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DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES

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Presentación del tema: "DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES"— Transcripción de la presentación:

1 DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES
Retos para la CNBV y las SOFOMES ENR derivados de la Reforma Financiera DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA A MARZO 2014

2 REFORMAS A LA LGOAAC 3 DE AGOSTO DE 2011 SAT CNBV 3,700 entidades
CENTROS CAMBIARIOS SAT CNBV TRANSMISORES DE DINERO SOFOMES ENR 3,700 entidades

3 OBLIGACIONES PLD/FT Oficial de cumplimiento
Obligaciones que actualmente deben enviar las SOFOMES ENR a través del SITI Oficial de cumplimiento Comité de comunicación y control Manual en materia de PLD/FT Informe de auditoría Identidad de la persona o grupo de personas que ejercen el control de la sociedad Transmisión de acciones por más del 2 % Reportes de operaciones Relevantes, Inusuales e Internas Preocupantes

4 REFORMA FINANCIERA LGOAAC
Sujetos obligados no tradicionales Registro y Renovación Dictamen Técnico en materia de PLD/FT Se adicionó la facultad a la CNBV para solicitar información o documentación.

5 REFORMA FINANCIERA lgoaac
12 parcialidades a más tardar el primer día hábil de cada mes. Durante el primer trimestre del ejercicio fiscal correspondiente, en cuyo caso se disminuirá en un 5 %. Supervisión $ 31,083 LEY FEDERAL DE DERECHOS Si se cubre la cuota de supervisión durante el primer trimestre del año y, adicionalmente en el mismo periodo, se realiza el pago por concepto del Dictamen Técnico se enterará únicamente el 70 % de la cuota establecida por dicho concepto. En una sola exhibición en virtud de que dicho concepto se extingue en un solo acto al momento del otorgamiento del Dictamen por lo que no es posible fraccionar su pago en el tiempo. Dictamen Técnico $ 20,000

6 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Línea del tiempo
Publicación de las Disposiciones para la emisión del Dictamen Técnico Publicación de la Reforma Financiera Emisión de las Disposiciones en materia de Registro en SIPRES (CONDUSEF). SOFOMES ENR deberán solicitar el Dictamen técnico. Emisión de Dictamen Técnico, caso contrario, aplica positiva ficta. Día 1 Día 60* Día 270 natural Emisión de Dictamen Técnico y renovación de Registro Día 270 natural Día 540 natural * Días hábiles

7 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Proyecto del Procedimiento
INICIO DE PROCESO Ingreso al SITI. Cuenta con usuario y clave de activación. Generar usuario y clave de activación. Renovación de Dictamen Técnico. Solicitud de Dictamen Técnico. Anexar la documentación e información señalada en las disposiciones. Cumple con los requisitos. No presenta tachaduras, enmendaduras, o alteraciones. Prevención de 10 días hábiles. Desahoga. Desecha. Suspende el plazo. Emite acuse de recibo electrónico (60 días) Emisión dentro del periodo vigente. Dictamen Técnico. Fin del Proceso Quedarán a salvo sus derechos para presentar una nueva solicitud para el mismo fin. Constancia de Positiva Ficta de Dictamen Técnico.

8 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Información
Denominación o razón social del Sujeto Obligado. Datos del representante o apoderado legal. Datos del Oficial de Cumplimiento. En su caso, datos de los integrantes del Comité de Comunicación y Control. Cuestionario que permita verificar que tanto las políticas de identificación y conocimiento de sus clientes o usuarios, así como los criterios, medidas y procedimientos internos se ajustan a lo previsto en las Disposiciones de carácter general en materia de PLD/FT. Cuestionario que permita acreditar que el Oficial de Cumplimiento conoce las responsabilidades y obligaciones inherentes a su cargo. INFORMACIÓN

9 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Documentación
Documentos de políticas de identificación y conocimiento del cliente o usuario, así como de criterios, medidas o procedimientos en materia de PLD/FT. Comprobante emitido por la institución bancaria en el que conste el pago por concepto del estudio, trámite y, en su caso, emisión o renovación del Dictamen Técnico. Manifestación bajo protesta de decir verdad de que las Sociedad cuenta con el sistema automatizado en materia de PLD. En su caso, el consentimiento para que la CNBV dé a conocer en su portal de Internet la información relacionada al cumplimiento normativo en materia de PLD/FT. Instrumento público en el que conste el poder otorgado al representante o apoderado legal. DOCUMENTACIÓN

