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FUNDAMENTOS DE LA NUEVA REGULACIÓN ADUANERA Y

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Presentación del tema: "FUNDAMENTOS DE LA NUEVA REGULACIÓN ADUANERA Y"— Transcripción de la presentación:

1 FUNDAMENTOS DE LA NUEVA REGULACIÓN ADUANERA Y
X SIMPOSIO INTERNACIONAL ADUANERO Y PORTUARIO BARRANQUILLA FUNDAMENTOS DE LA NUEVA REGULACIÓN ADUANERA Y LOS REGÍMENES DE IMPORTACIÓN (Decreto 390 de 2016) Rogelio Perilla Gutiérrez Mayo 6 de 2016

2 FUNDAMENTOS DE LA REGULACIÓN ADUANERA (Decreto 390 de 2016)
Rogelio Perilla Gutiérrez

3 Nueva Regulación Aduanera
FUNDAMENTOS NOVEDADES ELIMINACIONES Ajusta Estructura a Acuerdos In/les (OMC, OMA, OCDE, CAN y otros) Principios generales del Derecho Autorización y habilitación indefinida Implementación del UVT Destino Aduanero Racionaliza régimen sancionatorio Decomiso por contrabando y violación a normas técnicas y sanitarias Estructura del Análisis del Riesgo – Decisión CAN 778 Simplifica procedimientos Nueva terminología Amplió garantías Resoluciones anticipadas Obligación aduanera Redefine declarante Servicio informático Operadores Comercio Exterior Traslada algunas operaciones a MinCIT Depósito Aduanero Tipos de declaración Desaduanamiento Pago diferido Liquidaciones oficiales Causales de aprehensión Modalidades por regímenes UAP y ALTEX PEX Importación temporal de largo plazo Depósitos de Procesamiento Industrial Rogelio Perilla Gutiérrez

4 CONVENIO DE KYOTO REVISADO (CKR) Rogelio Perilla Gutiérrez
APENDICE I CUERPO DEL CONVENIO PREAMBULO Eliminar divergencias entre regímenes y prácticas aduaneras que obstaculicen el comercio internacional y otros intercambios. Simplificar y armonizar regímenes y prácticas aduaneras. Estimular la cooperación internacional. Mejorar la norma aduanera sin comprometer el control aduanero. Principios de los regímenes y prácticas aduaneras. Capítulo 1. Definiciones. Capítulo 2. Ámbito y estructura. Capítulo 3. Gestión del Convenio. Capítulo 4. Parte contratante. Capítulo 5. Disposiciones finales. Rogelio Perilla Gutiérrez

5 Rogelio Perilla Gutiérrez
APENDICE II ANEXO GENERAL Capítulo 1. Principios Generales Capítulo 2. Definiciones Capítulo 3. Formalidades desaduanamiento y otras formalidades aduaneras Capítulo 4. Derechos e impuestos Capítulo 5. Garantía Capítulo 6. Control aduanero Capítulo 7. Aplicación de la tecnología de la información Capítulo 8. Relaciones entre la aduana y terceros Capítulo 9. Información, resoluciones y fallos comunicadas por la aduana Capítulo 10. Recursos en materia aduanera Rogelio Perilla Gutiérrez

6 Rogelio Perilla Gutiérrez
APENDICE III ANEXOS ESPECÍFICOS ANEXO A. Llegada de las mercancías al territorio aduanero Capítulo 1. Formalidades aduaneras previas a la presentación de la declaración de mercancías Capítulo 2. Depósito temporal de mercancías ANEXO B. Importación Capítulo 1. Importación para el consumo Capítulo 2. Reimportación en el mismo estado Capítulo 3. Exoneración de derechos e impuestos a la importación ANEXO C. Exportación Capítulo 1. Exportación a título definitivo ANEXO D. Depósitos Aduaneros y Zonas Francas Capítulo 1. Depósitos Aduaneros Capítulo 2. Zonas Francas ANEXO E. Tránsito Capítulo 1. Tránsito aduanero Capítulo 2. Transbordo Capítulo 3. Transporte de mercancías por cabotaje Rogelio Perilla Gutiérrez

7 Rogelio Perilla Gutiérrez
ANEXO F. Perfeccionamiento Capítulo 1. Perfeccionamiento activo Capítulo 2. Perfeccionamiento pasivo Capítulo 3. “Drawback” Capítulo 4. Transformación de mercancías para consumo ANEXO G. Admisión temporal Capítulo 1. Admisión temporal ANEXO H. Infracciones Capítulo 1. Infracciones Aduaneras ANEXO J. Regímenes especiales Capítulo 1. Viajeros Capítulo 2. Tráfico postal Capítulo 3. Medios de transporte con fines comerciales Capítulo 4. Provisiones Capítulo 5. Envíos de socorro ANEXO K. Origen Capítulo 1. Reglas de origen Capítulo 2. Prueba documental de origen Capítulo 3. Control de pruebas documentales de origen Rogelio Perilla Gutiérrez

