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ACTA DE ABANDONO DE EMPLEO Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO.

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1 ACTA DE ABANDONO DE EMPLEO Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE SINALOA

2 TÍTULO CUARTO ESTABILIDAD, SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DE LOS EFECTOS DE LA RELACIÓN LABORAL CAPÍTULO I ESTABILIDAD ARTÍCULO 56. Los trabajadores no podrán ser suspendidos ni cesados de sus empleos, sino por las causas y conforme a los procedimientos señalados en las leyes y reglamentos aplicables. ARTÍCULO 57. El cambio de titulares de las entidades públicas no afectará los derechos de los trabajadores. ARTÍCULO 58. En los reglamentos que al efecto se expidan se establecerán las bases que regirán los sistemas del servicio público de carrera.

3 CAPÍTULO III TERMINACIÓN ARTÍCULO 63. Son causas de terminación de los efectos del nombramiento sin responsabilidad para las entidades públicas: I. La renuncia del trabajador o el abandono de empleo; II. El mutuo consentimiento de las partes; III. La muerte del trabajador; IV. La incapacidad permanente física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo, siempre que tenga menos de quince años de servicio; y, V. El cese motivado por algunas de las causas a que se refiere el artículo 64.

4 ARTÍCULO 64. Son motivos de cese del trabajador: I
ARTÍCULO 64. Son motivos de cese del trabajador: I. Engañar el trabajador, o en su caso el Sindicato con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes y facultades de que carezca; II. Incurrir, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amagos, injurias o malos tratos en contra de sus superiores; III. Cometer, contra alguno de sus compañeros, cualesquiera de los actos enumerados en la fracción anterior, si como consecuencia de ellos se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo. IV. Cometer, fuera del servicio, contra sus superiores o familiares de éstos, algunos de los actos a que se refiere la fracción II, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relación de trabajo; V. Ocasionar intencionalmente perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas; en los edificios, obras, equipos, maquinaria, instrumentos y demás objetos y útiles relacionados con el trabajo; VI. Ocasionar los perjuicios de que habla la fracción anterior, siempre que sean graves, sin dolo, pero con negligencia tal, que ella sea la única causa del perjuicio;

5 VII. Comprometer por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del local en
que se presten los servicios o de las personas que se encuentren en él; VIII. Cometer actos inmorales en el local o lugar del trabajo; IX. Revelar o dar a conocer los asuntos de carácter reservado que lleguen a su conocimiento con motivo del trabajo; X. Tener más de cinco faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso o causa justificada; XI. Desobedecer, sin causa justificada, las ordenes que se le den con motivo del trabajo contratado; XII. Concurrir a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que en este último caso, exista prescripción médica, debiéndose entonces poner tal hecho en conocimiento del superior y presentar la prescripción suscrita por médico autorizado; XIII. Por prisión que sea el resultado de una sentencia ejecutoriada; XIV. Incumplir las condiciones generales de trabajo de la entidad pública, siempre que esta falta sea grave; y, XV. Las análogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes en lo que al trabajo se refiere.

6 ARTÍCULO 65. Cuando el trabajador incurra en alguna o algunas de las causales a que se refiere el artículo anterior, la entidad pública podrá levantar acta administrativa, con intervención del trabajador y un representante del Sindicato, en la que con toda precisión se asentarán los hechos, la declaración del trabajador afectado y la de los testigos que se propongan, actuación que se firmará por los asistentes, debiéndose entregar en ese mismo acto una copia al trabajador y otra al representante sindical.

7 TÍTULO SÉPTIMO PRESCRIPCIÓN CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES Prescriben en un mes: I. II. III. Las acciones de las entidades públicas para cesar a los trabajadores por causas justificadas, suspenderlos y para disciplinar sus faltas, computándose el plazo a partir del día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la causal de cese, suspensión o de la falta cometida.

