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Actualización y Ajuste a la Ley 30 de 1992 Gabriel Burgos Mantilla Viceministro de Educación Superior Abril de 2010.

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1 Actualización y Ajuste a la Ley 30 de 1992 Gabriel Burgos Mantilla Viceministro de Educación Superior Abril de 2010

2 Contenido 1. Contexto 2.Propuesta

3 Población 16 años y graduados educación media Crecimiento promedio 2002 – 2009: Graduados media:2.3% Población 16 años: 1.1%

4 Población 17 a 21 años y Tasa de cobertura educación superior Población 17 a 21 años Tasa de cobertura Población 17 – 21 años Crecimiento promedio Población 17 - 21 años 2002 – 2009: 1.4% Incremento tasa de cobertura 2002 - 2009: 10.4%

5 Matrícula educación superior, 2002 – 2009 (Incluye SENA) Nuevos cupos totales 2002 - 2009: 570.299 Nuevos cupos IES oficiales 2002 – 2009: 466.345 Nuevos cupos IES privadas 2002 - 2009: 103.954

6 Matrícula pública, 2002 – 2009 (Incluye SENA) Nuevos cupos educación superior pública 2002 - 2009: 466.345 Nuevos cupos SENA 2002 – 2009: 202.872 Nuevos cupos IES públicas 2002 - 2009: 263.473

7 Tasa de Cobertura por Departamento 2002 - 2009 1. Context Ministerio de Educación Nacional República de Colombia - % de municipios con matrícula en educación superior 2004: 46% 2009: 50% - Participación de la matrícula de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla y B/manga 2002: 67.6% 2009: 61.5%

8 Avances en las estrategias de ampliación de cobertura en educación superior 200220082009 Participación educación técnica y tecnológica en la matrícula de educación superior 18,3% (215.285) 31,1% (462.646) 32,3% (507.382) Matrícula de programas de Maestría 6.776 16.317 18.260 Matrícula de programas de Doctorado 3501.5321.631 CERES En 2003: 9 CERES En 2004: 1.296 estudiantes 105 CERES y 21.425 estudiantes 162 CERES y 28.323 estudiantes

9 Avances en las estrategias de ampliación de cobertura en educación superior INDICADORES ICETEX2006200720082009 Porcentaje de estudiantes de educación superior financiados con crédito ICETEX (SIGOB) 12,4%14,4%11,3%18,9% Porcentaje de créditos colocados para personas con nivel de Sisben 1 y 2 (SIGOB) 41,7%47,7%55,2%56,9% Recursos colocados en cartera (billones) (SIGOB)1.01.231.501.58 Total de beneficiarios atendidos con crédito143.139 194.120204.633 215.910 Subsidios nuevos otorgados a estudiantes del nivel 1 y 2 del Sisben -19.84817.10221.186 Fuente: ICETEX Entre el año 2006 y 2009, se han colocado 68.821 subsidios nuevos a la matrícula y sostenimiento Entre el año 2006 y 2009, se han colocado $131.882 millones en subsidios a la matrícula y sostenimiento

10 Tasa de deserción por cohorte total del nivel universitario, 2004 - 2009 En 2002 el 24% de los estudiantes provenían de familias con ingresos menores a 2 SMMV, en 2009 este porcentaje alcanzó el 45%

11 Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior INDICADOR20032009 Tasa Crecimiento 2003 - 2009 Número de IES Acreditadas417325% Número de programas con acreditación de Alta Calidad 224612173% Matrícula en programas con acreditación de Alta calidad 420.184 501.341 (32% de la matrícula) 19.3% Grupos de investigación reconocidos por Colciencias 5443.489541%

12 Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior en las Regiones Departamento Grupos de investigación Convocatoria 2008-2009 IES Acreditadas Número de programas con acreditación de alta calidad 2002 2009 20022009 BOGOTA D.C.9311.426651242 ANTIOQUIA383505441142 VALLE23531211868 SANTANDER8616312044 ATLANTICO1091482622 CALDAS9310911035 BOYACA4899 --420 BOLIVAR4697 --519 RISARALDA60951612 CAUCA6579-- 6 MAGDALENA3766-- NORTE SANTANDER2553-- 4 CUNDINAMARCA26491314 TOLIMA2748--212 NARIÑO2243--210 CORDOBA2436-- 6

