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DERECHO ADUANERO MODULO VIII LA NORMATIVIDAD ADUANERA MEXICANA.

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Presentación del tema: "DERECHO ADUANERO MODULO VIII LA NORMATIVIDAD ADUANERA MEXICANA."— Transcripción de la presentación:

1 DERECHO ADUANERO MODULO VIII LA NORMATIVIDAD ADUANERA MEXICANA

2 MERCANCIAS Son los productos, artículos, efectos y cualesquier otros bienes, aun cuando las leyes los consideren inalienables o irreductibles a propiedad particular.

3 DIVISION DE LAS MERCANCIAS
POR SU ORIGEN: Nacionales, Nacionalizadas, Extranjeras. POR SUS REQUISITOS: Libres, Restringidas, Prohibidas. POR EL PAGO DE IMPUESTOS: Exentas, Gravadas.

4 DIVISION DE LAS MERCANCIAS
POR SU REGIMEN ADUANERO: De importación, de exportación, de tránsito y a depósito. POR SU LUGAR DE DESTINO: A zona libre, a zona fronteriza y a zona gravada.

5 TRAFICO La vigente ley regula como tráficos autorizados para la introducción o extracción de mercancías al: marítimo, terrestre, aéreo, fluvial y postal.

6 TRAFICO MARITIMO De altura. De cabotaje. Tráfico mixto.

7 TRAFICO TERRESTRE Con pasajeros y mercancías, a través de las líneas internacionales durante horas hábiles; en caso de trenes especiales, las entradas o salidas se dan a lugar bajo previo aviso a la autoridad aduanera correspondiente.

8 TRAFICO AEREO Se efectuará solamente por aquellos aeropuertos que el ejecutivo federal haya declarado como internacionales.

9 TRAFICO POSTAL Las mercancías que se realicen por la vía postal, están confiadas a la guarda del correo, pero bajo la vigilancia y control de la autoridad aduanera.

10 DEPOSITO PREVIO DE MERCANCIAS
Etimología: “poner en seguridad algo”. “Previo”: asegurar anticipadamente el control y seguridad del bien. El depósito es un servicio público, si se concesiona, se da a lugar a los: depósitos fiscales. depósitos fiscalizados.

11 ABANDONO Se da cuando las mercancías en depósito pasa a manos del fisco, ya que el interesado en forma de renuncia o por su abandono, pierde el derecho de propiedad y esta se transmite al fisco.

12 DESPACHO DE MERCANCIAS
Conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada y salida de mercancías al territorio nacional que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes establecidos en la ley, deberán realizar las autoridades fiscales y consignatarios en las importaciones y remitentes en las exportaciones.

13 SECUENCIA DEL DESPACHO DE MERCANCIAS
Declaración. Comprobación. Registro Foro o reconocimiento. Liquidación de impuestos. Retiro o levante.

14 LEGITIMACION Se reconoce como legitimación para actuar en el despacho: al destinatario en importación y remitente en exportación. Los destinatarios deberán contar con la conformidad del consignatario del medio de transporte para retirar del dominio fiscal las mercancías.

15 RECONOCIMIENTO Y VERIFICACION FISICA
RECONOCIMIENTO: es el acto por el cual teniendose las mercaderías a la vista, se examinan para precisar sus características para clasificarlas y determinar el pago de los impuestos y demás requisitos y así ser consideradas legalmente importadas o exportadas.

16 RECONOCIMINETO Y VERIFICACION FISICA
VERIFICACION: consiste en comprobar que la cantidad, características, marcas, números y pesos de los bultos coincidan con lo declarado en el pedimento aduanal.

17 ELEMENTOS DE LA OBLIGACION FISCAL:
IMPUESTOS ADUANEROS ELEMENTOS DE LA OBLIGACION FISCAL: Sujeto activo y pasivo. Hecho generador. El objeto del impuesto. Base gravable en importación. La obligación aduanera.

18 IMPUESTOS ADUANEROS CLASIFICACION:
Por su finalidad: fiscales y protectoras. Por su régimen aduanero: de importación y de exportación. Por su gravamen: específico, ad valorem y graduales.

19 IMPUESTOS ADUANEROS …CLASIFICACION:
Por su naturaleza: autónomos y convencionales. Por su pago: definitivo, garantizado y suspensivo.

20 EXENCIONES Y FRANQUICIAS
Diversas circunstancias pueden tener características sociales, científicas, culturales, económicas, de cortesía y reciprocidad internacional, por lo que la ley otorga una serie de exenciones y franquicias en materia aduanera, y pueden ser o no condicionadas, permanentes o transitorias.

21 IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES OCASIONALES
En este caso no será necesario formular pedimento, es facultad exclusiva de la autoridad aduanera determinar la clasificación arancelaria y establecer en cantidades líquidas los créditos fiscales que se ocasionen.

22 AGENTES ADUANALES Es la persona física que a través de una patente otorgada por la autoridad hacendaria interviene ante una aduana para despachar mercancías bajo regímenes aduaneros, en virtud de los servicios profesionales que presta

23 F I N


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