8 FORMATO DE ACTA ADMINISTRATIVA ACTA ADMINISTRATIVA En la comunidad de Alhueycito, perteneciente al municipio de Mocorito, del Estado de Sinaloa, siendo las 12:30 horas del día 03 del mes de junio del año dos mil catorce; en el local que ocupa la Escuela Primaria Estatal Lic. Adolfo López Mateos, con clave de centro de trabajo 25EPR0383A, domicilio conocido y ante la presencia de la PROFESORA NEREYDA HERNÁNDEZ LÓPEZ, de 25 años de edad, con nombramiento de Supervisora Escolar de Educación Primaria Estatal de la zona 013, con domicilio particular en El Progeso , Mocorito , apercibido de las penas en que incurran los falsos declarantes, previstos en la fracción I del artículo 314 y demás aplicables del Código Penal para el Estado de Sinaloa y protestando conducirse con la verdad declara: que sabe y le consta que la C. TOMASA PÉREZ LÓPEZ, adscrito a la Escuela Primaria Lic. Adolfo López Mateos, quien prestaba sus servicios en ese lugar como maestra frente a grupo, ha faltado a sus labores los días 26,27,28, 29 y 30 de mayo del dos mil catorce, así como el 01,02 y 03, de junio del dos mil catorce, sin haber obtenido autorización de la superioridad y sin justificar su ausencia, causando con su irresponsabilidad graves perjuicios al servicio educativo; que lo anterior le consta porque presta sus servicios en el mismo centro de trabajo, que es todo cuanto tiene que declarar y leído que fue su declaración la ratifica en sus términos, la firma al margen para constancia y quien actúa con los declarantes testigos de cargo y de asistencia que firman al margen y al calce del presente documento, se procedió a levantar la presente acta administrativa en contra de la C. TOMASA PÉREZ LÓPEZ con plaza presupuestal de nombramiento base , para los efectos legales y administrativos a que haya lugar. En tal virtud, estando presente el C. ( SE ESCRIBE EL NOMBRE DEL TESTIGO) como primer testigo de cargo , con domicilio particular en (SE ESCRIBE EL DOMICILIO COMPLETO ), Sinaloa, apercibido de las penas en que incurren los falsos declarantes previstos en la fracción I del articulo 314 y demás aplicables del Código Penal para el Estado de Sinaloa y protestando conducirse con la verdad declara: que sabe y le consta que la C.TOMASA PÉREZ LÓPEZ, adscrito a la Escuela Primaria Lic. Adolfo López Mateos, quien prestaba sus servicios en ese lugar como maestra frente a grupo, ha faltado a sus labores los días 26,27,28, 29 y 30 de mayo del dos mil catorce, así como el 01,02 y 03, de junio del dos mil catorce, sin haber obtenido autorización de la superioridad y sin justificar su ausencia, causando con su irresponsabilidad graves perjuicios al servicio educativo; que lo anterior le consta porque presta sus servicios en la supervisión escolar de la cual depende el citado centro de trabajo, que es todo cuanto tiene que declarar y leída que fue su declaración la ratifica en sus términos, la firma al margen y al calce para constancia…. Retirado el testigo anterior comparece la C. (SE ESCRIBE NOMBRE DEL TESTIGO Y DOMICILIO COMPLETO), Sinaloa, apercibido de las penas en que incurren los falsos declarantes, previstos en la fracción I del articulo 314 y demás aplicables del Código Penal para el Estado de Sinaloa y protestando conducirse con la verdad declara: Que sabe y le consta que la C. TOMASA PÉREZ LÓPEZ adscrito a la Escuela Primaria Lic. Adolfo López

