La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

RESPONSABILIDAD CIVIL

Presentaciones similares


Presentación del tema: "RESPONSABILIDAD CIVIL"— Transcripción de la presentación:

1 RESPONSABILIDAD CIVIL

2 Responsabilidad Civil
Concepto: Consecuencias jurídicas de orden patrimonial a las que se someten los sujetos por haber asumido una situación jurídica subjetiva de desventaja. Funciones: 1) Disuasiva 2) Preventiva 3) Resarcitoria 4) Equivalente

3 SISTEMAS DE RESPONSABILIDAD CIVIL
CONTRACTUAL.- el daño jurídicamente indemnizable surge como consecuencia de una obligación voluntaria, un contrato (inejecución de obligaciones) EXTRACONTRACTUAL.- El daño existe sin que las partes hayan tenido una relación jurídica previa, o existiendo ella el daño producido es ajeno al cumplimiento de la obligación voluntaria.

4 REQUISITOS AMBOS SISTEMAS
1.- ANTIJURICIDAD.- Cuando se causa daño a uno u otros mediante un comportamiento no amparado en derecho, por contravenir una norma de carácter imperativo, etc. CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN. Ejercicio regular de un derecho.- el que viola un derecho en ejercicio de su propio derecho no actúa antijurídicamente.

5 b) LEGÍTIMA DEFENSA.- Toda persona puede defenderse del peligro que exista de agresión.
Requisitos: El peligro debe ser actual El peligro debe amenazar un interés directo y plenamente tutelado por el derecho La amenaza debe ser injusta El recurso de la defensa debe ser necesario e inevitable La reacción debe ser proporcional a la agresión

6 c) Estado de necesidad.- Es el sacrificio de un bien jurídicamente inferior a favor de uno jurídicamente superior. 2.- DAÑO.- En ausencia de daño no hay nada que reparar o indemninzar; el daño es la lesión de un interés jurídicamente protegido. a) Daño patrominial.- son la lesión de derechos de naturaleza económica (ejm. La destrucción de un auto)

7 El daño patrimonial se clasifica en:
Daño emergente.- es el daño propiamente dicho -Lucro cesante.- es lo que se deja de percibir a consecuencia del daño. b) Daño extrapatrimonial.- es el daño ocasionado a la persona en sí misma, dentro del cual se encuentra el daño moral 3.- NEXO CAUSAL.- el hecho realizado (causa) tuvo como consecuencia el daño (efecto)

8 A) CASOS DE FRACTURA CAUSAL:
CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR.- Fuerza ajena extraordinaria, imprevisible e irresistible. B) HECHO DETERMINANTE DE TERCERO.- el daño obedeció a un hecho determinante de un tercero Ejemplo: José se encuentra manejando su motocicleta, cuando de pronto aparece Matilde manejando su auto en dirección contraria a la calle, producido el choque José da a parar a las rieles del tren, siendo arroyado y muerto.

9 RESPONSABILIDAD PENAL

10 DELITO Son las acciones dolosas o culposas penadas por la ley, tienen las siguientes características: Tiene que ser una acción u omisión Dicha acción u omisión tiene que ser dolosa o culposa Dicha conducta debe estar penada por ley Son las conductas, típicas (recogidas en la ley), antijurídicas (el conportamiento va en contra del ordenamiento jurídico) y culpables ( reproche por lo realizado)

11 DOLO El sujeto realiza el acto con conciencia y voluntad de realizar el delito, el sujeto sabe lo que hace y quiere hacer.

12 CULPA Es la falta de previsión de lo previsible; el resultado lesivo se produce porque el agente no reflexionó como era su deber, es un vicio de la inteligencia y voluntad: Imprudencia.- el agente aún cuando conoce las posibles consecuencias daños del hecho, lo ejecuta sin tomar en cuenta la cautela y previsión requeridas.

13 Negligencia.- equivale a descuido y se refiere a la omisión de atención y diligencias debidas.
Impericia.- ineptitud o inexperiencia en la profesión oficio o arte ejercidos, pues los dedicados a un arte o profesión deben poseer la preparación necesaria para ejercerlos sin perjuicio y daño ajeno, debiendo, asimismo, realizar su profesión con las reglas de su arte o profesión.

