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Profesora AURORA CASTILLO FUERMAN

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Presentación del tema: "Profesora AURORA CASTILLO FUERMAN"— Transcripción de la presentación:

1 Profesora AURORA CASTILLO FUERMAN
DERECHO PROCESAL ADMINISTRATIVO SEGUNDA UNIDAD: ACTO ADMINISTRATIVO Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS Profesora AURORA CASTILLO FUERMAN

2 Octava Semana: 26 Setiembre 2009
ACTO ADMINISTRATIVO ASPECTOS DOCTRINARIOS, CONCEPTO REQUISITOS PARA SU VALIDEZ CAUSALES DE NULIDAD NULIDAD DE OFICIO RECURSOS ADMINISTRATIVOS AGOTAMIENTO VÍA ADMINISTRATIVA

3 ASPECTOS DOCTRINARIOS
ACTO ADMINISTRATIVO ASPECTOS DOCTRINARIOS En un sentido amplio, acto administrativo es todo acto jurídico dictado por la Administración sometido al Derecho Administrativo. Pero ese concepto amplio es desestimado en la doctrina y leyes a favor de un concepto más estricto, excluyendo los reglamentos, propios de la teoría de las fuentes y los actos contractuales, propios de la teoría de los contratos de administración. (Eduardo García Enterria y Tomás-Ramón Fernández)

4 ASPECTOS DOCTRINARIOS
ACTO ADMINISTRATIVO ASPECTOS DOCTRINARIOS El acto administrativo es una especie del acto jurídico, es manifestación de la acción administrativa (Jesús González Pérez) Es una conquista del Estado de derecho (Ramón Martín Mateo)

5 ASPECTOS DOCTRINARIOS
ACTO ADMINISTRATIVO ASPECTOS DOCTRINARIOS Es una declaración unilateral realizada en el ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales en forma inmediata. (Agustín Gordillo) Es toda declaración unilateral efectuada en el ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos individuales en forma directa. (Roberto Dromi)

6 ACTO ADMINISTRATIVO CONCEPTO
Son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta. (artículo 1º Ley 27444)

7 ACTO ADMINISTRATIVO CONCEPTO
Son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta. (artículo 1º Ley 27444)

8 ACTO ADMINISTRATIVO CONCEPTO DECLARACION.-
Proceso de exteriorización intelectual no material que toma para su expresión y comprensión datos simbólicos del lenguaje hablado o escrito y signos convencionales. Se atiende principalmente a voluntad declarada, al resultado jurídico objetivo, emanado de la Administración con fuerza vinculante por imperio de la ley (Roberto Dromi)

9 ACTO ADMINISTRATIVO UNILATERAL.-
La emanación y contenido de toda declaración depende de la voluntad de un solo sujeto de derecho: el Estado o ente público no estatal, en su caso. Se excluye del concepto de acto administrativo a los contratos, que tienen un régimen jurídico específico. La declaración tiene que ser unilateral. Desestimamos la idea de los actos administrativos bilaterales; de ahí que el contrato administrativo no sea un acto administrativo. (Roberto Dromi)

10 ACTO ADMINISTRATIVO EFECTUADA EN EJERCICIO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA.- La función administrativa constituye la nota cualificadora del derecho administrativo. No puede estar ausente del concepto acto administrativo. El acto administrativo es dictado en ejercicio de la función administrativa, sin importar qué órgano la ejerce. El acto puede emanar de cualquier órgano estatal que actúe en ejercicio de la función administrativa (ejecutivo, legislativo y judicial), e incluso de entes públicos no estatales. (Roberto Dromi)

11 ACTO ADMINISTRATIVO QUE PRODUCE EFECTOS JURÍDICOS. -
Crea derechos u obligaciones para ambas partes: la Administración y el administrado. Efectos jurídicos son directos, no subordinados a emanación de acto posterior (dictamen, pericia, informe son actos preparatorios) Produce efectos jurídicos subjetivos, concretos, de alcance sólo individual, a diferencia reglamento, con efectos jurídicos generales. Efectos jurídicos actuales, aunque sean futuros. Efectos primordialmente derecho público. (Roberto Dromi)

12 ACTO ADMINISTRATIVO LEY 27444: No son actos administrativos:
Los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Los comportamientos y actividades materiales de las entidades.

