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Teresa Mera Gómez Junio, 2007
La Marca Comunitaria Teresa Mera Gómez Junio, 2007
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Contenido Introducción Antecedentes Directiva del consejo (89/104/CEE)
La Marca Comunitaria Legislación complementaria Modificación del Reglamento
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Introducción Generación de un mercado común interno. Marcas
Libre circulación de mercancías, servicios y capitales Marcas Elementos esenciales en el desarrollo de mercados y promoción de la competencia Disparidad de sistemas: colisiona con la esencia del mercado común Expansión de mercados De nacional a europeo
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Identificación de productos y servicios de igual manera en el territorio de la UE
Protección marcaria Via Nacional Via Internacional (Arreglo y Protocolo de Madrid)
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Antecedentes 1960. AIPPI (Alemania)
Primero pasos hacia la marca comunitaria Grupos de trabajo: Funcionarios públicos, juristas La Comisión presentó Proyecto de Directriz para la Armonización de las legislaciones de los Estados Miembros Nacimiento de la marca comunitaria Contenido del Derecho Relación entre marca comunitaria y marca nacional
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1980. Parlamento Europeo. Recomendación 899.
Relación entre marca comunitaria y marca nacional Extinción Oficina Comunitaria de Marcas 1980. Parlamento Europeo. Recomendación 899. Apoyo al Proyecto de Directriz Promoción de la unificación de las legislaciones Convenio Europeo
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Directiva del consejo (89/104/CEE)
Constituye la piedra angular del derecho europeo de marcas Aproximación de las legislaciones en materia de marcas Búsqueda de protección uniforme en todos los paises miembros Artículo 16: Conmina a los Estados miembros a dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 28/12/1991, extensible al 31/12/1992
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Respeto a los sistemas nacionales Posee dos categorías de normas
Imperativas Facultativas Se deja a libertad de los miembros el legislar respecto de: Elementos procedimentales Caducidad
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Proceso de buena aceptación por los Estados Miembros
Ley Británica de Marcas. 1994 Ley Alemana de Marcas. 1995 Ley Española de Marcas. 2001
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La Marca Comunitaria Reglamento (CE) No.40/94 sobre la Marca Comunitaria 20 de diciembre de 1993 A propuesta y opinión de la Comisión, del Parlamento Europeo y del Comité Económico y Social
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Norma de aplicación directa en los Estados miembros
Objetivo: Establecimiento de un régimen comunitario único Marca comunitaria oponible en todo el territorio de la UE Norma de aplicación directa en los Estados miembros No sustituye los sistemas nacionales de marcas
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Coexistencia con el registro nacional e internacional
Diferentes ámbitos de aplicación Registro nacional: Protección en un mercado único Registro Comunitario: Protección en todo el territorio Comunitario Registro Internacional: Protección en aquellos países que no son miembros de la UE
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Permeablidad ente el sistema comunitario y el nacional
Características Derecho Unitario Autónomo Accesible Reducción de costos del acceso a la protección Permeablidad ente el sistema comunitario y el nacional Reivindicación de antiguedad de marca nacional Transformación de la marca comunitaria en marca nacional
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Agotamiento comunitario del derecho
Tema linguistico Solicitud en cualquier idioma oficialEtapas posteriores posible necesidad de optar por algunos de los idiomas oficiales de OAMI Ejm: Oposción Agotamiento comunitario del derecho
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Crea la Oficina de Armonización del Mercado Interior
Marcas, diseños, modelos Independencia técnica Autonomía funcional (Económica, administrativa, financiera) Entró en funcionamiento el 1 de enero de 1996 Organo comunitario resolutivo Primera y Segunda instancia: OAMI
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Infracciones/Nulidades
Ultima instancia: Tribunal de Justicia de la Comunidades Europeas Infracciones/Nulidades Se rigen por la legislación nacional Tribunales nacionales de la marca comunitaria ( Lo más limitado posible en número) con efectos comunitarios Actúan como primera y segunda instancia
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Legislación complementaria
Reglamentos adicionales Relativo a la ejecución de la marca comunitaria Relativo al procedimiento de las Salas de recursos Relativo a las tasas Relativos a la adhesión de la UE al Arreglo y Protocolo de Madrid Directrices OAMI Regulan aspectos del procedimiento Facilita la tramitación a usuarios Medio de interpretación normativa
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Modificación de Reglamento
Propuesta de Reglamento del Consejo Comisión Oami Asociaciones de usuarios Resultado de la evaluación del funcionamiento del sistema comunitario Propuestas Derogación del sistema de búsquedas
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Mejora del funcionamiento y de los plazos de resolución de las salas de recurso
Ajustes a aspectos procedimentales División de la solicitud Representación
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Reglamento No.422/2004 Modifica el Reglamento No.(CE) No.40/94 sobre la Marca Comunitaria Cambios en aspectos sustanciales y procedimentales Búsqueda de optimización de funcionamiento del sistema 31 artículos modificados/5 nuevos
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Aspectos Modificados Titulares de la marca comunitaria: Eliminación de condiciones de reciprocidad o nacionalidad Insolvencia Búsquedas. Marcas Comunitarias: Obligatorio – Marcas Nacionales: Facultativo Mejora en contenido y plazo de emisión de busquedas nacionales
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Prohibiciones relativas. Respeto a derechos comunitarios anteriores
Adecuaciones a las modificaciones introducidas Salas de recurso SR ampliadas Reglas de nombramiento de los miembros Procedimiento de oposición Reformulación
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Aspectos nuevos Prohibición de registro absoluta respecto de indicaciones geográficas y denominaciones de origen División de la solicitud Productos o servicios de una solicitud anterior podrán formar parte de una nueva solicitud
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Sistema de registro comunitario consolidado
Incremento de solicitudes comunitarias Coexistencia pacífica de sistemas nacionales y comunitarios Visión: Política orientada al usuario de los servicios
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