Origen de las Municipalidades

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Transcripción de la presentación:

Origen de las Municipalidades UNIVERSIDAD CENTRAL Prof. Omar Ahumada Mora Omar Ahumada Mora

Primeros indicios El origen de las municipalidades está ligado al desarrollo de los asentamientos humanos, poblados y ciudades, y a formas de colonizar territorios. Es anterior al Estado. Impulso gregario del ser humano en la relación social para la protección, defensa mutua, relaciones económicas, religiosas, de orden y seguridad, y de intercambio comercial y cultural con otras sociedades humanas. Omar Ahumada Mora

Etapas de las ciudades. Eópolis: aldeas agrarias (período neolítico). Pólis: Asociación de aldeas o grupos con una sede común, que facilita la defensa, la comercialización, la incipiente industrialización, y socialización de decisiones en interés común. Metrópolis: Ciudad madre, que surge por razones estratégicas, políticas y económicas, con el aprovechamiento de condiciones ventajosas para el desarrollo e intercambio cultural, y condiciones favorables del territorio para su expansión. Omar Ahumada Mora

Desarrollo exhorbitante de las ciudades. Megalópolis: Excesiva concentración de negocios y del poder políticos. Tiranópolis: Extensión del parasitismo a todo orden económico y social, con erosión de instituciones republicanas, explotación de recursos públicos a favor de poder tiránico. Omar Ahumada Mora

NECRÓPOLIS Las ciudades se convierten en simples revestiduras. Los habitantes no pueden costear servicios, saqueos, métodos de supervivencia, se deteriora el patrimonio cultural. Omar Ahumada Mora

Municipium romano Un territorio geográfico. Autonomía sin independencia del Imperio. Un pueblo que se manifestaba a través de una Asamblea General y amplia. Una organización con un cuerpo deliberante y resolutivo. Una cultura común. Atribuciones confundidas en lo administrativo, lo judicial y lo normativo. Omar Ahumada Mora

Municipio medieval Municipio rural, en el que predomina el elemento económico. Municipio privilegiado, surgido por la aplicación de concesiones nobiliarias. Municipio consular, desarrollado en Italia y al sur de Francia, con facultades judiciales separadas del rey, Omar Ahumada Mora

Municipio Hispano. Influencia en Hispano américa del municipio leonés y castellano, que alcanzaron máxima autonomía y democratización en los siglos XII y comienzos del siglo XIV. Expresión “concejo” deriva de “concilium”, del viejo municipio romano, como asimismo de la influencia visigoda, en que eran integrados por “iudices”, con potestades y atribuciones resolutivas y normativas. Omar Ahumada Mora

Desarrollo en España En España, el proceso repoblador iniciado por los monarcas asturiano-leoneses, hasta el valle del Duero (siglos IX y X), provocó la aparición de numerosos núcleos de asentamientos humanos que generaron municipios. Tuvieron las características de los municipios modernos: defensa de derechos, resolución de litigios, determinación de límites, tasaciones, control de precios de alimentos, otras necesidades públicas. Decisiones tomadas por Concejo o Cabildo. Omar Ahumada Mora

Monarquía interviene designando corregidores. Desarrollo en España. El concejo tiene incidencia en la participación popular, lo que repercute en conflictos con la monarquía, por su autonomía en contra del afán centralizador e interventor de la corona, que se agudiza. Monarquía interviene designando corregidores. La autonomía municipal se deteriora, en especial en el reinado de Enrique III (siglo XIV), por la lucha de la nobleza en contra de la monarquía, y el afán interventor Omar Ahumada Mora

Municipio en América El cabildo indiano presenta semejanzas con el concejo abierto de comienzos de la alta edad media, con autonomía y participación popular. Influye lejanía de la corona en mayor autonomía. Valor de la costumbre. No se dictaban ordenanzas ni reglamentos. La nobleza del Cabildo tenía pacto de sumisión a la corona, pero acataba las costumbres de cada lugar. Omar Ahumada Mora

