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National Geographic Channel

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Presentación del tema: "National Geographic Channel"— Transcripción de la presentación:

1 National Geographic Channel
En el vientre materno Documental, por primera vez, filmación dentro del útero materno con una minicámara de los nueve meses de gestación (abril/2005). En este link puede verse la parte que corresponde a las 12 semanas, límite para el derecho de abortar según el proyecto de ley de salud sexual y reproductiva.

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4 El ADN Adenina Timina Guanina Citosina
Junto con los datos de difracción de rayos X proporcionados por Rosalind Franklin; James Watson y Francis Crick propusieron en 1953 el modelo de la doble hélice de ADN para representar la estructura tridimensional del polímero. En 1962, después de la muerte de Franklin, los científicos Watson, Crick y Wilkins recibieron conjuntamente el Premio Nobel en Fisiología o Medicina. Sin embargo, el debate continúa sobre quién debería recibir crédito por el descubrimiento

5 Secuenciación del Genoma
1980 Fred Sanger y Wally Gilbert reciben el Premio Nobel de química. 2001 El Proyecto Genoma Humano publica el borrador de la secuencia del genoma humano en Nature el 15 de Febrero. La empresa Celera publica la secuencia del genoma humano ese mismo año.

6 Régimen legal actual Ley 9763, enero de 1938
Artículo 1º. Modificase el capítulo IV, título XII del libro II del promulgado por la ley número , de 4 de Diciembre de 1933, y declárase delito el aborto, cuya sanción se realizará en los términos siguientes : "Artículo 325. Aborto con consentimiento de la mujer. La mujer que causare su aborto o lo consintiera será castigada con prisión de tres a nueve meses. Artículo 325 (bis). Del aborto efectuado con la colaboración de un tercero con el consentimiento de la mujer. El que colabore en el aborto de una mujer con su consentimiento por actos de participación principal o secundaria será castigado con seis a veinticuatro meses de prisión. Artículo 325 (Ter). Aborto sin consentimiento de la mujer. El que causare el aborto de una mujer, sin su consentimiento, será castigado con dos a ocho años de penitenciaría. Artículo 326. Lesión o muerte de la mujer. Si a consecuencia del delito previsto en el artículo 325 (bis), sobreviniere a la mujer una lesión grave o gravísima, la pena será de dos a cinco años de penitenciaría y si ocurre la muerte, la pena será de tres a seis años de penitenciaría.

7 El aborto es siempre delito
Pero: A. la mujer PUEDE no ser castigada: Si invoca razones de honor (suyo o de un tercero) Si invoca razones económicas B: La mujer NO SERÁ castigada: Si fue por violación Por causas graves de salud Y siempre que haya sido hecho por un médico y dentro de los 90 días de la concepción Si a consecuencia del delito previsto en el artículo 325 (Ter.) sobreviniere a la mujer una lesión grave o gravísima, la pena será de tres a nueve años de penitenciaría y si ocurriese la muerte, la pena será de cuatro a doce años de penitenciaría. Artículo 328. Causas atenuantes y eximentes. Inciso 1º. Si el delito se cometiere para salvar el propio honor, el de la esposa o un pariente próximo, la pena será disminuida de un tercio a la mitad, pudiendo el Juez, en el caso de aborto consentido, y atendidas las circunstancias de hecho, eximir totalmente de castigo. El móvil del honor no ampara al miembro de la familia que fuera autor del embarazo. Inciso 2º. Si el aborto se cometiere sin el consentimiento de la mujer, para eliminar el fruto de la violación, la pena será disminuida de un tercio a la mitad y si se efectuare con su consentimiento será eximido de castigo. Inciso 3º. Si el aborto se cometiere sin el consentimiento de la mujer, por causas graves de salud, la pena será disminuida de un tercio a la mitad y si se efectuare con su consentimiento o para salvar su vida será eximida de pena. Inciso 4º En caso de que el aborto se cometiere sin el consentimiento de la mujer por razones de angustia económica el Juez podrá disminuir la pena de un tercio a la mitad y si se efectuare con su consentimiento podrá llegar hasta la exención de la pena.

