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Jefes de Unidades de Apoyo Administrativo.

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Presentación del tema: "Jefes de Unidades de Apoyo Administrativo."— Transcripción de la presentación:

1 Jefes de Unidades de Apoyo Administrativo.
Reunión de Trabajo Jefes de Unidades de Apoyo Administrativo. Grupo 2. Registro y Control de bienes e inventarios Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Octubre 01 de 2014

2 Acciones de la Dirección de Patrimonio
Emitió la Circular ICJyAL/ 0006/2014 de fecha 29 de Septiembre del año en curso, en el que se señala el procedimiento a seguir por parte de las Áreas Administrativas, en caso de contar dentro de sus inventarios, la posesión, uso y administración de un bien inmueble propiedad del Gobierno del Estado, siendo estas las siguientes: DEPENDENCIA: Deberán solicitar Acta de Entrega-Recepción del inmueble que se trate. ENTIDADES: Deberán solicitar Contrato de Comodato del Inmueble que se trate. Una vez obtenido dicho documento que les de la posesión legal del inmueble, deberán solicitar a la Dirección de Catastro Urbano y Rural del Estado, previo pago de Derechos, les proporcione la Cédula Avalúo Catastral a Valor Comercial del inmueble, que a su vez deberá ser declarado como valor real del activo fijo en sus estados financieros, debiendo proporcionar copia simple del mismo, a la Dirección de Patrimonio para su integración al expediente técnico del inmueble a que corresponda.

3 Acciones de la Dirección de Patrimonio
Los Organismos Centralizados que adquieran por recurso propio un bien inmueble, deberán remitir a la Dirección de Patrimonio para que este sea dado de alta en el Padrón de Inmuebles que conforman los Activos Fijos del Gobierno del Estado, el expediente técnico de propiedad correspondiente, el cual deberá contener: Escritura Pública debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Levantamiento topográfico georeferenciado. Constancia de Exención al Impuesto Predial. Constancias de Servicios Públicos. Dictamen de Riesgo, emitido por Protección Civil. Opinión Técnica de Impacto Ambiental, emitido por la Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural. Fotografías (Impresas y Digitales). Constancias de exención de Traslado de Dominio y del Permiso de Subdivisión en caso de que sea una fracción del todo. Factibilidad de Uso de Suelo expedido por el H. Ayuntamiento Municipal.

4 Acciones de la Dirección de Patrimonio
Los Organismos de la Administración Pública Descentralizada, conforme al artículo 38 y 39 fracción V, de la Ley Patrimonial de la Administración Pública del Estado de Chiapas deberán remitir a la Dirección de Patrimonio la información de los inmuebles que adquieran o enajenen con la finalidad de que sea incorporada al Sistema de Inmuebles, asimismo deberán remitir copia certificada de los documentos que acrediten la propiedad de sus bienes, croquis de ubicación y demás documentos que contengan los expedientes técnicos y en caso de enajenarse, copia de la autorización de su Órgano de Gobierno y de las escrituras correspondientes, de la misma Ley.

5 Acciones de la Dirección de Patrimonio
En caso que el bien sea una propiedad ejidal, sea la forma de adquisición (donación, compraventa), esta deberá observar el cumplimiento de una expropiación, de conformidad a los requisitos señalados en el artículo 60 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, los cuales son: Constancia de inexistencia de riesgo. Plano informativo de la superficie solicitada. Plano General Manzanero. Plano de Localización. Plano topográfico de la superficie a expropiar con cuadro de construcción. Plano vinculado al uso de suelo con la poligonal a expropiar. Acta de Cabildo en la cual el H. Ayuntamiento aprueba la obra. Constancia de la partida presupuestal autorizada. Plan Estatal de Desarrollo de Chiapas. Dictamen de Impacto Ambiental (SEMARNAT). Dictamen de Cambio de Uso de Suelo (SEDESOL).

