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Trabajo Práctico Derecho Administrativo

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Presentación del tema: "Trabajo Práctico Derecho Administrativo"— Transcripción de la presentación:

1 Trabajo Práctico Derecho Administrativo
FALLO “Los Lagos SA Ganadera c. Gobierno Nacional” Corte Suprema de Justicia de la Nación Integrantes: María E. Claros Lorena Letto Natalia Moreno Ezequiel Pantano de mayo de 2011

2 Trabajo Práctico Derecho Administrativo
1) Contexto Histórico 2) Análisis del Fallo Relación de la materia con el Fallo Los Lagos SA Ganadera c. Gobierno Nacional 3) Síntesis 4) Conclusión general

3 1) Contexto Histórico Desde 1916 a 1930
◦ Con la guerra europea coincidió con la gran demanda de cereales y con el incremento de la industria frigorífica y sus subproductos. ◦ Se adoptaron medidas en defensa de la agricultura, de la ganadería y de su comercialización, a través de una política intervencionista. ◦ Se sucedieron tres gobiernos radicales: ◦ La primera guerra mundial, cambió totalmente el panorama económico mundial de aquella época, cambió la estructura del consumo europeo y si la Argentina, país desde siempre agroexportador, no se adecuaba rápidamente, quedaba sin vender su producción. ◦ También llevó a sustituir las importaciones y a comenzar una lenta industrialización de emergencia. Hipólito Yrigoyen desde 1916 hasta 1922 (*Decreto del ) Marcelo Torcuato de Alvear desde 1922 hasta 1928 Hipólito Yrigoyen fue elegido nuevamente como presidente de la república hasta que fue derrocado por un golpe de estado el seis de septiembre de 1930.

4 1) Contexto Histórico Desde 1930 a 1943: “La Década Infame”
◦ La crisis económica mundial de 1930 desorganizo los patrones del congreso general vigente, y esta desorganización afecto los términos del intercambio que Argentina, como planisferio, mantenía con los países centrales, exportando materia primas e importando manufacturas. ◦ En este contexto la burguesía agraria vinculada con el mercado externo tuvo que emprender una serie de ajustes en el sector primario exportador y en la organización de la economía Argentina en general e impulsaron un proceso de sustitución de importaciones de manufacturas industriales. ◦ Se origino la expansión de la industria original y e el surgimiento de una nueva clase obrera. ◦ Presidencias José Félix Uriburu DE FACTO ( ) Agustín P. Justo ( ) (** Solicitud de Nulidad de la parte actora ) Roberto Marcelino Ortiz ( ) Ramón Castillo ( )

5 1) Contexto Histórico Desde 1930 a 1943: La Década Infame
◦ El golpe de estado del general José Félix Uriburu, perpetrado el 6 de septiembre de 1930, inauguró un período de trece años en el que ocuparon la presidencia, gracias al fraude electoral, el general Agustín P. Justo, el radical alvearista Roberto Marcelino Ortiz y el conservador Castillo. ◦ Esta etapa de nuestra historia, conocida popularmente como "la década infame", se caracterizó por la ausencia de la participación popular, la persecución a la oposición, la tortura a los detenidos políticos, la creciente dependencia de nuestro país y la proliferación de los negociados. ◦ La intervención del Estado en la economía se limitó durante este período de profunda crisis económica y social, a resguardar con fondos públicos los intereses privados de los grandes grupos económicos, desentendiéndose del hambre, la desocupación y la miseria que soportaban un alto porcentaje de las familias argentinas. ◦ Este manejo discrecional de los presupuestos por parte del gobierno, fomentó la corrupción y los negociados, grandes protagonistas de esta década infame. ◦ La mayoría de los negociados tenían su origen en el gobierno y sus funcionarios. ◦ Uno de los más famosos fue el de las carnes, denunciado en el Congreso, a mediados de 1935 por el demócrata progresista Lisandro de la Torre. El senador santafecino denunció por fraude y evasión impositiva a los frigoríficos Anglo, Armour y Swift. Aportó pruebas que comprometían directamente a dos ministros de Justo: Federico Pinedo, de Economía, y Luis Dahau, de Hacienda, en las que se establecía claramente el trato preferencial que recibían estas empresas que prácticamente no pagaban impuestos y a las que nunca se las inspeccionaba, mientras que los pequeños y medianos frigoríficos nacionales eran abrumados por continuas visitas de inspectores impositivos.

6 2) Análisis del Fallo Relación de la materia con el Fallo Los Lagos SA Ganadera c. Gobierno Nacional
◙ Acto administrativo y división de poderes ◙ Nulidades ◙ Prescripción ◙ Utilización del Código Civil en cuestiones administrativas Definición Acto Administrativo: Autor Dromi Acto administrativo es la declaración unilateral efectuada en el ejercicio de la función administrativa, que produce efectos jurídicos individuales en forma directa.