13 ACTO ADMINISTRATIVO REQUISITO DE VALIDEZ COMPETENCIA
OBJETO O CONTENIDO FINALIDAD PÚBLICA MOTIVACION PROCEDIMIENTO REGULAR O DEBIDO PROCEDIMIENTO

14 ACTO ADMINISTRATIVO COMPETENCIA: En la definición de este elemento participan 2 factores: Potestad o atribución conferida por norma expresa al órgano u organismo a cargo de la función publica Régimen de la persona o personas que revestidos de funciones administrativas, representan al órgano u organismo titular de la competencia (Juan Carlos Morón)

15 ACTO ADMINISTRATIVO OBJETO O CONTENIDO DEL ACTO ADMINISTRATIVO
Aquello que decide, declara o certifica la autoridad. No admisible prohibido por norma, ni incompatible situación hecho prevista. No impreciso, oscuro o imposible realizar. No contravenga Constitución, ley, mandato judicial firme; ni normas administrativas generales. Cuestiones planteadas por administrados y otras apreciadas oficio, siempre que otorgue posibilidad de exponer posición administrado (artículo 5º Ley 27444)

16 ACTO ADMINISTRATIVO OBJETO O CONTENIDO DEL ACTO ADMINISTRATIVO
El objeto o contenido del acto administrativo debe tener las siguientes características: Legalidad Precisión Posibilidad jurídica Posibilidad fáctica Congruencia con la motivación (Juan Carlos Morón Urbina)

17 ACTO ADMINISTRATIVO FINALIDAD PÚBLICA: El contenido de cada actuación pública debe perseguir aquellas finalidades general y específica que le corresponde dirigida al interés general. Constituye vicio de nulidad por desviación del poder, la inadecuación entre los móviles que inspiran la actuación administrativa con el fin perseguido (Juan Carlos Morón Urbina)

18 ACTO ADMINISTRATIVO LA MOTIVACIÓN:
Es elemento esencial de validez del acto administrativo, y constituye un medio técnico de control del elemento causal del acto administrativo. Por tal motivo, es requisito de fondo. No es la afirmación de una fórmula convencional, por el contrario, la motivación ha de ser suficiente, esto es, ha de dar razón plena del proceso lógico y jurídico que ha determinado la decisión (Eduardo García de Enterría y Tomás Ramón Fernández)

19 ACTO ADMINISTRATIVO MOTIVACIÓN ACTO ADMINISTRATIVO
Debe ser expresa, mediante relación concreta y directa de hechos probados relevantes y razones jurídicas y normativas que con referencia directa a los anteriores justifican el acto adoptado Puede motivarse con fundamentos de anterior dictamen o informe de expediente No son admisibles exposición fórmulas generales o vacías oscuras, vagas, contradictorias o insuficientes (artículo 6º Ley 27444)

20 ACTO ADMINISTRATIVO No requieren motivación: Decisiones mero trámite
Procedente pedido administrado y acto no perjudica derechos de terceros. Para gran cantidad de actos sustancialmente iguales en que basta motivación única.

21 ACTO ADMINISTRATIVO PROCEDIMIENTO REGULAR: En el derecho administrativo, la existencia del procedimiento no sólo busca proteger la certeza de la administración, sino que sirve de garantía a los derechos de los administrados y a los intereses públicos. Por ello, cuando la administración es llevada al contencioso, le corresponde acreditar haber seguido un procedimiento regular (Juan Carlos Morón Urbina)

