International Labour Office 1 A902569 Seminario Sindical Interregional sobre Seguridad Social Normas Estándares de la OIT sobre Seguridad Social y Acciones.

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Transcripción de la presentación:

International Labour Office 1 A Seminario Sindical Interregional sobre Seguridad Social Normas Estándares de la OIT sobre Seguridad Social y Acciones relacionadas (1) Turin, 13 Julio 2010 Campaña Global de la OIT para extender la Seguridad Social a todos Ursula Kulke, Coordinatora para Normas y Servicios Legales, Departmento de Seguridad Social de la Organización Internacional del Trabajo, Ginebra

International Labour Office 2 Campaña Global de la OIT para extender la Seguridad Social a todos Estructura de la Presentación  Seguridad social – una necesidad y un derecho humano  El mandato de la OIT en el campo de la seguridad social  Convenciones de la OIT sobre seguridad social en general  Seguridad Social (Estándares minimos aceptados) Convenio, 1952 (No. 102)  Repaso de  Sus demandas legales y estadísticas,  Sus principios básicos sobre seguridad social,  Su flexibilidad  Grupo del trabajo sobre la aplicación en la legislación nacional de lo previsto en la Convenio No. 102 relativas a envejecimiento, invalidez y pensiones de viudez y su puesta en práctica

International Labour Office 3 The ILO Global Campaign to extend Social Security to all La definición de seguridad social de la OIT  Seguridad Social es la adopción de medidas públicas que aseguren – La seguridad de un ingreso básico para todos aquellos en necesidad de protección, para aliviar sus necesidades y prevenir su deterioro restituyéndoles un cierto nivel de ingresos que se les ha reducido en razón de su inhabilidad de trabajar o para alcanzar una remuneración por el trabajo ante la ocurrencia de contingencias como: enfermedad, desempleo, vejez, accidentes de trabajo, responsabilidades familiares, maternidad, invalidez o muerte del sustentador de una familia; y – Acceso a la atención sanitaria*

International Labour Office 4 Campaña Global de la OIT para extender la Seguridad Social a todos La necesidad de la Seguridad Social  Los beneficios/pagos de la Seguridad Social son un poderoso instrumento para combatir la pobreza y la inseguridad  Nadie es una isla o está aislado. Cada persona y cada familia necesita protección de los riesgos sociales y de las consecuantes inseguridades. Los riesgos deben ser compartidos entre grupos o sobre una base nacional para asegurar una efectiva protección.  Algunos grupos sociales son más vulnerables que otros, por ejemplo, los que se encuentran en situación de pobreza crónica, los trabajadores agrícolas, los niños y los ancianos tienen necesidades especiales.  Se ha confirmado que garantizando la seguridad de un ingreso y el acceso a los servicios de salud permite a todas las personas enfrentar los más importantes riesgos  Los sistemas de Seguridad social son una necesidad económica para sellar el potencial económico integral de un país,  Los sistemas de Seguridad social son mecanismos estabilizadores en tiempos de crisis económicas  Sistemas básicos son costeables en cualquier lugar...  Sin embargo, todavía permanece entre un 75 y un 80% de la población global que no disfruta de suficientes garantías sociales que les permita enfrentar riesgos elementales para la vida

International Labour Office 5 Decalaración Universal de los Derechos Humanos (1948): – Artículo 22: Toda persona, como miembro de la sociedad tiene el derecho de acceder a la seguridad social Convención Internacional Sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966): – Artículo 9: Los Estados Partes de la presente Convención reconocen el derecho de todos a la seguridad social, incluyendo la protección social  A través de la ratificación, adhesión o sucesión a la Convención Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los 160 Estados miembros de la ONU se han comprometido a trabajar para alcanzar la seguridad social para todos. Securidad Social – Un derecho humano

International Labour Office 6  Aunque la seguridad social ha sido reconocida como un derecho humano básico por las Naciones Unidas, a la OIT, desde su creación en 1919, se le ha asignado la responsabilidad primaria de asistir a los estados miembros en la realización de este derecho de acceso de todos a la seguridad social Responsabilidad para la realización del derecho a la seguridad social a nivel internacional

International Labour Office 7 El mandato de la OIT en el campo de la seguridad social (1) El mandato de la OIT en el campo de la seguridad social (1)  En el preámbulo de la Constitución de la OIT se le encomienda a la OIT….mejorar las condiciones de empleo a través de « la prevención del desempleo….la protección de los trabajadores contra enfermedades indisposiciones y daños inherentes a su empleo, la protección de niños, jóvenes y mujeres, las previsiones para la vejez y los accidentes del trabajo»  Declaración de Filadelfia de la OIT (1944) encarga a la OIT de “mejorar los programas de las naciones del mundo para que alcancen estos objetivos...extender las medidas de seguridad social para áquellos necesitados de tal protección ofreciéndoles un nivel de ingreso básico y una adecuada atención médico-sanitaria”  Con la adopción de esta Declaración de Filadelfia, la comunidad mundial se comprometió por primera vez a asegurar una cobertura universal de seguridad social.

