 El Ayuntamiento de Segovia, presenta al pleno una Ordenanza de Impuestos, Tasas y Precios Públicos que mantiene la promesa electoral de incremento exclusivamente.

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Transcripción de la presentación:

 El Ayuntamiento de Segovia, presenta al pleno una Ordenanza de Impuestos, Tasas y Precios Públicos que mantiene la promesa electoral de incremento exclusivamente del IPC  Incremento del IPC Agosto2012/Agosto 2013 es de un 1,5%.  Congelación del tipo en impuestos como el IBI, y el ICIO  Esto supondrá sobre las previsiones iniciales un crecimiento de ingresos del 1,3%, es decir menos del incremento que el IPC aplicado.

 Como se puede ver en el grafico siguiente, el Ayuntamiento de Segovia se sitúa en el tramo medio, entre el municipio 20 y el 32 en fiscalidad de los impuestos del total de las 52 capitales de provincia.  La excepción es el Impuesto de Valor de los Terrenos (Plusvalía) que ocupa el puesto 40 de los 52 municipios (de los mas bajos de España).  En el caso del IBI, se toma como referencia los tipos publicados en ordenanzas, no los aplicados por el Decreto 20/2011, por lo que podemos suponer que la posición real del Ayuntamiento de Segovia es mucho mejor que la que se ve en las tablas.

 La recaudación total de los 47 epígrafes fiscales ascenderá a ,00 € (previsión).  El Incremento con respecto a año 2013 es de ,00 €, es decir un 1,3%  Los impuestos que presentan incremento de recaudación, son el Impuesto de Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre el Valor de los Terrenos y el de Actividades Económicas

 Entre los que presentan un descenso en la facturación se encuentra el Agua por reducción de consumo y el ICIO.  Se mantienen en crecimiento vegetativo las Basuras y el Impuesto de vehículos de tracción mecánica.

Concepto Incremento% IBI RUSTICA , , ,0019,40 IBI URBANA , , ,005,26 IMPUESTO VEHICULOS , , ,001,52 IIVTNU (PLUSVALIA) , , ,0019,44 IAE , , ,0045,95 ICIO , , ,00-38,62 IMPUESTO SOBRE GASTOS SUNTUARIO 1.460, ,0040,002,74 TASA AGUA , , ,00-14,22 TASA BASURA , , ,001,82

Concepto Incremento% LICENCIA URBANISTICA , , ,00-48,00 CONSULTA URBANISTICA 2.900,00 0,00 TIRA DE CUERDAS2.370,00 0,00 LICENCIA AMBIENTAL , , ,00-26,49 EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS , , ,00-10,31 RETIRADA DE VEHÍCULOS , , ,0041,48 CEMENTERIO ,00 0,00 SERV. POLICIA72.153, , ,00107,89 SERV. BOMBEROS64.400, , ,00-30,12

Concepto Incremento% PUEBAS SELECTIVAS 7.650, , ,00-28,10 AUTOTAXIS1.000,00 0,00 RESIDENTES ORA70.900, , ,0038,79 RESERVAS APARCAMIEN , ,00500,004,35 ENTRADAS GARAJE ,00 0,00 TELEFONIA MOVIL ,000, ,00-100,00 EMPRESAS SUMINISTRADORAS (1,5%) ,00 0,00 ZANJAS32.450,00 0,00 TERRAZAS , , ,005,50

Concepto Incremento% COMPENSACION TELEFONICA ,00 0,00 QUIOSCOS3.745,00 0,00 INDUSTRIAS AMBULANTES ,00 0,00 MERCADOS AIRE LIBRE ,00 0,00 ESPECTACULOS,EXPO SICIONES Y MUDANZAS 7.500,00 0,00 ROJADAS CINEMATOGRAFICOS 3.350,00 0,00 MATERIALES DE CONSTRUCCION ,00 0,00 RECINTOS FERIALES76.000,00 0,00 ASISTENCIA A DOMICILIO , , ,0037,16

