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RESTRICCION DEL CRECIMIENTO INTRAUTERINO
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DEFINICION Crecimiento fetal menor y que se corresponde con un peso al nacer inferior al percentilo 10 de la curva de peso/edad gestacional para esa población
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Es recomendación de la OMS que los centros usen curvas de peso actualizadas y representativas de su población
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CLASIFICACION TIPO I o SIMETRICO TIPO II o ASIMETRICO TIPO III o MIXTO
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TIPO I Incluye a los RN que no recibieron nutrientes necesarios desde el primer trimestre. Se supone un compromiso precoz con reducción generalizada de todos los órganos y sistemas.
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Tiene una disminución armónica de la talla, el peso y la circunferencia craneana
Se debe a causas de aparición temprana y acción prolongada
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La primera fase del crecimiento fetal va desde la concepción hasta el comienzo del segundo trimestre e involucra la HIPERPLASIA celular. Luego sigue un periodo de HIPERPLASIA e HIPERTROFIA que involucra multiplicación celular y crecimiento orgánico
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En una tercera fase después de las 32 semanas de gestación hay principalmente HIPERTROFIA.
Cuando hay una lesión temprana que causa una anormalidad intrínseca en el desarrollo celular da como resultado una disminución relativa de la cantidad y del tamaño de las células
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TIPO II Incluye los RN que sufrieron condiciones adversas de crecimiento desde las 27 semanas de gestación hasta el termino. Presentan menor peso con adecuado crecimiento en longitud
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La afección es mayor en algunos órganos y sistemas que otros.
La talla y el perímetro cefálico pueden estar conservados o algo disminuidos pero siempre en menor proporción
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Si la agresión es producida en el tercer trimestre como por ej
Si la agresión es producida en el tercer trimestre como por ej. una insuficiencia placentaria por hipertensión puede provocar una disminución de la transferencia y el almacenamiento hepático de glucosa disminuyendo el diámetro abdominal
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En forma simultanea hay un desvío de nutrientes y oxigeno hacia el cerebro lo que permite un normal crecimiento de la cabeza. Ecográficamente hay un aumento relativo en la relación cerebro - hígado
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OTRA FORMA DE CLASIFICAR RCIU
RCIU intrínseco: en estos fetos la causa de la restricción es una condición fetal con anomalías cromosomicas. RCIU extrínseco: en estos fetos la causa reside en elementos externos a el
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RCIU combinado : coexisten factores tanto intrínsecos como extrínsecos que reducen el potencial del crecimiento. RCIU idiopático : no se reconocen elementos causales
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ETIOLOGIA Factores maternos : madre con peso pregestacional menor a 50 kg y talla menor a 1.50 ; escasa ganancia de peso en el embarazo ; HTA insuficiencia cardiaca ; TORCH ; tabaquismo ; drogadicción ; SAF
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Factores fetales : malformaciones ; gemelaridad ; anomalías cromosomicas.
Factores ovulares : anomalías placentarias (coriangioma) ; anomalías de cordón (arteria única)
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DIAGNOSTICO Identificación de la población de riesgo en la anamnesis de la primer consulta. Medición de la altura uterina que obliga a descartar RCIU cuando nos da 4 cm por debajo de la edad gestacional hasta las 32 semanas
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Ecografía obstétrica para seguimiento y control del crecimiento fetal, teniendo siempre en cuenta edad gestacional por FUM y ecografía precoz - La medición del perímetro abdominal es el mejor predictor único de las mediciones ecograficas.
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- La disminución del liquido amniótico es otro parámetro que inclina al RCIU.
- El grado de madurez placentaria es otro signo de sospecha. El Doppler es de utilidad para seleccionar fetos con RCIU que requieran mayor monitorización de su vitalidad
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La Cordocentesis permite determinar el cariotipo fetal muy útil en caso de RCIU severo y precoz.
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SEGUIMIENTO Intentar el diagnostico etiológico usando todos los métodos posibles para establecer tratamiento de la causa. Reposo en cama con preferencia del DLI Perfil biofísico y doppler según estado de vitalidad fetal
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En fetos prematuros hacer ecografía cada 2 semanas; perfil biofísico y doppler semanal o diario según estado vital. La conducta será expectante con MPF si la vitalidad esta conservada, evaluando siempre costo beneficio entre RCIU y PREMATUREZ.
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En embarazo al termino finalizar embarazo.
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