Durante las últimas dos décadas, en Colombia se han aprobado 12 reformas tributarias, con el fin de subsanar las falencias del sistema tributario:  Insuficiencia.

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Transcripción de la presentación:

Durante las últimas dos décadas, en Colombia se han aprobado 12 reformas tributarias, con el fin de subsanar las falencias del sistema tributario:  Insuficiencia vs. Aumentar recaudo  Inequidad vs. Capacidad económica del contribuyente  Ineficiencia vs. Mayor recaudo y menor desgaste administrativo Introducción

3 Reformas tributarias Ley 49 de 1990 Reducción en el número de contribuyentes de renta Cambio tarifa IVA: 10% al 12% Ley 6 de 1992 Ley 223 de 1995 Eliminación impuesto al patrimonio Contribución especial de renta del 25% Cambio tarifa IVA: 12% al 14% en 5 años Aumento de la base contributiva Tarifas marginales del 20% y 35% para PN y del 35% para PJ (antes 30%). Creación impuesto a la gasolina Ley 488 de 1998 Eliminación renta presuntiva sobre patrimonio bruto Creación del GMF 2 X 1000 (temporal) Ley 633 de 2000 Ley 788 de 2002 Tarifa general de IVA 16% Cambio tarifa GMF: del 3 X 1000 Sobretasa de renta del 10% (2003) y 5% desde el 2004 Tarifa IVA del 20% telefonía celular

4 Reformas tributarias Ley 863 de 2003 Creación deducción especial AFRP 30% Aumento del GMF al 4 x 1000 Creación impuesto al patrimonio ( ) Ley 1111 de 2006 Ley 1370 de 2009 Reducción de tarifa de renta de PJ al 34% en 2007 y 33% en Aumento AFRP al 40% Nuevo impuesto al patrimonio (2007) Reducción AFRP al 30%. Impuesto al patrimonio a partir del año 2011 Ley 1430 de 2010 Eliminación AFRP Eliminación progresiva del GMF (2018) Retención en la fuente a pago intereses al exterior Ley 1607 de 2012 Ley 1739 de 2014 Creación del CREE Impuesto al comsumo Establecimiento permanente y sede efectiva de administración IMAN e IMAS Impuesto a la riqueza Sobretasa del CREE Desmonte GMF a partir de 2019

Sistema tributario después de 12 reformas Después de más de dos décadas de reformas tributarias, el sistema tributario Colombia se caracteriza hoy en día por ser: 1.Insuficiente: este aspecto puede verse reflejado en la necesidad del gobierno de renovar el impuesto al patrimonio/a la riqueza, postergar el desmantelamiento del GMF y la inclusión de la sobretasa del CREE. 2.Inequitativo: no existe una correlación entre la capacidad económica del contribuyente y la carga tributaria impuesta. 3.Ineficiente: a pesar de los intentos de simplificar el sistema tributario, hoy en día continúan la diversidad de tarifas (ej. IVA) y la multiplicidad de normas complejas y dispersa que impiden tener un sistema coherente.

El nivel de tributación y el sistema regulatorio corporativo actual de Colombia, califican al país como:  El tercer país en el mundo más complejo para que las empresas multinacionales puedan mantenerse en cumplimiento con la normativa y legislación corporativa, bajando del puesto 21 ocupado en  El cuarto país en el mundo con mayor carga tributaria, con un porcentaje de tasa de tributación total del 75.4%. Nivel detributación ycumplimientocorporativo Colombia Panorama internacional Fuentes: TMF Group y Banco Mundial

Resultado Después de 12 reformas, las iniciativas del Gobierno han resultado en reformas coyunturales y parciales, que solo solucionan problemas a corto plazo y que ponen en evidencia la necesidad de una reforma estructural que obedezca a una política pública tributaria de largo plazo sostenible.

1.Proponer la fuente de los recursos necesarios para soportar el gasto publico a través de cambios estructurales al IVA y a otros impuestos indirectos. 2.Balancear la carga tributaria entre las empresas y las personas naturales. 3.Lograr una mayor simplicidad y eficiencia tributaria que permitan avanzar en materia de inversión, empleo, crecimiento y competitividad. 4.Identificar la mejor estructura para la autoridad tributaria que le permita controlar y administrar el recaudo sobre la base de una economía formalizada. Estos objetivos buscarían la sostenibilidad fiscal del país sobre una base de equidad contributiva progresiva y eficiencia de recaudo. Objetivos de una reforma estructural

Sección Agenda I. Impuesto de renta personas naturales II. Ganancias ocasionales III. Renta presuntiva IV. Impuesto a las utilidades empresariales V. Dividendos VI. Impuesto a la riqueza VII. Gravamen a los movimientos financieros (GMF) VIII. Impuesto a las ventas e impuesto al consumo IX. Impuestos territoriales X. Régimen tributario entidades sin animo de lucro.

a)Adoptar para efectos tributarios una clasificación por tipos de rentas según su naturaleza en: i) rentas de trabajo y ii) otras rentas. b) Modificar la actual tabla de rangos y tarifas impositivas así: I. Impuesto de renta personas naturales

c)Limitar conjuntamente las deducciones, exenciones y tratos especiales a; 35% de lo salarios y demás compensaciones derivadas de contratos de trabajo 10% sobre las demás rentas liquida La suma de estos no puede superar 4500 UVT (rentas de trabajo) o 1286 UVT (rentas de trabajo y otras fuentes ) y d)Límites máximos indicativos al porcentaje de costos y gastos deducibles para la determinación de las rentas gravables derivadas del desarrollo de negocios siguiendo el cuadro siguiente. *% de los ingresos netos que no incluyen INCR. e)Imponer sobre las pensiones la misma tributación y los mismos límites a beneficios que recaerían sobre los trabajadores asalariados.