22 ACTO ADMINISTRATIVO VALIDEZ ACTO ADMINISTRATIVO VALIDEZ,
no siempre coincide con EFICACIA

23 VALIDEZ ACTO ADMINISTRATIVO
Toda la teoría de las nulidades de los actos administrativos se encuentra penetradas por la presunción de validez de los actos administrativos (Eduardo García de Enterría y Tomás Ramón Fernández)

24 VALIDEZ ACTO ADMINISTRATIVO
Artículo 9º Ley Presunción de validez Todo acto administrativo se considera válido en tanto su pretendida nulidad no sea declarada por autoridad administrativa o jurisdiccional, según corresponda

25 VALIDEZ ACTO ADMINISTRATIVO
Si no existiera principio de presunción de validez, toda la actividad estatal podría ser cuestionada con la posibilidad de justificar la desobediencia como regla normal en el cumplimiento de los actos administrativos, obstaculizando el cumplimiento de los fines públicos al anteponer el interés individual y privado al bien común, sin atender a la preponderancia que aquellos representan como causa final del Estado. (Juan Carlos Cassagne citado por Jorge Danos)

26 ACTO ADMINISTRATIVO Actos administrativos ilícitos no pierden cualidad tales. Los vicios jurídicos tornan al acto ilegítimo, inválido, antijurídico, pero no por ello dejan de producir efectos jurídicos ni lo privan de su condición. Puede tener un vicio impugnable administrativa y judicialmente que engendre responsabilidad extracontractual del Estado por la producción de efectos antijurídicos, sin dejar de ser acto administrativo por esa circunstancia. (Roberto Dromi)

27 EFICACIA ACTO ADMINISTRATIVO
La eficacia es la aptitud que poseen los actos jurídicos para producir consecuencias de toda clase que conforme a su naturaleza debe producir, dando nacimiento, modificando, extinguiendo, interpretando, o consolidando la situación jurídica o derechos de los administrados (Juan Carlos Morón Urbina)

28 EFICACIA ACTO ADMINISTRATIVO: 27444
A partir de notificación legalmente realizada Desde fecha emisión si otorga beneficio al administrado, salvo acto disponga diferente. EFICACIA ANTICIPADA: Autoridad puede disponerla cuando: es más favorable administrados, no lesione derechos fundamentales ni intereses protegidos a 3º, hecho justificativo para su adopción. También tienen eficacia anticipada la declaratoria de nulidad y los actos que se dicten en enmienda.

29 MODALIDADES DE LA NOTIFICACION
ACTO ADMINISTRATIVO MODALIDADES DE LA NOTIFICACION Personal a domicilio administrado o interesado. Telegrama, correo certif, telefax u otro que permita comprobar fehacientemente acuse recibo y quien lo recibe, siempre solicitado expresamente. Publicación Diario Oficial y mayor circulación nacional. No puede suplirse modalidad, bajo sanción de nulidad la notificación DL 1029 ( ): No necesaria prelación, si consignó dirección electrónica y da autorización expresa notificación por este medio

30 DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
ACTO ADMINISTRATIVO CAUSALES DE NULIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Vicios que causan nulidad de pleno derecho: Contravención Constitución, ley, reglamentarias. Defecto u omisión requisito validez, salvo supuesto de conservación del acto Acto expreso o resulte aprobación automática o silencio administrativo positivo Constitutivo infracción penal o consecuencia. (Art. 10 Ley 27444)

31 NULIDAD ACTOS ADMINISTRATIVOS
ACTO ADMINISTRATIVO NULIDAD ACTOS ADMINISTRATIVOS La nulidad de los actos administrativos puede ser declarada en sede administrativa por la entidad autora de oficio, en ejercicio de la potestad que le confiere artículo 202º de la LPAG o a pedido de parte de los interesados mediante los recursos administrativos contemplados en la citada ley y sujeta a los plazos de interposición legalmente establecidos (Jorge Danós Ordoñez)

