Derecho de Familia Abog. Alexander Joao Peñaloza Mamani.

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Transcripción de la presentación:

Derecho de Familia Abog. Alexander Joao Peñaloza Mamani

Unidad IV Derechos y Deberes del matrimonio

Relaciones personales entre los conyuges Fuente de familia y generador DERECHOS Y DEBERES El matrimonio Relaciones con consecuencias jurídicas TercerosHijosConyuges

El matrimonio como patrimonio autonomo La legislacion procesal, considera: Debido a que los intereses economicos de cada uno de los conyuges son comunes a ambos Matrimonio Patrimonio autonomo

Relaciones entre los conyuges De orden economico Sociedad de gananciales Separacion de patrimonios De orden personal Asistencia, fidelidad y cohabitacion

Fidelidad Es el respeto hacia el consorte en el plano intimo, economico y social No se refiere solo a las relaciones intimas, que deben ser excluvisas y excluyentes, que descansa en el sistema monogamico

Cohabitacion Significa vivir bajo un mismo techo, dentro del deber de cohabitacion, el debito sexual como derecho y deber reciproco entre ambos conyuges Salvo situaciones de excepciones, por motivos laborales, de salud, honor o peligro a la vida

Asistencia Favor, socorro, ayuda, auxilio, cuidado que se presta a alguna persona, especialmente cuando esta enferma o se halla en estado avanzado Se verifica en el plano material, moral, afectivo, emocional, espiritual

Obligaciones de los conyuges para con los hijos Mas que un imperativo legal lo que impele a los padres a socorrer a sus hijos es un imperativo moral, que se traduce en el derecho de los hijos al sustento, educacion y seguridad Pues los hijos al nacer, son seres indefensos, desvalidos e incapaces Se alude a la obligacion de ambos conyuges respecto a sus hijos en lo referente a los alimentos y educacion

Derechos reciprocos de ambos conyuges Ambos conyuges tienen el deber y el derecho de participar en el gobierno del hogar y de cooperar al mejor desenvolvimiento del mismo A ambos conyuges compete fijar y mudar el domicilio conyugal y decidir las cuestiones referentes a la economia del hogar, asi como administrar los bienes sociales, en fin a dirigir el hogar

Derechos reciprocos de ambos conyuges Cada conyuge puede ejercer cualquier profesion o industria, asi como realizar cualquier trabajo fuera del hogar con el asentimiento expreso o tacito del otro, y si este se negara el Juez puede autorizar si lo justifica el interes de la familia Facultad de la mujer de llevar el apellido del marido Si uno de los conyuges, se dedica al cuidado del hogar y de los hijos, la obligacion economica recae en el otro, sin perjuicio de la colaboracion que se deben ambos

Representación de la sociedad conyugal Corresponde a ambos conyuges Procesalmente se considera a la sociedad conyugal como un patrimonio autonomo, es representada por cualquiera de sus participes si son demandantes, y si son demandados la representacion recae en la totalidad de los que la conforman, por lo que ambos conyuges deben ser emplazadas En cuanto a las necesidades ordinarias del hogar y los actos de administracion o conservacion, la sociedad es representada indistintamente por cualquiera de los conyuges Si alguno de los conyuges abusa de los derechos de administracion, el Juez de Paz Letrado puede limitarselo

Representacion unilateral de la sociedad conyugal Uno de los conyuges asume la direccion y representacion de la sociedad cuando: 1. El otro esta impedido por interdiccion u otra causa 2. Si se ignora el paradero del otro, o este se encuentra en lugar remoto 3. Si el otro ha abandonado el hogar, en cyo caso cesa la obligacion de alimentarlo