Organizado por: OEA – SEDRONAR – OCDAP – StAR 17 al 20 de agosto de 2010.-

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Transcripción de la presentación:

Organizado por: OEA – SEDRONAR – OCDAP – StAR 17 al 20 de agosto de

PODER EJECUTIVO La OA es un organismo del PODER EJECUTIVO; Ministerio de Justicia Fue creada por LEY , del año 1999, en el ámbito del Ministerio de Justicia con el objetivo de elaborar y coordinar programas de lucha contra la corrupción en el sector público nacional; MISIÓN 102/99 MISIÓN (Decre. PEN N° 102/99): Velar por la prevención e investigación de aquellas conductas comprendidas en la Convención Interamericana contra la Corrupción, en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, empresas, sociedades y todo otro ente público o privado con participación del Estado o que tenga como principal fuente de recursos el aporte estatal.

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES Para poder cumplir con su rol investigativo, el mismo Decreto 102/99 dotó a la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIONES (DIOA) de facultades como: Recibir denuncias Recibir denuncias de particulares, agentes públicos u organismos de control ante cualquier posible caso de corrupción pública; Investigar preliminarmente Investigar preliminarmente a los agentes o instituciones a los que se le atribuya la comisión de algún hecho de corrupción; ya sea por denuncia o en caso de sospecha razonable sobre irregularidades en la administración de sus recursos; Denunciar Denunciar ante la justicia competente, los hechos que, como consecuencia de las investigaciones practicadas, pudieren constituir delitos; querellante Constituirse en parte querellante en los procesos en que se encuentre afectado el patrimonio del Estado.

A. DIOA - INICIO DE ACTUACIONES: La OA puede iniciar sus investigaciones de oficio o a partir de denuncias. de oficio Se inician de oficio, a partir de: Informes remitidos por los organismos de control (SIGEN/AGN); Información periodística publicada en medios de comunicación; Por el conocimiento de los hechos por personal de la OA; Derivación de casos por parte de la DPPT.

A. DIOA - INICIO DE ACTUACIONES: a partir de denuncias Inicio a partir de denuncias, estas pueden ser: suscriptas, anónimas, o con reserva de la identidad del denunciante. sencillopráctico amplio Se ha elegido un mecanismo sencillo, práctico y amplio de acceso a la denuncia, desprovisto de requisitos o exigencias formales. Las denuncias pueden ser presentadas: De manera personal ante agentes de la OA, Por correo postal, Telefónicamente, Por correo electrónico, A través de la página web del organismo.

A. DIOA - INICIO DE ACTUACIONES: PROYECTO DE LEY PROYECTO DE LEY de protección de denunciantes, informantes y testigos de hechos de corrupción, que fue elaborado por la OA en el marco de un procedimiento de Elaboración Participada de Normas. mejorar la calidad de las denuncias Busca mejorar la calidad de las denuncias.

B. DIOA - INVESTIGACIÓN PRELIMINAR: CRITERIOS DE SIGNIFICACIÓN Para que se de inicio a una investigación preliminar es necesario que el hecho denunciado esté incluido en el ámbito de competencia de la OA y que el caso supere los CRITERIOS DE SIGNIFICACIÓN: Económica, Institucional y Social.

B. DIOA - INVESTIGACIÓN PRELIMINAR: Las Investigaciones Preliminares tienen por objeto: Corroborar Corroborar los extremos expuestos por el denunciante, Recolectar Recolectar la mayor cantidad de información posible sobre la existencia de las irregularidades denunciadas, Individualizar Individualizar a los presuntos responsables, con la determinación suficiente que permita la formulación de una denuncia penal, la constitución de la OA como parte querellante, o la promoción de sumarios administrativos.

B. DIOA - INVESTIGACIÓN PRELIMINAR: Para cumplir con esa tarea la OA tiene la facultad de: Convocar personas para brindar las declaraciones pertinentes al caso; Requerir informes a los organismos públicos nacionales, provinciales o comunales; Requerir informes a organismos privados y a los particulares cuando corresponda; Solicitar la colaboración de los organismos policiales y de seguridad para la realización de diligencias de investigación. Para llevar adelante una Investigación los agentes de la OA pueden realizar cualquier tipo de medida de prueba o averiguación con total libertad, salvo aquellas que puedan implicar una injerencia en un derecho o garantía individual y que hagan necesaria la intervención de una autoridad judicial.

