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LEY APP Ministerio de Hacienda y Crédito Público

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Presentación del tema: "LEY APP Ministerio de Hacienda y Crédito Público"— Transcripción de la presentación:

1 LEY APP Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional Subdirección de Banca de Inversión República de Colombia Abril de 2013

2 QUE ES UNA ASOCIACIÓN PUBLICO PRIVADA?
Instrumento de vinculación de capital privado, para la provisión bienes públicos y sus servicios relacionados. Involucra retención y transferencia de riesgos ENTIDAD PÚBLICA (Contrato - VF) INVERSIONISTAS (Equity) USUARIOS (Pago por servicio) PATRIMONIO AUTÓNOMO PRESTAMISTAS (Deuda) COMPAÑÍA EJECUTORA (SPV) CONSTRUCTOR EPC CONTRATISTA O&M

3 MODALIDADES DE APP INICATIVA PÚBLICA INICATIVA PRIVADA
Estructuración del sector privado Costos de la estructuración asumidos por el proponente Desembolsos de Recursos Públicos <20% del CAPEX +OPEX, Selección por licitación pública. Si no requiere recursos públicos se seleccionará al contratista a través de selección abreviada de menor cuantía No se podrán presentar aquellas iniciativas que modifiquen contratos vigentes, que requieran garantías del Estado o para los cuales se este adelantando la estructuración INICATIVA PÚBLICA Estructuración del sector público Cuando se emplea la precalificación, los estudios adicionales pueden ser adelantados por los precalificados Procedimiento de selección: Licitación pública o sistema abierto de precalificación Desembolsos de recursos públicos pueden financiar hasta el 100% del proyecto

4 NIVEL TERRITORIAL CONDICIONES PREVIAS APROBACIONES REGISTRO
El proyecto debe ser consistente con los objetivos del Plan de Desarrollo Territorial No podrán celebrarse contratos que desarrollen APPs durante el último año de gobierno Acreditar el cumplimiento de los límites de gasto y deuda de la Ley 358 de 1997, 617 de 2000 y 819 de 2003 APROBACIONES Validación financiera de alguna entidad financiera pública de segundo piso o estructuradora Aprobación de la valoración de las obligaciones contingentes (MHCP) Concepto previo favorable de DNP (En proyectos cofinanciados por la Nación) REGISTRO Los ingresos corrientes comprometidos en el proyecto afectarán la capacidad de pago definida en la Ley 358 de 1997 Los recursos de crédito necesarios para financiar las vigencias futuras se sumarán al saldo de la deuda. Si el proyecto se financia con ingresos corrientes de libre destinación, éstos no podrán ser considerados como de libre disposición. Se deben registrar en el RUAP y en el FUT

5 RIESGO Desde el ámbito de los proyectos de inversión, el concepto de riesgo e incertidumbre puede expresarse de manera integrada como sigue: “riesgo es un evento incierto que si ocurre, tiene un efecto negativo o positivo en al menos uno de los objetivos de un proyecto, tales como plazo, tiempo, costo, ámbito y/o calidad”. También es posible agregar en la definición anterior, “el impacto que se genera en la satisfacción percibida por el usuario del proyecto, y la duración que este evento tiene”. Por lo tanto, el riesgo puede ser definido como una combinación de la probabilidad de ocurrencia de un evento y sus consecuencias, incluyendo la severidad de éstas.

6 PREGUNTAS EN ASIGNACION DE RIESGOS
¿Qué parte tiene el mayor control para evitar o minimizar la ocurrencia y la magnitud del riesgo? ¿Tiene alguna parte el conocimiento especializado relevante y la capacidad para gestionar y administrar el riesgo de tal forma de minimizar el sobre costo, el sobre plazo y la severidad si éste ocurre? ¿Quién puede absorber mejor el riesgo o lo puede compartir con terceras partes tales como seguros comerciales y/o sub contratistas? ¿Si el riesgo ocurre puede realmente sostener sus consecuencias? ¿Qué parte recibirá el mayor beneficio (financiero, credibilidad, reputación) al realizar un adecuado manejo del riesgo? ¿Cuál es el marco legal y las limitaciones jurídicas para una transferencia de riesgo de los proyectos?

7 PREGUNTAS EN ASIGNACION DE RIESGOS
¿Cuál es el apetito del sector privado por tomar el riesgo? ¿Cuál es el costo por hacerlo, y si aceptable para el sector público? ¿Cuáles son los costos de transacción para asignar el riesgo, son los activos específicos, son las transacciones frecuentes? ¿Cuál es la costumbre y la mejor práctica que se ha observado en contrato de características similares respecto a la localización del riesgo? ¿Tiene efectos en la bancabilidad del contrato la asignación en estudio de un riesgo en particular? ¿Qué parte tiene los mayores incentivos para administrar el riesgo en el tiempo?