International Labour Office 8 El mandato de la OIT en el campo de la seguridad social  Conclusiones de la Discusión General (adoptada en la CIT 2001):  Se reafirmó la seguridad social como un derecho humano básico y el mandato otorgado a la OIT en materia de seguridad social,  Se encomendó a la OIT lanzar una campaña global para extender la seguridad social para todos, la cual fué lanzada en la CIT  Declaración de la OIT sobre Justicia Social para una Globalización equitativa (adoptada en la CIT 2008): «reconoce que la OIT tiene la solemne obligación de impulsar entre las naciones del mundo programas que permitan alcanzar los objetivos de …. … extender las medidas de seguridad social para proveer un ingreso básico a todos áquellos en necesidad junto con los demás objetivos fijados en la Declaración de Filadelfia»  Pacto Global sobre Empleo (adoptado en CIT 2009):  Demanda de los países que aun no alcanzan el objetivo de extender la seguridad social hasta construir “adecuada protección social para todos”, que diseñen una protección social básica elemental que incluya:  Acceso al cuidado médico,  Ingesos seguros para los ancianos y personas con discapacidades,  Beneficios para los niños, y  Ingresos seguros combinados con esquemas de garantías de empleo público para desempleados y trabajadores pobres o de muy bajos ingresos” (2) (2)

International Labour Office 9 Principales instrumentos de la OIT para alcanzar su mandato Normas Internacionales del Trabajo  La OIT es la única organización internacional que está encargada por sus miembros constitutivos para establecer las normas internacionales del trabajo  Las normas internacionales del trabajo son acuerdos internacionales que contribuyen a alcanzar mínimos comunes en el campo del trabajo que sean aplicables a todos los estados miembros de la OIT, así como para garantizar el alcance mundial de un patrón de trabajo decente  Las normas internacionales del trabajo toman la forma de Convenios o Recomendaciones  Estas Convenios o Recomendaciones son adoptadas en la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT por mayoría de dos terceras partes de los miembros constitutivos de la OIT  Convenios (188): Están abiertas a la ratificación de los miembros y una vez que éstos la ratifican se convierten en obligaciones legales, y si no las han ratificado, representan objetivos a alcanzar por los que intervienen en el diseño de las políticas nacionales  Recomendaciones (200): No están abiertas a ratificación, ellas sólo ofrecen lineamientos o guías técnicas para la implementación de las Convenciones a nivel nacional.

International Labour Office 10 Actualización de las normas de la OIT sobre seguridad social.  Convenios  Convenio sobre Seguridad Social (Normas Mínimas) 1952 (No. 102)  Convenio sobre Beneficios por lesiones en el empleo, 1964 (No. 121)  Convenio sobre Beneficios por invalidez, vejez y sobrevivientes, 1967 (No. 128)  Convenio sobre Cuidados Médicos y beneficios por enfermedad, 1969 (No. 130)  Convenio sobre Promoción del empleo y protección por desempleo, 1988 (No. 168)  Convenio sobre Protección a la Maternidad, 2000 (No. 183)  Convenio sobre Equidad en el tratamiento (Seguridad Social), 1962 (No. 118)  Convenio sobre el mantenimiento de los derechos a la Seguridad Social 1982 (No. 157)  Principales Recomendaciones  Recomendación sobre seguridad en el ingreso, 1944 (No. 67)  Recomendación sobre cuidados médicos, 1944 (No. 69)

International Labour Office 11 Seguridad Social (Normas Mínimas) Convenio, 1952 (No. 102) La Convenio No. 102 como estandar o marco  Define 9 ramas o dominios de la seguridad social  Beneficios de la atención médica, beneficios por enfermedad, beneficios por desempleo, beneficios por vejez, beneficios por lesiones propias del empleo o accidentes de trabajo, beneficios por maternidad, beneficios a la familia, beneficios por invalidez, beneficios para los sobrevivientes  Para estas 9 ramas o dominios se definen normas mínimas  Está asentada sobre principios comúnmente aceptados sobre seguridad social  Se sustenta sobre la base de que no existe un único y correcto modelo para la seguridad social, sino que el modelo a implementar debe considerar y reflejar los valores sociales y culturales del país de referencia, su historia, sus instituciones y su nivel de desarrollo económico  Por eso, el Convenio permite incluir ciertas cláusulas de flexibilidad que contribuyan a que cada país acomode a sus posibilidades el cumplimiento de lo acordado (por ejemplo, la ratificación de 3 de las 9 ramas o dominios, la cobertura de un cierto porcentaje de la población activa empleada o de la población en general, etc.)