8 IMPUNIDAD Inciso 5º Tanto la atenuación como la exención de pena a que se refieren los incisos anteriores regirá sólo en los casos en que el aborto fuese realizado por un médico dentro de los tres primeros meses de la concepción. El plazo de tres meses no rige para el caso previsto en el inciso 3º". Artículo 2º. Cuando se denunciare un delito de aborto, los Jueces de Instrucción, procederán en forma sumaria y verbal a la averiguación de los hechos, consignando el resultado en acta. Si de las indagaciones practicadas, llegaran a la conclusión de que no existe prueba o de que el hecho figura entre aquellos que el Juez puede eximir totalmente de castigo, mandarán clausurar los procedimientos, siendo su resolución inapelable. En los demás casos se continuará el procedimiento, observándose los trámites ordinarios. Artículo 3º. El médico que intervenga en un aborto o en sus complicaciones deberá dar cuenta del hecho, dentro de las cuarenta y ocho horas, sin revelación de nombres, al Ministerio de Salud Pública. El Juez no podrá llegar al procesamiento de un médico por razón del delito de aborto sin solicitar, previamente, informe al Ministerio de Salud Pública, quien se expedirá luego de oír al médico referido.

9 Procedimiento Instrucción en forma sumaria y verbal
si comprueba causa de exoneración: clausura inapelable. si no, continúa según reglas generales aborto legal: comunicación del médico dentro de 48 hs. condición de procesabilidad, informe del MSP aborto clandestino: no rige condición de procesabilidad. Artículo 4º. Deróganse las disposiciones que se opongan a la presente ley. Artículo 5º. Comuníquese, etc. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo a 24 de Enero de 1938.

10 Proyecto de Ley de Salud Reproductiva
Régimen propuesto Proyecto de Ley de Salud Reproductiva

11 ESTABLECE QUE EL ABORTO ES UN DERECHO
Copia leyes viejas extranjeras de 30 años. La ciencia avanzó mucho desde entonces. FAVORECE EL ABORTO. Contraría Constitución (art.42, maternidad) y Tratados (Pacto de San José, art. 4°, obliga a proteger la vida humana desde la concepción, L ). EXCLUYE AL PADRE DE LA CRIATURA Califica al aborto como un acto médico.

12 Contraría la libertad de empresa
Obliga a todas las mutualistas a practicarlo. No respeta la objeción de conciencia Los médicos deben decir si lo harán o no. Si dicen que lo harán, luego no se pueden negar (objeción de conciencia). No puede ser un acto comercial.

13 Liberalización del aborto
Experiencias extranjeras A assim chamada proposta minoritária do Projeto Alternativot, da qual fui co-autor em 1970, sugeria vincular uma solução de indicação com generosos auxílios financeiros, sociais e familiares, que deveriam solucionar os problemas e conflitos da gestante, fazendo desaparecer o desejo de abortar. Talvez este fosse ainda hoje o melhor modelo para proteger a vida em formação. Mas que Estado empenhará os meios financeiros e estruturais necessários para realizar um tal projeto? O Projeto Alternativo de Código Penal foi uma iniciativa de um grupo de professores, entre os quais ROXIN, apresentando ao Parlamento Alemão (Bundestag) pelo Partido Liberal-Democrático (FDP), e que influenciou, em grande parte, o StGB, atualmente vigente, e as várias leis de reforma que sucederam nesas últimas três décadas. Como a nota de rodapé 4, p. 35 e ss.. A proteção da vida humana a través do Direito Penal* ** Claus Roxin ** Conferência de encerramento do Congresso de Direito Penal em homenagem ao Professor Claus Roxin, realizado nos dias 06 e 07 de março de 2002, com organização do Site Mundo Jurídico, Centro Acadêmico Cândido de Oliveira (CACO) e Grupo de Estudos da Faculdade Nacional de Direito UFRJ.

14 USA (Primeros 10 años) Revista Newsweek, año 1982.

15 Cifra de Abortos en España después de su despenalización en 1985
“ABORTO: DESMITIFICANDO LAS CIFRAS” Por Jorge Scala Artículo publicado en la Revista La Justicia Uruguaya, setiembre de Ministerio de Sanidad y Consumo e Instituto Nacional de Estadística

16 Número y variación anual de abortos por grupos de edades
Abortos en España Número y variación anual de abortos por grupos de edades 2006 2007 Edad Núm. Var. Todas las edades 10,83% 10,38% < 20 13.894 7,85% 15.307 10,17% 20-24 25.392 6,63% 28.242 11,22% 25-29 25.320 13,25% 27.581 8,93% 30-34 18.736 13,89% 21.240 13,36% 35-39 13.037 14,77% 14.054 7,80% >39 5.213 8,60% 5.714 9,61% Fuente:

17 Tasa de Abortos “legales” antes y después de su despenalización
Estadísticas oficiales del gobierno de los Estados Unidos de América. "Abortion Statistics: England and Wales", Año

18 Desarollo en Polonia -) 1993: Penalización -) del Aborto en la -) -) -) mayoría de los -)-- -) -) casos -) fines de 1996: ) Aprobación de una --) ley despenalizando --) el aborto, la cual fue -) anulada a los pocos -) meses "World Population Monitoring", ONU, Años 2002 y