6 Acciones de la Dirección de Patrimonio
Asimismo, deberá presentar copias certificadas de la carpeta básica y agraria, planos internos del ejido, copias simples del acta de elección de órganos de representación ejidal debidamente inscrita de quienes estuvieron en función a la firma de los Convenios de Ocupación Previa, así como también Acta de Asamblea en la que el ejido otorga anuencia y consentimiento para iniciar el procedimiento de expropiación federal, y cumplir con los establecido en los artículos 93, 94, 152 de la Ley Agraria y del artículo 3 de la Ley de Expropiación del Estado de Chiapas, ante la Secretaría General de Gobierno con atención a la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos, para que de conformidad al Artículo 28, fracciones XV y XVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, hasta su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Después de realizar lo anterior, deberán remitir a la Dirección de Patrimonio el expediente de la expropiación con la publicación correspondiente debidamente inscrita en la Delegación del Registro Público de la Propiedad y del Comercio a que corresponda, para su alta al patrimonio del Estado.

7 Acciones de la Dirección de Patrimonio
Para los Bienes Muebles, se ha observado la dificultad que las Dependencias y Entidades han encontrado en la regularización de los valores a otorgar a bienes obsoletos que por su naturaleza se encuentran fuera del mercado comercial y no es posible cotizar, esta Consejería Jurídica en acuerdo del grupo 2, punto 6, del Consejo de Armonización Contable del Estado de Chiapas (CACE), Registro y Control de Bienes e Inventarios, se acordó lo siguiente: “Los organismos públicos de la Administración Centralizada y Descentralizada, una vez agotadas las facilidades otorgadas en el Acuerdo emitido para la regularización de los bienes patrimoniales que no cuentan con valores reales para acreditar la propiedad de sus activos fijos, podrán llevar a cabo Actas Administrativas en las que señalen el valor comercial de cada uno de los bienes, contando con la participación de la Secretaría de la Función Pública, a través de la figura del Comisario Público o Contralor Interno asignado al ente público que se trate”.

8 Avances en el proceso de Conciliación, Registro y Control de Bienes Muebles
Organismo Público Levantamiento del Inventario Físico % de Avance Valuación o Costeo de bienes Conciliación de saldos Ajustes Contables Oficina de la Gubernatura del Estado En proceso 99 Concluido 100 41 BANCHIAPAS 70 Secretaría de Desarrollo y Participación Social 78 Sin avance Secretaría para el Desarrollo Sustentable de los Pueblos Indígenas 1 Instituto de Protección Social y Beneficencia Pública del Estado de Chiapas 50 Educación Federalizada 11 Secretaría del Campo 81 48 29 Secretaría de Pesca y Acuacultura 89 88 Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana 56 Secretaría de Transportes Instituto de Profesionalización del Servidor Público 45 10 Secretaría de Infraestructura y Comunicaciones 5 Coordinación de Transportes Aéreos 77 En proceso 60 Secretaría de Turismo 73 36 15 Secretaría de Economía Comisión Estatal de Mejora Regulatoria 75 Coordinación Ejecutiva del Fondo de Fomento Económico Chiapas Solidario (FOFOE) 90

9 Avances en el proceso de Conciliación, Registro y Control de Bienes Muebles
Organismo Público Levantamiento del Inventario Físico % de Avance Valuación o Costeo de bienes Conciliación de saldos Ajustes Contables Secretaría del Trabajo En proceso 50 Sin avance Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural Concluido 100 31 Coordinación Estatal para el Mejoramiento del Zoológico Miguel Álvarez del Toro 99 1 Secretaría para el Desarrollo de la Frontera Sur y Enlace para la Cooperación Internacional Instituto de la Consejería Jurídica y de Asistencia Legal 45 Instituto de Población y Ciudades Rurales 70 Secretaria para el Desarrollo y Empoderamiento de las Mujeres 75 59 Secretaría de Planeación, Gestión Pública y Programa de Gobierno 69 38 Tribunal Constitucional 96 Tribunal Electoral del Estado de Chiapas 90 Instituto de Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas 85 Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Chiapas, DIF- Chiapas 63 15 Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública 80 Centro Estatal de Prevención Social de la Violencia y Participación Ciudadana 42 77 Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas 8 Instituto de Educación para Adultos CONALEP Chiapas 28 Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Chiapas 30