C. DIOA - DENUNCIA DE UN HECHO DE CORRUPCIÓN ANTE LA JUSTICIA: denuncia criminal Una vez concluida la Investigación Preliminar y establecido que el caso puede llegar a configurar un delito, la intervención de la OA concluye con la formulación de una denuncia criminal ante la justicia, para que en ese ámbito se continúe con la investigación de los hechos y se llegue a la atribución final de responsabilidades y penas. Como toda denuncia judicial, la presentación de la OA debe contener: Una descripción pormenorizada sobre las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los hechos que se imputan; La identidad de los denunciados (salvo que fuere todavía desconocida); La descripción y valoración de las evidencias colectadas durante la investigación preliminar; Un análisis jurídico que justifique la subsunción del caso en alguno o varios tipos penales.

D. DIOA - CONSTITUCIÓN DE LA OA EN PARTE QUERELLANTE: colaborar con el avance de la investigación En los casos denunciados por la OA o en otros casos ya abiertos, que resulten significativos y en los que la OA pueda colaborar con el avance de la investigación, se previó expresamente la facultad del organismo de constituirse como parte querellante. rol acusador En esos casos la OA ejerce un rol acusador en forma paralela con la fiscalía que tenga asignada la causa. facultad discrecional Esta es una facultad discrecional del titular de la OA ya que la titularidad de la acción pública siempre estará en manos de los fiscales del Ministerio Público Fiscal.

A. PLAN DE ACCIÓN: POLÍTICA ACTIVA RECUPERO DE ACTIVOS CNUCC la OA se ha propuesto impulsar una POLÍTICA ACTIVA de RECUPERO DE ACTIVOS, que se erige en tono a los compromisos internacionales asumidos por el Estado; en especial, con la CNUCC. CAMBIO DE PARADIGMA CON LA MISMA ENERGÍA Y EL MISMO EMPEÑO El propósito final de esta política es impulsar un CAMBIO DE PARADIGMA, para que en las investigaciones criminales se preste atención a las cuestión patrimoniales, CON LA MISMA ENERGÍA Y EL MISMO EMPEÑO que el empleado en la investigación de los hechos y la atribución final de responsabilidades.

A. PLAN DE ACCIÓN: DERECHO PENAL Se busca instalar la idea de que el DERECHO PENAL: puede y debe ocuparse de las cuestiones patrimoniales. PUEDE PUEDE: Porque el Código Penal y el Código Procesal Penal prevén los mecanismos necesarios para hacerlo; DEBE DEBE: Por la gran relevancia que el tema de la recuperación de activos tiene a nivel internacional, constituyéndose como uno de los ejes centrales en la lucha contra la corrupción; y Finalmente para lograr erradicar la impunidad de los hechos de corrupción.

B. HERRAMIENTAS: Concretamente las herramientas con que contamos son: DECOMISO DEL PRODUCTO DEL DELITO DECOMISO DEL PRODUCTO DEL DELITO (Art. 23 CP): CONSECUENCIA ACCESORIA Puede ser entendido como una pena o como una CONSECUENCIA ACCESORIA de un delito comprobado; económicamente beneficiados Puede dirigirse contra los mismos autores o partícipes del delito, como también contra terceros que resultaron económicamente beneficiados por el delito; PERSONAS JURÍDICAS Incluso puede dirigirse contra las PERSONAS JURÍDICAS cuando los autores y/o partícipes actuaron como mandatarios de alguien o como órganos, miembros o administradores de una persona de existencia ideal y el provecho del delito benefició al mandante o a la persona jurídica; SENTENCIA CONDENATORIA Requiere de una SENTENCIA CONDENATORIA.

B. HERRAMIENTAS: MEDIDAS CAUTELARES MEDIDAS CAUTELARES (Art. 23, 7° y 8° párr. del CP y 518 CPPN): CONCRETASEFECTIVAS Deben proponerse medidas CONCRETAS y EFECTIVAS que busquen asegurar un futuro decomiso, pago de multas, costas procesales y/o reparación del daño; PRONTAMENTE Estas acciones se deben procurar PRONTAMENTE; MERA FORMULACIÓN HIPOTÉTICA Requieren de estándares probatorios menos rígidos: MERA FORMULACIÓN HIPOTÉTICA.

