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APROBACIÓN PROYECTO DE LEY AGRARIA DE LAS ILLES BALEARS (SEPTIEMBRE 2014)

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Presentación del tema: "APROBACIÓN PROYECTO DE LEY AGRARIA DE LAS ILLES BALEARS (SEPTIEMBRE 2014)"— Transcripción de la presentación:

1 APROBACIÓN PROYECTO DE LEY AGRARIA DE LAS ILLES BALEARS (SEPTIEMBRE 2014)

2 CONSIDERACIONES GENERALES  En las Illes Balears no se había abordado hasta ahora la promulgación de una ley que, con un efoque global, regulara la agricultura y el desarrollo rural.  Importancia de la activitat agraria desde el punto de vista social, territorial, paisajístico y mediambiental: -88% del territorio balear ocupado por zonas agrícolas/forestales. -El sector agrario balear representa el 1,4% del PIB de Balears.  La industria agraria de transformación de Balears es la de menor rentabilidad de toda Espanya. Margen bruto de explotación en Balears  1,2% (Canarias  18,1%).  El problema del relevo generacional en el sector: 68% de los agricultores baleares son mayores de 55.

3 CONSIDERACIONES GENERALES  Abandono progresivo de las fincas y explotaciones, así como de la gestión de los aprovechamientos forestales (amenaza de incendios).  Respeto a las competencias de los Consejos (en las islas menores, las competencias reglamentarias son de los Consejos) y de los Ayuntamientos en materia urbanística.  Consenso con el sector, con los partidos políticos y la sociedad civil.  El proyecto de Ley consta de 179 artículos, divididos en un título preliminar y diez títulos, cinco disposiciones adicionales, tres disposiciones transitorias, una disposición derogatoria, nueve disposiciones finales y un anexo.  Aprobación en Consejo de Gobierno (12 de septiembre 2014)  entrada en el Parlamento para su tramitación.

4 PRINCIPALES OBJETIVOS  Hacer frente a los problemas del sector agrario balear, fomentando la inversión y generando riqueza y ocupación.  Agilización administrativa en todo el relacionado con la actividad agraria.  Gestionar activamente el territorio y el medio ambiente desde la actividad agraria.  Fomento del sector agroindustrial con el fin de que traccione del sector productor y contribuya a garantizar la supervivencia de este.  Mejora de la eficacia y eficiencia de las estructuras de transformación y comercialización, para su adecuación a las exigencias del mercado.

5 PRINCIPALES OBJETIVOS  La mejora de la calidad de vida en las zonas rurales, favoreciendo especialmente el mantenimiento de la población vinculada a la actividad agraria.  Impulso de la producción y comercialización de los productos agrarios y agroalimentarios de las Illes Balears.  Reconocimiento del hecho insular y la compensación de sus efectos negativos sobre la actividad agraria y el mundo rural.  Mejora del conocimiento, la investigación y la innovación tecnológica en el ámbito agrario.  Fomento de las buenas prácticas agrarias y del bienestar animal, de la conservación de los recursos genéticos y la trazabilidad de los productos agrarios.

6 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Una Ley que da instrumentos al sector, no subvenciones  da “herramientas” para que los propietarios, los titulares de explotaciones agrarias sean capaces de generar rentas mínimas dignas, que como mínimo cubran los costes de explotación y mantenimiento.  Exige al Estado y a la UE el reconocimiento del hecho insular y la compensación de esta insulariadad  además, la Ley obliga al Gobierno a consignar en presupuestos las dotaciones económicas necesarias para hacer frente a la cofinanciación de la PAC, del PDR y de otros programas de ayudas cofinanciados. ASEGURAR EL PAGO DE AYUDAS Y EVITAR RIESGO DE PERDER COFINANCIACIÓN.

7 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Da facilidades para el inicio y desarrollo de la actividad agraria y de la complementaria  1)Elimina burocracia y disminuye plazos administrativos (los proyectos, las inversiones no pueden esperar). 2)Se permite el inicio de la actividad con una comunicación previa a la administración competente en materia agraria. 3)Se elimina el interés general para toda la actividad agraria y complementaria, considerando ambas como “uso admitido” en suelo rústico.

8 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Abre la puerta al desarrollo de actividades complementarias agroturísticas de diversificación agraria  1) Agroturismo y refugios  en edificios ya construidos 2)Agrocultura  enocultura, oleocultura, degustación de productes… 3)Agroocio  actividades ecuestres, excursionismo, rutas, hábitos saludables…

9 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Se definen con claridad las actividades agrarias y se crea la categoría de explotación preferente  -Explotación prioritaria. -Explotación cuyo titular sea un agricultor profesional. -Explotación cuyo titular sea una sociedad rural menorquina, una sociedad civil, una comunidad de bienes o cualquier otra forma asociativa en la cual al menos un 50 % de los socios sean agricultores profesionales. -Explotaciones que generen en ocupación una UTA agraria, forestal o combinación de ambas; unos ingresos agrarios mínimos del 10% de la renta de referencia; que tengan una superficie mínima en continuo de 10 Ha, en las cuales tendrán que cumplir las buenas prácticas reguladas en el marco de la Política Agraria Comunitaria.

