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Publicada porVincenç Fontana Modificado hace 9 años
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Tema 8: Proceso monitorio europeo y proceso europeo de escasa cuantía Dr. Matthias Frey Director del Tribunal Municipal
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Proceso monitorio europeo Reglamento (CE) n.º 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un proceso monitorio europeo Aplicable en todos los Estados miembros a excepción de Dinamarca para litigios transfronterizos en materia civil y mercantil Expedición previa petición de un requerimiento europeo de pago mediante un procedimiento estandarizado Escrito de oposición como recurso contra el requerimiento europeo de pago Tras la oposición, el procedimiento continúa de acuerdo con la legislación procesal civil del órgano jurisdiccional del Estado miembro de origen Declaración de la ejecutabilidad por parte del órgano jurisdiccional de origen El requerimiento europeo de pago debe ejecutarse de acuerdo a las normas del Derecho del Estado miembro de ejecución; no requiere una declaración de ejecutabilidad de dicho Estado miembro.
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Proceso europeo de escasa cuantía Reglamento (CE) n.º 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de julio de 2007, por el que se establece un proceso europeo de escasa cuantía Aplicable en todos los Estados miembros a excepción de Dinamarca para litigios transfronterizos en materia civil y mercantil hasta un importe de 2.000 € Procedimiento de demanda escrito estandarizado Decisión mediante sentencia Recurso contra dicha sentencia de acuerdo a las disposiciones del Derecho procesal nacional Las sentencias son reconocidas y ejecutadas en otro Estado miembro sin que sea necesaria una declaración de ejecutabilidad y sin que se pueda impugnar su reconocimiento Ejecución de acuerdo a las normas del Derecho del Estado miembro de ejecución
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