Regímenes de Perfeccionamiento

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Transcripción de la presentación:

Regímenes de Perfeccionamiento ADMISION TEMPORAL DRAWBACK REPOSICION DE MERCANCIAS EN FRANQUICIA

ADMISION TEMPORAL Permiten el ingreso o salida de ciertas mercancías con suspensión del pago de tributos; con la finalidad de ser exportados o reimportados dentro de un plazo determinado luego de haber sufrido transformación o elaboración.

Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo Permite el ingreso al territorio aduanero de cierta mercancías extranjeras. Suspensión de Derechos arancelarios (Pago u otorgamiento de Garantía) Finalidad: Exportar las mercancías sometidas a operaciones de perfeccionamiento: - Transformación de Mercancías - Elaboración de Mercancías (montaje, ensamble adaptación) - Reparación de Mercancías (restauración, acondicionamiento) Plazo de Exportación: 24 meses

Están comprendidas dentro de este régimen las empresas productoras de bienes intermedios sometidos a procesos de transformación que abastezcan localmente a empresas exportadoras productoras.

La admisión temporal para perfeccionamiento activo es automáticamente autorizado con la presentación de la declaración y la garantía; este régimen tendrá un plazo máximo de 24 meses computados a partir de la fecha del levante.

Conclusión del Régimen Con la exportación del producto compensador o su ingreso a zona franca, CETICOS. La reexportación de las mercancías admitidas temporalmente o contenidas en excedentes con valor comercial. El pago de derechos arancelarios y demás tributos aplicables. La destrucción total o parcial de la mercancía por caso fortuito y fuerza mayor.

Si al vencimiento del plazo autorizado no se hubiera concluido con el régimen , la SUNAT automáticamente dará por nacionalizada la mercancía, por concluido el Régimen y ejecutará la garantía.

Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo Ingreso de “M” Territorio aduanero Sin pago de aranceles e impuestos Sometidas a una operación de perfeccionamiento. Beneficiarios RUC Plazo máximo 24 meses computado a partir de la fecha del levante.

Admisión Temporal para Perfeccionamiento Pasivo Permite la salida temporal del territorio aduanero de mercancías nacionales o nacionalizadas. Finalidad: Reimportar las mercancías en un plazo determinado. Las mercancías son sometidas a operaciones de perfeccionamiento: - Transformación de Mercancías - Elaboración de Mercancías (montaje, ensamble adaptación) - Reparación de Mercancías (restauración, acondicionamiento) Plazo de reimportación: 12 meses

Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo Plazo máximo La reimportación de los productos compensadores se dará en un plazo de 12 meses contados a partir de la fecha del término del embarque de las mercancías exportadas temporalmente para perfeccionamiento pasivo. Territorio aduanero Salida de “M” para su transformación, elaboración o reparación en el exterior productos compensadores

Mercancías objeto del Régimen de Perfeccionamiento Materias Primas Insumos Productos Intermedios Parte y piezas Estas mercancías deben intervenir en el proceso de producción final de la mercancía. El producto transformado es denominado como «Producto Compensador». Ver página 27 Principales Instituciones Jurídicas Aduaneras

Mercancías que no podrán ser objeto del Régimen de Perfeccionamiento Mercancías que intervengan en el proceso productivo de manera auxiliar; es decir que no estén materialmente incorporados al producto compensador: Lubricantes Combustible Cualquier fuente energética Repuestos y útiles de recambio Mercancías que por motivos de un Tratado de Libre Comercio tengan un valor arancelario de «0».

DRAWBACK Permite como consecuencia de la exportación de mercancías, obtener la restitución total o parcial de los derechos arancelarios; mediante el Procedimiento Simplificado de Restitución Arancelaria .

Es un régimen aduanero de perfeccionamiento activo que consiste en la devolución de aranceles de importación de los insumos utilizados. Se ha reglamentado el régimen simplificado que significa un reembolso del 5% sobre el valor FOB (neto) exportado. El acogimiento se solicita en la DAM, y el reembolso se presenta posteriormente ante la Aduana operativa.

