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MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO LABORAL Suspensión del contrato –Causas –Suspensión con reserva del puesto de trabajo –Excedencias Modificaciones.

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Presentación del tema: "MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO LABORAL Suspensión del contrato –Causas –Suspensión con reserva del puesto de trabajo –Excedencias Modificaciones."— Transcripción de la presentación:

1 MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO LABORAL Suspensión del contrato –Causas –Suspensión con reserva del puesto de trabajo –Excedencias Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y traslado Extinción del contrato –Causas –Extinción por voluntad del trabajador –Despido colectivo –Extinción del contrato por causas objetivas –Despido improcedente

2 CÁLCULO DE LA INDEMNIZACIÓN QUE LE CORRESPONDE POR DESPIDO Pasos para calcularla –Calcular el salario/día –Calcular la indemnización –Verificar que está dentro del límite Ejemplo –Calcular la indemnización que le corresponde a un trabajador que llevaba trabajando en la empresa diez años y ha sido despedido por ineptitud sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa si sus percepciones son de 900 euros de salario base y 120 euros de antigüedad. Este trabajador tiene derecho a dos pagas extras de salario base más antigüedad ● El contrato podrá extinguirse: ● Por ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa ● La indemnización que le corresponde al trabajador en este caso será de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades Resolución: Salario día = [(900 + 120) : 30] + [(900 + 120) x 2 : 360] = 34 + 5,67 = 39.67 € Indemnización = 20 x 10 x 39,67 = 7.934 € Límite = 39,67 x 360 = 14.281,30 €

3 EL FINIQUITO Pasos para calcularlo: –Ingresos: Cantidad que se adeuda por los días del mes que se han trabajado Cantidad que se adeuda por la parte proporcional de las pagas estraordinarias Cantidad que se adeuda por los días de vacaciones que no se han disfrutado –Deducciones: Seguridad Social (por los días trabajados y la parte proporcional de las vacaciones Retención del I.R.P.F. Ejemplo: –Calcula el finiquito de un subalterno, con contrato fijo, que presenta su dimisión el 10/09/02 sin haber disfrutado aún de sus vacaciones, con las siguientes percepciones mensuales: salario base (900 euros) y antigüedad (120 euros); tiene derecho a dos pagas extraordinarias que comprenden el salario base y el plus de antigüedad, retención a cuenta del IRPF 12 % INGRESOS Por días trabajados = (900 + 120) : 30 x 10 = 340 € Por PE junio = 1.020 x 72 : 365 = 201.21 € Por PE diciembre = 1.020 x 253 : 365 = 707,01 € Por vacaciones = 20,8 días x 34 € = 707,20 € DEDUCCIONES (BCCC = 340 + 707,20 + 56,67 = 1.103,87) CC = 1.103,87 x 4,7 % = 51,88 Des. = 1.103,87 x 1,55 % = 17,11 € FP = 1.103,87 x 0,1 % = 1,1 € IRPF = 12 % s/(340 + 201,21 + 707,01 + 707,20) = 234,65 INGRESOS Cantidad que se adeuda por los días del mes340,00 Cantidad que se adeuda por las pagas extras908,22 Cantidad que se adeuda por las vacaciones707,20 Total ingresos1.955,42 DEDUCCIONES Seguridad Social70,09 Retenciones IRPF234,65 Total deducciones304,74 Líquido total a percibir1.650,68


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