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ACUERDO 348 Artículo 1 I. Fundamentos: una educación preescolar de calidad: Aplicable a todas las escuelas 1. El aprendizaje infantil y la importancia.

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1 ACUERDO 348 Artículo 1 I. Fundamentos: una educación preescolar de calidad: Aplicable a todas las escuelas 1. El aprendizaje infantil y la importancia de la educación preescolar Identidad personal, pautas básicas de convivencia. Adquieren capacidades fundamentales. Aprende puntos básicos de convivencia. Potencialidad de aprendizaje. Producción y estabilización de conexiones neuronales. Autonomía. Su acercamiento al mundo natural y social. Desarrollo de capacidades cognitivas que permiten el tránsito de la familia a la vida social. Capacidades de pensamiento y acciones creativas. Los cambios sociales y los desafíos de la educación preescolar Cambios en la estructura familiar. Pobreza y desigualdad. Medios de comunicación masiva. Extensión de la cobertura de la educación preescolar en la diversificación atendida. Demócrata. Cambios en todo el planeta (globalización, medio ambiente, tecnologías e internet, desigualdad). Desarrollo de las competencias intelectuales, valores, actitudes. Derecho a la educación preescolar de calidad con fundamentos legales a. La educación, un derecho fundamental (art. 3 y Congreso de la Unión) b. Obligatoriedad de la educación preescolar (art 3 y 31) c. Determinación de planes y programas de estudio (art 3)

2 ACUERDO 348 Artículo 1 II. Características del programa
1. Carácter nacional 2. Establece propósitos fundamentales para la educación preescolar Contribuir a la formación Integral Afectivo-social-Cognitivo Los propósitos tienen que ver con el perfil de egresos. 3. Organización del programa por competencias Contribuir al desarrollo integral de los niños a través de actividades cotidianas Experiencias, retos, problemas. Los niños cuentas con saberes previos 4. Carácter abierto No define una secuencia de actividades situacionales La educadora elige y diseña según las necesidades 5. Organización del programa Campos formativos Desarrollo personal y social Leguaje y comunicación Pensamiento matemático Exploración y conocimiento del mundo Expresión y apreciación artística Desarrollo físico y salud ACUERDO 348

3 ACUERDO EVALUACIÓN Es una obligación del docente realizar una evaluación inicial, media y final (aunque permanentemente se realiza una evaluación diaria) Se evalúan conocimientos y habilidades Se evalúa de acuerdo a los propósitos del programa Debe ser cuando el maestro lo requiera Comunicación permanente acerca del desempeño Normas de evaluación

4 ACUERDO EVALUACIÓN Mecanismos sistemáticos de evaluación, aprendizajes y los procesos. Instrumento fundamental, análisis de calidad, relevancia y pertenencia. Congruentes con los logros alcanzados

5 NORMAS ESPECÍFICAS DE CONTROL ESCOLAR RELATIVAS A LA INSCRIPCIÓN, REINSCRIPCIÓN, ACREDITACIÓN, REGULARIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN PARAESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA OFICIALES Y PARTICULARES INCORPORADAS AL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL Capítulo I. Objetivo. Establecer normas, inscripciones y reinscripciones, acreditación, regulación y certificación, autorizada por la SEP. Garantizar calidad, eficiencia, atención y criterios de igualdad Capítulo II. Fundamento legal. Establecido por la ONU, LGE, publicado en el DOF. Art. 348 y 357 Capítulo III. Disposiciones Genéricas. Observacia obligatoria Distribuir documentos de las normas Implementación, verificación, certificación mediante procesos administrativos El director debe aplicar la norma y de estar en contacto con control escolar para los trámites correspondientes. Capítulo IV. Inscripciones Objetivo: Regular el ingreso y registro de los niños Debe sujetarse a un calendario Cumplir con ciertos requisitos: inscripción a los 3 años cumplidos al 31 de dic. sin excepción. Los niños de educación especial que vengan de un CAM pueden entrar en cualquier fecha con su evaluación psicopedagógica. Requisitos y documentos para inscripción: Acta de nacimiento, CURP, (o cartilla de vacunación), documentos de identidad de los papás. En caso de ser extranjero presentar documento probatorio.

6 Capitulo V. Reinscripción
NORMAS ESPECÍFICAS DE CONTROL ESCOLAR RELATIVAS A LA INSCRIPCIÓN, REINSCRIPCIÓN, ACREDITACIÓN, REGULARIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN PARAESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA OFICIALES Y PARTICULARES INCORPORADAS AL SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL Capitulo V. Reinscripción La reinscripción no está condicionada a que presente constancia del grado anterior. En caso de ser posible, si cursó en otro plantel presentar carta de traslado. Capítulo VI. Acreditación. La escuela y el director tienen la obligación de evaluar y acreditar según el PED y es de carácter evidente, formativa, no condiciona su paso a otro grado escolar en el caso de educación especial se hace a través de una evaluación psicopedagógica. Capítulo VII. Regularización (NO APLICA) Capítulo VIII. Certificación Al finalizar la educación preescolar se entregará certificado de estudios. En caso de que haya error en el certificado, se cancela y se solicita reposición y la equivocada se archiva, no se destruye


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