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Expositor: DR. Carlos Morales Morante

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Presentación del tema: "Expositor: DR. Carlos Morales Morante"— Transcripción de la presentación:

1 Expositor: DR. Carlos Morales Morante
Diplomado Especializado Gestión de Recursos Humanos y la Nueva Ley SERVIR Expositor: DR. Carlos Morales Morante 1

2 MODERNIZACION DEL ESTADO Y LA NUEVA LEY DEL SERVICIO CIVIL
LEY Nº 30057

3 Antecedentes Históricos

4 1. Diagnostico de la comisión multisectorial
Diversidad de regímenes laborales. Dispersión remunerativa. Locadores, bajo la modalidad de servicios no personales. Excepción: “Islas de Modernidad”

5 2. Reforma previsional e intentos de reforma del empleo público
Ley N° – Ley de Reforma Constitucional y su Reglamento Ley N° 28449 Quiebra del Decreto Ley – Stc del Tribunal Constitucional Ley N° – Ley Marco del Empleo Público

6 3. Inicio de la reforma Contratos no personales (SNP) – Válvula de Escape Mediante Ley 29157, se dicta el Decreto Legislativo N° 1057 – Contratos Administrativos de Servicios (CAS) Mediante Decreto Legislativo N° 1025 – Se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y la Creación del Tribunal del Servicio Civil.

7 EJES TEMATICOS Unificación de regímenes laborales en el Estado.
Gradualidad y eficiencia en la implementación de las políticas de SERVIR. Operatividad del Sistema de Gestión de Compensaciones. La evaluación de desempeño y la terminación del Servicio Civil. Implementación progresiva y reglas de Implementación de la Ley del Servicio Civil. Beneficios con la Nueva Ley del Servicio Civil. Características de la Nueva Ley del Servicio Civil. Derechos Colectivos.

8 1. Unificación de Regímenes

9 OBJETIVOS DE LA NUEVA LEY DEL
SERVICIO CIVIL Contar con un Servicio Civil que ofrezca servicios de calidad en favor de la ciudadanía. ‘Profesionalizar’ el Servicio Civil: ingreso, permanencia y progresión (ascendente y transversal) en base al Mérito. Gradualmente, alcanzar un único régimen: terminar con el desorden en contrataciones, remuneraciones, deberes y derechos de los servidores. PROFESIONALIZAR: Se busca que el puesto esté ocupado por el servidor más idóneo, no necesariamente por quien tiene más títulos universitarios. Por ejemplo: servidores guías del ministerio de cultura en zonas alto andinas, que conocen a la perfección historia y restos arqueológicos. CONSOLIDAR EL SISTEMA DE GESTIÓN DE PERSONAS: Ej. CPE que reúne dos instrumentos de gestión en uno solo el PAP (presupuesto analítico de personal) y el CAP (Cuadro de Asignación de Puestos)

10 MAYORES BENEFICIARIOS CON NUEVA LEY DEL SERVICIO CIVIL (LEY 30057)
Mejoras en Nuevo Servicio Civil CAS 276 728 Mayores ingresos vía aguinaldos y CTS X Mayor compensación económica pensionable Carrera y capacidad de progresión y movilidad entre entidades: Carrera dinámica  X Mayor permanencia (por carrera) Capacitación, mayor equidad en las compensaciones, claridad en régimen disciplinario, claridad en los permisos, licencias, etc.

11 2. Gradualidad y eficiencia en la implementación de la NLSC

12 CARACTERÍSTICAS DE LA REFORMA
Mérito (acceso, progresión, permanencia) Igualdad de Oportunidades (acceso y progresión) Gestión de acuerdo a metas – mejora continua Servicio Civil Revisar artículo 6 del proyecto de reglamento: características del servicio civil. Los tres elementos sustentan el servicio civil

13 Velocidad y profundidad de la reforma
Interacción vertical Implementación del régimen general por parte de SERVIR Interacción horizontal Aplicación gradual por entidades. Traslado voluntario de los trabajadores al régimen del servicio civil provenientes de los regímenes CAS, LBCA y LFE.