Concepto Incremento% TELEASISTENCIA38.500,00 0,00 OTROS SERVICIOS SOCIALES ,00 0,00 SERV. EDUCATIVOS (TALLERES) , , ,0012,98 MATRIMONIOS CIVILES21.000, , ,00-14,29 MERCADOS CUBIERTOS , ,00175,001,50 VENTAS PAPEL ,00 0,00 VENTAS VIDRIO18.000,00 0,00

 La fiscalidad en el Ayuntamiento de Segovia ha crecido entre el ejercicio 2011 y el 2014 un 2,86%, es decir, un 0,7% anual muy por debajo del incremento del IPC, lo que viene a demostrar lo ajustado de la planificación fiscal del Ayuntamiento, como se ve en los siguientes cuadros.

PLAN DE INCENTIVOS FISCALES 2014

 El Ayuntamiento de Segovia, a través de la Concejalía de Economía y Hacienda ha previsto la puesta en marcha en el ejercicio 2014 de un Plan de Incentivos fiscales  Que contribuyan a dinamizar diversos sectores económicos de la Ciudad.  Que contribuye a la incorporación al trabajo autónomo de los desempleados,  Que faciliten el asentamiento de empresas y la creación de empleo estable.  Que sirva de apoyo eficaz a los planes de empleo del Municipio y como apoyo financiero a los planes urbanísticos en marcha (PEAHIS).

 BONIFICACIONES PUNTUALES: 1.Bonificación General de 3,5% para todos los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles domiciliados. 2.Se incrementa la reducción por familia numerosa especial y/o general a viviendas de un valor de hasta ,00 € a efectos del Impuesto de Bienes Inmuebles 3.Incremento de la reducción de la tasa de terrazas en el periodo invernal del 50 al 75%. 1. Se mantienen todos los beneficios de aplazamiento, cuenta corriente tributaria y otros que faciliten el pago de impuestos municipales a las familias.

 Exenciones y Bonificaciones al Impuesto de Actividades económicas :  Bonificación del 50% para todos los que inicien la actividad durante los cinco años siguientes a la bonificación General  Bonificación por creación de empleo indefinido: Porcentaje de Incremento Bonificación Hasta un 10%20% De 10% a 20%30% De 20% a 30%40% Mas de un 30%50%

 Bonificación del 50% por utilización o producción de energía eléctrica utilización de energías renovables o sistemas de cogeneración.  Reducción entre el 20 y el 80% de la cuota por obras que impidan el normal funcionamiento.

 Exenciones y Bonificaciones al Impuesto de Vehículos.  Bonificación del 50% durante los 5 primeros años los vehículos con los llamados combustibles alternativos: GLP, Gas Natural, Biocombustibles, etc.

 BONIFICACIONES ICIO  Bonificación del 50% para:  Obras realizadas por empresas dentro del periodo de bonificación del IAE.  Por particulares en el reciento amurallado.  A las realizadas por personas que ostenten la condiciones de parados y/o desempleados para el inicio de una actividad económica en toda la ciudad.  La de adecuación y/o rehabilitación de locales comerciales para la instalación de nuevo comercio 30%

 BONIFICACION ICIO A LA REHABILITACION DE INMUEBLES DE ESPECIAL PROTECCIÓN  Inmuebles con protección ambiental 40%  Inmuebles con protección estructural 60%  Inmuebles con protección integral 80% (Inmuebles catalogados en las “DALS”) Se excluyen de las bonificaciones los locales comerciales de Zonas ya saturadas, no obstante si se pueden acoger los edificios con estos locales a los que se les aplicará la bonificación de forma proporcional.

 BONIFICACIONES ESPECIALES › El Pleno Municipal a propuesta de la Comisión de Economía, Hacienda y Empleo y mediante declaración de especial interés o utilidad municipal, por causas sociales, histórico artísticas o de fomento de empleo podrá excepcionar hasta el 95% del IAE durante cinco años y del ICIO, en aquellos casos que así se considere.