13 Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior en las Regiones Departamento Grupos de investigación Convocatoria 2008-2009 IES Acreditadas Número de programas con acreditación de alta calidad 2002 2009 20022009 QUINDIO1934-- 3 HUILA1726-- 8 CHOCO24 -- CESAR1122-- 1 META819-- 3 SUCRE89-- 3 CAQUETA79-- 3 AMAZONAS69-- LA GUAJIRA37-- 3 SAN ANDRES22-- GUAVIARE1-- ARAUCA-- CASANARE-- GUAINIA-- PUTUMAYO-- VAUPÉS-- VICHADA-- Total Nacional4.3255.49817168680

14 Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior INDICADOR20032009 Tasa Crecimiento 2003 - 2009 Número de programas de doctorado2880186% Número de programas de maestría18025944%

15 Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior en las Regiones Departamento Número de programas con doctorado Matrícula en programas de maestría Matrícula en programas de doctorado 200220092002200920022009 BOGOTA D.C.9343.9188.71169725 ANTIOQUIA12231.0172.429108388 VALLE686012.72869238 SANTANDER333025972148 ATLANTICO --2253776 --40 CALDAS122311.12328126 BOLIVAR --2374 --12 BOYACA125433928 CAUCA--260-- NARIÑO--17186--1 RISARALDA112537382725 TOLIMA--11240-- AMAZONAS-- 48-- ARAUCA-- CAQUETA-- 17-- CASANARE-- CESAR --

16 Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior en las Regiones Departamento Número de programas con doctorado Matrícula en programas de maestría Matrícula en programas de doctorado 200220092002200920022009 CHOCO-- CORDOBA-- CUNDINAMARCA-- 12202-- GUAINIA-- GUAVIARE-- HUILA-- 48-- LA GUAJIRA-- MAGDALENA-- 48-- META-- NORTE SANTANDER-- 146-- PUTUMAYO-- QUINDIO-- 553-- SAN ANDRES-- 4 SUCRE-- VAUPÉS-- VICHADA-- Total Nacional33806.77618.2603501.631

17 Gasto Público en educación como porcentaje del PIB Gasto público en educación200220082009 Total inversión en educación* $ 14.951.364 (4,28% del PIB) $ 20.296.268 (3,95% del PIB) $ 22.805.757 (4.51% del PIB) Inversión en educación inicial, preescolar, básica y media del sector público nacional. $ 12.008.313 (3,44% del PIB) $ 15.726.531 (3,06% del PIB) $ 17.442.877 (3.57% del PIB) Inversión en educación superior sector público nacional $2.923.704 (0,84% del PIB) $ 4.483.688 (0,87% del PIB) $4.696.508 (0,94% del PIB) *Incluye además del presupuesto del sector, Sena, ICBF, Familias en Acción y Computadores para Educar Fuente: Oficina de Planeación del MEN

18 Aporte per cápita 1993 – 2008. Pesos de 2008 Aporte percápita= aportes sin pensiones/Matricula 2008= matricula presencial + matricula a distancia *60% Percápita 1993=5.69 millones 2008=3.67millones Medida19932008 Varianza8,594,08

19 Distribución ingresos universidades públicas 1993 2008 La información de 1993 sólo incluye 13 universidades Otros ingresos incluye: Actividades de investigación, Asesorías y consultorías, Venta de bienes y servicios, educación continuada y otros ingresos.

20 1. Contexto Contenido 2. Propuesta 1. Recursos para las universidades públicas 2.Recursos para IES que son establecimientos públicos 3. Recursos para el financiamiento de la demanda

21 Metas 2019 COBERTURA Aumentar la cobertura de educación superior50% Participación de la matrícula universitaria 40% ** Participación de la matrícula Técnica y Tecnológica 60% ** Disminuir la deserción por cohorte en educación superior. 25% Porcentaje de municipios con estudiantes matriculados en E.S. 100% Aumentar acceso de la población más pobre (Sisben 1 – 3) matriculada en E. S. 35% CALIDAD Porcentaje de programas de ES con acreditación de alta calidad 30% Porcentaje de IES acreditadas 15% Porcentaje de profesores en tiempos completos equivalentes con título de doctorado 30% (20%) Porcentaje de profesores universitarios en tiempos completos equivalentes vinculados a actividades de investigación 50%

22 Proyección de cobertura educación superior, 2010 - 2019 Nota: La proyección de la matrícula 2010 -2019 se realizó con base en la población de 16 años, tasa de deserción por nivel de formación y tasa de graduación 20102019Nuevos cupos Tasa de cobertura38%50% Matrícula Pregrado 1.642.891 2.138.573495.682 Composición de la matricula pública y privada, 2010 - 2019 20102019 MatrículaPart. %MatrículaPart. % Pública 1.007.64361% 1.405.95166% Sena 436.135 665.761 Técnicas y Tecnológicas Públicas 116.600 196.993 Universidades Públicas 454.908 543.197 Privada 635.24939% 732.62134% Técnicas y Tecnológicas Privadas111.602128.314 Universidades Privadas 523.647604.307 Total 1.642.891 2.138.573

