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Plan de Emergencia Municipal del Ayuntamiento de Madrid (PEMAM)

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Presentación del tema: "Plan de Emergencia Municipal del Ayuntamiento de Madrid (PEMAM)"— Transcripción de la presentación:

1 Plan de Emergencia Municipal del Ayuntamiento de Madrid (PEMAM)

2 Definición del objetivo y alcance del Plan.
Determinación del Director del Plan. Establecimiento del Centro de Coordinación Operativa (CECOP). El Comité Permanente de Dirección Municipal. El Consejo Asesor. El Director de Operaciones. Gabinete de Información.

3 Mecanismos y circunstancias para la declaración formal de la ampliación del Plan.
Parámetros que desencadenan la Prealarma. Organización de la Información en Fase de Prealarma. Activación del PEMAM a NIVEL 1 de Emergencia. Activación del PEMAM a NIVEL 2 de Emergencia. Activación del PEMAM a NIVEL 3 de Emergencia. Esquemas de activación de los servicios esenciales de guardia según los distintos niveles de emergencia

4 Definición de las medidas de protección a la población:
Control de Accesos. Información a la población. Determinación de refugios, aislamiento en propio domicilio o en lugares de seguridad. Evacuación en sus distintas variantes. Asistencia sanitaria.

5 Definición de las medidas de protección a los bienes:
Bienes de interés cultural o con carácter histórico Otros bienes públicos o privados.

6 13. Definición de las medidas y actuaciones de socorro:
Personas desaparecidas. Personas sepultadas o aisladas. Personas heridas o contaminadas. Personas enfermas. El albergue y el abastecimiento

7 Programa de implantación.
Mantenimiento. PEMAM Flexibilidad del PLAN. Actuaciones en Materia de Prevención

8 El Plan de Emergencia Municipal del Ayuntamiento de Madrid tiene por objeto hacer frente a las situaciones de emergencia en caso de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública que se puedan presentar en el ámbito territorial del municipio de Madrid.

9 Dar respuesta de manera rápida y efectiva a todas las emergencias provocadas por los riesgos identificados en este Plan Asegurar en cualquier caso, la respuesta necesaria ante cualquier situación de emergencia que pueda presentarse. Organizar el enlace preciso para conectar con los sistemas de apoyo mutuo contemplado en el PLATERCAM/PROCIMA Coordinar todos los servicios, medios y recursos existentes en el municipio, incluyendo en este concepto todos los inventariados en las entidades públicas y privadas, así como los procedentes de otras Administraciones Públicas situadas en el Municipio.

10 Clasificación de las Emergencias

11 Nivel 0.  Emergencias de ámbito municipal controladas mediante los medios ordinarios de respuesta local y ciertos recursos de ámbito superior. Nivel 1. Emergencias de ámbito municipal controladas mediante los medios ordinarios propios de respuesta local, cuya activación requiere la puesta en conocimiento de la Dirección General de Protección Ciudadana de la CAM, estableciendo alerta, ante posible solicitud de apoyo.

12 Nivel 2. Emergencias que por su categoría, gravedad y/o extensión de riesgo, requieren de medios de respuesta en cantidad y naturaleza tales, que con su aplicación se alcancen los límites de las posibilidades de prestación de los disponibles en el Municipio de Madrid. El Ayuntamiento de Madrid está capacitado para asumir conforme a lo dispuesto en el PLATERCAM/PROCIMA, la dirección y coordinación de las acciones que corresponden a la situación de emergencia de nivel 2, teniendo en cuenta la capacidad de respuesta que tiene la ciudad en materia de protección civil.

13 Nivel 3.  Emergencias que presentan circunstancias en las que esté presente el INTERÉS NACIONAL, con arreglo a los supuestos previstos en la Norma Básica, Capítulo I, apartado 1.2. El Ayuntamiento de Madrid podrá asumir la coordinación de los medios propios y asignados, siempre que el Gobierno de la Nación y el Presidente de la Comunidad hubiesen delegado en él como autoridad competente.

14 Mantenimiento del Plan
Director del Plan: CECOP Comité Permanente de Dirección Municipal Consejo Asesor Director de Operaciones Gabinete de Información PEMAM Jefe del Operativo Secretario del Comité Permanente de Dirección Municipal Jefe de Siniestro Bomberos Jefe de Intervención Policía Jefe de Dispositivo Sanitario SAMUR Mantenimiento del Plan

15 Parámetros que desencadenan la Alerta:
En función de los Tipos de Riesgo previsibles y de los Servicios Esenciales de Guardia permanente podrán tomarse en consideración cualquier de los siguientes parámetros: De forma genérica cuando se encuentren activados el 50 % de los efectivos de los tres Servicios Esenciales de Guardia (Policía Municipal, Bomberos o SAMUR-Protección Civil), aunque esta situación sea consecuencia de la intervención de los mismos en actuaciones o emergencias diferentes o independientes. Cuando en una misma intervención están actuando el 50 % ó más de los efectivos de alguno de los tres Servicios Esenciales de Guardia (Policía Municipal, Bomberos o SAMUR - P.C.). Cuando con antelación, en determinados tipos de Riesgo, sea previsible alcanzar el umbral de alerta, en función de los valores que se establecen para cada riesgo.