8 ESTRUCTURA DE RIESGOS EN CONTRATOS APP
Los riesgos se deben asignar a la parte que esté en mejor disposición de evaluarlos, controlarlos y administrarlos. Lo anterior minimiza el costo de su mitigación y por tanto reduce el valor del proyecto *Riesgo Comercial *Riesgo de Operación *Riesgo de Financiación *Riesgo Cambiario *Riesgo Regulatorios *Riesgo de Fuerza Mayor Asegurable Privado *Riesgo Ambiental *Riesgo Predial * Riesgo Geológico * Redes Compartido *Riesgo de Fuerza Mayor No Asegurable (Guerras, actos bélicos, hallazgos arqueológicos, terrorismo) *Riesgos Imprevisibles Público La Bancabilidad del proyecto depende en gran medida de una correcta asignación de riesgos

9 FONDO DE CONTINGENCIAS
LEY 448 DE 1998 Y DECRETO 423 DE 2001 Crea el Fondo de contingencias como una Cuenta Especial de la Nación manejada por Fiduprevisora Las Entidades aportantes deberán incluir en sus presupuestos de servicio de deuda, las apropiaciones necesarias para cubrir las posibles pérdidas derivadas de las obligaciones contingentes a su cargo. Dichas apropiaciones se trasladarán al fondo en la cuantía y oportunidad que defina el plan de aportes aprobado El fondo tendrá una subcuenta por cada riesgo provisionado. En el momento que suceda el riesgo, el fondo desembolsará los recursos necesarios para cubrirlo, evitando el pago de intereses al concesionario. Si no se siniestran los riesgos provisionados, los recursos se devolverán la entidad aportante.

10 PROCEDIMIENTO APROBACIÓN RIESGOS MHCP
Contextualización Se verifican que se hayan cumplido las disposiciones básicas en la etapa de planeación de los proyectos. Reconocimiento y la asignación de riesgos en la minuta del contrato. Identificación De las posibles causas y efectos de los factores que originan el riesgo. Determinar cuál de las partes (Público o Privado) está en mejor capacidad de anticipar y controlar cada tipo de riesgo. Evaluación Para aquellos riesgos en cabeza de la Nación, se estima la probabilidad de ocurrencia de cada uno de los riesgos identificados, así como su potencial impacto sobre los resultados del proyecto.

11 PROCEDIMIENTO APROBACIÓN RIESGOS MHCP
Valoración Se toman aquellos riesgos cuya probabilidad de ocurrencia es más alta y tienen un alto impacto sobre los resultados económicos del proyecto, para efectuar una cuantificación de la perdida esperada para el Estado por la ocurrencia del evento generador del riesgo. Manejo A partir de la cuantificación se elabora un Plan de Aportes al Fondo de Contingencias, teniendo en cuenta el plazo del proyecto y plazo para la ocurrencia del evento generador del riesgo.

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13 DOCUMENTOS A ENTREGAR AL MHCP
CONTEXTUALIZACIÓN Borrador de Minuta IDENTIFICACIÓN Matriz de Riesgos Modelo Financiero EVALUACIÓN Calificación Cualitativa de Impacto y Probabilidad (Alto, Medio Bajo) VALORACIÓN Y MANEJO Valoración Cuantitativa de Riesgos y Plan de Aportes al Fondo de Contingencias

14 FINANCIACIÓN VIGENCIAS FUTURAS APP
La Ley 1508 de 2012 no creo Vigencias Futuras APP para las entidades territoriales VIGENCIAS FUTURAS EXCEPCIONALES Para financiar APP las entidades territoriales podrán utilizar las Vigencias Futuras excepcionales establecidas en la Ley 1483 de 2011 REGLAMENTACIÓN ESPECÍFICA Ley 1483 Decreto 2767 Dic/ 2012

15 NIVEL TERRITORIAL CONDICIONES PREVIAS APROBACIONES REGISTRO
El proyecto debe ser consistente con los objetivos del Plan de Desarrollo Territorial No podrán celebrarse contratos que desarrollen APPs durante el último año de gobierno Acreditar el cumplimiento de los límites de gasto y deuda de la Ley 358 de 1997, 617 de 2000 y 819 de 2003 APROBACIONES Validación financiera de alguna entidad financiera pública de segundo piso o estructuradora Aprobación de la valoración de las obligaciones contingentes (MHCP) Concepto previo favorable de DNP (En proyectos cofinanciados por la Nación) REGISTRO Los ingresos corrientes comprometidos en el proyecto afectarán la capacidad de pago definida en la Ley 358 de 1997 Los recursos de crédito necesarios para financiar las vigencias futuras se sumarán al saldo de la deuda. Si el proyecto se financia con ingresos corrientes de libre destinación, éstos no podrán ser considerados como de libre disposición. Se deben registrar en el RUAP y en el FUT

16 ESQUEMA DE FINANCIACION
Si se materializan riesgos a cargo de la Nación Vigencias Futuras + Explotación Económica APORTES FONCONTIN Deuda + Equity Construcción Operación y Mantenimiento


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