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Origen de la Auditoría Superior de la Federación 2.

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Presentación del tema: "Origen de la Auditoría Superior de la Federación 2."— Transcripción de la presentación:

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2 Origen de la Auditoría Superior de la Federación 2

3 Origen de la ASF En la Constitución de 1824, se crea la Contaduría Mayor de Hacienda CMH (16 de noviembre de 1824. Con la promulgación de la ley del 14 de marzo de 1838 la CMH pasó a formar parte del Tribunal de Cuentas. El 2 de septiembre en 1846, se restableció la Contaduría Mayor de Hacienda. En 1853 regresó el Tribunal de Cuentas, y fue vigente hasta el 10 de octubre de 1855. En 1855 se emitió el decreto por el que regresó la figura de la Contaduría Mayor de Hacienda. En 1865 con el Imperio Mexicano que reconstituyó al Tribunal de Cuentas. Con la Restauración de la República en 1867; el 20 de agosto retornó la Contaduría Mayor de Hacienda. En el año 2000, se dio origen a la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. De acuerdo con lo establecido en la reforma constitucional y en la ley respectiva, el 15 diciembre de 2001 tomó protesta el primer Auditor Superior de la Federación. 3

4 Principios Constitucionales y Normativos 4

5 Constitución Artículo 74. Son facultades exclusivas de la Cámara de Diputados: II. Coordinar y evaluar, sin perjuicio de su autonomía técnica y de gestión, el desempeño de las funciones de la entidad de fiscalización superior de la Federación, en los términos que disponga la ley; IV. …. La revisión de la Cuenta Pública tendrá por objeto conocer los resultados de la gestión financiera, comprobar si se ha ajustado a los criterios señalados por el Presupuesto y el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas. Para la revisión de la Cuenta Pública, la Cámara de Diputados se apoyará en la entidad de fiscalización superior de la Federación. Si del examen que ésta realice aparecieran discrepancias entre las cantidades correspondientes a los ingresos o a los egresos, con relación a los conceptos y las partidas respectivas o no existiera exactitud o justificación en los ingresos obtenidos o en los gastos realizados, se determinarán las responsabilidades de acuerdo con la Ley. 5

6 Constitución La Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión dentro de los diez primeros días del mes de junio. Sólo se podrá ampliar el plazo de presentación de la iniciativa de Ley de Ingresos y del Proyecto de Presupuesto de Egresos, así como de la Cuenta Pública, cuando medie solicitud del Ejecutivo suficientemente justificada a juicio de la Cámara o de la Comisión Permanente, debiendo comparecer en todo caso el Secretario del Despacho correspondiente a informar de las razones que lo motiven; 6

7 Constitución Artículo 79. La entidad de fiscalización superior de la Federación, de la Cámara de Diputados, tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, en los términos que disponga la ley. Esta entidad de fiscalización superior de la Federación tendrá a su cargo: I. Fiscalizar en forma posterior los ingresos y egresos; el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos de los Poderes de la Unión y de los entes públicos federales, así como el cumplimiento de los objetivos contenidos en los programas federales, a través de los informes que se rendirán en los términos que disponga la ley. También fiscalizará los recursos federales que ejerzan las entidades federativas, los municipios y los particulares. Sin perjuicio de los informes a que se refiere el primer párrafo de esta fracción, en las situaciones excepcionales que determine la ley, podrá requerir a los sujetos de fiscalización que procedan a la revisión de los conceptos que estime pertinentes y le rindan un informe. Si estos requerimientos no fueren atendidos en los plazos y formas señalados por la ley, se podrá dar lugar al fincamiento de las responsabilidades que corresponda. 7