10 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Documentación
La manifestación bajo protesta de decir verdad por parte del Oficial de Cumplimiento relativa a lo siguiente: Conoce las responsabilidades y obligaciones derivadas del cargo. No se desempeña como Oficial de Cumplimiento en otro Sujeto Obligado. Forma parte del Comité de Comunicación y Control, en su caso. Cuenta con experiencia y conocimientos en materia de PLD/FT. Es funcionario de la SOFOM ENR y no forma parte de las áreas comerciales u operativas de éste. No ha sido sentenciado por delito grave o patrimonial relacionado con sus funciones. DOCUMENTACIÓN

11 REFORMA FINANCIERA Dictamen Técnico Documentación
Para la renovación del Dictamen Técnico, la CNBV tomará en consideración : El cumplimiento que la SOFOM ENR dé a lo dispuesto en el artículo 95 Bis de la Ley, así como a las disposiciones que de este deriven. Aquellos casos en los que se hayan notificado actos administrativos relativos a recomendaciones u observaciones, acciones y medidas correctivas. El Informe de Auditoría. RENOVACIÓN DEL DICTAMEN TÉCNICO Al menos 150 días naturales previos a su vencimiento.

12 REFORMA FINANCIERA LCNBV Certificación
Como resultado de la Reforma Financiera, la CNBV podrá: La finalidad es verificar el cumplimiento del régimen de PLD/FT a los centros cambiarios, transmisores de dinero y SOFOMES ENR. - Auditores externos independientes - Oficiales de cumplimiento - Demás profesionales Certificar A efecto de que, coadyuven con la CNBV cuando ésta los contrate, para verificar el cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas en materia de PLD/FT. - Auditores - Demás profesionales La renovación de la certificación será cada 5 años. 12

13 REFORMA FINANCIERA Modificaciones al artículo 95 Bis de la LGOAAC
Se adiciona la facultad a la SHCP para la emisión de lineamientos sobre el procedimiento y criterios que los Sujetos Obligados No Tradicionales deberán observar respecto de: Asimismo se adicionó la facultad a la CNBV para emitir disposiciones de carácter general, que establezcan mejores prácticas, guías y lineamientos, para el cumplimiento en materia de PLD/FT. Sistemas Automatizados Estructuras internas 13

14 REFORMA FINANCIERA LGOAAC Sanciones graves
Son consideradas infracciones graves: La falta de presentación a la CNBV, del documento de políticas de identificación y conocimiento del usuario. Operaciones no reportadas. No contar con sistemas automatizados. No establecer estructuras internas. La CNBV deberá hacer públicas, a través del portal de internet, las sanciones que imponga por infracciones a la LGOAAC o sus disposiciones. 14

15 REFORMA FINANCIERA LGOAAC PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN
Se podrán someter a la autorización de la CNBV cuando se detecten irregularidades o incumplimientos a lo previsto en la LGOAAC y demás disposiciones aplicables. Se sujetarán a las disposiciones de carácter general que emita la CNBV. Deberán contener: Las irregularidades o incumplimientos cometidos indicando las disposiciones que se hayan considerado contravenidas. Las circunstancias que los originaron. Las acciones adoptadas o que se pretendan adoptar para corregirlos. En caso de que se requiera de un plazo para subsanarlos, el programa deberá incluir un calendario detallado de actividades a realizar para ese efecto. PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN 15

16 REFORMA FINANCIERA LGOAAC PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN
No podrán ser materia de un programa de autocorrección :  Las irregularidades o incumplimientos que sean detectados por la CNBV en ejercicio de sus facultades de inspección y vigilancia antes de la presentación del programa. Cuando la contravención a la norma de que se trate, corresponda a alguno de los delitos contemplados en la LGOAAC. Cuando se trate de alguna de las infracciones consideradas como graves. PROGRAMAS DE AUTOCORRECCIÓN 16


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