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Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal EL DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN.

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Presentación del tema: "Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal EL DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN."— Transcripción de la presentación:

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2 Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal EL DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN

3  ¿Qué entiendes por discriminación?  ¿Crees que te han discriminado o tú haz discriminado?

4 “Queda prohibida cualquier forma de discriminación, entendiéndose por ésta la negación, exclusión, distinción, menoscabo, impedimento o restricción de alguno o algunos de los derechos humanos de las personas, grupos y comunidades en situación de discriminación imputables a personas físicas o morales o entes públicos con intención o sin ella, dolosa o culpable, por acción u omisión, por razón de su origen étnico, nacional, lengua, sexo, género, identidad indígena, de género, expresión de rol de género, edad, discapacidad, condición jurídica, social o económica, apariencia física, condiciones de salud, características genéticas, embarazo, religión, opiniones políticas, académicas o filosóficas, identidad o filiación política, orientación o preferencia sexual, estado civil, por su forma de pensar, vestir, actuar, gesticular, por tener tatuajes o perforaciones corporales o cualquier otra que tenga por efecto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, de los derechos y libertades fundamentales, así como la igualdad de las personas”. Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del DF

5 PREJUICIO  El prejuicio se aprende cuando se observa y se vive en una sociedad que lo alimenta.  El aprendizaje del prejuicio surge desde la infancia. Se observa y se imita lo que se vive a su alrededor.  Los prejuicios involucran sentimientos muy fuertes que son difíciles de cambiar y por lo tanto su arraigo es mayor.

6 PREJUICIO  Los prejuicios pueden convertir a personas inocentes en “chivos expiatorios”.  Los prejuicios son el principio de un proceso devaluatorio de “los otros”, los diversos, que culmina con la ejecución de actos discriminatorios.

7 El mensaje que se propaga aquí en primer lugar daña la imagen de la mujer al reforzar el estereotipo de que su valor como persona radica en su apariencia física y edad, de tal manera que refuerza el rechazo y la exclusión que viven las mujeres adultas mayores a las cuales esta imagen ridiculiza.

8 ESTEREOTIPO  Es una clasificación social particularizada de personas y grupos por medio de signos y símbolos a menudo muy simplificados y generalizados que implícita o explícitamente representan un conjunto de valores, juicios y suposiciones acerca de su conducta, sus características o su historia.

9 Nada tan claro como esta campaña publicitaria en la que se empodera al hombre para ejercer actos de “dominación” sobre el género femenino. En este panorama la mujer es el objeto de deseo y diversión, la mercancía que se ofrece y se toma como premio en un concurso.

10 ESTEREOTIPO  Los estereotipos identifican categorías generales de poblaciones nacionales, clases sociales, etnias, razas.  Los estereotipos pueden variar en su raíz emocional y en su intensidad, pero generalmente representan relaciones, tensiones o conflictos de poder subyacentes.

11 Es un reflejo de abierta discriminación hacia la mujer al referirse a ella con adjetivos que lastiman su dignidad, por el solo hecho de usar una prenda de ropa determinada.

12 ESTIGMA  Atributos o desventajas que desprestigian considerablemente a una persona o grupo de personas, subvalorizándolas y dañando ostensiblemente su identidad al convertirlas en personas indeseables, indignas y deshonrosas.

13 Esta noticia es discriminatoria hacia los jóvenes debido a que prejuzga injustificadamente relacionándoles de manera directa con vicios, delincuencia, improductividad, etc. Estos estereotipos acompañan la vida cotidiana de la niñez y adolescentes, convirtiéndolos en presa de la exclusión y la violencia.

14 ESTIGMA (CARACTERÍSTICAS)  Un atributo que estigmatiza a un individuo puede confirmar la normalidad de otro, por lo tanto no tiene valor por lo que es como persona sino por la imagen que la cultura crea de él.  No todos los atributos indeseables son tema de estigma, sólo aquéllos que son incongruentes con nuestro estereotipo de cómo creemos deben ser las demás personas.

15 El lema de la campaña está orientado a referir que los valores de las personas deben identificarse con las mercancías que se compran. La persona deja de valer por sí misma y sólo se aprecia a través de lo que consume, usa, compra, adquiere, etc. Además refuerza estereotipos al limitar el uso de un vehículo a una mujer cuya vestimenta refiere al género masculino.