8 Constitución II. Entregar el informe del resultado de la revisión de la Cuenta Pública a la Cámara de Diputados a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al de su presentación. Dentro de dicho informe se incluirán los dictámenes de su revisión y el apartado correspondiente a la fiscalización y verificación del cumplimiento de los programas, que comprenderá los comentarios y observaciones de los auditados, mismo que tendrá carácter público. La entidad de fiscalización superior de la Federación deberá guardar reserva de sus actuaciones y observaciones hasta que rinda los informes a que se refiere este artículo; la ley establecerá las sanciones aplicables a quienes infrinjan esta disposición. III. Investigar los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos federales, y efectuar visitas domiciliarias, únicamente para exigir la exhibición de libros, papeles o archivos indispensables para la realización de sus investigaciones, sujetándose a las leyes y a las formalidades establecidas para los cateos, y 8

9 Constitución IV. Determinar los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales y fincar directamente a los responsables las indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, así como promover ante las autoridades competentes el fincamiento de otras responsabilidades; promover las acciones de responsabilidad a que se refiere el Título Cuarto de esta Constitución, y presentar las denuncias y querellas penales, en cuyos procedimientos tendrá la intervención que señale la ley. La Cámara de Diputados designará al titular de la entidad de fiscalización por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes. La ley determinará el procedimiento para su designación. Dicho titular durará en su encargo ocho años y podrá ser nombrado nuevamente por una sola vez. Podrá ser removido, exclusivamente, por las causas graves que la ley señale, con la misma votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos previstos en el Título Cuarto de esta Constitución. 9

10 Constitución Para ser titular de la entidad de fiscalización superior de la Federación se requiere cumplir, además de los requisitos establecidos en las fracciones I, II, IV, V y VI del artículo 95 de esta Constitución, los que señale la ley. Durante el ejercicio de su encargo no podrá formar parte de ningún partido político, ni desempeñar otro empleo, cargo o comisión, salvo los no remunerados en asociaciones científicas, docentes, artísticas o de beneficencia. Los Poderes de la Unión y los sujetos de fiscalización facilitarán los auxilios que requiera la entidad de fiscalización superior de la Federación para el ejercicio de sus funciones. El Poder Ejecutivo Federal aplicará el procedimiento administrativo de ejecución para el cobro de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias a que se refiere la fracción IV del presente artículo. 10

11 Ley de Fiscalización Superior de la Federación Obligaciones del Congreso respecto a la EFS y dictamen de la cuenta pública (Figueroa, Aimée). La LFSF no señala obligaciones específicas pero existe el Título Sexto “Relaciones con la Cámara de Diputados” con un Capítulo único “De la Comisión de Vigilancia” donde se establece que tal Comisión tiene por objeto, coordinar las relaciones entre la Cámara y la ASF, y evaluar el desempeño de ésta (art. 66) Entre las atribuciones de la Comisión (art. 67 fraccs. II y III), relativas a la cuenta pública, está su recepción, turnarla a la ASF y entregar el Informe del Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara. 11

12 Ley de Fiscalización Superior de la Federación Pero no existe ningún precepto en la LFSF que señale qué se hace con dicho Informe y una vez suponiendo que se aprueba o dictamina, cuando se da a conocer públicamente, quién es responsable de ello, etc., o bien, si existieren observaciones por parte de la Cámara qué sucedería. Por su parte, la CPEUM es omisa respecto al procedimiento para dictaminar o aprobar el Informe de Resultado de la Revisión de la Cuenta Pública. Tampoco en la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos hay disposiciones al respecto. 12

13 Ley de Fiscalización Superior de la Federación Sanciones (Figueroa, Aimée) La ASF puede sancionar mediante multas (art. 40), fincamiento de indemnizaciones y sanciones pecuniarias (art. 41 a 45); presentación de denuncias y querellas penales (art. 45); y, promoción de acciones por responsabilidad patrimonial y de los servidores públicos (art. 45 y título cuarto CPEUM que incluye el juicio político). 13

