Costos de Mano de Obra.

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Transcripción de la presentación:

Costos de Mano de Obra

Definiciones Salarios Destajos Salario Mínimo General y de especialidad Salario de Mercado Salario de cotización Salario real Destajos

Salario Mínimo General y de la Especialidad Salario mínimo que debe de percibir un trabajador según lo establece la Comisión Nacional de Salarios Mínimos.

Salario de Mercado Salario diario que perciben los trabajadores de acuerdo a las condiciones de mercado. Usalmente un 30% o más por arriba del Salario Mínimo Salario de Mercado = Salario Mínimo x Factor de demanda

Salario Base de Cotización (SBC) Salario de Mercado más las prestaciones que por ley recibe el trabajador. Utilizado para cálculo de cuotas del IMSS e impuestos.

Salario Real (SR) Costo que representa para la empresa el pago de salarios de los trabajadores SR = SDB x FSR SDB = Salario Diario Base o Salario de Mercado FSR = Factor de salario real

Análsis de Salario Real Integrado por: Días inhábiles pagados Seguro Social Infonavit/SAR Impuestos

Días Inhábiles establecidos por Ley Federal del Trabajo Domingos: 52 Días festivos: 1 de Enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 5 de mayo, 16 de sept, 20 de Nov y 25 de Dic. Cada 6 años el 1 de Dic. Días de vacaciones: usualmente se consideran 6 (eventualidad de trabajadores de la construcción)

Días inhabiles no establecidos en la LFT Días por costumbre: 3 de mayo, 1 y 2 de Nov, 12 de dic y días de semana santa. Días por mal tiempo.

Ejemplo de días inhábiles para 2002 – Días no laborables al año Domingos 52 Días inhábiles por ley 5 Días de vacaciones 6 Días por costumbre 5 Días por mal clima 3 Total 71

Aguinaldo y Prima Vacacional Aguinaldo: 15 días Prima vacacional: 25% de días de vacaciones 25% de 6 días = 1.5 días

Salario Base de Cotización Días realmente pagados al año 2002 (TP) Año 365 Aguinaldo 15 Prima Vacacional 1.5 TOTAL 381.5 Días realmente laborados al año (TL) Días no trabajados - 71 TOTAL 294 Factor Salario Base de Cotización: TP/DC = 1.0425

IMSS CUOTAS OBRERO-PATRONALES 2007 Notas: SMGVDF es el salario mínimo general del DF Si el SBC es menor que 3(SMGDF) no se aplica la prestación en especie adicional

Otros cargos a la mano de obra Impuesto Sobre Nomina (ISN) 2% de SDBC SAR 2% de SDBC INFONAVIT 5% de SDBC

Salario Real SR = SDB * FSR FSR = PS(TP/TL)+TP/TL