8 “REGÍMENES ADUANEROS” (Decreto 390 de 2016)
Rogelio Perilla Gutiérrez

9 Contenido Nueva Regulación Aduanera
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN (Arts. 1 al 3) CAPÍTULO II. SISTEMATIZACIÓN, GARANTÍAS Y RESOLUCIONES ANTICIPADAS (Arts. 4 al 16) TÍTULO II. LA OBLIGACIÓN ADUANERA CAPÍTULO I. LA OBLIGACIÓN ADUANERA EN LA IMPORTACIÓN (Arts. 21 al 30) CAPÍTULO II. OBLIGACIÓN ADUANERA EN LA EXPORTACIÓN (Art. 31) CAPÍTULO III. OBLIGACIÓN ADUANERA EN EL TRÁNSITO Y EN EL DEPÓSITO ADUANERO (Art. 32) Rogelio Perilla Gutiérrez

10 Destino Aduanero – Arts. 138 al 140 Rogelio Perilla Gutiérrez
TÍTULO III. OBLIGADOS ADUANEROS CAPÍTULO I. DECLARANTE (Arts. 39 al 42) CAPÍTULO II. OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR TÍTULO IV. DEL DESTINO ADUANERO Inclusión en un régimen aduanero de tránsito, depósito aduanero o de importación Introducción a depósito habilitado Destrucción Abandono Reembarque Destino Aduanero – Arts. 138 al 140 TÍTULO V. GENERALIDADES DE LOS REGIMENES ADUANEROS CAPÍTULO I. CLASIFICACIÓN DE LOS REGÍMENES ADUANEROS (Arts. 141 y 142) CAPÍTULO II. DECLARACIÓN ADUANERA (Arts. 143 y 148) CAPÍTULO III. CLASIFICACIÓN, ORIGEN Y VALORACIÓN Rogelio Perilla Gutiérrez

11 Rogelio Perilla Gutiérrez
TÍTULO VI. IMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS AL TERRITORIO ADUANERO NACIONAL Importaciones restringidas sujetas a autorización expresa (Art. 182): Armas, explosivos, productos precursores de estupefacientes, drogas ilegales o psicoactivas y estupefacientes. Prohibiciones de importación (Art. 182): Juguetes bélicos, armas químicas, biológicas y nucleares, residuos nucleares y desechos tóxicos y mercancías prohibidas por convenios internacionales a los que haya adherido o adhiera Colombia. Caninos de las razas Staffordshire terrier, American Staffordshire terrier, Pit Bull Terrier, American Pit Bull Terrier, o de caninos producto de cruces o híbridos de estas razas, conforme a lo estipulado en el artículo 108-E de la Ley 746 de 2002. Observadores en la importación y/o en la exportación (Art. 183) Rogelio Perilla Gutiérrez

12 CAPÍTULO I. FORMALIDADES ADUANERAS PREVIAS AL DESADUANAMIENTO
SECCIÓN I SECCIÓN II SECCIÓN III Llegada de los medios de transporte al territorio aduanero nacional (Arts. 184 al 189) Recepción y registro de los documentos de viaje (Arts. 190 al 208) Entrega y recepción (Arts. 209 al 211) Rogelio Perilla Gutiérrez

13 Tipos de medio de transporte y tiempo de permanencia en el TAN
Llegada de los medios de transporte al territorio aduanero nacional (Arts. 184 al 189) SECCIÓN I Tipos de medio de transporte y tiempo de permanencia en el TAN TIPO PERMANENCIA PRÓRROGA Medios de transporte de matrícula extranjera con carga o sin carga 30 días (C) Aeronaves de servicio público de matrícula extranjera de pasajeros o de carga Naves o Aeronaves de servicio público o privado para el transporte de personas 15 días (H) En modo terrestre, los medios de transporte de servicio público o privado solo de pasajeros Medios de transporte averiados o destruidos Unidades de carga, envases y sellos generales 6 meses Contados a partir de la fecha de presentación del aviso de finalización del descargue En modo terrestre, a partir del Aviso de Llegada. CAPÍTULO II. DESADUANAMIENTO EN LA IMPORTACIÓN Rogelio Perilla Gutiérrez