14 Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria Artículo 1.- … La Auditoría fiscalizará el estricto cumplimiento de las disposiciones de esta Ley por parte de los sujetos obligados, conforme a las atribuciones que le confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Fiscalización Superior de la Federación. El artículo 1 determina la importancia de la ASF ya que remite al cumplimiento de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación; aun así la participación de la ASF se refleja en diversos artículos como lo son el 12, 49, 82, 83, 88, 89, 91, 94, 95, 96, 100, 103, 113 y 114. 14

15 La Auditoria en los Estados 15

16 La Legislación en los Estados Según información de Aimée Figueroa, presentada en el libro “Cuenta Pública en México, Evaluando el laberinto legal de la fiscalización superior” se encuentran diversos problemas en la legislación Estatal: Principales problemas – Formales Variedad de leyes y técnicas legislativas. Conceptos y definiciones dispares. Legislación conexa no actualizada ni armonizada. 16

17 La Legislación en los Estados – Sustanciales Fundamento constitucional (31% de las leyes cuenta con él). Autonomía (50% de las leyes la otorgan a la EFS). Legitimidad en el nombramiento del titular (53% de las leyes lo cumplen). Definición de plazos y etapas del proceso total: integración- revisión-informe-dictamen (23% aprueban el plazo máximo). Transparencia de la cuenta pública, su revisión y los resultados, en especial, el dictamen final del Congreso (38% lo aprobaron). 17

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19 La Legislación en los Estados 1. Fundamento constitucional suficiente para la ley, lo que da fortaleza y legitimidad a la misma y a la EFS; como mínimo debe contener las disposiciones en forma clara y precisa respecto a la naturaleza de la EFS, sus principales facultades y atribuciones y la forma de elección del titular, siendo preferente que en forma explícita garantice la autonomía técnica, de gestión y presupuestaria de la EFS. 2. Actualización legislativa, tomando como referente a la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, vigente a partir del 1° de enero de 2001, para aumentar las posibilidades de armonización legislativa entre las entidades y la federación, además de aumentar las posibilidades de ser una ley moderna que contribuya a la rendición de cuentas. Si la ley fue aprobada o reformada sustancialmente a partir de esa fecha, se considera aprobado este indicador. 3. Glosario de conceptos clave contenido en la ley, que eviten la discrecionalidad en la interpretación de los términos importantes involucrados. 19

20 La Legislación en los Estados 4. Reglamento actualizado de la ley o interior de la EFS, lo cual permite que las disposiciones de la ley se desarrollen y complementen adecuadamente. 5. Autonomía plena de la EFS, considerando tres dimensiones de esta autonomía: - Gestión interna (nombramiento de su personal, organización interna, ejercicio presupuestario independiente). - Determinación de su universo de trabajo (programa anual de auditorías, revisiones, visitas, requerimientos, etc.). - Capacidad para determinar sanciones e iniciar directamente los procedimientos correspondientes. Faltando en la ley o siendo débiles sus disposiciones respecto a alguna de estas dimensiones, la autonomía de la EFS es relativa ya que depende de otra instancia, generalmente la Comisión de Inspección o equivalente del Congreso estatal, de la cual es auxiliar la EFS. 20

21 La Legislación en los Estados 6. Legitimidad en el nombramiento del titular de la EFS al establecerse expresamente el proceso y requisitos para la elección del titular y evitar la discrecionalidad y el exceso de poder por parte de la Comisión encargada de la EFS; la mayoría cualificada en la votación que hace el Congreso para elegir al titular de la EFS, se considera deseable. 7. Plazo para la revisión y fiscalización superior de la cuenta pública que deberá ser igual o menor al que se señala en la ley federal, tomando en cuenta que ésta disminuyó los plazos a partir del 2001, de 24 meses a 9 meses aproximadamente, para la revisión por parte de la ASF (a partir de que ésta recibe la cuenta pública) y 15 meses aproximadamente, para el proceso total de la cuenta pública (integración-revisión-entrega de informe final-dictamen). 8. Revisión ex ante como son los avances de gestión financiera, informes previos o similares que contribuyan a hacer más eficiente el uso de los recursos públicos en el ejercicio fiscal en curso. 21

