DIA DE LA EXPORTACION MERCOEX Exportando en tiempos de incertidumbre 19 de agosto de 2009 - Marriott Plaza Hotel - Buenos Aires Precios de Transferencia.

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Transcripción de la presentación:

DIA DE LA EXPORTACION MERCOEX Exportando en tiempos de incertidumbre 19 de agosto de Marriott Plaza Hotel - Buenos Aires Precios de Transferencia. Efectos fiscales por operaciones desde y hacia áreas de baja tributación. Pablo Campagnale

Jurisdicciones de baja imposición Panorama Internacional:  Desde el 2007 se verifica un incremento en la firma de Acuerdos de Transparencia e Intercambio de Información en cuestiones impositivas.  En la Cumbre del G20 realizado en noviembre/2008, los líderes de los países señalaron que combatirán la evasión fiscal en las operaciones internacionales.  A partir de allí, las jurisdicciones de baja o nula imposición firmaron más de 40 acuerdos bilaterales de intercambio de información internacional.

Jurisdicciones de baja imposición Panorama Internacional:  Ejemplos de acuerdos suscriptos: 1.Isla de Man: acuerdos con Francia, Alemania, Australia, Reino Unido, Irlanda, Dinamarca, Holanda, Noruega, EEUU, Suecia, entre otros. 2.Jersey: acuerdos con Irlanda, Francia, Dinamarca, Finlandia, Alemania, Noruega, Holanda, EEUU, Reino Unido, entre otros. 3.Antillas Holandesas: acuerdos con España, Nueva Zelandia, Australia, EEUU, y otros en proceso de firma. 4.EEUU: acuerdos con Antigua & Bermuda, Aruba, Bahamas, BVI, Islas Caimán, Islas del Canal, Trinidad y Tobago, Liechtenstein, Antillas Holandesas, Gibraltar, Barbados, Luxemburgo, entre otros.

Jurisdicciones de baja imposición Panorama Internacional:  Tras la reunión del G 20 (2/04/2009), la OCDE publicó el detalle de los avances realizados por los distintos países para implementar un acuerdo internacional de intercambio de información.  Se distinguen 3 categorías de países: 1.Jurisdicciones con acuerdos según estándares internacionales, entre los que se encuentra Argentina y Luxemburgo. 2.Jurisdicciones que asumieron el compromiso de realizar los acuerdos según estándares internacionales pero que aún no lo han implementado (Ej. Bahamas, BVI, Liechtenstein, Antillas Holandesas y Panamá). 3.Otros centros financieros que tienen la intención de realizar los acuerdos según los estándares internacionales : Austria, Chile, Costa Rica, Malasia, Filipinas, Suiza y Uruguay.

Jurisdicciones de baja imposición Argentina:  A través del Decreto 1037/2000 se establece un listado de 88 países, jurisdicciones, territorios y regímenes incluidos como “Países de Baja o Nula Imposición”. 1.ANGUILA (Territorio no autónomo del Reino Unido) 2.ANTIGUA Y BARBUDA (Estado independiente) 3.ANTILLAS HOLANDESAS (Territorio de Países Bajos) 4.ARUBA (Territorio de Países Bajos) 5.ASCENCION 6.COMUNIDAD DE LAS BAHAMAS (Estado independiente) 7.BARBADOS (Estado independiente) 8.BELICE (Estado independiente) 9.BERMUDAS (Territorio no autónomo del Reino Unido) 10.BRUNEI DARUSSALAM (Estado independiente)

Jurisdicciones de baja imposición Argentina: 11.CAMPIONE D’ITALIA 12.COLONIA DE GIBRALTAR 13.EL COMMONWEALTH DE DOMINICA (Estado Asociado) 14.EMIRATOS ARABES UNIDOS (Estado independiente) 15.ESTADO DE BAHREIN (Estado independiente) 16.ESTADO ASOCIADO DE GRANADA (Estado independiente) 17.ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO (Estado asociado a EEUU) 18.ESTADO DE KUWAIT (Estado independiente) 19.ESTADO DE QATAR (Estado independiente) 20.FEDERACION DE SAN CRISTOBAL (Islas Saint Kitts and Nevis: Independientes) 21.Régimen aplicable a las sociedades holding (Ley del 31 de julio de 1929) del Gran Ducado de Luxemburgo. Sustituido por Dto. 115/03. Texto anterior: GRAN DUCADO DE LUXEMBURGO