Factores de decadencia. Sujeción a regidores perpetuos nombrados por el rey. Reformas borbónicas dan rol más dependiente del centralismo de la corona, con mayor control sobre los cabildos. Los regidores adquirían el cargo por su condición social y económica, con primacía de las élites. Se limitan potestades y se nombran corregidores. Omar Ahumada Mora

Desarrollo del cabildo en Chile independiente La constitución de 1812, dispuso que los cabildos debían ser elegidos por el pueblo. La constitución de 1818, dispuso que las ciudades eligieran sus gobernadores y los regidores del cabildo. Constitución de 1823, creó la municipalidad con doce o siete regidores, y con dos o más alcaldes, según la población. Alcalde con funciones judiciales, solo donde no hubiere juez letrado. El 8 de noviembre de 1854, se dicta primera Ley de Municipalidades, regulando su organización y funcionamiento. Omar Ahumada Mora

Desarrollo en Chile La ley de municipalidades consideraba 12 regidores, y de entre ellos, una junta de 3 alcaldes. El Presidente era el Intendente, Gobernador o Subdelegado. Alcaldes ejercían funciones de juez de policía local. Esas atribuciones se van reduciendo. Estricto control del poder central. Dificultades financieras para mantener los servicios, por lo cual pasaron a ser fiscales. Omar Ahumada Mora

La comuna autónoma El 22 de diciembre de 1891, se dicta nueva ley de municipalidades, que se denominaba de la Comuna Autónoma, generando la Revolución de 1891. Se otorgaba independencia al poder municipal, a cargo de la policía y otras atribuciones de importancia, y nace la comuna como medida de división territorial. Intendentes y gobernadores siguieron siendo presidentes legales, sin embargo las sesiones serían presididas por alcaldes en un orden de precedencia. Omar Ahumada Mora

Dificultades de la Comuna Autónoma. Proliferación de funciones, sin preparación cultural ni cívica. Algunas atribuciones debieron cercenarse por su equivocado ejercicio. Falta de autogeneración de recursos para cumplir funciones. Sin embargo, fue el inicio del proceso de descentralización administrativa, con la transferencia de funciones que se mantienen hasta la actualidad. Omar Ahumada Mora

Período moderno Constitución de 1925, contempla en su capítulo IX, sobre Régimen administrativo interior, a las municipalidades, con reglas sobre constitución, organización y atribuciones, similares a las de la Constitución de 1833. (Decreto Ley Nª 740 de 1925) Se sujeta a municipalidades al control estatal. Había recelo respecto de la descentralización Se contemplaba Asamblea Provincial como consejo asesor del Intendente, para fiscalizar a entes locales. Omar Ahumada Mora

Proceso de crisis. El municipio desarrolló, durante el siglo XX, una excesiva politización, con algunos pocos servicios comunales y falta de incidencia en el desarrollo local, por carecer de planificación, y descoordinación con otros servicios públicos. Incapacidad para generar recursos propios. Rigidez de normativa y escasa participación ciudadana. No existía definición legal de municipalidad y no era clara su naturaleza jurídica. Múltiples reformas legales que no resolvían los temas de fondo. Omar Ahumada Mora

Decreto Ley 1.289 El Decreto Ley 1.289 de 14 de enero de 1976, estableció una Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, con personalidad jurídica de derecho público. Mecanismo de reclamación por ilegalidad. Mayores funciones en materia de desarrollo local. Traspaso de servicios de salud y educación. D.L. 3.063 Rentas Municipales. Durante Gobierno Militar no hubo elecciones y la participación ciudadana era por designación. Retroceso en autonomía y participación social. Omar Ahumada Mora

Ley 18.695 25 de enero de 1988 Después de la Constitución de 1980, se promulga Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que inicia un proceso de participación ciudadana a través de un mecanismo corporativista, en los Consejos de Desarrollo Comunal, representativos de organizaciones comunales, sin votación popular y con alcaldes designados. Omar Ahumada Mora