Beneficiarios Empresas productoras-exportadoras cuyos costos de producción hayan sido incrementados por los derechos de aduana que gravan la importación de materias primas, partes o piezas incorporados en el producto exportado. También se entenderá como empresa productora-exportadora, aquella que encarga a terceros la producción o elaboración de los bienes que exporta, siendo requisito que la producción adquirida haya sido objeto de un acuerdo o encargo previo entre la empresa exportadora y la empresa productora. La Aduana pide que el acuerdo se materialice en un documento por escrito. Es importante señalar que sólo las empresas productoras exportadoras pueden gozar de este beneficio, más no las empresas comercializadoras, que sólo compran los productos y los exportan.

Beneficios del Drawback La restitución del 5% del valor FOB de la mercancía exportado. Valor FOB: Es el precio de la mercancía cuando cruza la borda del buque, incluye el embalado, gastos del agente de aduana, estiba, transito interno, etc. Los Exportadores cotizan el FOB como precio ex planta.

DRAWBACK Mercado Internacional Se importa Producto final Beneficiarios Mercado Internacional Se importa Para incluirlos Producto final Tasa de restitución del 8% del Valor FOB de exportación empresas productoras exportadoras Empresas exportadoras que encargan su producción

REPOSICIÓN DE MERCANCÍA EN FRANQUICIA ARANCELARIA Régimen Aduanero que permite la importación para el consumo de mercancías equivalentes, a las que habiendo sido nacionalizadas, han sido utilizadas para obtener las mercancías exportadas previamente con carácter definitivo, con exoneración automática de los derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la importación.

Exportación y solicitud del certificado Segunda Importación Primera Importación Exportación y solicitud del certificado Segunda Importación Plazo de 1 año para realizar el embarque de la mercancía a exportar Plazo de 1 año para utilizar el certificado de reposición

Primera Importación 1 2 3 4 Se cancela los derechos y demás Impuestos Producción Exportación 3 Se solicita el certificado de reposición 4 Importación en reposición Exoneración de los derechos e impuestos a la importación

Mercancías objeto del régimen Podrán ser objeto de este régimen toda mercancía que es sometida a un proceso de transformación o elaboración, que se hubiere incorporado en un producto de exportación o consumido al participar directamente durante su proceso productivo.

Mercancía equivalente Se considera mercancía equivalente a aquella idéntica o similar a la que fue importada y que es objeto de reposición. Se entiende por mercancía idéntica a la que es igual en todos los aspectos a la importada en lo que se refiere a la calidad, marca y prestigio comercial.

Mercancía similar Se entiende por mercancía similar a la que sin ser igual en todos los aspectos a la importada, presenta características y composición próxima o semejante a ésta en cuanto a especie y calidad, lo que le permite cumplir las mismas funciones y ser comercialmente intercambiable con la mercancía que se compara.

REPOSICIÓN DE MERCANCÍA EN FRANQUICIA Nacionalización Un año desde numeración importación C.I.P. se transmite antes DUA exportación Exportación mercancías Transformadas o elaboradas Un año desde numeración certificado Régimen que permite importar sin pago de Tributos, mercancías equivalentes a las nacionalizadas que han sido transformadas, elaboradas o incorporadas en productos exportados Importación sin pago

Reposición de mercancías con franquicia arancelaria Régimen aduanero, por el cual se permite la importación de mercancías equivalentes, a las que habiendo sido nacionalizadas, han sido utilizadas para obtener las mercancías exportadas previamente con carácter definitivo. Beneficiarios importado por cuenta propia los bienes sujetos a RMF Mercancías objeto de la reposición Toda mercancía sometida a un proceso de transformación incorporado Consumido al producto de exportación participar directamente durante su proceso productivo.