Jurisdicciones de baja imposición Argentina: 22.GROENLANDIA 23.GUAM (Territorio no autónomo de los EEUU) 24.HONK KONG (Territorio de China) 25.ISLAS AZORES 26.ISLAS DEL CANAL (Guernesey, Jersey, Alderney, Isla de Great Stark, Herm, Little Sark, Brechou, Jethou Lihou) 27.ISLAS CAIMAN (Territorio no autónomo del Reino Unido) 28.ISLA CHRISTMAS 29.ISLA DE COCOS O KEELING 30.ISLAS DE COOK (Territorio autónomo asociado a Nueva Zelanda) 31.ISLA DE MAN (Territorio del Reino Unido) 32.ISLA DE NORFOLK 33.ISLAS TURKAS E ISLAS CAICOS (Territorio no autónomo Reino Unido) 34.ISLAS PACIFICO

Jurisdicciones de baja imposición Argentina: 35.ISLAS SALOMON 36.ISLA DE SAN PEDRO Y MIGUELON 37.ISLA QESHM 38.ISLAS VIRGENES BRITANICAS (Territorio no autónomo del Reino Unido) 39.ISLAS VIRGENES DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 40.KIRIBATI 41.LABUAN 42.MACAO 43.MADEIRA (Territorio de Portugal) 44.MONTSERRAT (Territorio no autónomo del Reino Unido) 45.Eliminado por Dto. 115/03. Texto anterior: NEVIS 46.NIUE 47.PATAU 48.PITCAIRN 49.POLINESIA FRANCESA (Territorio de Ultramar de Francia)

Jurisdicciones de baja imposición Argentina: 50.PRINCIPADO DEL VALLE DE ANDORRA 51.PRINCIPADO DE LIECHTENSTEIN (Estado independiente) 52.PRINCIPADO DE MONACO 53.REGIMEN APLICABLE A LAS SOCIEDADES ANONIMAS FINANCIERAS (regidas por la ley del 24 de junio de 1948 de la República Oriental del Uruguay) 54.REINO DE TONGA (Estado independiente) 55.REINO HACHEMITA DE JORDANIA 56.REINO DE SWAZILANDIA (Estado independiente) 57.REPUBLICA DE ALBANIA 58.REPUBLICA DE ANGOLA 59.REPUBLICA DE CABO VERDE (Estado independiente) 60.REPUBLICA DE CHIPRE (Estado independiente) 61.REPUBLICA DE DJIBUTI (Estado independiente)

Jurisdicciones de baja imposición Argentina: 62.REPUBLICA COOPERATIVA DE GUYANA (Estado independiente) 63.REPUBLICA DE PANAMA (Estado independiente) 64.REPUBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO 65.REPUBLICA DE LIBERIA (Estado independiente) 66.REPUBLICA DE SEYCHELLES (Estado independiente) 67.REPUBLICA DE MAURICIO 68.REPUBLICA TUNECINA 69.REPUBLICA DE MALDIVAS (Estado independiente) 70.REPUBLICA DE LAS ISLAS MARSHALL (Estado independiente) 71.REPUBLICA DE NAURU (Estado independiente) 72.REPUBLICA DEMOCRATICA SOCIALISTA DE SRI LANKA (Estado independiente) 73.REPUBLICA DE VANUATU 74.REPUBLICA DEL YEMEN 75.REPUBLICA DE MALTA (Estado independiente)

Jurisdicciones de baja imposición Argentina: 76.SANTA ELENA 77.SANTA LUCIA 78.SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS (Estado independiente) 79.SAMOA AMERICANA (Territorio no autónomo de los EEUU) 80.SAMOA OCCIDENTAL 81.SERENISIMA REPUBLICA DE SAN MARINO (Estado independiente) 82.SULTANATO DE OMAN 83.ARCHIPIELAGO DE SVBALBARD 84.TUVALU 85.TRISTAN DA CUNHA 86.TRIESTE (Italia) 87.TOKELAU 88.ZONA LIBRE DE OSTRAVA (ciudad de la antigua Checoeslovaquia)

Jurisdicciones de baja imposición Argentina:  Desde el año 2000, nuestro país no ha suscripto acuerdos de intercambio de información con países de baja o nula imposición.  Tampoco ha efectuado una adecuación en función de los cambios ocurridos a nivel internacional.