22 La Legislación en los Estados 9. Medición del desempeño institucional incluida en la revisión y FSGP que permita evaluar la gestión pública además del uso de los recursos públicos bajo criterios estrictamente contables y legales y permita verificar el cumplimiento de metas y objetivos y la eficiencia en la utilización del gasto público. 10.Transparencia de la fiscalización superior mediante el otorgamiento en la ley de fiscalización superior, de “carácter público” al Informe Final de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública, o su equivalente, que emite la EFS. En ausencia de esto, se consideró satisfactorio el indicador, cuando en la ley que regula la transparencia y acceso a la información pública, existe la obligación de publicar, sin que medie solicitud de parte, este Informe. 22

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24 La Auditoria en las Universidades 24

25 Cuenta de la Hacienda Pública Federal 1997 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Instituto Politécnico Nacional Auditoría financiera; problemas referentes a los procesos administrativos para adquisiciones.  Universidad Autónoma de Chapingo Auditoría financiera; estados financieros no dictaminados, diferencias presupuestales, falta de registros contables en algunos rubros, pagos excesivos.  Universidad Pedagógica Nacional Auditoría financiera; ajustes presupuestales sin sustento documental. 25

26 Cuenta de la Hacienda Pública Federal 1998 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Universidad Autónoma de Chapingo Auditoría financiera; no existe respaldo de contratos en algunas adquisiciones, pendientes de comprobar, problemas de balance presupuestal.  Universidad de Guadalajara Auditoría financiera; problemas de registro en los productos financieros, liberación de recursos tardía, problemas con el proceso de adquisiciones. 26

27 Cuenta de la Hacienda Pública Federal 1999 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Universidad Veracruzana Auditoría financiera; diferencias presupuestales, recursos ejercidos de programas federales en años posteriores, realización de pagos indebidos en algunos casos. 27

28 Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2000 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Instituto Politécnico Nacional Auditoría financiera; no se enteraron ingresos propios en 1999 y en el 2000 no se hizo a tiempo, concesiones no regularizadas.  Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo Auditoría financiera; fallas en los registros presupuestales y contables, procedimientos de adquisiciones irregulares.  Universidad Nacional Autónoma de México Auditoría financiera; inconsistencias normativas en cuanto a las adquisiciones.  Universidad Veracruzana Auditoría financiera; inconsistencias en el cumplimiento de la norma (obra pública) y excesos de pago por incumplimiento de contratos. 28

29 Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2001 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Instituto Politécnico Nacional Auditoría financiera; diferencias presupuestales, uso de cuentas distintas a las señaladas, afectación errónea de partidas, incumplimiento de la Ley de Adquisiciones.  Universidad Autónoma de Nuevo León Auditoría financiera; personal laborando sin contratos, pago a proveedores sin recibir la mercancía, contratos sin firma del Comité, pagos anticipados sin fianza, no tienen control eficaz de existencias.  Universidad Autónoma de Tamaulipas Auditoría financiera; no entrego reportes financieros a la SEP, no cancelo fideicomisos, incumplimiento del reglamento de adquisiciones.  Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro Auditoría financiera; diferencias presupuestales, autorización de plazas fuera del catálogo existente, incumplimiento del reglamento de adquisiciones. 29

30 Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2002 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Instituto Politécnico Nacional Auditoría financiera; irregularidades en contratos con PEMEX, adeudos y pagos no depositados en tesorería (PEMEX)  Universidad Autónoma del Estado de México Auditoría financiera; se realizaron adquisiciones no autorizadas, no se asignaron los recursos PROMEP, diferencias presupuestales en FOMES, diferencias presupuestales en los estados financieros.  Universidad Autónoma de Querétaro Auditoría financiera; estados financieros de inversiones no incorporados, no se realizaron transferencias del PROMEP, problemas de adquisiciones, en PIFI, recibió recursos para pensiones y no había fideicomiso.  Universidad de Guanajuato Auditoría financiera; no se tuvo evidencia de comprobación de algunos recursos ejercidos en PROMEP, incumplimiento del reglamento de adquisiciones, no existe control interno de existencias, no se conto con información de COEPES. 30