23 Composición de la matricula por nivel de formación, 2010 - 2019 Matrícula 2010 Part. % Matrícula 2019 Part. % Nuevos Cupos Variación % 2019-2010 Matricula de pregrado 1.642.891 2.138.573 495.68130% Técnica y tecnológica 664.33740% 991.06846% 326.73149% Pública 552.735 862.754 310.019 Sena 436.135 665.761 229.626 IES Públicas 116.600 196.993 80.393 IES Privadas 111.602 128.314 16.712 Universitaria 978.55460% 1.147.50454% 168.95017% Pública 454.908 543.197 88.289 Privada 523.647 604.307 80.660

24 1. Contexto Contenido 2. Propuesta 1. Recursos para las universidades públicas 2.Recursos para IES que son establecimientos públicos 3. Recursos para el financiamiento de la demanda

25 ARTÍCULO 86 NO SE MODIFICA Artículo 86. Los presupuestos de las universidades nacionales, departamentales y municipales estarán constituidos por aportes del presupuesto nacional para funcionamiento e inversión, por los aportes de los entes territoriales, por los recursos y rentas propias de cada institución. Las universidades estatales u oficiales recibirán anualmente aportes de los presupuestos nacional y de las entidades territoriales, que signifiquen siempre un incremento en pesos constantes, tomando como base los presupuestos de rentas y gastos, vigentes a partir de 1993

26 La Nación incrementará sus aportes para el sistema de universidades estatales – SUE, en un porcentaje que dependerá del crecimiento real del Producto Interno Bruto así: si el crecimiento real del PIB es mayor al 0% y menor del 5%, el incremento será del 30% de dicho crecimiento; si el crecimiento real del PIB es igual o mayor al 5% y menor que el 7.5%, el incremento será del 40% de dicho crecimiento; si el crecimiento real del PIB es igual o mayor al 7.5%, el incremento será del 50% de dicho crecimiento. Estos incrementos se realizarán a partir de la vigencia de la presente Ley Los recursos a que hace referencia este artículo serán distribuidos por el Consejo Nacional de Educación Superior – CESU, previa reglamentación del Gobierno Nacional, de conformidad con los objetivos previstos para el Sistema de Universidades Estatales – SUE, en razón del mejoramiento de la calidad de las instituciones que lo integran. MODIFICACIÓN AL ARTÍCULO 87

27 A partir del año 2011 la Nación asignará recursos adicionales al Ministerio de Educación Nacional para que sean distribuidos entre las universidades del Sistema de Universidades del Estado, SUE, según el grado de complejidad de las instituciones. Estos recursos estarán destinados a financiar: a)La generación y el mantenimiento de cupos nuevos teniendo en cuenta el área del conocimiento, y el nivel y la metodología del programa respectivo, b)El reconocimiento de la productividad académica de los docentes, c)La formación del recurso docente, d)La promoción de la innovación y de la investigación.. RECURSOS NUEVOS. CRECIMIENTO EN PUNTOS REALES Continua…

28 En el año 2011 la asignación adicional a que hace referencia este articulo será equivalente a un punto real respecto a los aportes de la Nación a las universidades estatales en el año 2010; en el año 2012, dicha asignación será equivalente a dos puntos reales respecto al año anterior y desde el año 2013 y hasta el año 2019 será de tres puntos reales respecto al año inmediatamente anterior. Los recursos a distribuir de conformidad con los literales a), b) y c) incrementarán la base presupuestal de las universidades a que se refiere el artículo 86 de la Ley 30 de 1992. Los recursos a los que se refiere el literal d) serán distribuidos mediante convocatorias dirigidas a fortalecer los planes y programas de innovación e investigación de las universidades y serán tenidos en cuenta para el cálculo del valor de la asignación adicional a ser distribuido por el Ministerio de Educación Nacional, pero no incrementarán la base presupuestal de las universidades a que se refiere el artículo 86 de la Ley 30 de 1992. RECURSOS NUEVOS. CRECIMIENTO EN PUNTOS REALES