C. ESTRATEGIA PARA LLEVAR ADELANTE EL PLAN DE ACCIÓN: La estrategia asumida propone un trabajo en distintos terrenos de manera simultánea: análisis evaluación Se ahondó el análisis y evaluación de instrumentos y mecanismos legales vigentes para lograr una recuperación de activos; plan de acción Se diseño de un plan de acción acorde con esos instrumentos y con las facultades de la OA; selección de casos Se hizo una selección de casos que resultaban emblemáticos; adopción concreta Se solicitó a la justicia la adopción concreta de medidas para asegurar el decomiso de aquellos bienes que hayan resultado ser el provecho o beneficio de los delitos de corrupción. difundiendo Se han obtenido resultados parciales positivos y la idea es continuar difundiendo este tipo de acciones y que este tema sea planteado en la mayor cantidad de juzgados, salas, cámaras y llegar a formar una jurisprudencia más rica en la materia.

En paralelo, la OA participó activamente en la discusión del tema con distintos actores de la lucha contra la corrupción: Consultamos y debatimos con representantes de: Representantes de Organizaciones Civiles, Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Nación, y Magistrados y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal. las reuniones internacionales Por otra parte la OA también ha participado en todas las reuniones internacionales que tuvo a su alcance, en las que se suscitó un muy fructífero intercambio con profesionales de distintos países sobre la temática del recupero de activos.

D. PUBLICACIÓN DE UN LIBRO: RECUPERO DE ACTIVOS EN CASOS DE CORRUPCION: EL DECOMISO DE LAS GANANCIAS DEL DELITO – ESTADO ACTUAL DE LA CUESTION herramienta práctica de utilidad Recientemente la OA ha publicado su libro RECUPERO DE ACTIVOS EN CASOS DE CORRUPCION: EL DECOMISO DE LAS GANANCIAS DEL DELITO – ESTADO ACTUAL DE LA CUESTION, que fue pensado como una herramienta práctica y de utilidad para el diseño de estrategias, planteo y resolución de acciones de recupero de activos; aplicando en forma creativa e inteligente la legislación que en esta materia ofrece nuestro país. 100 ejemplares Para difundir esa obra se han entregado personalmente los primeros 100 ejemplares a la Presidenta de la Nación, Ministros, Ministros de la CSJN, Jueces y Fiscales federales, Jueces de las cámaras de apelaciones y de casación, Diputados, miembros de SIGEN, AGN, PTN, BCRA, integrantes de las fuerzas de seguridad, representantes de ONG y periodistas. Continuando con la difusión de ese trabajo se han publicado nuevos ejemplares que se seguirán distribuyendo entre todos los agentes involucrados en la lucha contra la corrupción.

Afortunadamente la OA no es el único organismo involucrado en la generación de ese cambio sino que también organismos como la OCDAP y la FIA, desde sus respectivas funciones, también lo vienen proponiendo. OCDAP OCDAP: cuenta con un equipo interdisciplinario de profesionales especializados en la investigación patrimonial, detección y rastreo de bienes; UIF UIF: puede brindar asistencia a los jueces y fiscales quienes pueden solicitar su colaboración y el aporte de información financiera a través de las redes informales de cooperación internacional; PFA y Fuerzas de Seguridad PFA y Fuerzas de Seguridad: cuentan con divisiones especializadas en análisis contable e investigaciones complejas; BCRA BCRA: tiene funcionarios capacitados en operaciones financieras de alta complejidad; MRECIC MRECIC: brinda asistencia en los procesos de requerimiento de información de cooperación internacional; PTN PTN: puede intercambiar información con distintos actores en casos de corrupción para promover acciones civiles de carácter resarcitorio.

Cambios de esta naturaleza no ocurren de un día a otro. acciones concretas Somos consientes de ello y sabemos que para producirlos es necesario recorrer por un proceso que demandará tiempo, la concientización de la importancia del cambio, un debate generalizado sobre sus ventajas, alcances y mecanismos y, sobre todo, requerirá de acciones concretas.