCESO A LA JUSTICIA Barreras Económicas Altos honorarios Distracción del tiempo del trabajo Gastos asociados (traslados, comidas) Las propinas de la justicia

BARRERAS AL ACCESO A LA JUSTICIA Barreras Físicas Edificaciones complejas. Distancia geográfica. Controles de acceso. Carencia de facilidades al discapacitado

BARRERAS AL ACCESO A LA JUSTICIA Barreras Formales Complicación de trámites. Solemnidad excesiva. La lentitud de los procesos. La asistencia/representación obligatoria.

El Arbitraje Es una buena alternativa Más célere Menos formal Posee una sola instancia Reduce gastos

Peculiaridades Diferencia con la mediación y la conciliación Dicta laudo Cláusula compromisoria Tutela jurisdiccional eficaz Necesaria asistencia de los órganos judiciales

El arbitraje en la CRBV (1999) la inserción del arbitraje dentro del sistema de justicia, puso fin a la aparente contradicción que desde el punto de vista doctrinal y jurisprudencial se generó entre arbitraje, orden público, normas imperativas y el principio tuitivo o protector de la legislación especial en áreas "sensibles" como laboral, arrendamiento, consumo, operaciones inmobiliarias, entre otras.

Relación de control La Ley de Arbitraje Comercial en sus artículos 43 al 47 prevé la anulación de los laudos. Tras la presentación de una petición por escrito al Tribunal de Primera Instancia competente, será ejecutado el laudo forzosamente por éste sin requerir exequatur.

5 pilares del arbitraje Validez y eficacia del convenio arbitral, Autonomía de las partes, Amplios poderes a los árbitros, Intervención judicial sólo como apoyo al arbitraje, Intangibilidad del laudo arbitral

Principios La Ley Aprobatoria de la Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras, dispone “Artículo II 3. El tribunal de uno de los Estados Contratantes al que se someta un litigio respecto del cual las partes hayan concluido un acuerdo en el sentido del presente artículo, remitirá a las partes al arbitraje, a instancia de una de ellas, a menos que compruebe que dicho acuerdo es nulo, ineficaz o inaplicable” competencia - competencia y de la autonomía del pacto arbitral

Principios El artículo 8 de la Ley Modelo sobre Arbitraje Comercial Internacional de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI): “Acuerdo de Arbitraje y demanda en cuanto al fondo ante un Tribunal. 1) El Tribunal al que se someta un litigio sobre un asunto que es objeto de un acuerdo de arbitraje remitirá a las partes al arbitraje si lo solicita cualquiera de ellas, a más tardar, en el momento de presentar el primer escrito sobre el fondo del litigio, a menos que se compruebe que dicho acuerdo es nulo, ineficaz o de ejecución imposible. “ competencia - competencia y de la autonomía del pacto arbitral

El principio competencia-competencia y el de autonomía del acuerdo arbitral son las dos instituciones más típicas del derecho arbitral. Para entenderse deben estudiarse en forma conjunta. Aunque tienen un mismo punto de partida, buscan evitar dos peligros distintos. Compétence hace que un árbitro pueda analizar su competencia y decidir que carece de la misma en forma jurídica y lógicamente congruente; y la autonomía permite determinar que el contrato es defectuoso sin desestabilizar los cimientos jurídicos de la decisión (el laudo) Principios competencia - competencia y de la autonomía del pacto arbitral

El Arbitraje en el Código de Procedimiento Civil Artículo 608. Las controversias pueden comprometerse en uno o más árbitros en número impar, antes o durante el juicio, con tal de que no sean cuestiones sobre estado, sobre divorcio o separación de los cónyuges, ni sobre los demás asuntos en los cuales no cabe transacción. Artículo 618 Los árbitros son de derecho, o arbitradores. Los primeros deben observar el procedimiento legal, y en las sentencias, las disposiciones del Derecho. Los segundos procederán con entera libertad, según les parezca más conveniente al interés de las partes, atendiendo principalmente a la equidad. Artículo 619 No pueden ser árbitros de derecho quienes no sean abogados en ejercicio.

Centro de arbitraje Fue creado en 1989 y reactivado en 1998 con la entrada en vigencia de la Ley de Arbitraje Comercial, del 7 de abril de Cuenta con un Reglamento General que fue aprobado el 12 de Agosto de 1998 por la Cámara Activa de la Cámara de Comercio de Caracas, y modificado el 23 de febrero del El Centro de Arbitraje provee todos los servicios de rutina para el trámite del arbitraje, tales como recibir y notificar la demanda, fijar honorarios, elegir árbitros cuando sea necesario, en general, garantiza el derecho al debido proceso. No resuelve controversias ni dicta laudos arbitrales, su cometido es asegurar que dentro de los procedimientos arbitrales se cumplan las normas previstas en el Reglamento. El Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Caracas es la Sección Nacional de la Comisión Interamericana de Arbitraje Comercial (CIAC) en Venezuela