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Precios de Transferencia. 2 1.Operaciones alcanzadas por las disposiciones de precios de transferencia. 3.Una herramienta preventiva de conflictos: la.

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Presentación del tema: "Precios de Transferencia. 2 1.Operaciones alcanzadas por las disposiciones de precios de transferencia. 3.Una herramienta preventiva de conflictos: la."— Transcripción de la presentación:

1 Precios de Transferencia

2 2 1.Operaciones alcanzadas por las disposiciones de precios de transferencia. 3.Una herramienta preventiva de conflictos: la correcta documentación de las operaciones y sus precios. 4.Costos derivados de los cumplimientos deficientes de las disposiciones de control de precios. TÓPICOS A TRATAR 2.La definición de “políticas de fijación de precios” contribuye a evitar controversias con el Fisco.

3 3 Operaciones: realizadas con sujetos vinculados: art. 15 realizadas con sujetos ubicados en países calificados como de nula o baja tributación: art. 15 de importación o exportación de bienes que posean precio internacional - de público y notorio conoc.-: art. 8 realizadas con sujetos independientes y sin precio públ.: art. 8 ARTÍCULO 8

4 4 ARTÍCULO 15 Establece la facultad de la AFIP para determinar las ganancias de fuente Argentina a través de índices obtenidos en base a información de empresas independientes.  Define a los sujetos.  Presunción para operaciones realizadas c/paraísos fiscales.  Enumera los diferentes métodos aplicables para la verificación de los precios de transferencia.  Establece la aplicación del método más apropiado de acuerdo al tipo de transacción analizada (“best method rule”).  Establece la obligación de presentar DDJJ semestrales.  Determina la posibilidad de la AFIP de ejercer fiscalizaciones simultáneas con otros estados con los que se hayan suscripto convenios bilaterales que prevean el intercambio de información entre fiscos.

5 5 SUJETOS  Sociedades de capital del art. 69, inc. a).  Demás sociedades o empresas previstas en el art. 49, inc. b).  EE art. 69, inc.) b) por las transacciones que realicen con: i) sus filiales extranjeras, ii) sucursales, iii) EE u iv) otro tipo de entidades del exterior vinculadas a ellas.

6 6 SUJETOS  Operaciones de exportación entre sujetos vinculados cuyo objeto sea cereales, oleaginosas, demás productos de la tierra, hidrocarburos y sus derivados, bs. c/cotización conocida en mercados transparentes  Intervenga un intermediario internacional que no sea el destinatario efectivo de los bienes.  Mejor Método = valor de cotización en el mercado transparente del día de la carga de la mercadería sin considerar el precio pactado.  Si el precio pactado es mayor al de cotización se tomará el mayor.

7 7 SUJETOS Requisitos que debe reunir el intermediario para que NO resulte aplicable el nuevo método del art. 15, 8vo. párr.: a)Debe tener real presencia en el territorio de residencia, los activos y riesgos asumidos deben ser acordes a los volúmenes de operaciones negociadas. b)Su actividad principal no debe consistir en la obtención de rentas pasivas, ni en la intermediación en la comercialización de bs. desde o hacia la R.A. o con otros miembros del grupo. c)Sus operaciones de comercio internacional con otros integrantes del mismo grupo económico no podrán superar el 30% del total anual de las operaciones concertadas por la intermediaria extranjera. Si no se reúnen estos requisitos se considera que las op. NO son celebradas como entre partes independientes.

8 8 DEFINICIÓN DE POLÍTICAS DE FIJACIÓN DE PRECIOS Diversos factores inciden en la determinación de los precios.  Estrategias de mercado.  Volumen y periodicidad de las operaciones.  Posición en la cadena de comercialización. El Fisco prioriza la utilización de los comparables internos (idénticas operaciones realizadas con sujetos independientes).

9 9 DEFINICIÓN DE POLÍTICAS DE FIJACIÓN DE PRECIOS Hay casos en los que no existe tal identidad, no obstante ello el Fisco prioriza esta información.  Importancia de señalar en el informe las diferencias entre las operaciones para dejarlo sentado desde el inicio. Si el contribuyente no plantea correctamente las diferencias el Fisco pretenderá un ajuste de precios a pesar de la falta de comparabilidad. La documentación contemporánea de los distintos tratamientos en las operaciones comerciales evitará controversias al momento de una verificación.

10 10 UNA HERRAMIENTA PREVENTIVA DE CONFLICTOS La correcta documentación de las operaciones y sus precios minimiza el riesgo de controversias. La RG 1122/01, Anexo II regula los contenidos mínimos que se deben presentar en el informe de PT:  Es información que debe permitirle al Fisco entender: En qué consiste la actividad del contribuyente. Lo que implica para el contribuyente pertenecer al grupo económico (casos de vinculación jurídica).

11 11 UNA HERRAMIENTA PREVENTIVA DE CONFLICTOS En qué consisten las operaciones intercompany y su relación con la actividad de la empresa. Si existen operaciones similares llevadas a cabo con terceros independientes. Las razones por las cuales se seleccionó el método que se utiliza para probar que los precios se ajustan a pautas normales de mercado. Cuál es la situación de mercado del contribuyente (industria a la que pertenece). Los informes deben proporcionar al Fisco la información suficiente para validar que los precios se han negociado como entre partes independientes. Todos los factores que incidan en esta explicación deben estar debidamente documentados.

12 12 COSTOS DERIVADOS DE LOS CUMPLIMIENTOS DEFICIENTES Un cumplimiento deficiente de las disposiciones vigentes acarreará mayores costos.  Contingencias derivadas de ajustes de precios. Ajuste de impuesto.  Sanciones: pueden ser formales por cumplimientos deficientes de documentación y materiales derivadas de la diferencia de impuesto.  Ley Penal Tributaria. Responsabilidad de los representantes legales del contribuyente.

13 13 COSTOS DERIVADOS DE LOS CUMPLIMIENTOS DEFICIENTES Importancia de discutir aspectos técnicos que surjan con claridad del informe y no materias que den lugar a la aplicación de figuras de evasión. Un buen análisis y su correspondiente documentación deberían minimizar los riesgos que asume el contribuyente y sus directivos.

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