16 DESDE LA PERSPECTIVA DE LOS DERECHOS HUMANOS  Hoy la igualdad sólo puede entenderse como igualdad en derechos para todas las personas. Como principio requiere que todas las personas tengan los mismos derechos y las mismas oportunidades de acción y desarrollo; requiere también del respeto a la diferencia.  El principio de igualdad es el que hace posible el goce de todos los derechos humanos en igualdad de condiciones.

17 CONCEPTO MODERNO DE IGUALDAD  DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS (1948): determina el principio de igualdad como norma jurídica: la igualdad no es un hecho sino un valor establecido ante el reconocimiento de la diversidad que nos constituye como familia humana. Es una relación que unifica a una clase de sujetos en la titularidad de aquellos derechos que reconocidos y garantizados a todos en igualdad son llamados universales o fundamentales.

18 DIVERSIDAD  Término para identificar todo aquel elemento, característica o rasgo específico que individualiza a las personas, a los grupos y a las comunidades.  Exige solidaridad y el reconocimiento de la “otredad” como cualidades indispensables para garantizar una interacción armoniosa, incluyente y respetuosa de los derechos y de la unidad del género humano.

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20 DIVERSIDADES GenéticaIntelectualEmocionalCulturalReligiosaÉtnicaLingüística Sexual Política Ética Moral Jurídica Racial Ideológica

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22 “Justificaciones” del rechazo a la diversidad Miedo a lo desconocido Miedo a lo desconocido Tradiciones y costumbres Tradiciones y costumbres Mitos y tabúes Mitos y tabúes Ignorancia Ignorancia Temor a la crítica Retroalimenta- ción de prejuicios Fortalecimiento de información infundada

23 TOLERANCIA El concepto procede del sustantivo latino tolerantia-ae que puede traducirse como “sufrimiento” y “acción de sobrellevar, soportar o resistir”. El concepto procede del sustantivo latino tolerantia-ae que puede traducirse como “sufrimiento” y “acción de sobrellevar, soportar o resistir”. Otra acepción se deriva de tollere, la cual se refiere a “aceptar y respetar” reconociendo al conjunto de posturas que no se comparte. Otra acepción se deriva de tollere, la cual se refiere a “aceptar y respetar” reconociendo al conjunto de posturas que no se comparte. Desde la perspectiva de los derechos humanos es un valor cívico y ético que evita la discriminación y permite el ejercicio de los derechos humanos.

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25 DISCRIMINACIÓN  Prejuicios, convicciones, restricciones u omisiones relacionadas con:  Sexo  Raza  Género  Pertenencia étnica  Color de piel  Edad (niñas y niños, “adolescentes”, jóvenes, personas adultas mayores)  Nacionalidad  Creencias  Religión  Ideología  Situación económica o posición social

26 DISCRIMINACIÓN   Apariencia física   Estado de salud (vih/sida, enfermedades de transmisión sexual y terminales)   Discapacidad física, intelectual, psicosocial   Orientación o preferencia sexual e identidad o expresión de género   Profesión u ocupación   Combinación de estos u otros atributos Que tienen por objeto restringir, negar o menoscabar el ejercicio pleno de los derechos humanos.

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28 Consecuencias de la discriminación  La discriminación priva de un bien o un derecho a una persona o grupo de personas.  La discriminación excluye a una persona o grupo de personas de participar en una situación u orden de cosas en las que otras personas toman parte.  La discriminación impide u obstaculiza a una persona o grupo de personas la realización de una actividad determinada que otros sí pueden llevar a cabo.

29 ¿Quién ejerce un acto de discriminación?  Toda aquella institución, persona o grupo de personas que distinga, restrinja o excluya a otras personas del pleno ejercicio y goce de sus derechos y libertades; y propague ideas, teorías o símbolos de superioridad de algún grupo o comunidad que alienten e inciten al desprecio, la persecución, el odio y hasta el asesinato.

30 ¿Quién ejerce un acto de discriminación?  Los actos discriminatorios pueden provenir de cualquier persona. Todos en algún momento dado, de manera consciente o inconsciente, podemos ser actores de actos discriminatorios, o sufrirlos sin ser conscientes de ello, y por tal razón aprender a verlos y vivirlos como hechos naturales y cotidianos que deben aceptarse y propagarse como acontecimientos normales.