9 Mateos, quien prestaba sus servicios en ese lugar como maestra frente a grupo, ha faltado a sus labores los días 26,27,28, 29 y 30 de mayo del dos mil catorce, así como el 01,02 y 03, de junio del dos mil catorce, sin haber obtenido autorización de la superioridad y sin justificar su ausencia, causando con su irresponsabilidad graves perjuicios al sector educativo; que lo anterior le consta porque presta sus servicios en la supervisión escolar a la que pertenece el citado centro de trabajo, que es todo cuanto tiene que declarar y leída que fue su declaración la ratifica en sus términos y la firma al margen y al calce para constancia. En este acto se hace constar que el trabajador C. TOMASA PÉREZ LÓPEZ no compareció a esta diligencia, a pesar de haber sido notificado legalmente, para que ofreciera las pruebas que a su favor conviniere Concluida la presente acta administrativa, queda asentada que al trabajador afectado se le hará entrega una copia dela misma, una vez que se presente al centro de trabajo. CONSTANCIA: Una vez tomada la declaración a los testigos, se procedió a corroborar las inasistencias de la C.TOMASA PÉREZ LÓPEZ, quien no ha registrado su asistencia en el libro respectivo los días 26,27,28, 29 y 30 de mayo del dos mil catorce, así como el 01,02 y 03, de junio del dos mil catorce DETERMINACIÓN: En virtud de que la C. TOMASA PÉREZ LÓPEZ con clave presupuestal ( PONER LA CLAVE DE LA PLAZA ), filiación ( PONER LA FILIACIÓN), centro de trabajo (PONER EL NOMBRE DEL CENTRO DE TRABAJO), faltó a sus labores los días( PONER DÍAS UNO POR UNO, MES Y AÑO), causando graves perjuicios al servicio educativo perjuicio al servicio educativo y una vez dado cumplimiento a las garantías de audiencia y legalidad, el suscrito ( SE ESCRIBE EL NOMBRE DE LA AUTORIDAD ESCOLAR QUE LEVANTA EL ACTA YCARGO), determina: por conducto de la ( SE ESCRIBE EL NOMBRE DEL CENTRO DE TRANBAJO ) y de la Dirección de Educación Primaria de la Secretaría de Educación Pública y Cultura, turnarse la presente acta por cuadruplicado a la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Sector Educativo, para los efectos legales y administrativos que hubiere lugar con lo que se dio por terminada la presente acta administrativa, firmando los que en ella intervinieron, siendo las 12:30 horas (doce horas con treinta minutos) del día de su inicio ante la presencia de los testigos de asistencia que dan fé del acto

10 FUNCIONARIO PROFESOR VICTOR HUGO CHAVEZ GALLARDO DIRECTOR DE EDUCACION PRIMARIA SE ESCRIBE EL DOMICILIO PARTICULAR REPRESENTANTESS SINDICALES PROFESOR GENARO ENRIQUE NORIEGA VELÁZQUEZ SECRETARIO DE TRABAJOS Y CONFLICTOS DE SECUNDARIAS S.N.T.E. 53 PROFESOR RUBÉN ANDRES BENÍTEZ MOLINA SECRETARIO DE TRABAJOS Y CONFLICTOS DE PRIMARIA S.N.T.E.53 TRABAJADOR AFECTADO (SE ESCRIBE EL NOMBREDEL TRABAJADOR) TE S T I G O S D E C A R G O ADALBERTO ONTIVEROS CASTAÑEDA ENRIQUE LUIS NUÑEZ OSUNA SE ESCRIBEN LOS DOMICILIOS DE LOS TESTIGOS BAJO EL NOMBRE RESPECTIVAMENTE TESTIGOS DE ASISTENCIA LIC. FRANCIELA LICETH PATIÑO BURGOS C. ERNESTO GUTIERREZ DIAZ SE ESCRIBE EL NOMBRE DE LOS TESTIGOS BAJO SU NOMBRE RESPECTIVAMENTE

11 PASAR A LA AUTORIDAD RESPECTIVA EL ACTA ADMINISTRATIVA LO MÁS RAPIDO POSIBLE
NO OLVIDAR LAS FIRMAS , ESPECIALMENTE EN LAS PARTES DE LA DECLARACIÓN. PONER LOS DÍAS DE INASISTENCIAS UNO POR UNO, EJEMPLO : 01,02,03, 04, 05 ERROR: DEL 1 AL 5 LES SUGIERO REPORTAR 10 DÍAS HÁBILES RESGUARDAR EL ARCHIVO DELTRABAJADOR AFECTADO, POR CUALQUIER SITUACIÓN FUTURA


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