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Ministerio de Salud y Protección Social República de Colombia

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Presentación del tema: "Ministerio de Salud y Protección Social República de Colombia"— Transcripción de la presentación:

1 Ministerio de Salud y Protección Social República de Colombia

2 Decreto de Por el cual se establece el procedimiento para el pago de las Deudas del Régimen Subsidiado de Salud

3 PROPÓSITOS DE LA NORMA Sanear deudas del R.S del periodo 1996 a marzo de (contratos) Deudas reconocidas por la Entidad Territorial que a la fecha no pagadas. Procedimiento para usar los recursos previstos en la norma. (cuentas maestras, FAEP, Propósito General de Libre inversión, regalías)

4 ASPECTOS A TENER EN CUENTA
Se privilegiarán las deudas del R. S. más antiguas. El giro de estos reconocimientos se hará en todos los casos a los prestadores públicos y si los recursos disponibles son mayores que las deudas de estos prestadores, se pagará a los otros prestadores (privados)

5 ASPECTOS A TENER EN CUENTA
Se posibilita la constitución de una sola bolsa de recursos de la cuenta maestra, sin importar el periodo de contratación que financiaron. Indispensable actividades de verificación, conciliación entre EPS y ET, tener en cuenta los pagos ya realizados.

6 ASPECTOS A TENER EN CUENTA
Los pagos de deudas reconocidas sin acta de liquidación o liquidación unilateral, no eximen a la ET de la obligación de liquidar los contratos de aseguramiento. La información que reporten para el giro debe ser fidedigna. Valores no reconocidos por las Entidades.

7 ASPECTOS A TENER EN CUENTA
Saneamiento contable. Registro de pagos en la ET (cuentas por pagar), EPS (cuentas por cobrar), Prestador de Servicios. Valores de aseguramiento no reconocidos por las entidades territoriales. Deben reportarse al MSyPS y SNS

8 IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMA

9 Marco Normativo Artículo 275 de la Ley 1450 de 2011
Saneamiento de deudas ET- EPS. Uso de los recursos del Sistema General de Participaciones de propósito general de libre de inversión, regalías, por el Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera (FAEP) para el pago de estas deudas. Giros directamente a los Hospitales . Se reconoce el menor valor de deudas. Las Entidades Territoriales y Entidades Promotoras de Salud puedan continuar la conciliación por las diferencias que subsistan. Facultad al Gobierno para reglamentar el procedimiento.

10 Marco Normativo Artículo 89 Ley 1485 de 2011.
Departamentos distritos y municipios que hayan asumido la prestación de servicios de salud a 31 de julio de 2001 de acuerdo con lo previsto en la Ley 715 de 2001 Saldos de financiación de las vigencias anteriores a 2012una vez financiados compromisos del R. S podrán destinarlos en la vigencia 2012 para no POS y personas no afiliadas.

11 Marco Normativo ARTÍCULO 116. Ley 1438 de 2011.
Sanciones por la no provisión de información oportuna, confiable, suficiente

12 DEUDAS A PAGAR Deudas reflejadas en actas de liquidación de contratos. (Mutuo acuerdo, producto de liquidación unilateral o declarada en fallos judiciales debidamente ejecutoriados). Deudas reconocidas por la entidad territorial en procesos de conciliación adelantados en sede judicial o administrativa. Otras deudas reconocidas por la entidad territorial con fundamento en las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. (En este caso no se puede pagar intereses).

13 Para lo anterior, tanto las Entidades Territorial cómo las EPS deberán realizar las actividades que sean necesarias para determinar la deuda. (Verificaciones, conciliaciones, revisiones)

14 LA ENTIDAD TERRITORIAL DEBERÁ:
Informar a las EPS dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha final para determinar la deuda, el resultado de la determinación por período contractual y el monto de recursos que puede pagar con los recursos de la cuenta maestra. Pagar de acuerdo con antigüedad de las deudas. Pagar deudas con los siguientes recursos y orden: a)Recursos de las cuentas maestras del RS. b)Recursos previstos en el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011

15 Recursos en las Cuentas Maestras del Régimen Subsidiado de Salud
Recursos disponibles para el pago de deudas del Régimen Subsidiado Independiente de la vigencia del recaudo y la fuente Giro de Recursos por el departamento no girados a la CM Compromisos de aseguramiento a partir de abril de 2011 Provisión para pretensiones de procesos judiciales Giro de recursos del municipio no girados a la CM 30 días hábiles

16 Recursos en las Cuentas Maestras del Régimen Subsidiado de Salud
IPS 1 Recursos disponibles para el pago de deudas del Régimen Subsidiado La EPS informará a la ET las IPS a girar los recursos reconocidos IPS 2 IPS N 40 días hábiles desde la vigencia.