14 3. Operatividad del Sistema de Gestión de Compensaciones

15 Categorías con la Ley N° 30057
Categorías en la Nueva Ley del Servicio Civil 1. Funcionarios públicos 2. Directivos públicos. 3. Servidores civiles de carrera. 4. Servidores de actividades complementarias.

16 Cambio de Concepción en la Organización de la Carrera
Enfocada en puestos y no en personas Ejemplos de familias de puestos: planeamiento y gestión del gasto; asesoramiento y resolución de controversias. Del “grado de instrucción” del Servidor (profesional, técnico, auxiliar) en régimen 276 A “familias de puestos” Conjunto de Puestos con funciones y características similares (necesidades del Estado) Propósito de nueva organización: gestionar de modo más adecuado la capacitación (los planes de capacitación se organizarían mejor por grupos de funciones similares, que por grado de instrucción), la progresión (será más sencillo que un planificador discurra entre entidades de distintos niveles de gobierno) el cálculo de las compensaciones (la compensación principal esencialmente) Familia de planeamiento y gestión del gasto: puestos que realizan planeamiento estratégico, funciones del ciclo del gasto (gestión presupuestal, financiera, inversiones públicas, compras, contrataciones, contabilidad y tesorería) Familia de asesoramiento y resolución de controversias: asesorse legales, comunicadores, defensa legal del Estado, resolución de controversias.

17 Agrupación en familias. Remuneración.
Puntos a precisar en la reglamentación de la NLSC (Nueva Ley del Servicio Civil). Agrupación en familias. Se deberá precisar con limites numéricos la agrupación de familia por puestos para que no sea una ramificación frondosa. Remuneración. Se deberá precisar las escalas remunerativas, de tal modo que no resulte inmanejable, tal como se da en la actualidad.

18 4. Evaluación de Desempeño y la Terminación del Servicio Civil.

19 Evaluaciones Anual y obligatoria para todos los regímenes. Con reglas objetivas y en función a metas. SERVIR norma procedimiento y fiscaliza. Directivo Público. Servidor Civil de Carrera. Servidor de Actividades Complementarias.

20 CAPACITACIÓN Para todos los regímenes y grupos. Criterios objetivos para la gestión de la capacitación (mejora de productividad, planificación por necesidades de la entidad, resultados medibles, etc.) Promueve eficacia de la capacitación: servidor que desaprueba formación debe devolver al Estado el dinero invertido.

21 TERMINACIÓN DEL SERVICIO CIVIL
Causales: 1. Fallecimiento. 2. Renuncia. 3. Jubilación. 4. Mutuo Acuerdo. 5. Limite de Edad (70 años, exceptuando a funcionarios públicos de órganos colegiados) 6. Pérdida o renuncia de la nacionalidad peruana. 7. Inhabilitación para el ejercicio profesional o el ejercicio de la función pública mayor a tres meses. 8. No superar el período de prueba. 9. Supresión del puesto debido a causas tecnológicas, estructurales u organizativas. 10. Extinción de la entidad por mandato normativo. 11. Por decisión discrecional, en el caso de los servidores de confianza y funcionarios públicos de libre nombramiento. 12. Cese por causa relativa a incapacidad física o mental. 13. De manera facultativa para el servidor, alcanzar la edad de 65 años.

22 5. Tránsito al nuevo régimen

23 REGLAS DEL TRÁNSITO PARA SERVIDORES 276, 728 Y CAS
1. Servidores que pasen al nuevo régimen durante implementación: no requerirán hacerlo desde el primer nivel de la carrera. 2. Beneficios laborales de servidores: 276 y 728 si deciden quedarse en su régimen, se quedan con sus beneficios de sus regímenes. CAS: beneficios se mantienen hasta que culminen sus contratos. 3. Servidores 276 y 728 que concursen y no accedan: Permanecen en su régimen hasta su jubilación (o pueden volver a concursar cuantas veces deseen). LSC prohíbe ceses colectivos. LSC prohíbe compra de renuncias.