14 Sección I. Importación definitiva Rogelio Perilla Gutiérrez
CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN Parte I. Importación para el consumo - Art. 233 Para el consumo en general de manera indefinida. Con pago diferido para bienes de capital, sus partes y accesorios. Garantía: 100% de los derechos e impuestos a la importación. Término: 5 años. Liquidación en UVT. Primera cuota en zona primaria o con la presentación, aceptación y levante de la declaración aduanera. El no pago de 2 cuotas da lugar al pago obligatorio de las cuotas faltantes. Maquinaria pesada para industrias básicas (Art E. T.) Valor CIF superior a USD$ Pago de IVA diferido (40%, 30%, 30%). Celebrar acuerdo de pago. Muestras sin valor comercial – Art. 234 (Normas sanitarias y fitosanitarias) Sección I. Importación definitiva Rogelio Perilla Gutiérrez

15 Sección I. Importación definitiva Rogelio Perilla Gutiérrez
CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN Parte II. Importación con franquicia o exoneración de derechos e impuestos a la importación – Arts. 235 al 238 En virtud de tratado, convenio o ley. (No se considera en libre circulación) Cambio de titular o destinación. Diplomáticos – Dto. 2148/91. Parte III. Importación en cumplimiento de garantía – Arts al 241 Sin registro o licencia. Sin pago de derechos e impuestos. Un año a partir de la certificación de embarque prorrogable por 6 meses. Exportación o destrucción: 90 días. (Garantía 150% derechos e impuestos) Parte IV. Reimportación en el mismo estado – Arts. 242 y 243 Precedida de exportación. Sin transformación, elaboración o reparación en el exterior. Plazo: 1 año a partir de la exportación. Sección I. Importación definitiva Rogelio Perilla Gutiérrez

16 Sección I. Importación definitiva Rogelio Perilla Gutiérrez
CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN Parte V. Reimportación por perfeccionamiento pasivo – Arts al 247 Precedida de exportación temporal para transformación, elaboración, reparación o acondicionamiento. Con pago de derechos e impuestos a que haya lugar. Coeficiente de rendimiento. Cuadro Insumo Producto. Productos compensadores. Plazo: Según el otorgado en la exportación temporal – Art (1 año prorrogable por 1 año más) Sección I. Importación definitiva Rogelio Perilla Gutiérrez

17 Sección II. Regímenes suspensivos Rogelio Perilla Gutiérrez
CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN Parte I. Admisión temporal para reexportación en el mismo estado (Arts. 248 al 251) Bienes determinados por la DIAN. Plazo: 12 meses prorrogables por 6 meses y otros 6 meses por plazo mayor. Maquinaria pesada para industrias básicas (Art. 428 E. T.): Sin producción nacional. Pago diferido de los derechos de aduana únicamente. Plazo: 5 años más 2 años de plazo mayor. Sección II. Regímenes suspensivos Rogelio Perilla Gutiérrez

18 Sección II. Regímenes suspensivos Rogelio Perilla Gutiérrez
CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN Parte II. Admisión temporal para perfeccionamiento activo (Arts. 252 al 260) Admisión temporal para transformación, elaboración, manufactura o procesamiento (Art. 253 al 258) Con suspensión de derechos e impuestos. De mercancías incorporadas en procesos de producción. El destino del bien final es la exportación. Permite hacer subprocesos de manufactura en el exterior. Coeficiente de rendimiento. Cuadro Insumo Producto. Exportación de productos compensadores. Subproductos, productos defectuosos, residuos, desperdicios y saldos. Finalización del Régimen. Sección II. Regímenes suspensivos Rogelio Perilla Gutiérrez

19 Sección II. Regímenes suspensivos Rogelio Perilla Gutiérrez
CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN Parte II. Admisión temporal para perfeccionamiento activo (Arts. 252 al 260) Admisión temporal para reparación o acondicionamiento de Bienes de Capital, Aeronaves, Embarcaciones Marítimas o Fluviales y otros Bienes (Art. 259) Bienes de capital, aeronaves y otros bienes: 6 meses prorrogables. Embarcaciones marítimas o fluviales: 2 años prorrogables por 2 años más y plazo mayor en casos justificados. Sección II. Regímenes suspensivos Rogelio Perilla Gutiérrez