17 SALDOS DE CUENTAS MAESTRAS
Los recursos de cuentas maestras no requeridos para pagar los compromisos del R.S conforme a lo anterior, se pueden destinar para pagar servicios prestados a población no afiliada ó para el NO POS. (Departamentos, Distritos y Municipios Certificados) Los demás recursos deben conservar la destinación para el régimen subsidiado de salud.

18 Recursos previstos por el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011
De persistir deudas: Publicación en página WEB deuda y fuentes La ET informa al MSPS los recursos de deudas reconocidas y no pagadas con recursos de cuentas maestras ET 1: SGP FAEP Regalías El MSPS consolida la información recibida y toma el menor valor del saldo no pagado y la dispone en la página WEB la afectación de las fuentes por cada ET ET 2: SGP FAEP Regalías La EPS informa al MSPS los recursos de deudas reconocidas y no pagadas con recursos de cuentas maestras ET 1105: SGP FAEP Regalías 5 días hábiles

19 AFECTACIÓND DE FUENTES
Publicación en página WEB valor de la deuda por ET La ET modifica o ratifica las fuentes e informa al MSPS *En el evento que la ET no reporte, se tomarán las fuentes previstas por el MSPS El MSPS consolida la información recibida y dispone en la página WEB el valor a pagar a cada EPS por ET EPS 1: ET 1 ET2 ET1015 EPS 2: ET1 ET2 EPS 44: ET1 ET2 ET1015 10 días hábiles siguiente a la publicación del MSPS

20 MECANISMO FINANCIERO DECRETO 4962 DE 2011
GIROS DEL A IPS IPS 1 MECANISMO FINANCIERO DECRETO 4962 DE 2011 La EPS informará al mecanismo financiero las IPS a girar . Artículo 275 de la Ley 1450 IPS 2 IPS N

21 SANEAMIENTO CONTABLE Las Entidades Beneficiarias de los recursos pagados y girados, deberán efectuar los registros contables.

22 VALORES NO RECONOCIDOS ET a EPS.
EPS informa al MPS los valores no reconocidos por las ET El MSPS consolidará la información y la enviará la Superintendencia Nacional de Salud La Superintendencia Nacional de Salud Solicitará a las ET las razones que motivaron el no reconocimiento de los valores ET 2 ET 1015

23 ADOPCION DE FORMATOS Los formatos y requerimientos para la aplicación del decreto serán establecidos mediante acto administrativo expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud en un término no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto.

24 ACTIVIDADES Y CRONOGRAMA PARA DAR CUMPLIMIENTO AL DECRETO 1080 DE 2012

25 Entidades Territoriales
GIRO RECURSOS DEUDAS DE ASEGURAMIENTO A INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD No. Actividad Responsables Fecha Inicio Fecha Terminación 1. Giro de los recursos de la Cuenta Maestra para pago de deudas entre Entidad Territorial y EPS Entidades Territoriales 24/05/2012 24/07//2012 2 Giro de los Recursos de Propósito General, Regalías y FAEP para pagar los saldos de deudas de Entidades Territoriales a EPS que no se paguen con los recursos de la Cuenta Maestra Ministerio de Salud y Protección Social, Ministerio de Hacienda y Crédito Público 07/09/2012 20/09/2012

26 Entidades Territoriales (Departamentos y Municipios Certificados)
UTILIZACIÓN DE RECURSOS DE CUENTAS MAESTRAS PARA PAGO DE NO POS (ARTÍCULO 89 LEY 1485 DE 2011) No. Actividad Responsables Fecha Inicio Fecha Terminación 3 Giro de Recursos Entidades Territoriales (Departamentos y Municipios Certificados) 25/07/2012 31/12/2012

27 OTRAS ACTIVIDADES QUE HACEN PARTE DEL PROCEDIMIENTO
No. Actividad Responsables Fecha Inicio Fecha Terminación 4 Determinación de Deudas Entidades Territoriales 24/05/2012 22/06/2012 5 Información de las Deudas a las EPS 25/06/2012 27/06/2012 6 Transferencia de los Recursos de Cofinanciación pendientes de giro a la Cuenta Maestra (Municipio - Distrito - Departamento) 09/07/2012 7 Reporte de deudas Reconocidas no pagadas con recursos de la Cuenta Maestra al MSPS 25/07/2012 31/07/2012 Entidades Promotoras de Salud 8 Consolidación de Información y asignación de las fuentes de Financiación nacionales para pago de saldos no pagados con recursos de cuenta maestra. Ministerio de Salud y Protección Social 01/08/2012 22/08/2012