16 Organización de la Información en Fase de Alerta:
La situación de emergencia sobrevenida será evaluada por el Jefe de Guardia del Servicio Esencial más directamente implicado la misma, en razón de los parámetros establecidos más arriba. En caso de haberse alcanzado el valor límite de alguno de ellos, se pondrá en conocimiento de su superior quién, una vez analizados los datos y ante su previsible o probable evolución, transmitirá dicha información siguiendo el orden jerárquico hasta que la misma llegue al Concejal del Área de Seguridad y Servicios a la Comunidad. El Concejal de Gobierno del Área de Seguridad y Servicios a la Comunidad, a la vista de la información recibida y una vez evaluada, declara el estado de Prealarma y da las oportunas instrucciones para que sean avisados los componentes del Comité Permanente de Dirección Municipal y en su caso el Consejo Asesor en previsión de que la situación evolucione hacia la activación de la siguiente fase del Plan (Nivel 1).

17 Flujograma de la Información

18 ALCALDE PRESIDENTE Concejal de Seguridad y Servicios a la Comunidad
EMERGENCIA / SINIESTRO O INFORMACIÓN DE ALERTA Jefe de guardia de bomberos Jefe de guardia de SAMUR-PC Oficial de Servicio Policía Municipal M1 M1 Inspector de Guardia M0 M0 Inspector Jefe Director General de Emergencias y PC Coordinador General de Servicios a la Comunidad Coordinador General de Seguridad Concejal de Seguridad y Servicios a la Comunidad ALCALDE PRESIDENTE

19 Activación del PEMAM a NIVEL 1 de Emergencia:
En su caso, el Director del PEMAM, ante la información recibida y a la vista de cómo evoluciona una determinada situación de emergencia que se encuentra en Fase de PREALARMA, decide el paso a NIVEL 1 de Emergencia, convocando en el CECOP (Centro de Coordinación Operativa) al Comité Permanente de Dirección Municipal y al Consejo Asesor.  El Director del Plan, en función del Riesgo y de la evolución del mismo, determina el grupo de especialistas necesarios para la composición del Consejo Asesor a fin de constituir el Centro de Coordinación Operativa (CECOP). Para ello, a título orientativo, se dispone de las fichas recogidas en el ANEXO I agrupadas por tipos de Riesgos, en las que se incluyen los probables servicios de la intervención. En el supuesto de activación del NIVEL 1 del PEMAM por parte del Director del Plan, y esquematizando el suceso desde la información inicial, el proceso sería del siguiente tipo:

20 DIRECTOR DEL PLAN SINIESTRO O FUENTE DE INFORMACION
DIRECTOR GENERAL DE EMERGENCIAS DIRECTOR DEL PLAN NIVEL 0 NIVEL 1 ACTIVACION COMITÉ PERMANENTE COMITÉ ASESOR CONSTITUCIÓN CECOP DEFINCIÓN Y SEGUIMIENTO DE LOS MEDIOS DE ACTUACIÓN

21 Activación del PEMAM a NIVEL 2 de Emergencia
Emergencias que por su naturaleza, gravedad y/o extensión de riesgo, requieren de medios de respuesta en cantidad y naturaleza tales, que con su aplicación se alcancen los límites de las posibilidades de prestación de los disponibles en el Municipio de Madrid.   Si la situación de emergencia requiriese utilizar más del 80 % del total de medios disponibles de los Servicios Municipales Esenciales o si la naturaleza de la emergencia así lo aconsejase, el Director del PEMAM coordinadamente con el Director del PLATERCAM, decidirán si es necesario declarar el estado de emergencia de Nivel 2 y convocar la constitución del CECOPI.

22 Activación del PEMAM a NIVEL 2 de Emergencia (cont.)
Teniendo en cuenta la capacidad de respuesta de los medios de que se dispone en el Municipio de Madrid, en materia de protección civil, el Ayuntamiento está capacitado para asumir, conforme a lo dispuesto en el PLATERCAM, la dirección y coordinación de las acciones en emergencias que corresponden a la situación de emergencia de este nivel. Para ello el Director del Plan lo solicitará directamente al Director del PLATERCAM/PROCIMA.

23   Activación del PEMAM a NIVEL 3 de Emergencia
Emergencias en cuyas circunstancias está presente el Interés Nacional. Será decretada por la autoridad estatal competente o a petición del Director del PEMAM, Con arreglo a los supuestos previstos en la Norma Básica, Capítulo I, apartado 1.2., pudiendo activarse este nivel desde el CECOPI.   El Ayuntamiento de Madrid podrá asumir la coordinación de los medios propios y asignados, siempre que el Gobierno de la Nación y el Presidente de la Comunidad hubiesen delegado en él como autoridad competente.   El Director del Plan designará la autoridad que junto a la correspondiente de la administración central y de la administración autonómica constituirán el Comité de Dirección nacional.

24 Control de Accesos

25 Cordón de Acceso a Zona de Intervención
Cordón de Acceso a Zona de Apoyo Cordón de Policía Acceso a Zona Fría ZONA DE INFLUENCIA O FRIA ZONA DE APOYO O TEMPLADA ZONA DE INTERVENCIÓN O CALIENTE

26 IMPLANTACIÓN Y MANTENIMIENTO
El Plan incorpora una serie de medidas para su difusión, implantación y mantenimiento que permitan la actualización permanente del catálogo de riesgos y el inventario de recursos. No obstante lo anterior, en la actualidad se puede afirmar que la implantación está conseguida para los tipos de riesgos previstos, y dentro de los niveles de emergencia que son competencia del Ayuntamiento de Madrid tanto en lo que respecta a los recursos humanos como a los recursos materiales.


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