24 Flujograma Tránsito al Nuevo Régimen
4 2 Inicio del pase de entidades Inicio de preparación para el tránsito 1 3 5 5 de julio 2013 Servidores entran al nuevo régimen Reglamentos: (1er semestre 2014) Aplicación a servidores 276, 278 y CAS de los artículos de: Capacitación y evaluación de desempeño . Regimen disciplinario y procedimiento sancionador. Aplicación a servidores 276 y 728: Principios, Organización, Derechos Colectivos. CTS, descuento por planillas, etc.

25 6. Beneficios con la Nueva Ley del Servicio Civil

26 Beneficios del nuevo régimen
Para los servidores (todos los grupos) Incremento de ingresos presentes: CAS y 276 pasan de 12 a 14 sueldos anuales. Incremento de ingresos futuros: 1 sueldo anual por CTS + totalidad del sueldo es pensionable Carrera: capacidad de progresión y movilidad Mas capacitación, mayor equidad remunerativa, claridad en régimen sancionador, etc. Para los ciudadanos Mayor continuidad en las políticas públicas y memoria institucional debido a menor rotación de Mayor calidad en el servicio gracias a personal mas calificado y reordenamiento de entidades. Mejor control y uso de recursos públicos gracias a reglas ordenadas.

27 Simulación de ingresos para un servidor 276 si pasa al nuevo régimen
Puesto: Especialista legal de un Ministerio Edad: 56 años Régimen actual (D. Leg. 276) Nuevo régimen Ingresos mensuales: S/.1,470 CAFAE: S/.1,205 Básico: S/ Otros ingresos remunerativos: S/. 265 Ingresos mensuales: S/. 1,470 Remuneración total Aguinaldo: S/ x Aguinaldo: S/.2,940 se vuelve remunerativo CTS (a partir de 2013 y por los 9 años CTS (si pasa, recibiría por año): que le restan para los 65 años): S/ S/. 1,470 CTS (a partir de 2013, considerando la misma compensación por años de servicio): S/. 13,230 82% 18% 100% Cálculo de la CTS por 9 años en 276 con el sueldo de S/.1, 470: la base anual para la CTS (Haber básico S/ Rem Reunificada S/.28.84) * 9 años de servicio = S/ En el ejemplo, sería bueno resaltar que ahora los servidores, si bien podrían percibir los mismos ingresos: El 100% sería pensionable (no se irán a casa con una pensión de 280 soles, sino con mucho más) Percibirán 14 sueldos al año más CTS Tendrán un ahorro a largo plazo por concepto de CTS (ahora, el monto es irrisorio). - NO HAY una lámina para CTS de los 728 porque el cálculo es el mismo. Fuente: MEF – Módulo de Gestión de RRHH a setiembre 2012

28 Simulación de ingresos para un servidor CAS si pasa al nuevo régimen
Puesto: Contador en Gobierno Regional Edad: 38 años Régimen actual (CAS) Nuevo régimen Ingresos mensuales: S/. 1,200 Aguinaldo: S/ x Aguinaldo: S/. 2,400 CTS : S/ CTS (27 años): S/. 32,400 Recibe CTS Fuente: MEF – Módulo de Gestión de RRHH a setiembre 2012