14 DELITOS CULPOSOS DEBER OBJETIVO DE CUIDADO
Se valora la conducta realizada por el sujeto tomando en consideración los conocimientos de un hombre promedio; se logra con: a) Omitiendo acciones peligrosas.- (no conducir un vehículo ebrio) b) Actuación prudente en situaciones peligrosas.- c) Cuidado como cumplimiento de un deber de información.- El sujeto debe tener los conocimientos, la experiencia y la capacidad necesaria para realizar su actividad, de lo contrario su actitud es riesgosa e irresponsable

15 RESPONSABILIDAD POR DUCUMENTOS MÉDICO LEGALES

16 CERTIFICADO MÉDICO Y LEY GENERAL DE SALUD LEY Nº 26842 de 15jul97
Artículo 13.- Toda persona tiene derecho a que se le extienda la certificación de su estado de salud cuando lo considere conveniente Artículo 24.- La expedición de recetas, certificados e informes directamente relacionados con la atención de pacientes, la ejecución de intervenciones quirúrgicas, la prescripción o experimentación de drogas, medicamentos o cualquier producto, sustancia o agente destinado al diagnóstico, prevención o tratamiento de enfermedades, se reputan actos del ejercicio profesional de la medicina y están sujetos a la vigilancia de los colegios profesionales correspondientes

17 CERTIFICADO MÉDICO Y CÓDIGO DE ÉTICA Y DEONTOLOGÍA C.M.P. Octubre 2007
El Certificado médico es un documento de carácter médico y legal. El médico debe redactar el texto en forma clara, precisa e incluyendo los fines para los que está destinado. No debe expedir un Certificado acreditando un acto médico no realizado o que exprese información falsa, inexacta o tendenciosa

18 En sus informes, los médicos legistas, peritos y auditores, deberán ser veraces, prudentes y limitarse a establecer causas, hechos y conclusiones de orden científico-técnico, absteniéndose de formular opiniones o juicios de valor sobre la probable responsabilidad legal de sus colegas.

19 Cuando no es posible establecer tal diagnóstico,
CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN LEY GENERAL DE SALUD LEY Nº de 15jul97 Del fin de la vida art.108º … El diagnóstico fundado de cese definitivo de la actividad cerebral verifica la muerte. Cuando no es posible establecer tal diagnóstico, la constatación de paro cardio-respiratorio irreversible confirma la muerte NINGUNO DE ESTOS CRITERIOS QUE DEMUESTRAN POR DIAGNÓSTICO O CORROBORAN POR CONSTATACIÓN LA MUERTE DEL INDIVIDUO, PODRÁN FIGURAR COMO CAUSAS DE LA MISMA EN LOS DOCUMENTOS QUE LA CERTIFIQUEN.

20 CERTIFICADO DE DEFUNCIÓN Y LEY GENERAL DE SALUD LEY Nº 26842 de 15jul97 Salud de Terceros art.47º
Los establecimientos de salud, que cuenten con servicios de internamiento de pacientes, están obligados a practicar la necropsia por razones clínicas para vigilar la calidad de la atención que proveen, siempre que cuenten con la autorización previa del paciente o de sus familiares, a falta de declaración hecha en vida por este, con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 13º del Código Civil. No procede practicar necropsias clínicas cuando las circunstancias de la muerte del paciente suponen la obligación de practicar la necropsia de ley.

21 Consentimiento Informado
21

22 Origen Tradición Médica (doctrina de la medicina) Hipócrates
Tradición Jurídica Instituto jurídico del derecho civil (¿contratos?)

23 RM. 597-2006-MINSA. N.T Nº022-MINSA/DGSP-V.02
6. Consentimiento Informado Es la conformidad expresa del paciente o de su representante legal cuando el paciente está imposibilitado, con respecto a una atención médica, quirúrgica o algún otro procedimiento; en forma libre, voluntaria y consciente, después que el médico u otro profesional de salud competente le ha informado de la naturaleza de la atención, incluyendo los riesgos reales y potenciales, efectos colaterales y efectos adversos, así como los beneficios, lo cual debe ser registrado y firmado en un documento, por el paciente o su representante legal y el profesional responsable

24 FORMATO DE CI FORMATO CONSENTIMIENTO INFORMADO.
El uso del formato de consentimiento informado es obligatorio en todo establecimiento de salud y debe contener lo siguiente: Identificación estándar del establecimiento de salud N° de Historia Clínica Fecha Nombres y apellidos del paciente Nombre de la intervención quirúrgica o procedimiento a realizar Descripción del mismo en términos sencillos Riesgos reales y potenciales del procedimiento y/o de la intervención quirúrgica Nombres y apellidos firma, sello y número de colegiatura del profesional responsable de la intervención o procedimiento Conformidad firmada en forma libre y voluntaria por el paciente o su representante legal según sea el caso, consignando nombres, apellidos y DNI. En caso de analfabetos se coloca la huella digital Consignar un espacio para caso de revocatoria del consentimiento informado, donde se exprese esta voluntad consignando: nombres, apellidos, firma y huella digital del paciente, o representante legal, de ser el caso.


Descargar ppt "RESPONSABILIDAD CIVIL"

Presentaciones similares


Anuncios Google