31 Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2003 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Instituto Politécnico Nacional Auditoría financiera; problemas de duplicación de plazas y registro de nóminas.  Universidad Autónoma Metropolitana Auditoría financiera; reporto menos ingresos propios de los obtenidos, ejercicio de recursos en servicios personales superior y sin sustento documental, pago de horas extra sin registro, incumplimiento reglamento adquisiciones.  Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Auditoría financiera; aplicación indebida del reglamento de adquisiciones. 31

32 Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2003 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Instituto Tecnológico de Sonora Auditoría financiera; no cancelaron los fideicomisos del PROMEP, no existen mecanismos de control para el gasto de COEPES, irregularidades en las adquisiciones con recursos PIFI.  Universidad Autónoma del Estado de Baja California Auditoría financiera; incumplimiento del reglamento de adquisiciones PIFI, PIFOP, FIUPEA. 32

33 Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2004 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Instituto Politécnico Nacional Auditoría financiera; incumplimiento del reglamento de adquisiciones, en servicios de fumigación y mantenimiento.  Universidad Pedagógica Nacional Auditoría financiera; se otorgaron becas sin cumplimiento de requisitos.  Universidad Autónoma Metropolitana Auditoría financiera; compró un predio considerado como reserva ecológica.  Universidad Autónoma de Sinaloa Auditoría financiera; incumplimiento de reglamento de adquisiciones, no hay evidencias de que el H. Consejo General aprobara el Presupuesto de Ingresos y Egresos. 33

34 Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2004 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Universidad Autónoma de Yucatán Auditoría financiera y de desempeño; incumplimiento de la ley de adquisiciones, problemas con la autorización de obras.  Universidad Autónoma de Zacatecas Auditoría financiera y de desempeño; no se proporcionó información sobre las metas PIFI, incumplimiento de lo establecido por el comité de adquisiciones PIFI, no se realizo la transferencia de recursos al fideicomiso PROMEP, diferencias en el pago de servicios personales entre lo pagado y reportado.  Universidad de Sonora Auditoría financiera y de desempeño; incumplimiento del reglamento de adquisiciones, cálculos incorrectos del ISR.  Universidad Juárez del Estado de Durango Auditoría financiera y de desempeño; cambios de estructura sin autorización, incumplimiento de la ley de adquisiciones. 34

35 Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Universidad Autónoma de Baja California Sur Auditoría financiera y de desempeño; incumplimiento reglamento de adquisiciones en PIFI, transferencia del fideicomiso FOMES a cuenta universitaria para pago de servicios personales, declaración nula de retenciones ISR.  Universidad Autónoma de Campeche Auditoría financiera y de desempeño; organigrama no aprobado, incumplimiento de la ley de adquisiciones en PIFI.  Universidad Autónoma del Estado de México Auditoría financiera y de desempeño; incumplimiento de la ley de adquisiciones en PIFI, pago de primas de antigüedad improcedentes.  Universidad Autónoma Metropolitana Auditoría financiera y de desempeño; 10 años sin contar con comités de adquisiciones, compra de predios sin autorización del patronato. 35

36 Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2005 Instituciones de Educación Superior Auditadas  Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo Auditoría financiera y de desempeño; incumplimiento reglamento de adquisiciones en PIFI,.  Universidad Nacional Autónoma de México Auditoría financiera y de desempeño; incumplimiento de documentación en expedientes del personal, no entera el ISR.  Universidad Tecnológica de Puebla Auditoría financiera y de desempeño; sin observaciones.  Régimen de Jubilaciones y Pensiones Con las reformas implantadas por las 28 UPES y los recursos proporcionados por la SEP en el periodo 2002-2005, para dar viabilidad a sus regímenes de jubilaciones y pensiones, el déficit actuarial se redujo a 1.5% del PIB. 36