29 7. Características de la Nueva Ley del Servicio Civil

30 Carrera Administrativa
Características estructurales de la Reforma Carrera Administrativa (D. Leg 276) Nuevo Servicio Civil Auxiliares Técnicos Profesionales Funcionarios Funcionarios Públicos Directivos Públicos Servidores de confianza Servidores de Carrera Carrera FUNCIONARIOS: Ejercen funciones de gobierno y de conducción de entidades. Representantes políticos, elegidos por voto popular (cargo público representativo) o designados por otro funcionario público. DIRECTIVOS: Cumplen función directiva o gerencial en los 3 niveles de gobierno. Acceden por concurso abierto por puesto. Gerente de Desarrollo Social, Gerente de Administración, Director Nacional de Presupuesto Público, etc. Altamente orientados a la consecución de metas: contratos de períodos fijos (3 años). Pueden permanecer hasta 9 años consecutivos en el mismo puesto (podrán pasar a otro puesto previo concurso). Directivos pertenecientes a carrera regresan a la misma. SERVIDORES DE CARRERA Ingreso al primer nivel (funciones altamente especializadas con ingreso diferenciado) Carrera en base de diseño de familias de puestos (que lo explicaremos en la siguiente lámina) Ascenso y progresión por concursos al interior del Estado Evaluación de desempeño como factor clave para la progresión. COMPLEMENTARIAS Realizan funciones de soporte y/o complemento, principalmente, por medio de actividades manuales u operativas. Personal de limpieza, vigilancia, jardinería, secretariado, mensajería, recepción, soporte informático, registro y archivo CONFIANZA Pueden ser designados en cualquier grupo bajo ciertas condiciones. Siempre y cuando cumplan con el perfil y requisitos del puesto. Solo pueden estar en el entorno del funcionario que lo designe. Asesores ministros, chofer, secretaria, etc. Si se acaba la confianza: no les corresponde ni indemnización, ni reposición. No pueden superar el 5% del total de servidores de la entidad. Flexibilidad de acuerdo a tamaño de la entidad. Con un máximo de 50 Servidores de Actividades Complementarias

31 Ámbito de la Reforma Servidores públicos: 1’400,000 aprox.
Se incluyen en reforma: 560,000 Nivel de Gobierno Régimen Nacional (240,800) Regional (123,200) Local (196,000) CAS (238,000) 276 (224,000) 728 (98,000) Reordenar según Nuevo grupo Nuevas familias y puestos Nuevas remuneraciones NUEVA LEY DEL SERVICIO CIVIL Se aplica supletoriamente a carreras especiales y 5 entidades excluidas (principios, incompatibilidades y régimen disciplinario) Datos aproximados en base a ENAHO 2011 y módulo MEF.

32 Personal no comprendido dentro de la Nueva Ley del Servicio Civil.
La Primera Disposición Complementaria Final señala quienes no están comprendidos dentro de la Ley: 1. Trabajadores de las empresas del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el D.L. N° 1023. 2. Servidores civiles del BCRP, Congreso de la República, SUNAT, SBS y AFP y la Contraloría General de la República. 3. Servidores sujetos a carreras especiales como: 3.1 Ley del Servicio Diplomático. 3.2 Ley Universitaria. 3.3 Ley de Reforma Magisterial. 3.4 Ley de la Carrera de los Profesionales de la Salud. 3.5 Ley de Situación Militar de los Oficiales de las FF.AA. 3.6 Ley de la Carrera y Situación del personal de la PNP. 3.7 Ley de la Carrera Especial Pública Penitenciaria. 3.8 Ley Orgánica del Ministerio Público. 3.9 Ley de la Carrera Judicial.

33 8. Derechos Colectivos.

34 CARACTERÍSTICAS DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
No están comprendidos los funcionarios públicos, directivos públicos ni los servidores de confianza. Los servidores tienen derecho a solicitar la mejora de sus compensaciones no económicas, incluyendo el cambio de condiciones de trabajo o condiciones de empleo. Las contrapropuestas y propuestas de la entidad relativas a compensaciones económicas son nulas de pleno derecho. El ejercicio del derecho a huelga permite a la entidad pública la contratación temporal y directa del personal necesario para garantizar la prestación de los servicios mínimos, desde el inicio de la huelga hasta su efectiva culminación.

35 MUCHAS GRACIAS


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