10 Avances en el proceso de Conciliación, Registro y Control de Bienes Muebles
Organismo Público Levantamiento del Inventario Físico % de Avance Valuación o Costeo de bienes Conciliación de saldos Ajustes Contables Instituto de la Infraestructura Física Educativa del Estado de Chiapas En proceso 61 62 44 Sin avance Promotora de Vivienda Chiapas Concluido 100 Instituto Estatal de Agua 96 Instituto Casa Chiapas Centro Estatal de Control de Confianza Certificado del Estado de Chiapas 70 25 Coordinación General de Servicios Estratégicos de Seguridad 80 30 15 Instituto de Comunicación Social del Estado de Chiapas 75 Instituto AMANECER Universidad Politécnica de Chiapas 20 Universidad Intercultural de Chiapas Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chiapas 73 Colegio de Bachilleres de Chiapas 28 Instituto Tecnológico Superior de Cintalapa Instituto de Capacitación y Vinculación Tecnológica del Estado de Chiapas 53 Oficina de Convenciones y Visitantes Instituto Estatal de Evaluación e Innovación Educativa Sociedad Operadora del Aeropuerto Angel Albino Corzo 83 Nota: De 87 organismos públicos, 52 han informado avances sobre la actualización de los registros contables y patrimoniales, representado un 60%.

11 Avances en el proceso de Conciliación, Registro y Control de Bienes Muebles
Se remitió el oficio No. SH/SUBE/DGPCP/A/0661/14 a la Secretaría de la Función Pública, enviando el informe de avances en la actualización de los registros patrimoniales para su validación por los Contralores Internos y/o Comisarios Públicos, en razón a que la Dirección de Patrimonio comunicó que existen incongruencias entre las cifras informadas al CACE y las registradas en el SISMOB.

12 Reformas y adiciones a las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio
La Infraestructura son activos no circulantes, que: Se materializan por obras de ingeniería civil o en inmuebles; Son utilizados por la generalidad de los ciudadanos o destinados a la prestación de servicios públicos; Son obtenidos a título oneroso o gratuito, o construidos por el ente público; Son parte de un sistema o red, y Tienen una finalidad específica que no suele admitir otros usos alternativos. La inversión en infraestructura, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, mientras se encuentre en proceso, se registra atendiendo al Plan de Cuentas, en la cuenta Construcciones en proceso en bienes de dominio público o en la cuenta Construcciones en proceso en bienes propios;

13 Reformas y adiciones a las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio
Diferencias obtenidas de la conciliación física-contable y de la baja de bienes El reconocimiento inicial de las diferencias, tanto de existencias como de valores, que se obtengan como resultado de la conciliación física-contable de los bienes muebles, inmuebles e intangibles de los entes públicos, se reconocerán afectando las cuentas correspondientes al rubro Resultados de Ejercicios Anteriores y a la cuenta del grupo Activo No Circulante correspondiente; Las diferencias posteriores de valores que se obtengan como resultado de la conciliación física-contable de los bienes muebles, inmuebles e intangibles de los entes públicos, se reconocerán afectando las cuentas correspondientes al rubro Revalúos y a la cuenta del grupo Activo No Circulante correspondiente; Para el caso de la baja de bienes derivada, entre otros, por pérdida, obsolescencia, deterioro, extravío, robo o siniestro, ésta se registrará mediante abono a la cuenta de Activo no circulante que corresponda y un cargo a la cuenta Disminución de Bienes por pérdida, obsolescencia y deterioro.

14 Reformas y adiciones a las Reglas Específicas del Registro y Valoración del Patrimonio
Actualización de la Hacienda Pública / Patrimonio Atendiendo a la Norma Internacional de Contabilidad del Sector Público (NICS 10-Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias), se deberá actualizar el patrimonio cuando el Índice Nacional de Precios al Consumidor acumulada durante un periodo de tres años sea igual o superior al 100%; El efecto de la actualización de las cuentas de activo, pasivo y patrimonio (reexpresión) se realizará contra la cuenta Actualización de la Hacienda Pública/Patrimonio.

15 Acuerdos 1.- Informar el cumplimiento del proceso de actualización patrimonial al 31 de Octubre 2014; 2.- Acatar las nuevas disposiciones normativas emitidas por el CONAC y la Dirección de Patrimonio con relación al registro y control patrimonial de los bienes muebles e inmuebles; 3.-Próxima reunión 5 de Noviembre 2014


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