29 Parágrafo al Artículo 86. Las entidades territoriales que tengan aportes pendientes a las universidades estatales, deberán proceder a su presupuestación y pago. El valor de esta deuda resulta de la diferencia entre el valor presente de los aportes que la entidad territorial tendría que haber realizado y mantenido anualmente en pesos constantes desde 1993 y los aportes efectivamente realizados. La entidad territorial contará con seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia de esta ley para la suscripción de los acuerdos de pago a que haya lugar. Vencido este término sin que se haya suscrito el acuerdo de pago, dentro del mes siguiente cada universidad procederá a realizar la liquidación de tal deuda. Dicha liquidación constituirá título ejecutivo APORTES DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES

30 1. Contexto Contenido 2. Propuesta 1. Recursos para las universidades públicas 2.Recursos para IES que son establecimientos públicos 3. Recursos para el financiamiento de la demanda

31 Las instituciones de educación superior que son establecimientos públicos descentralizados, recibirán anualmente del Presupuesto General de la Nación y de las entidades territoriales, que signifiquen un incremento en pesos constantes, tomando como base los presupuestos de rentas y gastos, vigentes a partir de 2010. A partir del año 2011 la Nación asignará recursos adicionales al Ministerio de Educación Nacional para que sean distribuidos entre las instituciones de educación superior que son establecimientos públicos y estarán destinados a promover la generación y mantenimiento de nuevos cupos y a contribuir con la cualificación del recurso humano. En el año 2011 esta asignación será equivalente a un punto real respecto a los aportes del Presupuesto General de la Nación a dichos establecimientos públicos en el año 2010; en el 2012, dicha asignación será equivalente a dos puntos reales respecto al año anterior y en el año 2013 y hasta el año 2019 será de tres puntos reales respecto al año inmediatamente anterior RECURSOS NUEVOS PARA LAS IES-ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

32 Las entidades territoriales podrán hacer aportes adicionales para gastos no recurrentes a las instituciones de educación superior estatales que ofrezcan y desarrollen programas académicos de educación superior en su respectiva jurisdicción. Estos aportes no incrementarán la base presupuestal de las instituciones de educación superior a que se refiere el artículo 86 de la Ley 30 de 1992 y el artículo 5 de esta Ley RECURSOS NUEVOS PARA LAS IES-ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

33 Derogar el literal d) del artículo 43 de la Ley 30 de 1992, el artículo 11 de la Ley 1324 de 2009 y parcialmente el inciso 3 del artículo 10 de la misma Ley en lo atinente a la deducción que debía realizar el Ministerio de Hacienda y Crédito Público o el Ministerio de Educación Nacional, del 2% del presupuesto de las instituciones de educación superior estatales u oficiales.

34 1. Contexto Contenido 2. Propuesta 1. Recursos para las universidades públicas 2.Recursos para IES que son establecimientos públicos 3. Recursos para el financiamiento de la demanda

35 Se autoriza al Gobierno Nacional para crear un Fondo para la Permanencia Estudiantil en la Educación Superior, sin personería jurídica, administrado por el Instituto Colombiano de Crédito y Estudios Técnicos en el Exterior ICETEX, el cual deberá destinarse al cubrimiento parcial de los gastos de manutención de los estudiantes de las instituciones de educación superior públicas y privadas del país clasificados de acuerdo con el instrumento de focalización que defina el Gobierno Nacional. Los recursos del Fondo estarán constituidos por: 1.Aportes del Presupuesto General de la Nación. 2.Aportes de las Entidades territoriales, departamentos, municipios, distritos y otras entidades de derecho público. 3.Aportes y donaciones de particulares, organizaciones no gubernamentales, entidades de derecho público internacional y gobiernos extranjeros. FONDO PARA SUBSIDIAR LA DEMANDA.

36 Parágrafo al artículo 112: Subsidio de matrícula: El Gobierno Nacional incluirá anualmente en el presupuesto general de la nación un aporte al ICETEX con destino a mantener los subsidios de matrícula que éste otorgue a estudiantes de bajos recursos de acuerdo con el instrumento de focalización que defina el Gobierno Nacional Parágrafo al artículo 113: La Nación aportará al Fondo de Sostenibilidad de Crédito Estudiantil del ICETEX un monto equivalente al aporte de las instituciones de educación superior destinado a cubrir el riesgo de mora del crédito educativo. RECURSOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA DEMANDA

37 En el periodo 2011 – 2019 el valor de la reforma asciende a 4.3 billones de pesos corrientes. Los recursos nuevos para las universidades suman aproximadamente 2.83 billones de pesos corrientes. Los recursos nuevos para subsidiar la demanda serán del orden de 1.47 billones de pesos corrientes. IMPACTO DE REFORMA

38 Cinco acciones que están transformando la Educación en Colombia www.mineducacion.gov.co www.colombiaaprende.edu.co


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