31 La gran responsabilidad que tienen los líderes de opinión, es tener siempre presente que sus observaciones y juicios de valor, influyen en cientos de miles de personas, de tal manera que un comentario puede originar una cadena de actos de discriminación hacia el objeto de dicho mensaje e incluso culminar en actos de violencia, sobretodo ligados a la pasión del deporte.

32 LA APARIENCIA FÍSICA Y LAS Y LOS JÓVENES  Afecta directamente la dignidad de las personas que la sufren  Agrede la autoestima  Sitúa a las personas que la sufren en una posición de vulnerabilidad  Deriva en una exclusión que se interioriza

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34 CARACTERÍSTICAS  Características genéticas  Complexión corpóral (delgadez/obesidad)  Forma o estilo del cabello  Identidades juveniles estigmatizadas

35 CARACTERÍSTICAS  Color de piel  Estatura  Rasgos físicos  Discapacidad  Características raciales  Forma de vestir y/o estilo  Apariencia de la piel (cicatrices, estrías, celulitis, arrugas, etc.)  Perforaciones y tatuajes

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37 RESPETO A LA DIVERSIDAD

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39 ¿ Qué es el Observatorio Rostros de la Discriminación? ¿ Qué es el Observatorio Rostros de la Discriminación? El Observatorio Rostros de la Discriminación, es un espacio para denunciar, monitorear y visibilizar aquellos mensajes o contenidos que promuevan la discriminación, prejuicios o estereotipos, en detrimento de la dignidad de las personas, con el fin de contribuir a la promoción del respeto a la diversidad y el ejercicio de la tolerancia, respecto de las opiniones y la erradicación de la violencia en los medios. El Observatorio Rostros de la Discriminación, es un espacio para denunciar, monitorear y visibilizar aquellos mensajes o contenidos que promuevan la discriminación, prejuicios o estereotipos, en detrimento de la dignidad de las personas, con el fin de contribuir a la promoción del respeto a la diversidad y el ejercicio de la tolerancia, respecto de las opiniones y la erradicación de la violencia en los medios.

40 Toda persona podrá enviar a las instancias convocantes o subir a las páginas del Observatorio –en las redes sociales y/o micrositio– los mensajes o contenidos que considere discriminatorios y que se hayan transmitido o publicado en el periodo comprendido entre agosto de 2011 a julio de 2012. Podrán realizarse acciones de monitoreo y evidencia; comentarios y reportes de cualquier expresión transmitida por los medios de comunicación masiva y publicitaria, por ejemplo: noticias, reportajes, campañas publicitarias, declaraciones de figuras públicas, programas de radio, televisión, canciones o cualquier otra expresión o comunicación que tenga difusión pública o acceso a la población abierta. Cada contenido propuesto deberá acompañarse de una breve opinión, crítica, o comentario respecto a la visibilización de la discriminación en el mensaje y de ser posible una propuesta de la forma en que se podría comunicar lo mismo, sin caer en la discriminación. Es importante señalar que los comentarios ofensivos serán eliminados de las publicaciones del Observatorio.

41 Los mensajes o contenidos propuestos deberán subirse a las siguientes páginas del Observatorio: Facebook: Observatorio Rostros de la Discriminación Twitter: Observatorio Rostros @ObservatorioRD Micrositio: http://www.hchr.org.mx/observatoriorostros Observatorio Rostros de la Discriminación Correo electrónico: observatoriord@gmail.com Las propuestas también podrán recibirse físicamente, o por escrito, en la sede de la CDHDF en Av. Universidad 1449, Col. Florida. Deleg. Álvaro Obregón. C.P. 01030, México, D.F., Tel. 52 29 56 00 Ext. 1607 (Subdirección de Promoción por la no discriminación).

42 Grupos de Población

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45 Es convocado por: Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en México (OACNUDH) Instituto Mexicano de la Radio (IMER) Universidad Iberoamericana (UIA) Fundación Manuel Buendía (FMB) Publivíboras, Organización No Gubernamental

46 A fin de propiciar mayor participación y promoción a favor de la no discriminación, las publicaciones del Observatorio en las redes sociales se encontrarán vinculadas y se les dará seguimiento desde la plataforma TweetDeck.

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49 ¡Gracias por su atención!


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