II. Ganancias ocasionales III. Renta presuntiva Aumentar del 3% al 4% el calculo de la renta presuntiva. Exclusiones: Eliminar el valor patrimonial neto de las accione so aportes en sociedades nacionales A partir del año gravable 2002 el valor patrimonial neto de los bienes vinculados directamente a empresas cuyo objeto social exclusivo sea la minería distinta de la explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos. Aumentar la tarifa de ganancia ocasional en venta de inmuebles y otros activos a 15% o 20%

IV. Impuesto a las utilidades empresariales Este impuesto sustituye al impuesto de renta y complementarios, al CREE y su sobretasa, y todos los beneficios en ellos contenidos. Eliminación de los parafiscales remanentes para el sistema de salud, el ICBF y el SENA, así como la contribución para las cajas de Compensación. Una vez aplicada la tarifa a la base gravable, se obtiene el impuesto a las utilidades empresariales, del cual se podrán descontar únicamente: los impuestos pagados en el exterior; el 20% del valor de los gastos en Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i), Reforestación y Protección Ambiental; el 30% de las donaciones a ESAL del régimen especial (los cuales no serán deducibles del impuesto de utilidades empresariales).

V. Dividendos Los dividendos harán parte de la renta ordinaria de las personas naturales, sociedades cerradas y extranjeras, pero tendrán un descuento tributario hasta del 20% Cuando una empresa reparta dividendos a personas naturales hará una retención del 10%, a menos que la tarifa marginal de impuesto personal de renta del año anterior fue inferior o igual al 20%, en cuyo caso queda exonerado de la retención.

VI. Impuesto a la riqueza Se recomienda eliminar el impuesto a la riqueza sobre las personas jurídicas y naturales. VII. GMF Se recomienda que se mantenga dicho impuesto pero que se evalúe la posibilidad de que cuando la situación de las finanzas públicas lo permita, su deducibilidad se aumente a 100%.

VIII. Impuesto a las ventas e impuesto al consumo Impuesto a las ventas (IVA)Impuesto al consumo Aumentar la tarifa del 16% al 19% Limitar los exentos, con derecho a devolución, se limite a los bienes y servicios efectivamente exportados. Limitar los excluidos se limiten a servicios de salud, educación, transporte publico de pasajeros, ahorro pensional, venta y alquiler de inmuebles con destino a residencia, rendimientos financieros, agua potable, energía, gas y telefonía fija. Elevar la tarifa del impuesto al consumo de restaurantes y cafeterías a un 11 % Incluir las franquicias de comida rápida, las cuales hoy están gravadas con IVA del 16%. Elevar la tarifa de impuesto consumo por la telefonía celular al 7% Elevar la de venta de vehículos y motos de alta gama, aerodinos, botes y barcos al 17%.

VII. Impuesto a las ventas e impuesto al consumo Impuesto a las ventas (IVA) Incluir los intangibles dentro de los bienes y servicios gravados. Los bienes que actualmente se consideran en la categoría de exentos queden gravados a la tarifa del 5% Aumentar los bienes y servicios del 5% al 10% excepto la medicina Prepagada que quedaría gravada a la tarifa general Permitir el descuento del IVA sobre bienes de capital en tres años o en la vida útil del bien Régimen simplificado: Para ingresos brutos anuales inferiores a UVT por venta de bienes gravados y a 850 UVT por venta de servicios, se mantendría el régimen actual de no obligación de facturar, liquidar ni cobrar IVA Eliminar la obligación de asumir la retención cuando un régimen común efectué compras al régimen simplificado. Impuesto a las ventas (IVA)

IX. Impuestos territoriales Reducir a tres las tarifas de ICA Ampliar la definición de servicios gravados Aclarar la territorialidad de las actividades no industriales Prohibir la creación de estampillas Revisar el régimen de regalías mineras y petroleras Incrementar el impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco Unificar el impuesto a licores, vinos y cervezas. Habría una base específica de $400 por cada grado de alcohol y se gravarían con IVA a la tarifa general. Estudiar la conveniencia o no de gravar con IVA las bebidas azucaradas. Rediseñar el impuesto a los vehículos para que el gravamen no tenga en cuenta solamente el valor sino su impacto ambiental.

IX. Régimen tributario entidades sin animo de lucro Las entidades deben solicitar su admisión al RTE, previo control La exención se restringe rentas de las actividades meritorias Se limitan las actividades mercantiles (40% de los ingresos), gravados y quedan sujetos al impuesto. Limite para reinversión ( 4 años) y 60% en actividad meritoria Limitaciones de gastos administrativos (20% de los ingresos). Limitación de pagos a vinculados (participación del 30%). Calificación de las actividades por las autoridades (DR 4400) Responsabilidad de los fundadores y administradores Entidades con ingresos superiores a 4500 millones deben enviar una memoria económica con sus planes anuales.