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Contratos mercantiles deposito bancario de dinero

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Presentación del tema: "Contratos mercantiles deposito bancario de dinero"— Transcripción de la presentación:

1 Contratos mercantiles deposito bancario de dinero
Los contratos mercantiles se encuentran regulados por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. deposito bancario de dinero Es la operación que se realiza en una institución capacitada para recibir dinero del público y en la que el depósito transfiere la propiedad del dinero al depositario (banco, el cual se obliga a restituir al misma suma en la misma especie al depositante. Es un depósito irregular porque se transfiere la propiedad de lo depositado, al contrario que en el depósito regular, donde no se transfiere la propiedad de lo depositado. El depositante, es la persona que confía su dinero al depositario. El depositario, es el banco, la persona a quien se le entrega el dinero para que lo devuelva cuando le sea solicitado.

2 Contratos mercantiles
La solicitud del dinero depositado puede hacerse de diferentes formas: A la vista, El depositante puede retirar todo o parte de su dinero en el momento que quiera. Con previo aviso, cuando para retirar ciertas cantidades de dinero se requiere dar aviso al banco en la forma en que se haya estipulado en el contrato. A plazo, cuando en el contrato se fija un plazo durante el cual el depositante no puede hacer ningún retiro y se obliga a respetar el plazo señalado

3 Contratos mercantiles Arrendamiento financiero
Contrato en el que el arrendador (una persona que va a rentar algo) se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce temporal, a plazo forzoso, al arrendatario (quien va a pagar una renta) , quien podrá ser persona física o moral, obligándose este último a pagar como contraprestación, que se liquidará en pagos parciales, según se convenga, una cantidad en dinero determinada o determinable, que cubra el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demás accesorios que se estipulen, y adoptar al vencimiento del contrato alguna de las opciones terminales que veremos más adelante.

4 Contratos mercantiles Arrendamiento financiero
Cuando vence el plazo forzoso para las partes, el arrendatario deberá adoptar alguna de las siguientes opciones terminales: I. La compra de los bienes a un precio inferior a su valor de adquisición, que quedará fijado en el contrato. Quedarse con el bien. II. A prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal, pagando una renta inferior a los pagos periódicos que venía haciendo, conforme a las bases que se establezcan en el contrato; y III. A participar con el arrendador en el precio de la venta de los bienes a un tercero, en las proporciones y términos que se convengan en el contrato.

5 Contratos mercantiles Arrendamiento financiero
En muchas empresas se utiliza esta opción para financiar su funcionamiento. Se arriendan en este modalidad copiadoras, equipo de cómputo, vehículos, etc. Bienes que de pagarse al contado generarían descapitalización de la empresa, por tanto se rentan con la opción de que al término del plazo forzoso, quizá lo hayas escuchado como leasing: Se puedan comprar a un precio más bajo. Se continúe pagando la renta a un costo más bajo o bien se sustituya el bien por uno más moderno. Se vendan a un tercero y se dividan las ganancias entre arrendador y arrendatario.

6 Contratos mercantiles
Factoraje financiero. Por virtud del contrato de factoraje, el factorante conviene con el factorado, quien podrá ser persona física o moral, en adquirir derechos de crédito que este último tenga a su favor por un precio determinado o determinable, en moneda nacional o extranjera, independientemente de la fecha y la forma en que se pague, siendo posible pactar cualquiera de las modalidades siguientes: I. Que el factorado no quede obligado a responder por el pago de los derechos de crédito transmitidos al factorante; o II. Que el factorado quede obligado solidariamente con el deudor, a responder del pago puntual y oportuno de los derechos de crédito transmitidos al factorante.

7 Contratos mercantiles
¿Entendiste lo que acabas de leer?

8 Contratos mercantiles
Factoraje financiero. Te lo explico, una empresa, por ejemplo un hotel, un restaurante, balneario, etc, tiene una actividad que por lo regular es el turismo, es decir, cuando el flujo de dinero no es como debería, le deben dinero, no le han pagado una factura, etc. Resulta muy desgastante ponerse a cobrar y además sus esfuerzos se distraen a una actividad que no es la suya, por tanto pueden “vender” sus créditos a quien se especialice en cobrarlos que son las empresas de factoraje financiero. Obviamente recibirá menos dinero por los créditos que está vendiendo porque la empresa de factoraje cobra un porcentaje por sus servicios.

9 Contratos mercantiles
Factoraje financiero. ¿Qué gana el factorado? Liquidez, tiene el dinero al momento de vender su crédito al factorante y puede continuar con su actividad que, no es la de cobrar.

10 Contratos mercantiles
Fideicomiso. De acuerdo al artículo 381 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en el fideicomiso, el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos , según sea el caso, para ser destinados a fines lícitos y determinados, encomendando la realización de dichos a la propia institución fiduciaria. Puede existir un Fideicomisario, persona a la que se destina el beneficio del fideicomiso.

11 Contratos mercantiles
Fideicomiso. De la definición se desprenden 3 sujetos: FIDEICOMITENTE. Quien pone los bienes o dinero en el fondo. FIDUCIARIA O INSTITUCIÓN FIDUCIARIA. Quien administra el fondo. FIDEICOMISARIO. Puede ser el propio fideicomitente. Persona que disfruta los beneficios del fondo.


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