International Labour Office 12 Seguridad Social (Normas Mínimas) Convenio, 1952 (No. 102) El Convenio como estandar o « buque insignia »  Para las 9 ramas o dominios define normas mínimas  Un porcentaje mínimo de cobertura personal  Un nivel mínimo de beneficios  Un período de máxima calificación para la autorización de los beneficios  Una duración miníma de los beneficios

International Labour Office 13 Normas Mínimas Ramas o Dominios C. No. 102 C. No. 102 C. No. 102 C. No. 102 Beneficios Condiciones Duración de los beneficios Cobertura de personas Beneficios por enfermedad 45 % para prevenir abusos 26 semanas(cada caso de enfermedad) 50% para todos los empleados o 20% para todos los residentes o todos los residentes cuyos medios no exceden ciertos límites Beneficios por desempleo 45 % para prevenir abusos 13 semanas en períodos de 12 meses 50% para todos los empleados o todos los residentes cuyos medios no exceden ciertos límites Beneficios por vejez 40 % 30 años A través de contingencias 50% para todos los empleados o 20% para todos los residentes o todos los residentes cuyos medios no exceden ciertos límites Beneficios por accidentes de trabajo Discapacidad de corto tiempo Discapacidad permanente Muerte del sustentador familiar 50 % No califican Através de contingencias 50 % periodos permitidos 40% 50% de todos los empleados, y sus viudo(a)s e hijos en caso de muerte del sustentador por accidente de trabajo Beneficios a la familia 3% o 1,5% para prevenir abusos Através de contingencias 50% para todos los empleados o 20% para todos los residentes o todos los residentes cuyos medios no exceden ciertos límites Beneficios por Maternidad 45 % para prevenir abusos Mínimo de 12 semanas Mujeres empleadas que no seanmenos que el 50% de todos los empleados o 20% de todos los residentes, Beneficios por invalidez 40 % 15 años Atraves de contingencias o hasta alcanzar el pago por ancianidad 50% de los empleados 0 20% de todos los residentes o para todos aquellos residentes cuyos medios no exxceden ciertos límites Beneficios a sobrevivientes 40 % 15 años Através de contingencias Esposo(a)s e hijos de 50% de todos los empleados o 20% of todos los residentes o todos los residentes cuyos medios no exceden cietos límites

International Labour Office 14 Principios Básicos sobre seguridad social de la Convenio No. 102  Los beneficios a ser proveídos deben estar definidos y garantizados y su autorización debe estar basada en derechos (Art. 7, 13, 19, 25, 31, 39, 46, 53 y 59 de C. 102)  A través del establecimiento de la seguridad social por Ley y no a través de programas, obras de caridad, etc.  Participación de las personas protegidas en la administración de los esquemas de seguridad social ( Art. 72 (1) of C. 102 )  Responsibilidad general de los Gobiernos para  La debida provisión de los beneficios ( Art. 71 (3) of C. 102 ), y  El apropiado funcionamiento del sistema de seguridad social ( Art. 72 (2) of C. 102), lo cual incluye  Estipulación del marco legal apropiado para el sistema de seguridad social y su sistema de leyes y reglas  Garantizar la sostenibilidad del sistema de seguridad social (por ejemplo a través de evaluaciones sistemáticas y actualizadas ), y  Adecuación de las contribuaciones y los beneficios  Financiación colectiva ( Art. 71 (1) of C. 102 )  Ajuste de las pensiones (beneficios de largo plazo) ( Articles 65 and 66 of C. 102 )  Derechos de apelación ( Art. 70 of C. 102)  Aceso a la seguridad social sin discriminación, y en condiciones de equidad en el tratamiento ( Art. 68 of C. 102)

International Labour Office 15 Flexibilidad del Convenio No. 102 para facilitar su ratificación/ aplicación por parte de los estados miembros  Ofrece flexibilidad, dado que toma en cuenta los niveles de desarrollo socio-económico de los diferentes países autorizando excepciones específicas temporales que cubran al menos al 50% de todos los empleados que trabajan en establecimientos industriales de 20 personas o mas  Ofrece la posibilidad de ratificar inicialmente 3 ramas o dominios (del total de 9) y posteriormente ratificar otras, de acuerdo a la situación socio- económica en el país de que se trate,