28 OTRAS ACTIVIDADES QUE HACEN PARTE DEL PROCEDIMIENTO
No. Actividad Responsables Fecha Inicio Fecha Terminación 9 Publicación de las de deudas Reconocidas no pagadas con las fuentes de finnaciación del orden Nacional. Ministerio de Salud y Protección Social 22/08/2012 10 Pronunciamiento sobre las Fuentes de Finaciamiento Entidad Territorial 23/08/2012 05/09/2012 11 Publicación definitiva de las deudas Reconocidas no pagadas con las fuentes de finnaciación 06/09/2012 12 Reporte al MSPS de las IPS a las cuales se les va ha girar los recursos de orden Nacional Entidad Promotora de Salud 07/09/2012 20/09/2012

29 ANEXO No.1 Determinación de la Deuda
Formato que debe diligenciar la Entidad Territorial para informar a la Entidad Promotora de Salud- EPS-S, la deuda reconocida de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° del Decreto de 2012 Entidad Territorial Entidad Promotora de Salud- EPS-S

30 ANEXO No.1 Información Requerida
Código DANE de la Entidad Territorial Nombre del Municipio Nombre del Departamento Código de la EPS Nombre de la EPS Número de Contrato Vigencia del Contrato Valor de la Deuda Reconocida Valor a pagar con recursos de la Cuenta Maestra

31 ANEXO No. 2 Relación de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud para el Giro de Recursos Disponibles en la Cuenta Maestra Entidades Promotoras de Salud-EPS-S, reportarán a las Entidades Territoriales la relación de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y el valor a pagar con recursos disponibles en la Cuenta Maestra. Entidad Promotora de Salud- EPS-S Entidad Territorial

32 ANEXO No.2 Información Requerida
Código de la EPS Nombre de la EPS NIT de la IPS Nombre de la IPS Número de Cuenta de la IPS Nombre de la Entidad Financiera Tipo de Cuenta de la IPS (A) (C) Valor a girar a la IPS con recursos de la Cuenta Maestra

33 ANEXO No. 3 Reporte de pagos de Deudas con Recursos de la Cuenta Maestra, Saldos No Pagados y Valores No Reconocidos Las Entidades Promotoras de Salud-EPS-S, deberán reportar al Ministerio de Salud y Protección Social a través de PISIS la información de que tratan los artículos 3 y 5 del Decreto 1080 de 2012. Entidad Promotora de Ministerio de Salud Salud- EPS-S y Protección Social

34 ANEXO No.3 Información Requerida
Código de la EPS Código Departamento Código del Municipio Número de Contrato Vigencia del Contrato Deuda Reconocida por le ET Valor Pagado con recursos de la Cuenta Maestra Valor de deuda reconocida No Pagada Valor no reconocido

35 ANEXO No. 4 Saldos de Deudas No Pagadas
Las Entidades Territoriales deberán reportar esta información a la Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio de Salud y Protección Social a través de PISIS de conformidad con lo establecido en el inciso primero del literal b) del artículo 3 del Decreto 1080 de 2012. Entidad Territorial Ministerio de Salud y Protección Social

36 ANEXO No.4 Información Requerida
Código DANE de la ET Código Departamento Código del Municipio Número de Contrato Vigencia del Contrato Deuda Reconocida por le ET Valor de deuda reconocida No Pagada

37 ANEXO No. 5 Reporte de las Deudas Reconocidas No Pagadas Discriminado por Fuentes de Financiación
La Entidad Territorial debe ratificar o modificar esta información reportando este formato al Ministerio de Salud y Protección Social de conformidad con lo establecido en el inciso tercero del literal b) del artículo 3 del Decreto 1080 de 2012. Entidad Territorial Ministerio de Salud y Protección Social

38 ANEXO No.5 Información Requerida
Código DANE de la ET Código Departamento Código del Municipio Número de Contrato Vigencia del Contrato Deuda Reconocida por le ET Valor de deuda reconocida No Pagada Fuentes de Financiación (FAEP, SGP, Regalias)

39 ANEXO No. 6 Información enviada por las Entidades Promotoras de Salud, sobre los valores a girar a las IPS Las Entidades Promotoras de Salud enviarán al Ministerio de Salud y Protección Social, la relación de las IPS a las cuales se le debe girar el saldo de la deuda reconocida no pagada de acuerdo con la información publicada por el MSPS. Entidad Promotora Ministerio de Salud de Salud y Protección Social

40 ANEXO No.6 Información Requerida
Tipo y Número de la Entidad que reporta Código EPS Tipo y Número de la IPS Nombre de la IPS Valor a girar a la IPS


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