19 Falta de correlación estadística entre liberalización de aborto y disminución de la mortalidad materna Cifra de muertes maternas cada nac. vivos Elam-Evans, L. et al., "Abortion Surveillance United States 2.000", Centers for Disease Control, Año "Maternal mortality in 2000: Estimates developed". OMS, UNICEF y FNUAP, Año 2004. Rojo = Aborto permitido Verde = Aborto Prohibido

20 Muertes de madres por aborto en Uruguay
1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 Aborto espontáneo 1 1 1 2 Otro aborto 1 3 2 1 Aborto no especificado Fuente: Informe del MSP (octubre 2006) firmado por la ministra Dra. María Julia Muñoz, a pedido del diputado Dr. Javier García. “Aborto espontáneo”: supone causas naturales. “Otro aborto”: abortos provocados. “Aborto no especificado”: no se registró en el acta de defunción de la madre si fue espontáneo o provocado. 3 4 4 2 1 1 Total 3 1 8 5 6 2

21 Importancia de la atención especializada del parto
Muertes maternas cada nac. vivos "Making Motherhood Safer", Population Reference Bureau, Año 1% 3% 8% 9% 10% 21% 48% - % de Partos sin atención

22 Muertes Maternas en Finlandia (cada 100
Muertes Maternas en Finlandia (cada mujeres durante el período de los años 1987 – 2000) Gissler et al., "Pregnancy-associated mortality after birth, spontaneous abortion, or induced abortion in Finland, ", American Journal of Obstetrics and Gynecology, 2004:

23 Mujeres muertas a causa de un aborto en Polonia
Aborto permitido "World Population Monitoring 2002". Naciones Unidas (ONU), Año 2004. López López, Pablo, "El abortismo en Polonia ya ha sido abolido", pro manuscripto, Año Aborto prohibido

24 Tasa de suicidos de mujeres en Finlandia (cada 100.000 mujeres)
Gissler, Hemminki y Lonnqvist, "Suicides after pregnancy in Finland, : register linkage study". British Journal of Medicine 313:1431-4, 1996.

25 Soluciones y Alternativas
A. La ayuda familiar Se propone facilitar la posibilidad de que terceras personas puedan ayudar directamente con aportes económicos a familias carenciadas con el especial destino de ser aplicadas a la manutención y educación de los hijos menores. De esta forma los hijos de familias humildes no son desvinculados de su hogar natural, por recibir una asistencia eficaz cuando la necesiten. Para esto, se debe establecer un mecanismo de fiscalización para garantizar que la ayuda sea realmente aplicada para el destino previsto. Podría también beneficiarse fiscalmente a quienes presten esta ayuda, sean personas humanas o jurídicas. B. Empresa y Familia En Canadá, el Consejo del Estatuto de la Mujer ha empezado a otorgar unos premios anuales para las empresas que tomen medidas concretas para conciliar trabajo y familia. El pasado año, la empresa Merck Frosst Canada ganó el primer premio de su categoría por establecer programas tendientes a conciliar trabajo y familia.

26 Propuesta alternativa (I)
1. La ayuda familiar. 2. Premio a empresas que fomenten la relación entre trabajo y familia. 3. Asignación familiar de emergencia. Entre estos programas se destacan la flexibilización del horario laboral, la autorización del teletrabajo, la compresión de la semana laboral -más horas en menos días-, la posibilidad de trabajo part-time, o de compartir la jornada laboral con otra persona. La política de esta empresa, es muy simple: más que la presencia del trabajador en la empresa, lo que importa es que el trabajo se haga. En Alemania, parte de las contribuciones de los trabajadores a la seguridad social, se establecen de acuerdo con el número de hijos que tienen. Porque, de acuerdo con el Tribunal Constitucional alemán, "quienes tienen hijos contribuyen a la supervivencia del sistema de Seguridad Social, y por tanto deben disfrutar de beneficios respecto de quienes no contribuyen con descendencia". C. La asignación familiar de emergencia Es notorio que la prestación de seguridad social denominada asignación familiar, orgullo de nuestro sistema solidario, se ha visto desvirtuada en su planteamiento original, como consecuencia de la desvalorización monetaria, y la despreocupación de los sucesivos gobiernos al respecto. Considerando el deterioro de las prestaciones de seguridad social, se opta por introducir un mecanismo que asegure los fines de justicia social y solidaridad que se persiguen con la asignación familiar. Se ha de partir de un monto que responda a las necesidades económicas para la manutención de un menor en la actual coyuntura.