32 NULIDAD A INSTANCIA DE PARTE
ACTO ADMINISTRATIVO NULIDAD A INSTANCIA DE PARTE Los administrados plantean nulidad por medio de RECURSOS ADMINISTRATIVOS Es conocida y declarada por autoridad superior de dictó acto. Si es autoridad no sometida a subordinación jerárquica, la declara la misma. Si se declara nulidad, se dispondrá conveniente para hacer efectiva responsabilidad del emisor acto inválido (Art. 11º Ley 27444)

33 NULIDAD A INSTANCIA DE PARTE
ACTO ADMINISTRATIVO NULIDAD A INSTANCIA DE PARTE La pretensión de nulidad que se ejerce contra una resolución administrativa no tiene la independencia para pretender ser un recurso independiente. Cuando un administrado considere que se ha dictado una resolución nula debe hacerlo saber a la autoridad por medio de los recursos administrativos que establece la Ley (Juan Carlos Morón Urbina)

34 ACTO ADMINISTRATIVO NULIDAD DE OFICIO
La posibilidad que la Administración puede declarar la nulidad de oficio de sus propios actos cuando padezcan vicios de nulidad y agravien el interés público constituye una de las atribuciones más importantes conferidas a la Administración por nuestro ordenamiento jurídico. La nulidad de oficio es una vía para la restitución de la legalidad afectada por un acto administrativo viciado que constituye un auténtico poder-deber otorgado a la administración que está obligada a adecuar sus actos al ordenamiento jurídico. (Jorge Danós Ordoñez)

35 ACTO ADMINISTRATIVO NULIDAD DE OFICIO
Procede en actos firmes, que adolezcan de nulidad y siempre que agravien interés público. Sólo la declara funcionario jerárquico superior al que expidió acto. Si no esta sometido a subordinación jerárquica, el mismo funcionario. Facultad declarar nulidad de oficio de prescribe al año, a partir fecha consentido. (art. 202º Ley 27444)

36 ACTO ADMINISTRATIVO NULIDAD DE OFICIO
En caso haya prescrito plazo, sólo procede demanda nulidad ante Poder Judicial proceso contencioso administrativo, dentro de 2 años desde fecha prescribió facultad declararla sede administrativa Nulidad oficio actos de consejos o tribunales regidos por leyes especiales que resuelven en última instancia administrativa, por acuerdo unánime dentro año a partir notificación. Titular entidad puede demandar Poder Judicial proceso contencioso administrativo, dentro de los 3 años siguientes notificación de resolución (art. 202º con mod. DL1029 pub )

37 ACTO ADMINISTRATIVO EFECTOS DE NULIDAD: 27444
Declaración nulidad tiene efecto declarativo y retroactivo a la fecha del acto, salvo derechos adquiridos buena fe 3º . Los administrados no están obligados a su cumplimiento y servidores públicos debe oponerse a ejecución acto, fundando y motivando negativa. En caso acto viciado consumado o sea imposible retrotraer sus efectos, sólo da lugar a la responsabilidad de quien dictó el acto y en su caso, a la indemnización para el afectado.

38 ACTO ADMINISTRATIVO EFECTOS DE NULIDAD: 27444
Nulidad de acto sólo implica la sucesivos en procedimiento, cuando estén vinculados a él. Nulidad parcial no alcanza a partes que resulten independientes de parte nula, salvo que sea su consecuencia, ni impide producción efectos para los cuales pueda ser idóneo, salvo ley en contrario. Autoridad que la declara, dispone conservación de actuaciones o trámites cuyo contenido hubiere permanecido igual de no haberse incurrido en el vicio.

39 CONSERVACION DEL ACTO: 27444
ACTO ADMINISTRATIVO CONSERVACION DEL ACTO: 27444 Cuando vicio no sea trascendente, prevalece conservación del acto, procediéndose a enmienda por propia autoridad emisora. No obstante conservación acto, subsiste responsabilidad quien emite acto viciado, salvo enmienda sin pedido parte y antes ejecución. Los vicios incurridos en ejecución acto administrativo, o notificación a administrados, son independientes de su validez.

