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Transcripción de la presentación:

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¿Qué te ofrece? FlexiLife Sueños® cuenta con atractivos fondos de Inversión; lo que te permitirá cumplir tus sueños a corto, mediano y Largo Plazo Tienes la tranquilidad de que tu familia estará protegida, en caso de que tu faltaras o sufrieras invalidez. Con elevada Suma asegurada a Bajo Costo Los Fondos de Inversión de FlexiLife Sueños®, te dan la Flexibilidad de hacer disposición de tu ahorro en el momento en que lo necesites Ofrece Atractivos Beneficios Fiscales, donde podrás deducir hasta $262,500 pesos anualmente Tu ahorro Será Invertido en papel Gubernamental (CETES), por lo que tu Inversión es Totalmente Segura. Los sueños son sumamente importantes. Nada se hace sin que antes se imagine. -George Lucas-

Fondos de Inversión FlexiLife Sueños ® te ofrece 3 fondos de inversión con 4 disponibilidades en Pesos y 2 disponibilidades en USD, por lo que tu ahorro estará a tu disposición cuando lo requieras. Fondo de Ahorro Puro: esté fondo de inversión no esta ligado a ningún beneficio fiscal; sin embargo por esa misma razón si decides hacer retiros parciales de acuerdo a tu disponibilidad no se hará ninguna retención Plan Personal de Retiro (PPR): fondo de inversión ligado a un beneficio fiscal (solo disponible para Planes a Edad Alcanzada 65 ó 90). El Fondo “PPR” esta fundamentado en el 176 de Ley del ISR, y te permite deducir al 100% hasta el 10% de tus ingresos con un tope de $110,540 Pesos Cuenta Personal Especial de Ahorro (CPEA): fondo de inversión ligado a un beneficio fiscal (solo disponible para Planes a Edad Alcanzada 65 ó 90). El Fondo “CPEA” esta fundamentado en el 218 de Ley del ISR, y te permite deducir al 100% hasta el 10% de tus ingresos con un tope de $110,540 Pesos

Fondos de Inversión Ahorro Puro PPR CPEA Saldo Mínimo Rendimiento $5,000 $30,000 $70,000 $100,000 USD 500 USD 10,000 Diaria (MN) Mensual (MN) Trimestral (MN) Semestral (MN) Diaria (USD) Mensual (USD) Diaria (MN) Mensual (MN) Trimestral (MN) Semestral (MN) Diaria (USD) Mensual (USD) Diaria (MN) Mensual (MN) Trimestral (MN) Semestral (MN) Diaria (USD) Mensual (USD) CETES – 1.4 CETES – 0.3 CETES -0.15 CETES Cambiario 80% LIBOR Los Retiros en los Fondos de Inversión con Deducibilidad causan retención del 20% del monto retirado Máximo un deposito por día, y en disponibilidad diaria máximo 5 retiros por mes

Beneficio Fiscal Concepto Monto Ingreso Fiscal $800,000 (-) Deducciones Autorizadas de acuerdo a su actividad Fiscal $300,000 (-) Deducciones Personales –Seguro de Gastos Médicos, Colegiaturas, Retiro) $30,000 Base Gravable $470,000 Pago de Impuestos (Cuota Fija de ISR + % Excedente) $96,850.81 Concepto Monto Ingreso Fiscal $800,000 (-) Deducciones Autorizadas de acuerdo a su actividad Fiscal $300,000 (-) Deducciones Personales –Seguro de Gastos Médicos, Colegiaturas, Retiro PPR y CPEA) $30,000 + $50,000 PPR + $50,000 CPEA Base Gravable $370,000 Pago de Impuestos (Cuota Fija de ISR + % Excedente) $45,301.47 El Asegurado Reduce Su Pago de Impuestos en $51,549.34 y Recuperará su Ahorro ($100,000 pesos) + Intereses al Final del Plazo. Teniendo un Desembolso real de $48,450.66

Coberturas Plazos Disponibles: 10 y 20 Años (Edad de Aceptación 18 a 70 y no aplica Beneficio Fiscal) Edad alcanzada 65 y 90 (Edad de Aceptación 18 a 60 años y 18 a 70 años respectivamente y aplica para ambos Beneficio Fiscal) Beneficios Incluidos sin Costo Adicional BAS (Cobertura de Fallecimiento) EP (Exención de Pago de Primas por Invalidez Total o Permanente) ET (Anticipo de Suma Asegura por Enfermedad Terminal) Beneficios Adicionales Sujetos a Contratación PASI (Pago Anticipado de Suma Asegurada por Invalidez Total o Permanente) IMA (Indemnización por Muerte Accidental) DI (Indemnización por Muerte Accidental o Pérdidas Orgánicas) TI (Indemnización por Muerte accidente ó Pérdidas Orgánicas en accidente colectivo) GE (Graves enfermedades: Cáncer, infarto el miocardio, enfermedades cerebro vasculares, trasplantes orgánicos, insuficiencia renal) GF (Gastos Funerarios + Asistencia Funeraria, suma asegurada 8,000 USD o 7,000 Uvacs)

% Excedente Sobre Límite Inferior Fundamento Fiscal Artículo 176 Fracción V Ley del ISR: El monto de la deducción a que se refiere esta fracción será́ de hasta el 10% de los ingresos acumulables del contribuyente en el ejercicio, sin que dichas aportaciones excedan del equivalente a cinco salarios mínimos generales del área geográfica del contribuyente elevados al año. Zona A $113,752.25 – Zona B $110,540.25 – Zona C $107,821 Artículo 218 Ley del ISR: “Los contribuyentes a que se refiere el Título IV de esta Ley, que efectúen depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro, realicen pagos de primas de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro…. El importe de los depósitos, pagos o adquisiciones a que se refiere este artículo no podrán exceder en el año de calendario de que se trate, del equivalente a $152,000.00, considerando todos los conceptos. Limite Inferior Límite Superior Cuota Fija % Excedente Sobre Límite Inferior $0.01 $5,952.84 $- 1.92% $5,952.85 $50,524.92 $114.24 6.40% $50,524.93 $88,793.04 $2,966.76 10.88% $88,793.05 $103,218.00 $7,130.88 16% $103,218.01 $123,580.20 $9,438.60 17.92% $123,580.21 $249,243.48 $13,087.44 21.36% $249,243.49 $392,841.96 $39,929.04 23.52% $392,841.97 En Adelante $73,703.40 30% Tabla Vigente Anualizada para el cálculo del ISR Personas Físicas (Fuente Sat)