27 Propuesta alternativa (II)
4. Adecuación de la asignación familiar actual. 5. Prioridad en la asignación de viviendas de emergencia. D. Vivienda. También se establece en la Constitución, y con carácter general, el derecho a la vivienda decorosa, en su artículo 45. El tema de la vivienda es uno de los principales problemas que deben resolverse para lograr un adecuado desarrollo de la institución familiar. Se puede dar preferencia a la mujer embarazada para el acceso a viviendas sociales, sin que esto signifique una erogación para el Estado. La referencia a las dificultades económicas es reiterada entre las mujeres de nivel socio-económico bajo, e incluso, entre las de nivel medio. Estas dificultades son de diversa índole, pero entre ellas cabe destacar la carencia de vivienda como una preocupación clave, en tanto la necesidad de un espacio físico estable y propio es sentida como fundamental. E. Adopción nacional e internacional Respecto de las adopciones en el país, los organismos que trabajan en el tema, han sido contestes en afirmar que el número de parejas que buscan adoptar, es de cuatro a seis veces superior al de los niños que esperan ser adoptados. También parece existir un círculo vicioso que hace que los trámites sean desesperadamente lentos. Existe, no obstante, una tendencia creciente, año a año, en los procesos de adopción.

28 Propuesta alternativa (III)
6. Adopción internacional. 7. Adopción: facilitación de trámites y requisitos. 8. Adopción plena por entrega voluntaria. El proyecto la simplifica y la facilita. Además, se introduce la adopción internacional, con la cual se busca promocionar y dar cauce legal a una situación de ayuda solidaria privada, fomentando la generosidad de aquellos que estando en el extranjero (extranjeros o uruguayos), están dispuestos a colaborar en la financiación de la crianza de menores de familias uruguayas más pobres. Muchas ONG, personas y familias con recursos desearían ayudar pero no están seguras de que -a la distancia- no se desvíen los fondos que aportan. Ello se logra con una solución que pretende conjuntar la dignidad de la familia beneficiaria, el contralor por parte del benefactor del destino de su ayuda, y el interés del menor que se mantiene en el seno de su núcleo de vida original, sin ningún cambio que altere su estabilidad afectiva. Por este proyecto se genera un mecanismo de fiscalización para que quienes están en el extranjero puedan saber que su ayuda llega realmente a la persona a la que quieren beneficiar. Asimismo se les otorga un derecho de visita para que puedan conocer y tratar al menor que asisten. Se instituye la adopción por entrega directa que –hoy por hoy- supone un castigo de hasta 8 años de penitenciaría para la mujer que da y para quien recibe (art. 258 CP)

29 Propuesta alternativa (IV)
9. Suplencia por licencia materna. --0-- F. Centros de acogida maternal Se propone recoger también una experiencia exitosa de otros países, donde se ha logrado cambiar situaciones de riesgo de aborto, por nacimientos en un ambiente adecuado. El propósito de los centros de acogida es brindar fundamentalmente alojamiento y compañía a las mujeres embarazadas en situaciones de desamparo. También prestan asistencia médica y psicológica, facilitando posteriormente la crianza de sus hijos, con un apoyo que continúa luego del nacimiento, así como la inserción laboral de las madres necesitadas. Estos centros se financiarían en parte con un fondo público creado a tales efectos, que no supone mayor erogación para el Estado que lo que podría suponer la financiación de los abortos. Deberán cumplir con ciertas exigencias que aseguren el logro de los cometidos explicitados. Estas instituciones existen también en Uruguay y se autofinancian, aunque con muchas dificultades. Realizan una tarea muy sacrificada, y discreta por la índole de la misma. No es necesario crearlos, sino simplemente fomentar su conocimiento en la población y apoyarlos. Son una ayuda real y directa.

30 Protección al embrión Se establece el principio de su intangibilidad, a no ser en su propio beneficio (curar su salud, proteger su vida). (viene de la anterior) G. Suplencias por licencia maternal. Finalmente, las suplencias por licencia maternal que se propone en este proyecto, suponen una modificación que coadyuva a proteger a la trabajadora grávida sin causar un perjuicio económico para la empresa donde trabaja. Esta propuesta evitaría la discriminación hacia la mujer, evitando el "handicap" que supone la posibilidad de un embarazo, instrumentando de este modo compromisos internacionales que obligan al país (Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, ONU, 1979, Resoluciones de El Cairo y documentos emanados de la Conferencia de Pekín). En síntesis, se trata de un estímulo fiscal para los empleadores que contraten mujeres. H. El embrión humano El proyecto se completa con disposiciones tendientes a tutelar al embrión humano frente a las nuevas posibilidades de agresión que significan las más recientes intromisiones en su vida e integridad


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