International Labour Office 16 Esquemas de seguridad social para cumplir con lo acordado en el Covenio No. 102  Esquemas de Seguridad social  Con componentes relacionados a los ingresos, o  Con componentes de tasas piso o minímas, o  Una combinación de ambos  Esquemas universales  Esquemas de asistencia social Tipos de gerencia de la seguridad social para cumplir con lo acordado en el Convenio No. 102  Esquemas públicos de administración de la seguridad social  Esquemas privados de administración, siempre que se adequen a las normas mínimas y principios básicos acordados

International Labour Office 17 Lista de países que han ratificado el Convenio No. 102 (46 ratificaciones) y fechas Albania (2006) Austria (1969) Barbados (1972) Bélgica (1959) Bolivia (1977) Bosnia y Herzegovina (1993) Brasil (2009) Bulgaria (2008) Rep. Democrática del Congo (1987) Costa Rica (1972) Croacia (1991) Chipre (1991) Rep. Checa(1993) Dinamarca(1955) Ecuador (1974) Francia (1974) Alemania (1958) Grecia(1955) Islandia (1961) Irlanda (1968) Israel (1955) Italia (1956) Japón (1976) Libia (1975) Luxemburgo (1964) Macedonia (1991) Mauritania (1968) México (1961) Montenegro (2006) Holanda (1962) Nigeria(1966) Noruega (1954) Perú (1961) Polonia (2003) Portugal (1994) Rumanía (2009) Senegal (1962) Serbia (2000) Eslovaquia (1993) Eslovenia (1992) España (1988) Suecia (1953) Suiza (1977) Turquía (1975) Reino Unido (1954) Venezuela (1982)

International Labour Office 18 Mapa de ratificaciones del Convenio No. 102 (46 ratificaciones hasta Julio 2010)

International Labour Office 19 Control de la aplicación del Convenio No. 102  La efectividad de las normas internacionales del trabajo esta garantizada por el cuerpo de supervisores de la OIT, que monitorean la aplicación de las normas tanto en las leyes como en las prácticas a nivel nacional  El sistema de supervisión regular de la OIT es el responsable de asegurar la aplicación de los acuerdos de las sucesivas Convenciones  Insustituíble a nivel internacional  Ayuda al aseguramiento de la implementación de las Convenciones a nivel de país  Un éxamen de casos de país donde un Comité de Expertos en la Aplicación de las Convenciones y Recomendaciones (CEACR) ha observado el incumplimiento de lo ratificado en el Convenio No. 102 muestra que, desde 1964, en no menos de 40 casos Estados que han ratificado la Convención han seguido las Recomendaciones de CEACR para poner sus leyes y pràcticas nacionales en función de cumplir lo requerido en el Convenio

International Labour Office 20 Beneficios cuando se ratifica/aplica el Convenio No. 102  Cuando se ha ratificado el Convenio No. 102, los Estados partes se beneficirán prioritariamente de la experiencia de la OIT en el campo de la protección social y de su asistencia técnica, incluyendo consejos de políticas y estudios actualizados, recolección de datos, proyectos de legislación, etc.  El compromiso de aplicar el Convenio No. 102 garantizará el adecuado establecimiento y sostenibilidad de el sistema de seguridad social y la y el suministro de beneficios estables y regulares también,  Es por ello que la ratificación y aplicación del Convenio No. 102 enriquece la confianza de las personas aseguradas en el esquema y en la administración nacional de la seguridad social en general

International Labour Office 21 La importancia del Convenio No. 102 a nivel internacional, regional y nacional  Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales  El Convenio No.102 sirve como referencia importante para la interpretación y definición del derecho a la seguridad social y como guía para su implementación  Instrumentos regionales sobre derechos humanos y seguridad social  En los Estatutos Sociales Europeos: se toma nota para el establecimiento de un nivel mínimo de seguridad social en correspondencia con el Convenio No. 102 (Art. 12 de CE)  Código Europeo de Seguridad Social: diseñado después del Convenio No. 102,  Acuerdo de CARICOM sobre Seguridad Social y el Código SADC sobre Seguridad Social hacen referencia al Convenio No. 102  Sistemas Nacionales de Seguridad social  Ha tenido un importante impacto sobre la legislación nacional sobre seguridad social en todo el mundo  Un exámen de los casos de país en los que CEACR ha observado el incumplimiento de lo ratificado en materia de seguridad social en las Convenciones realizadas muestra que en la mayoría de los casos (75 casos desde 1964) las leyes y prácticas nacionales de los Estados que la han ratificado, se han ajustado en conformidad con los requerimientos del Convenio y siguen las recomendaciones de la CEARC

International Labour Office 22 Thank you GRACIAS