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Actividades Post Aprobación en Establecimientos. Reenvasado El reenvasado de semillas inspeccionadas y aprobadas solo puede realizarse bajo la supervisión.

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Presentación del tema: "Actividades Post Aprobación en Establecimientos. Reenvasado El reenvasado de semillas inspeccionadas y aprobadas solo puede realizarse bajo la supervisión."— Transcripción de la presentación:

1 Actividades Post Aprobación en Establecimientos

2 Reenvasado El reenvasado de semillas inspeccionadas y aprobadas solo puede realizarse bajo la supervisión del Inspector, quien debe verificar que la manipulación se realiza bajo condiciones de resguardo.

3 Anulación de lotes o partes de lotes Ocurre cuando la empresa informa que desiste de la certificación fitosanitaria de un lote o parte de éste

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5 Cambios de Destino Nuevo destino tenga requisitos fitosanitarios y nivel de muestreo iguales o menores que el país para el cual fue originalmente aprobado el producto y estos requisitos se encuentren publicados en el documento “Requisitos por País”.

6 Si los requisitos fitosanitarios del nuevo mercado no se encuentran publicados en el documento D-PA-EA-001 “Requisitos por País”, al Formulario cambio de destino deberá adjuntarse un PFI o una carta de responsabilidad, si corresponde.

7 El Supervisor de exportaciones de semillas enviará por e-mail el PFI al Jefe del Subdepto de exportaciones agrícolas y Forestales para que sea publicado en el Documento requisitos por país.

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9 Despacho de productos aprobados En aquellas plantas autorizadas para efectuar despacho delegado éste será realizado por la Contraparte. Las Plantas que no estén autorizadas para realizar despacho delegado, el despacho debe supervisarlo un Inspector SAG

10 Despacho Delegado Que el despacho se efectué en un área de carguío autorizada. Que la Contraparte P o T esté presente y supervise el despacho de los productos. Que los productos aprobados se despachen al mercado para el cual fueron aprobados por el SAG al momento de la inspección fitosanitaria.

11 Que el despacho se realice en condiciones de resguardo Que los medios de transporte estén libres de tierra, restos vegetales, insectos o cualquier elemento que signifique riesgo fitosanitario o contaminación de los productos despachados Que en el medio de transporte solo se cargue semillas aprobadas y vigentes.

12 Que en cada camión plano que se despache, la carga esté resguardada mediante el uso de carpas en buen estado, que cubran completamente los bultos y que sus amarras estén selladas al menos al inicio y término de las mismas y en las uniones si fuera el caso Despachos de semilla en envases pequeños

13 Que el aviso del despacho se efectuó al menos con un día hábil de anticipación, utilizando el formulario F2

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15 Despacho Interplanta Esta modalidad de despacho involucra a una Planta emisora y una Planta receptora. En la planta emisora, el/la Inspector/a SAG o Supervisor/a de Exportaciones de semillas debe verificar que: La Contraparte realizó el envío del formulario F2 “Autorización / Aviso de Actividades en Planta”, antes del despacho del producto aprobado. En la planta receptora, el Supervisor/a de Exportaciones de semillas o el/la Inspector/a SAG debe verificar que: La Contraparte envió el F2“Autorización/Aviso de Actividades en Planta”, antes de a la recepción del producto aprobado. La Contraparte remita a la Oficina Sectorial correspondiente a la ubicación de la planta la copia SAG de la Planilla de despacho como máximo el día hábil siguiente a su emisión.

16 Despacho SAG El despacho de semilla inspeccionada es realizado bajo la responsabilidad de un/a Inspector/a SAG o Supervisor/a de Exportaciones Agrícolas, en las siguientes situaciones: Embarques desde Plantas No Adscritas Por requerimientos específicos de algún país Situaciones autorizadas por el/la Supervisor/a de Exportaciones Agrícolas Para asegurar el resguardo de las condiciones fitosanitarias, el/la Inspector/a SAG o Supervisor/a de Exportaciones Agrícolas debe verificar que: Que el despacho se efectué en un área de carguío autorizada. El responsable de la planta no adscrita esté presente mientras se efectúa la actividad. Que los productos aprobados se despachan al país para el cual fueron aprobados por el SAG al momento de la inspección fitosanitaria.

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18 Recepción de productos aprobados por devolución desde un punto de salida. Cuando se despache desde un punto de salida un medio de transporte con semilla inspeccionada en origen, que no han perdido su condición de aprobado, ésta deberá ser recepcionada por un Inspector SAG ya sea en establecimientos con o sin despacho delegado, donde se podrá corregir el incumplimiento, si corresponde. Para esta actividad, la Contraparte Profesional o Contraparte Técnica debe solicitar mediante Agendamiento o F1“Solicitud de Servicios”,, la presencia de un inspector SAG para que recepcione el medio de transporte. La recepción del medio de transporte es realizada bajo la responsabilidad de un/a Inspector/a SAG o Supervisor/a de Exportaciones Agrícolas, el cual debe verificar que:

19 El medio de transporte está sellado con el/los sellos SAG indicados en la planilla de despacho remitida por el punto de salida. Los productos que contiene el medio de transporte recepcionado, están amparados por la planilla de despacho remitida por el punto de salida, la cual debe indicar en el punto 8 el motivo de la devolución. La Contraparte o despachador autorizado se encuentre presente durante la recepción. La recepción se realice en un área de carguío autorizada La recepción debe quedar registrada en el libro foliado de la planta, indicando el motivo de su devolución. REQUISITOS

20 GRACIAS


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