7 Elementos del Acto Administrativo
2) Análisis del Fallo Relación de la materia con el Fallo Los Lagos SA Ganadera c. Gobierno Nacional Elementos del Acto Administrativo -> Esenciales (Arts 7 y 8 de la Ley de Procedimientos Administrativos) ◊ Competencia: Esta se puede determinar en razón de: ◊ Causa ◊ Objeto ◊ Procedimiento ◊ Motivación ◊ Finalidad ◊ Forma -> Accidentales ◊ Plazo ◊ Modo ◊ Condición Materia Lugar Grado Tiempo

8 2) Análisis del Fallo Relación de la materia con el Fallo Los Lagos SA Ganadera c. Gobierno Nacional
■ Características del Acto administrativo Presunción de legitimidad: se presume que el acto emanado de autoridad administrativa es legítima, es decir, que fue dictado de acuerdo con el orden jurídico vigente. Es una presunción IURIS TANTUM: no puede discutirse su legitimidad salvo prueba en contrario. Ejecutoriedad: facultad de administración de disponer que se realice o cumpla con el acto por medios propios, sin la intervención de un juez, para que su actividad sea eficaz. Impugnabilidad: aunque el acto tiene ejecutoriedad la administración puede suspender dicha ejecución si afecta al interés público, o causa un grave perjuicio al administrado, o que el acto tiene una nulidad absoluta. Estabilidad: el acto, una vez que el juez competente dicta sentencia definitiva, goza de validez y permanencia y no puede ser revocado ni por el órgano administrativo que lo creo. Retroactividad: el acto administrativo tiene efectos retroactivos en algunas oportunidades: Cuando con ella no se lesionan derechos adquiridos Cuando se favorezca al administrado sin perjudicar a terceros Cuando el acto se dicto especialmente para sustituir a otro acto revocado Cuando se subsana un acto anulable Cuando la retroactividad la ordena una ley de orden publico o esta pactada contractualmente

9 2) Análisis del Fallo Relación de la materia con el Fallo Los Lagos SA Ganadera c. Gobierno Nacional
División de poderes: Autor Dromi La expresión "división de poderes", de uso habitual, no corresponde con exactitud al contenido, porque el poder es único. Propiamente la división no es tal, sino más bien una distribución de facultades de los órganos jerárquicos del Estado. No hay que seguir la falsa idea de desvinculación, aislamiento o antagonismo de poderes. La fórmula sintética es: "un poder político unitario, actuante por el cauce de plurales funciones y ejercido por diversos órganos". De la llamada "división de poderes" no resulta más que una separación de funciones y correlativamente una separación de órganos y competencias, pues, en estricta interpretación constitucional, el "poder", el "gobierno", lo integran los órganos máximos del Estado (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), que lo ejercen por medio de diversas funciones, evitando la concentración autoritaria o la "suma del poder público". Poder Ejecutivo: ejerce función legislativa "per se" (Arts. 76 y 99, Inc. 3, 3ª parte), la exteriorización se producirá mediante "decretos" sometidos a los procedimientos y controles que la Constitución y las leyes fijan. Poder Legislativo: (Art. 75), en cuanto ejercen funciones materialmente judiciales o sustancialmente legislativas, respectivamente y permitiendo el ejercicio de la función administrativa a todos los órganos: ejecutivo (Art. 99, Incs. 1, 2, 6, 10, 13), legislativo (Art. 66) y judicial (Art. 113). Poder Judicial: La organización política constitucional deposita en el Poder Judicial el máximo control del Estado de derecho (Art. 116). Ello, abarcativo de todo el ordenamiento jurídico, se interrelaciona especialmente con la Administración Pública en tanto y en cuanto corresponde a los jueces el control de legalidad de su actuación Características del Acto administrativo

10 2) Análisis del Fallo Relación de la materia con el Fallo Los Lagos SA Ganadera c. Gobierno Nacional
Nulidades en el Código Civil (Art ) ▪ Absolutas: Procede cuando se viola el interés público. Puede ser declarada de oficio por el juez (cuando aparecen manifiestas en el acto). Puede pedirla cualquier particular que tenga interés en hacerlo a excepción del que ha ejecutado el acto sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba. Puede pedirla también el ministerio público. No es susceptible de confirmación (no puede ser saneado). ▪ Relativas: Afectan el interés de las partes. Solo procede a petición de parte. El acto es susceptible de confirmación: Actos Nulos: aquellos que tienen un vicio patente y notorio. Tienen una falla rígida y determinada. Actos Anulables: requieren de una investigación para que se descubra el vicio, puesto que este no se manifiesta en forma patente.

11 3) Conclusión En Derecho Administrativo hablamos de:
Acto Nulo = De Nulidad Absoluta = Vicio Grave Acto Anulable = De Nulidad relativa = Vicio Leve En Síntesis: Acto Irregular = Nulo = De Nulidad Absoluta = No goza de presunción de legitimidad. Acto Regular, Valido o Perfecto = Anulable = De Nulidad Relativa Goza de presunción de legitimidad = La acción para demandar su nulidad es prescriptible = Sus excepciones están establecidas en el Art. 18 de la ley Acto Inexistente: Son meras actuaciones materiales de la administración sin haber dictado un acto administrativo previo.

12 Muchas Gracias


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