40 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
REVISION DE LOS ACTOS ADMNISTRATIVOS Consiste en la acción de volver sobre los mismos a efectos de modificarlos o hacerlos desaparecer del ámbito jurídico, mediante acción de contrario imperio. Para los fines públicos, la posibilidad de revisar actuaciones anteriores entraña un ejercicio de la potestad de control de los actos y en esencia, es una actividad de segundo grado sucesiva en el tiempo sobre la administración activa (Juan Carlos Morón Urbina)

41 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
RECTIFICACION DE ERRORES: ACTO DE ENMIENDA La corrección material del acto administrativo, se da cuando un acto administrativo mantiene errores de escritura, expresión, numérico, etc. No se trata que el acto se extinga, ni mucho menos de modificación esencial, porque la corrección supone que la sustancia es la misma; subsana un error material deslizado en su emisión o instrumentalización. Sus efectos son retroactivos (José Bartra Cavero)

42 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
REVOCACION.- Procede: Cuando facultad revocatoria ha sido expresamente establecida por norma con rango legal y siempre que cumplan requisitos previstos en dicha norma. Cuando sobrevenga la desaparición de las condiciones exigidas legalmente para emisión del acto administrativo cuya permanencia sea indispensable para la existencia de la relación jurídica creada. Cuando apreciando elementos de juicio sobrevinientes se favorezca legalmente a los destinatarios del acto y siempre que no se genere perjuicios a 3º (art. 203º Ley 27444)

43 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
REVOCACION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS Es excepcional y sus efectos son a futuro Sólo puede declararla la más alta autoridad de la entidad competente, previa oportunidad a los posibles afectados para presentar sus alegatos y evidencia en su favor.

44 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS Los recursos administrativos son actos del administrado mediante los que éste pide a la propia Administración la reforma de un acto suyo sobre la base de un título jurídico específico. Su finalidad es la impugnación de un acto administrativo anterior que se considera contrario a derecho (Eloy Espinosa-Saldaña Barrera)

45 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS Sólo son impugnables: Actos definitivos que ponen fin a la instancia y Actos de trámite que determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión No cabe impugnación de actos que sean reproducción de otros anteriores que hayan quedado firmes, ni la de los confirmatorios de actos consentidos por no haber sido recurridos en tiempo y forma.

46 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS Los recursos administrativos son: a) RECURSO DE RECONSIDERACIÓN. b) RECURSO DE APELACIÓN. c) RECURSO DE REVISIÓN. El término para la interposición de los recursos es de 15 días perentorios, y deberán resolverse en el plazo de 30 días.

47 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Se interpone ante mismo órgano que dictó primer acto materia de la impugnación y debe sustentarse en nueva prueba. En los casos de actos administrativos emitidos por órganos que constituyen única instancia no se requiere nueva prueba. Este recurso es opcional y su no interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación

48 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS RECURSO DE APELACIÓN Se interpone cuando la impugnación se sustente en diferente interpretación de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerárquico.

49 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS RECURSO DE REVISIÓN Excepcionalmente hay lugar a recurso de revisión, ante una tercera instancia de competencia nacional, si las dos instancias anteriores fueron resueltas por autoridades que NO son de competencia nacional, debiendo dirigirse a la misma autoridad que expidió el acto que se impugna para que eleve lo actuado al superior jerárquico.

50 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
RECURSOS ADMINISTRATIVOS Una vez vencidos los plazos para interponer los recursos administrativos se perderá el derecho a articularlos quedando FIRME el acto. El error en calificación recurso por parte recurrente no es obstáculo para su tramitación siempre que del escrito se deduzca su verdadero carácter Los recursos administrativos se ejercitarán por una sola vez en cada procedimiento administrativo y nunca simultáneamente.