Jurisdicciones de baja imposición Sujetos independientes del exterior Empresas residentes en el país que realicen operaciones con Sujetos vinculados del exterior Art. 8° de la Ley de Impuesto a las Ganancias Art. 15 de la Ley de Impuesto a las Ganancias Excepto Sujetos domiciliados en paraísos fiscales Establecimientos estables instalados en el exterior de titulares residentes en el país Arts. 129 y 130 de la Ley de Impuesto a las Ganancias Art. 14 de la Ley de Impuesto a las Ganancias Precios de Transferencia

Precios de Transferencia. Obligaciones a cumplir (*)  Semestral: F. 742, correspondiente al 1° semestre de cada ejercicio.  Anual: Declaraciones Juradas: Presentación DDJJ Anual F. 743 Informe Estados Contables Del período fiscal De los 2 períodos anteriores Firmado por el contribuyente y por contador público independiente, certificada por consejo, colegio o entidad en la que se encuentre matriculado. (*) R.G AFIP, sus complementarias y modificatorias.

Precios de Transferencia. Obligaciones a cumplir  Semestral: días 3 al 7, según terminación de la CUIT, del 5° mes siguiente a aquel en que finaliza el 1° semestre del ejercicio anual.  Anual: días 3 al 7, según terminación de la CUIT, del 8° mes siguiente a aquel en que finaliza el ejercicio anual. Declaraciones Juradas: Vencimientos:

Acciones encaradas por la AFIP  Cruces de información con el Banco Central de la República Argentina.  Se han cursado requerimientos a los contribuyentes que hayan recibido cobros o hayan efectuado pagos a una entidad radicada en una jurisdicción de baja imposición.  Sólo en aquellos casos que no conste en las bases de datos de la AFIP que hayan presentado el F  Períodos fiscales involucrados 2006 y 2007.

Acciones encaradas por la AFIP  Suspensión del pago de reintegros a la exportación y devolución del IVA.  La AFIP ha mencionado que sólo efectuará los reintegros a aquellos exportadores que no estuvieren operando con países con regímenes de “opacidad fiscal”.  El exportador deberá demostrar que no se efectuó una subfacturación en las ventas para que el reintegro y las devoluciones de IVA les sean canceladas.  La AFIP intenta detectar si el precio que se declara en la Aduana Argentina es el mismo que el declarado en el puerto de destino.

Acciones encaradas por la AFIP  Generalmente las empresas de fletes internacionales están radicadas en jurisdicciones de baja o nula imposición.  El contratar a estas compañías también implica la suspensión de cobro?  Suspensión del pago de reintegros a la exportación y devolución del IVA.

Acciones encaradas por la AFIP Exportador A Cliente UK Flete Panamá Co.

 Habitualmente los proveedores de China utilizan distribuidores radicados en Hong Kong para sus ventas internacionales.  El adquirir materias primas, materiales o bienes de capital desde este país, también puede afectar los reintegros y devoluciones? Acciones encaradas por la AFIP  Suspensión del pago de reintegros a la exportación y devolución del IVA.

Acciones encaradas por la AFIP Exportador A Cliente UK China Co. Distribuidor Hong Kong Importación de materias primas

Acciones encaradas por la AFIP  Suspensión del pago de reintegros a la exportación y devolución del IVA.  Las normas legales vigentes en Argentina, establecen que las empresas que efectúen operaciones con países de baja o nula imposición “deberán demostrar” que los valores pactados se ajustan a los precios de mercado.  Para esto, se debe efectuar un Estudio de Precios de Transferencia y aplicar alguno de los métodos previstos en la ley del impuesto a las ganancias.

Acciones encaradas por la AFIP  Para “demostrar” que los valores pactados se ajustan a los precios del mercado, la comparación se puede efectuar mediante:  Precios  Márgenes de utilidad Deberá tenerse en cuenta: funciones desarrolladas, activos utilizados y riesgos asumidos.

Acciones encaradas por la AFIP  El Fisco “presume” anticipadamente que las operaciones ejemplificadas no son operaciones “genuinas” o el comercio “no es transparente”.  No debe olvidarse que la AFIP tiene plenas potestades de fiscalización para analizar y evaluar las operaciones realizadas por el contribuyente.

Precios de Transferencia con Recesión Global  Crisis financiera mundial caracterizada por:  Disminución de la liquidez;  Fuerte baja en los mercados de valores;  Presión inflacionaria; y  Aumento del desempleo Provocó:  Disminución de la inversión.  Reducción de la demanda del consumo.  Caída de la producción.

Precios de Transferencia con Recesión Global  Para el análisis de los métodos basados en márgenes de utilidades, habitualmente se utiliza un horizonte de los 3 últimos años de las comparables.  En muchas industrias las compañías están experimentando pérdidas operativas.  Las compañías deben prestar especial atención a los contratos vigentes a efectos de prevenir efectos negativos en Precios de Transferencia.