20 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
TRANSFORMACIÓN Y/O ENSAMBLE Art. 261 Destino de los bienes finales: Importación para consumo, franquicia o exoneración de impuestos a la importación. Exportación. Sin pago de derechos e impuestos. Coeficiente de Rendimiento. Cuadro Insumo Producto. Plazo para producción de bien final: 12 meses prorrogables por 3 meses más. Se podrá autorizar plazo superior. PROGRAMA FOMENTO INDUSTRIA AUTOMOTRIZ (ProFIA) - Decreto 1567 de 2015 Sección III. Transformación y/o ensamble – Arts. 261 al 266 Rogelio Perilla Gutiérrez

21 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
Parte I. Importación temporal de mercancías alquiladas o con contrato de arrendamiento con opción de compra “Leasing” (Arts. 267 al 273) Bienes de capital. Aeronaves. Persona natural o jurídica. Para enseñanza o fumigación. Que su antigüedad no supere los 10 años de fabricación. Partes, accesorios y repuestos. Plazo: el mismo del contrato. Garantía: 100% de los derechos e impuestos o por la finalización del régimen. Pago de derechos e impuestos: Hasta 5 años. Reparación o reemplazo. Finalización. Régimen sancionatorio independiente. Sección IV. Regímenes especiales de importación Rogelio Perilla Gutiérrez

22 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
Parte II. Tráfico postal (Arts. 274 al 284) Descripción Restricciones Correspondencia Hasta 2 kg de peso Encomiendas Hasta 20 kg de peso Encomiendas de países con tratado Desde 20 kg hasta 50 kg Mercancías Hasta US$2.000 de valor FOB y hasta 6 unidades no estarán sujetos a restricciones legales o administrativas Sección IV. Regímenes especiales de importación Rogelio Perilla Gutiérrez

23 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
Parte III. Envíos de entrega rápida o mensajería expresa (Arts. 285 al 294) Categoría 1 Correspondencia y documentos Categoría 2 Mercancías hasta por US$200 Categoría 3 Mercancía entre US$200 a US$2.000 Sin restricción legal o administrativa: (Envíos de 6 unidades o menos) Pagan derechos e impuestos Categoría 4 M/cías de más de US$2.000, con derechos e impuestos y sujetas a vistos buenos, permisos y autorizaciones Sección IV. Regímenes especiales de importación Rogelio Perilla Gutiérrez

24 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
Parte IV. Viajeros (Arts. 295 al 307) Hasta US$2.000 sin pago de impuestos (Efectos personales y 10 unidades de mercancías sin restricción) Hasta US$3.000 (adicionales) con pago único del 15% (Hasta 3 unidades de artículos de uso doméstico, deportivo y/o propios de la profesión, arte u oficio y hasta 10 unidades de artículos personales o familiares) No hacen parte del equipaje mercancías de los Capítulos 86, 87, 88, 89 excepto las bicicletas, sillas de ruedas y coches de niños. Menores de edad: 50% Tripulantes: efectos personales Exceso inferior al 20%, multa del 50% del tributo único Exceso superior al 20%, cambio de régimen Sección IV. Regímenes especiales de importación Rogelio Perilla Gutiérrez

25 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
Parte V. Menaje de casa (Arts. 308 y 309) Menaje doméstico del viajero o su unidad familiar. Con pago del 15% (24 meses en un lapso de 3 años). La DIAN reglamentará artículos (mercancías) y cantidades. Residente del exterior para fijar residencia en Colombia. Origen: Anterior país de residencia. Ingreso: Única aduana. Llegada: 1 mes antes o 4 meses después del arribo del propietario. Sección IV. Regímenes especiales de importación Rogelio Perilla Gutiérrez

26 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
Parte VI. Importación temporal de medios de transporte de uso privado (Arts. 310 al 317) De turistas. (Arts. 310 al 313) Ingreso con el turista o como carga. Sin pago de derechos e impuestos. Sin garantía. Presentar libreta de paso por la aduana, documento que acredite propiedad o uso, pasaporte o documento de identidad, término de permanencia, improntas y certificado de residencia en el exterior. Plazo: Hasta 3 meses en 1 año calendario, prorrogables por 3 meses más, sin que supere el término de permanencia del turista. Sección IV. Regímenes especiales de importación Rogelio Perilla Gutiérrez

27 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
Parte VI. Importación temporal de medios de transporte de uso privado (Arts. 310 al 317) De personas que vienen a trabajar al TAN. (Art. 314) Extranjeros o nacionales no residentes. Medio de transporte para trabajo de la subpartida Sin pago de derechos e impuestos. Plazo: 2 años prorrogables por 2 años más , sin que supere el término de permanencia de la persona que viene a trabajar. Presentar formulario y garantía por el 100% de los derechos e impuestos a la importación. Finalización. Sección IV. Regímenes especiales de importación Rogelio Perilla Gutiérrez