51 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
ACTO ADMINISTRATIVO FIRME es aquel que ya no puede ser impugnado por las vías ordinarias del recurso administrativo o contencioso administrativo, al haberse extinguido los plazos fugaces para ejercer el derecho de contradicción La firmeza es un carácter del acto frente a los administrados que están sujetos a él, pero no para la Administración que siempre mantiene la posibilidad de revisarlos vía anulación de oficio, revocación o corrección de errores materiales (Juan Carlos Morón Urbina)

52 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
AGOTAMIENTO VIA ADMINISTRATIVA ACTO ADMINISTRATIVO QUE CAUSA ESTADO es aquel que agota o pone fin a la vía administrativa fijando de manera definitiva la voluntad de la administración Constituye entonces la manifestación final de la acción administrativa, respecto de la cual no es posible interponer otro recurso, situación a la que se llega cuando se ha obtenido el pronunciamiento del funcionario o instancia con mayor competencia para decidir definitivamente sobre un acto impugnado (Eloy Espinosa-Saldaña Barrera)

53 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
AGOTAMIENTO VIA ADMINISTRATIVA Los actos administrativos que agotan la vía administrativa pueden ser impugnados ante el Poder Judicial mediante el proceso contencioso-administrativo a que se refiere el Artículo 148º de la Constitución Política del Estado (Artículo 148°. Las resoluciones administrativas que CAUSAN ESTADO son susceptibles de impugnación mediante la acción contencioso-administrativa).

54 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
AGOTAMIENTO VIA ADMINISTRATIVA Son actos que agotan la vía administrativa: a) El acto respecto del cual no proceda legalmente impugnación ante autoridad jerárquicamente superior administrativa o cuando se produzca SAN, salvo que interesado opte por interponer reconsideración, en cuyo caso resolución o silencio administrativo producido con motivo de dicho recurso impugnativo agota la vía administrativa; o, b) El acto expedido o silencio administrativo producido con motivo de interposición de recurso de apelación en aquellos casos en que se impugne el acto de una autoridad u órgano sometido subordinación jerárquica;

55 REVISION DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
AGOTAMIENTO VIA ADMINISTRATIVA Son actos que agotan la vía administrativa: c) El acto expedido o el silencio administrativo producido con motivo de la interposición de un recurso de revisión, únicamente en los casos que proceda; o, d) El acto que declara de oficio la nulidad o revoca otros actos administrativos en los casos en que proceda; o, e) Los actos administrativos de los Tribunales o Consejos Administrativos regidos por leyes especiales

56 BIBLIOGRAFIA DANOS ORDONEZ, Jorge Régimen de la Nulidad de los actos administrativos en la Nueva Ley 27444, en Comentarios a la Ley del Procedimiento Administrativo General, Segunda Parte, Ara Editores, Lima, 2003 DROMI, Roberto. Derecho Administrativo, Lima, Gaceta Jurídica, Lima, 2005 ESPINOSA-SALDAÑA BARRERA, ELOY. Recursos Administrativos: Algunas consideraciones básicas y el análisis del tratamiento que les ha sido otorgado en la Ly en Comentarios a la Ley del Procedimiento Administrativo General, Segunda Parte, Ara Editores, Lima, 2003 GARCIA DE ENTERRIA, Eduardo y RAMON FERNANDEZ, Tomás, Curso de Derecho Administrativo, Tomo I, Palestra – Temis, Lima – Bogotá, Versión latinonamericana en base a 12º ed, 2006 GONZÁLEZ PÉREZ, Jesús. Manual de Procedimiento Administrativo, Civitas Ediciones, Madrid, 2000. GORDILLO, Agustín. Tratado de Derecho Administrativo, Tomo 1, Parte General, 6º ed, Fundación de Derecho Administrativo MARTIN MATEO, Ramón, Manual de Derecho Administrativo, Madrid, Trivium, 14º ed. MORON URBINA, Juan Carlos. El Nuevo Régimen de los Actos Administrativos, en Comentarios a la Ley del Procedimiento Administrativo General, Segunda Parte, Ara Editores, Lima, 2003 MORON URBINA, Juan Carlos. Comentarios a la Ley del Procedimiento Administrativo General, Segunda Parte, Gaceta Jurídica, 3º Edición, Lima, 2004


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