10 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Principales beneficios para las explotaciones agrarias preferentes  1)Hacer CAMBIOS DE USOS DE EDIFICACIONES EXISTENTES para hacer actividades complementarias agroturísticas de diversificación agraria. NUNCA PARA DESTINAR A VIVIENDA. 2)Hacer venta directa y actividades de degustación de los productos de la explotación preferente y de los de la agrupación de titulares de explotaciones preferentes. 3)Instalar agroindustrias en suelo rústico para transformar la producción propia y la de los de la agrupación de titulares de explotaciones preferentes si procede, sin necesidad de la declaración de interés general, por estar considerada actividad complementaria.

11 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Desarrollo de la agroindustria y de la venta directa  como motor del sector y complemento de renta agraria 1)La industria de transformación agraria tendrá carácter de actividad complementaria cuando los productos elaborados o transformados lo estén a partir de ingredientes principales producidos en la propia explotación o en la agrupación de explotaciones preferentes. UN SECTOR FUERTE Y DINÁMICO QUE TIRE DE LA PRODUCCIÓN. 2) Los titulares de las explotaciones agrarias inscritos en los correspondientes registros agrarios tendrán el derecho a la venta directa  vender sin intermediarios los productos obtenidos de la actividad agraria y complementaria de la explotación agraria. 3) La superficie destinada a la exposición y venta de los productos no podrá ser superior en ningún caso a 150 m2.

12 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Consideración estratégica del sector equino  1)No estarán sujetos a declaración de interés general las actividades y edificaciones ecuestres que se realicen en el ámbito de una explotación agraria preferente y que no se dediquen a espectáculos públicos. 2)Actividad agroecuestre  cualquier actividad relacionada con los équidos, tanto la ganadera como la de ocio y tiempo libre, que se realice en el medio rural, vinculada y dependiente de una explotación agraria. 3)Censo en las Illes Balears  19.000 cabezas

13 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Compromiso del sector con el medio ambiente  1)Fomento de la reutilización y uso de aguas regeneradas para finalidades agrarias  de la mano del Plan Hidrológico. 2)Se regula la producción y gestión de los subproductos y los residuos agrarios. 3)Por primera vez, se regula la producción, almacenaje y gestión de estiércoles. Las explotaciones ganaderas deberán disponer de un sistema de almacenaje (permanente o temporal). DEMANDA ANTIGUA DEL SECTOR

14 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Impulso del sector forestal como una actividad agraria  aprovechamientos forestales 1)Consideración del sector forestal como una actividad agraria, con especial atención al impulso de su gestión y en busca de un valor de mercado de los aprovechamientos forestales, principalmente la biomasa, con el fin de generar economía y ocupación, mantener los ecosistemas y prevenir los incendios forestales. 2) Se regula la titularidad de los recursos y aprovechamientos forestales, madereros o no, de las explotaciones. Posibles recursos silvestres: madera, biomasa, productos cinegéticos, plantas medicinales/aromáticas, caracoles, espárragos, productos micológicos...GESTIÓN ACTIVA DEL BOSQUE. 3) La declaración estará sujeta al pago de una tasa a favor de la administración forestal y el acceso a los mismos podrá comportar cobro por parte del titular.

15 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO Fomento de los productos locales y de las marcas de calidad  1)Creación del Catálogo de Alimentos Tradicionales de las Illes Balears  con el objetivo de preservar y revalorizar nuestro patrimonio alimentario. Se incluirán los alimentos típicos y tradicionales de las Illes Balears  acreditar un mínimo de 30 años de producción, elaboración o comercialización en las Illes Balears. 2)Se incentivará la obtención de productos de origen y calidad diferenciados  productos de proximidad  positivo para la economía local y para el medio ambiente. 3)Fomento de las razas autóctonas.

16 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Fomento de la incorporación de jóvenes y mujeres en el sector  1)Creación del Registro Interinsular de Titularitdad Compartida  gestionado por el Govern 2)Tratamiento preferente para jóvenes, mujeres y personas con discapacidad en el acceso ajudas, aprovechamientos…  Impulso y unificación de los registros estadísticos y acceso del sector a la societat de la información  GRAN DÉFICIT 1)Creación de la Estrategia Balear de Mejora del Conocimiento Agrario  con el objetivo de mejorar el conocimiento agrario y agroalimentario de las Illes Balears. 2)Creación de una red de vigilancia fitosanitaria  con el objetivo de coordinar actuaciones ante posibles plagas, detección prematura…

17 PRINCIPALES ASPECTOS DE CONTENIDO  Otros temas  1)Creación de un Banco de Tierras  como instrumento que facilite el contacte entre la oferta y la demanda de fincas rústicas. 2)Declaración de zonas catastróficas  por medio de decreto-ley del Gobierno. Podrán articularse medidas paliativas y reparadoras, así como la financiación. Se exigirá que el riesgo no esté incluido en los planes de seguros agrarios. 3)Agrocompromisos  reglamentariamente, el Gobierno podrá establecer medidas de apoyo y fomento de compromisos de carácter intersectorial, ya sean ambientales, sociales, territoriales, urbanísticos o fiscales, entre el sector agrario y otros sectores productivos de las Illes Balears, con especial referencia al sector turístico, energético y de transportes. 4)Creación de la Conferencia sectorial de consejeros de los Consejos y del Gobierno  como órgano de cooperación y coordinación en materia agraria y agroalimentaria en asuntos de interés común.

18 MUCHAS GRACIAS


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