37 Resumen de Universidades Auditadas 1997 - 2005 1. Instituto Politécnico Nacional (1997; 2000, 2001, 2002, 2003, 2004) 2. Universidad Autónoma de Chapingo (1997, 1998) 3. Universidad Pedagógica Nacional (1997, 2004) 4. Universidad de Guadalajara (1998) 5. Universidad Veracruzana (1999, 2000) 6. Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (2000) 7. Universidad Nacional Autónoma de México (2000, 2005) 8. Universidad Autónoma de Nuevo León (2001) 9. Universidad Autónoma de Tamaulipas (2001) 10. Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (2001) 11. Universidad Autónoma del Estado de México (2002, 2005) 12. Universidad Autónoma de Querétaro (2002) 13. Universidad de Guanajuato (2002) 37

38 Resumen de Universidades Auditadas 1997 - 2005 14. Universidad Autónoma Metropolitana (2003, 2004, 2005) 15. Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (2003) 16. Instituto Tecnológico de Sonora(2003) 17. Universidad Autónoma del Estado de Baja California (2003) 18. Universidad Autónoma de Sinaloa (2004) 19. Universidad Autónoma de Yucatán (2004) 20. Universidad Autónoma de Zacatecas (2004) 21. Universidad de Sonora (2004) 22. Universidad Juárez del Estado de Durango (2004) 23. Universidad Autónoma de Baja California Sur (2005) 24. Universidad Autónoma de Campeche (2005) 25. Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (2005) 26. Universidad Tecnológica de Puebla (2005)  Régimen de Jubilaciones y Pensiones (2005) 38

39 Educación Básica 39

40 Educación Básica Contexto Las Auditorias realizadas por la ASF a la cuenta pública en referencia a la Educación Básica se encontró qué: En cuanto a la calidad del logro educativo, la dependencia no estableció metas e indicadores para medir la permanencia, el logro académico y el abatimiento del rezago educativo de los alumnos de educación básica, así como la requerida para evaluar la calidad del servicio de tipo básico. 40

41 Educación Básica A diferencia de los resultados obtenidos en las pruebas nacionales, los correspondientes a los de las Pruebas Internacionales mostraron que en lectura México se ubicó en el nivel uno que es el más bajo de los cinco que se definieron y ocupó el lugar 38 de 40 países evaluados. Respecto de 2000, se retrocedieron cuatro lugares. En matemáticas, el país se situó en el nivel uno que es el más bajo de los seis posibles y ocupó el lugar 37 de 40 países evaluados. Respecto de 2000, retrocedió un lugar. Enciclomedia: La DGTI sólo ejerció 478,337.9 miles de pesos, del total del presupuesto original autorizado por 2,105,000.0 miles de pesos para la actividad prioritaria R055 "Implementar el Programa Enciclomedia". La diferencia por 1,626,662.1 miles de pesos se utilizó para dar atención a las presiones de gasto que tiene el sector educativo. 41

42 Propuesta 42

43 Propuestas Propuestas:  Que la AMOCVIES, la ASF y la CEPySE; desarrollen un sistema homologado de contabilidad en línea, para el control presupuestal y desarrollo de información presupuestal-contable, asesorado externamente, que permita el registro en línea del gasto y la emisión automática de informes.  Que la AMOCVIES pase de la fiscalización financiera a las auditorias del desempeño, por medio del diseño de indicadores de desempeño educativo.  Que las auditorias del desempeño se realicen por medio de la evaluación de metas y objetivos plasmados por las universidades en sus planes de desarrollo institucional. 43

44 Propuestas  Que las auditorias del desempeño, se realicen por medio de los organismos de control interno de las universidades (la ASF ya esta realizando auditorias de desempeño)  Que la AMOCVIES diseñe un sistema de información y transparencia, respecto de las auditorias del desempeño. 44

45 Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos 45


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