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Publicada porJosé Carlos Barbero Velázquez Modificado hace 7 años
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1 Problemática de la regulación de los servicios mutuales de salud Dante Cracogna Buenos Aires,15 de junio de 2016
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2 Las mutuales en la atención de la salud Se trata de uno de los más antiguos servicios mutuales junto con los de vejez y sepelio En el país ya tuvieron presencia en las mutuales de comunidades y gremios del Siglo XIX El dcto.-ley 24.499/45 revela la importancia de las mutuales de salud Mantuvieron protagonismo en el sector salud hasta la Ley de Obras Sociales 18.610
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3 La mutual de salud Es la organización de los propios usuarios para atender sus necesidades Encuadra en el art. 2º Ley 20.321: brindar ayuda recíproca frente a riesgos eventuales o concurrir a su bienestar mediante una contribución periódica La prestación consiste en: satisfacer las necesidades de los asociados mediante asistencia médica y farmacéutica (art. 4º Ley 20.321) Suele prestar también servicios complementarios
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4 Organización del servicio Reglamento aprobado por la asamblea y el INAES (art. 16 incs. g, h, Ley 20.321) Sustituye al contrato de las prepagas Puesto en conocimiento asociados Pautas fijadas por la Res. INAES 820/05 Prestaciones médicas, farmacéuticas u odontológicas, integrales o parciales
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5 Planes y aportes El reglamento puede contemplar diferentes planes con prestaciones y aportes diversos El asociado elige su plan y puede cambiarlo El ingreso se efectúa con declaración jurada de preexistencias Los aportes se fijan conforme con el reglamento, según los planes respectivos
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6 Organización y gestión del servicio La asamblea aprueba el reglamento pertinente La comisión directiva ejerce la gestión mediante efectores propios o contratados La asamblea evalúa el desempeño Sujeta al control de la autoridad de aplicación
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7 La Ley 26.682 de medicina prepaga Por su naturaleza diferente, la Ley 26.682 excluyó a mutuales y cooperativas de su regulación El DNU 1991/11 extendió su aplicación a mutuales y cooperativas Entidades comerciales de medicina prepaga y mutuales tienen idéntico tratamiento Misma autoridad de aplicación de O.S. Obligación prestar PMO, salvo excepciones
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8 Principales problemas actuales Confusión con prepagas comerciales Aplicación indiscriminada del PMO Creciente judicialización Falta coordinación autoridades aplicación Dificultades para ser agentes Seguro Salud Abandono o transferencia del servicio Marginación por imposibilidad incumplimiento
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9 Conclusiones La mutual es una forma idónea para prestar el servicio de salud gestionado por los usuarios Cuenta con un régimen legal específico y una autoridad de aplicación propia Colabora con el Estado en la salud pública Necesidad de fortalecer la comprensión pública y privada acerca del significado mutualista La autoridades de aplicación deben cumplir un papel activo para salvaguardar su identidad propia
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