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Propuestas Fiscales Julio 2007. Enfoque Fortalecimiento de las finanzas. Ampliación de la base de contribuyentes Programas para el desarrollo del país.

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1 Propuestas Fiscales Julio 2007

2 Enfoque Fortalecimiento de las finanzas. Ampliación de la base de contribuyentes Programas para el desarrollo del país Transparencia del gasto

3 Apreciaciones generales Reforma Fiscal congruente con la Constitución. Que la reforma sea sencilla para que se avance en la eliminación de la discrecionalidad de la autoridad. Que aumente la seguridad jurídica de los contribuyentes.

4 Contribución Empresarial a Tasa Única (CETU) La tasa propuesta es alta. Puede afectar la competitividad de las empresas y debe reducirse. La CETU debe tener el mismo tratamiento que el IMPAC que sea un impuesto mínimo, que pueda ser recuperado en un lapso breve mientras coexista con el ISR. El tratamiento de los activos fijos (incluidos los inventarios) pendientes de deducir al momento de entrar en vigor la CETU debe considerar un mecanismo de transición.

5 Contribución Empresarial a Tasa Única (CETU) El texto actual de la CETU podría provocar el diferimiento de inversiones hasta 2008. El concepto de activos fijos debe ampliarse al concepto de inversiones; de manera de permitir incluir como deducibles a los cargos y gastos diferidos. Es necesario estudiar la amplia gama de situaciones y asegurar que en la transición se moderen los efectos extremos.

6 Contribución Empresarial a Tasa Única (CETU) El impacto de la no deducibilidad de las nóminas en el cálculo de la CETU debe ser neutro respecto del sistema actual en la Ley del ISR. Debe asegurarse que la SHCP modifique el subsidio al salario para eliminar el tratamiento inequitativo a los bajos salarios por los montos que sean necesarios. Los cargos para fondear pensiones no causan retención para el ISPT ni son deducibles para el cálculo de la CETU. Como resultado, se convierten en un costo desproporcionado para la empresa. Esta situación debe ser corregida.

7 Contribución Empresarial a Tasa Única (CETU) Es necesario un mecanismo que restituya las ventajas del Régimen de Consolidación. Con más de 100 países en el mundo que permiten la consolidación fiscal, se trata de un factor de competitividad para las empresas establecidas en México. Donativos deducibles Existe un impacto fiscal negativo cuando se distribuyen utilidades. La CETU no genera CUFIN, por lo que en este caso se vuelve a causar un gravamen sobre beneficios que ya fueron gravados en la empresa.

8 Contribución Empresarial a Tasa Única (CETU) Se prevén dificultades para empresas extranjeras que inviertan en México, ya que el pago de la CETU no será acreditable en su país de origen. Es necesario aclarar y asegurar su acreditamiento para evitar la pérdida de competitividad de México y la disminución del flujo de inversiones hacia el país. La CETU obliga a llevar una contabilidad adicional (de flujo) para calcular la base gravable, por lo que no contribuye a simplificar el pago de impuestos.

9 Impuesto a la informalidad Es un buen intento por acotar la informalidad y la ilegalidad pero consideramos que es insuficiente. Sin embargo, causa costos adicionales a contribuyentes que están en la formalidad. Este efecto es indeseable y habría que evitarlo. Los grandes depositantes en efectivo tendrán el costo financiero que resulte de adelantar el pago de este impuesto en los bancos y esperar hasta recuperarlo después de hacer las declaraciones fiscales correspondientes

10 Otras consideraciones Manifestamos nuestro rechazo a las Iniciativas que permitirían gravar la venta final de todos aquellos bienes que en la actualidad o en el futuro sean objeto de gravamen conforme a la Ley del IEPS. De aprobarse, generarían: Una carga fiscal excesiva sobre esos productos Un impacto regresivo en los consumidores

11 Otras consideraciones Distorsiones de mercado Incentivos a la ilegalidad Incertidumbre sobre el universo potencial de bienes o servicios que pudieran ser gravados por esta vía. Más aún, el objetivo de promover un federalismo fiscal no se cumpliría por la complejidad de la mecánica recaudatoria.

12 Código Fiscal de la Federación a)La responsabilidad solidaria de los representantes legales y asesores contadores y abogados b)Aplicación de la jurisprudencia por parte de las autoridades; y c)Aportación de pruebas en la fase administrativa de revisión (lo relativo a que si no se exhiben las pruebas en esa fase ya no se podrá ofrecerlas en un eventual juicio).

13 Propuestas Fiscales Julio 2007


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