Actualización UGPP “Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales ”

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Transcripción de la presentación:

Actualización UGPP “Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales ”

Paula Andrea Carvajal Hincapié Abogada Especialista en Derecho de la Seguridad Social Candidata a Magister en Derecho del Trabajo Docente Universitaria de pregrado y posgrado.

FUNCIONES Reconocer y administrar derechos pensionales y prestaciones económicas del RPMPD Coordinar la adecuada y oportuna liquidación del Sistema de Seguridad Social

FUNCIONES ESPECÍFICAS Reconocimiento de prestaciones económicas. Reconocimiento de pensiones del servidor público con el tiempo servido y retiro sin edad. Administrar derechos de entidades que se encuentran en liquidación. Reconocer cuotas partes pensionales. Realizar cálculos actuariales tendientes a obtener recaudos al SGSSI Adelantar gestión relacionadas con pensiones compartidas Administrar nómina de pensionados con FONPEP

RECONOCIMIENTO DE PENSIONES Entidades Públicas de Nivel Nacional. Pensión de Vejez Pensión de Invalidez Pensión de Sobrevivientes Pensión Sanción Pensión Convencional Indemnización sustitutiva de la pensión de V.I.M Pago único a herederos Reliquidación de la Pensión Auxilio Funerario.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA INNUMERABLE Formulario único de prestaciones económicas. Documento de identidad. Registro Civil de Nacimiento. Certificados expedidos en formularios diseñados por el Ministerio de Hacienda: CAJANAL = empleador. Puertos de Colombia= Ministerio de Salud. Adpostal= Ministerio de Tecnologías y comunicaciones Inurbe = Ministerio de Vivienda.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA INNUMERABLE Certificado de los salarios cotizados en los 10 últimos años, formulario Ministerio de hacienda. Si es cumplimiento del fallo copia auténtica de la sentencia o C.D acompañado de acta de audiencia si es el caso. Y otros: poder del apoderado, sentencia que nombra curador, escritura pública si es apoderado general.

CRUCE DE INFORMACIÓN

ACLARACIONES PRÁCTICAS INDEPENDENICIA Y AUTONOMIA COLPENSIONES V/S UGPP SOLO RECONOCE PENSIONES DEL ISS PATRONO Decreto 2013 del año 2012 NO TRAMITAN PROCESOS DEL ISS EN LIQUIDACION CAJANAL Y DESPUES AFP, LE CORRESPONDE AL FONDO CAJANAL COMPETENTE, CUMPLIO EL TIEMPO SERVIDO Y DESPUES LA EDAD

LIQUIDACIÓN DE APORTES AL SGSSI LEY 1606 De 2012 PROCESO ADMINISTRATIVO OMISION - INEXACTITUD DETERMINACIÓN LIQUIDACIÓN COBRO

OBSERVACIONES Las administradoras del Sistema de la Protección Social continuarán adelantando las acciones de cobro de la mora registrada de sus afiliados. La UGPP conserva la facultad de adelantar el cobro sobre aquellos casos que considere conveniente adelantarlo directamente y de forma preferente

COMO SE INICIA EL TRAMITE? La UGPP recibe la información. Presunto incumplimiento en la afiliación o en el pago de los aportes. Inicia una actuación administrativa solicitando información al denunciado y/o a entidades externas. Establece si se realizó o no la afiliación, si se dejaron de pagar aportes o si se pagaron pero sobre una base inferior a la que legalmente correspondía.

VERIFICACIÓN De la afiliación a cada uno de los subsistemas IBC Confronta información con la PILA R REQUERIMIENTO Inexactitud Omisión

DETERMINACIÓN Requerimiento de la información. Envío por parte del requerido de la información Mes siguiente a su notificación. Si no se envía? Sanción $ 200 UVT ( ,oo) Entre la respuesta y 6 meses siguientes LIQUIDACION OFICIAL

FISCALIZACIÓN Solicitud de la información a las administradores del SGSSI. Verificación de las planillas de autoliquidación. Realización de investigaciones. Solicitud de explicaciones sobre las inconsistencias. Solicitud de documentación que se considere pertinente. Orden de exhibición parcial de los libros y documentos, en especial de la nómina. Recopilación de pruebas que sustenten la omisión o inexactitud de la liquidación de las contribuciones parafiscales. Realización de visitas de inspección

INSPECCIÓN Debidamente notificada: Periodos de revisión Objetos de revisión: libro, sistemas, planillas Identificación del Funcionario

RECURSO Contra la Liquidación Oficial o la Resolución Sanción procederá el Recurso de Reconsideración, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación de la Liquidación Oficial o la Resolución Sanción. La resolución que lo decida se proferirá dentro de los seis (6) meses siguientes a la interposición del recurso. ANTE LA MISMA ENTIDAD ?????? REPOSICION, solo si niega reconsideración

LIQUIDACIÓN OFICIAL QUEDA EN FIRME PRESTA MERITO EJECUTIVO NO PUEDE SER DISCUTIDA COBRANZAS COBRO PERSUASIVO Etapa previa al cobro coactivo y voluntario Acuerdo de pago REQUISITOS: 30 – 70 Y otros. Cobro coactivo

COBRO COACTIVO Notifica a través del mandamiento de pago. Notificación personal, por aviso o periódico de amplia circulación Titulo ejecutivo liquidado: deuda, intereses de mora, costas procesales. MEDIOS DE DEFENSA PAGO 15 DIAS EXCEPCIONES 15 DIAS Un mes para decidir

REMATE DE BIENES EMBARGO DE BIENES SECUESTRO AVALUO, perito asignado por la UGPP REMATE FIN DE LA OBLIGACION…..