28 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
Parte VI. Importación temporal de medios de transporte de uso privado (Arts. 310 al 317) De aeronaves. (Arts. 315 al 317) De uso privado de matrícula extranjera. Únicamente para transporte de personas con fines comerciales o de negocios. Sin pago de derechos e impuestos. La aeronave se constituye en garantía de pleno derecho. Plazo: 1 año sin lugar a prórroga. Finalización y control. Sección IV. Regímenes especiales de importación Rogelio Perilla Gutiérrez

29 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
Parte VII. Importación temporal de embarcaciones de recreo de uso privado, que permitan la navegación de altura (Arts. 318 al 323). Embarcación con eslora superior a 35 pies. Ingreso con el turista o máximo 15 días antes a la llegada del turista. Plazo: 2 años prorrogables por 2 años más. Sin pago de derechos e impuestos. Personas naturales no residentes en el TAN. Formato exigido por la DIAN, con matrícula, documento de zarpe, documentos migratorios y relación de mercancías y accesorios. Embarcación y mercancías constituyen garantía de pleno derecho. Ingreso por lugar habilitado. Finalización. Sección IV. Regímenes especiales de importación Rogelio Perilla Gutiérrez

30 CAPÍTULO III. REGÍMENES DE IMPORTACIÓN
Parte VIII. Importación por redes, ductos o tuberías (Art. 324) Para energía eléctrica, gas, petróleo y/o combustibles líquidos derivados del petróleo y demás mercancías que determine la DIAN. Por puntos habilitados. Enviar información a través de los Sistemas Informáticos Electrónicos. Sin pago de derechos e impuestos. Parte IX. Provisiones para consumo y para llevar (Arts al 329) Provisiones para consumo. Provisiones para llevar. Reaprovisionamiento de combustibles y lubricantes (Art. 328). Sección IV. Regímenes especiales de importación Rogelio Perilla Gutiérrez

31 Rogelio Perilla Gutiérrez
CAPÍTULO IV. OPERACIONES ADUANERAS ESPECIALES DE INGRESO DE MERCANCÍAS Ingreso definitivo de mercancías con salida temporal Dentro del plazo establecido. Registro en los Sistemas Informáticos Electrónicos. Ingreso Temporal: Aeronaves o embarcaciones marítimas o fluviales, para acondicionamiento, mantenimiento o reparación. Demostrar disponibilidad de instalación industrial. Garantía: 5% de los derechos e impuestos. Operaciones aduaneras especiales de ingreso de mercancías y medios de transporte – Art. 330 Rogelio Perilla Gutiérrez

32 OPERACIONES ADUANERAS ESPECIALES DE SALIDA DE MERCANCÍAS
Salida definitiva - Reexportación – Art. 379 Finalización de los regímenes de: Admisión temporal. Importación temporal para reexportación en el mismo estado. Régimen suspensivo de admisión temporal sin haber sufrido una operación de perfeccionamiento. Régimen de transformación y/o ensamble sin haber sido objeto del proceso industrial. Importación temporal bajo el régimen de viajeros. Tramitar reexportación en el Sistema Informático Electrónico. Operaciones especiales de salida de mercancías Rogelio Perilla Gutiérrez

33 OPERACIONES ADUANERAS ESPECIALES DE SALIDA DE MERCANCÍAS
Salida temporal – Arts. 380 y 381 De mercancías con franquicia En admisión temporal para reexportación en el mismo estado En admisión temporal para transformación, elaboración, manufactura o procesamiento, transformación y/o ensamble De mercancías alquiladas o en “Leasing”, para pruebas técnicas, procesos de sub-ensamble, mantenimiento, reparación o sustitución, en el exterior. En admisión temporal para transformación, elaboración, manufactura o procesamiento para realizar subprocesos de manufactura. Garantía: 150% de los derechos e impuestos a la importación. Operaciones especiales de salida de mercancías Rogelio Perilla Gutiérrez

34 REGÍMENES ADMINISTRADOS POR MINCIT
Rogelio Perilla Gutiérrez

35 Rogelio Perilla Gutiérrez
ZONAS FRANCAS PLAN VALLEJO SOCIEDADES DE COMERCIALIZACIÓN INTERNACIONAL ZONAS ECONÓMICAS ESPECIALES DE EXPORTACIÓN Rogelio Perilla Gutiérrez

36 Rogelio Perilla Gutiérrez
X SIMPOSIO INTERNACIONAL ADUANERO Y PORTUARIO BARRANQUILLA GRACIAS Rogelio Perilla Gutiérrez


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