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Enfoque de Género en la Seguridad Social Seminario Taller Nivelación y Conformación de Equipos Técnicos y Sindicales en Materia de Seguridad Social para.

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1 Enfoque de Género en la Seguridad Social Seminario Taller Nivelación y Conformación de Equipos Técnicos y Sindicales en Materia de Seguridad Social para las Organizaciones Sindicales. Soc. Leticia Pugliese Soc. Silvia Santos Asesoría General en Seguridad Social Banco de Previsión Social Uruguay03/06/2010

2 CONCEPTO DE GÉNERO u“Las formas históricas y socioculturales en que hombres y mujeres interactúan y dividen sus funciones” (Aguirre, R. ) u No se trata de las características biológicas o naturales entre los sexos, varían de una cultura a otra, son construidas socialmente: Roles, responsabilidades, limitaciones, etc.

3 ¿Por qué un enfoque de Género en la Seguridad Social ? La Seguridad Social como toda política social, influye y es influenciada por el entorno social. La desigualdad de género en los roles familiares y en el mercado de trabajo, tiene consecuencias presentes y futuras en la cobertura de ambos sexos.

4 MERCADO DE TRABAJO Y GÉNERO Fuente: MIDES – Indicadores Territoriales de Género para la elaboración de políticas de equidad - 2008

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6  Las trabajadoras predominan en sectores de actividad donde hay mayor subempleo e informalidad.  Interrumpen su inserción en el mercado laboral.  Reciben menores remuneraciones salariales. Consecuencias: Menor cobertura de Seg. Social presente y futura (activa y pasiva) y menores niveles de ingresos en subsidios y jubilaciones.

7 URUGUAY. PROPORCIÓN DE COBERTURA DE POBLACIÓN POR LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD SOCIAL

8 CONTINGENCIAS  Maternidad  Infancia y Familia  Salud  Desocupación  Incapacidad  Vejez  Muerte PROGRAMAS  Subsidio por Maternidad  Asignaciones Familiares  Seguro por Enfermedad  Seguro por Desempleo  Jubilaciones y Pensiones por Incapacidad  Jubilaciones comunes, especiales y por edad avanzada  Pensiones de Sobrevivencia

9 JUBILACIONES  Prestaciones en etapa de pasividad, contributivas, con requisitos de edad mínima legal, y cantidad de años de trabajo, reconocidos / aportados.  Modificaciones a las normativas. A veces favoreciendo y a veces dificultando el acceso al sistema de seguridad social. Estas influyeron principalmente en las mujeres.

10 Jubilación Causal Vejez Edad mínima legal Acto Nº 9 Hasta 1995 Ley 16.713 ‘95 a 2008 Ley 18.395 ACTUAL Mujer5560 Hombre60 Años de trabajo Mujer303530 Hombre303530

11 Cómputo ficto de servicios a la mujer por cada hijo Ley N° 18.395 de Flexibilización del acceso a las Jubilaciones. Vigente desde julio de 2009 Las mujeres tendrán derecho a computar un año adicional de servicios por cada hijo nacido vivo, o por cada hijo que hayan adoptado siendo éste menor o discapacitado, con un máximo total de cinco años.

12 Jubilación por Edad Avanzada Edad mínima legal Acto Nº 9 1979 a 1995 Ley 16.713 1995 a 2008 Ley 18.395 Desde 2009 ACTUAL Mujer657070 / 15 69 / 17 68 / 19 67 / 21 66 / 23 65 / 25 Hombre70 Años de trabajo Mujer1015 Hombre1015

13 Altas de jubilaciones por Vejez y por Edad avanzada MujeresvariaciónHombresvariación 20086.602---9.444--- 200914.698123%14.03649% Fuente: Banco de Datos Asesoría Económica y Actuarial - AGSS

14 Subsidio especial por inactividad compensada  Protege a los desocupados de 58 y 59 años de edad.  Con al menos 28 años de trabajo  Durante dos años como máximo, hasta configurar causal jubilatoria

15 PENSIONES DE SOBREVIVENCIA Prestación generada por los jubilados o trabajadores afiliados al BPS que fallezcan. Beneficiarios: Las viudas y los viudos, las concubinas y los concubinos, las divorciadas y los divorciados, los hijos solteros menores de 21 años o hijos solteros mayores de 18 años absolutamente incapacitados para todo trabajo y los padres absolutamente incapacitados para todo trabajo.

16  La evidencia para Uruguay muestra un aumento de uniones conyugales no legales. uLa Ley Nº 18.246 de 27/12/2007, de Unión Concubinaria contempla esta situación. Otorga derecho a pensión de sobrevivencia por uniones que reúnan características de exclusividad y permanencia. Reconocimiento de derechos de Seguridad Social a Concubinos/as

17 PENSIONES DE SOBREVIVENCIA 96% de los Pensionistas son Mujeres El viudo debe acreditar dependencia económica de la causante o carencia de recursos suficientes. Período de amparo: Menor de 30 años: Pensión por 2 años Entre 30 y 39 años: Pensión por 5 años 40 y más años: Vitalicia

18 TRABAJO DOMÉSTICO  Es la ocupación más feminizada y menos protegida en América Latina.  Pocos países establecen salario mínimo.  En muchos países están excluidos total o parcialmente de la Seg. Social.  Es puerta de entrada al mercado laboral de las mujeres más pobres y no sindicalizadas.  Es el mayor desafío para la OIT con respecto a Trabajo Decente.

19 Ley de Trabajo Doméstico N° 18.065 de 27 Nov. 2006 Derechos Laborales  Limitación de la jornada laboral  Descanso intermedio, semanal y nocturno  Indemnización por despido  Fijación de salario por los Consejos de Salarios

20 Derechos de Seguridad Social TD  Cobertura de Seguro por Desempleo  Atención de la salud La difusión de la ley, fue un medio de concientización y educación en derechos para las trabajadoras y los empleadores.

21 Número de puestos cotizantes de Trabajo Doméstico

22 SEGURO POR DESEMPLEO Se rige por el Decreto Ley 15.180 de 20/08/981 y su Ley modificativa N° 18.399 de 22/10/2008. Objetivo: Brindar cobertura a quienes se han quedado involuntariamente sin trabajo y en ciertos casos a quienes se les ha reducido la jornada laboral. En qué consiste: Consiste en una prestación mensual en dinero. Para trabajadores despedidos, hasta seis meses de subsidio o 72 jornales (según el tipo de remuneración). Para trabajadores suspendidos, hasta 4 meses de subsidio o 48 jornales. En caso de despido a trabajadores con 50 años o más, tendrán derecho a una extensión de 6 meses o 72 jornales.

23  Trabajadores de la actividad privada que presten servicios remunerados a terceros y se encuentren amparados por las normas que rigen las prestaciones de Industria y Comercio.  Trabajadores de packing de frutas y verduras (D. 608/87 – 14/10/87).  Trabajadores rurales conforme al decreto N°211/001 de 8 de junio de 2001.  Trabajadores urbanos del Servicio Doméstico a partir del 27/11/2006 por ley N° 18.065.  Trabajadores Profesionales del Deporte (por aplicación del decreto 40/998).  Trabajadores con contrato a término por un plazo mínimo del contrato de 24 meses. Población destinataria:

24 Evolución de las altas de seguro por desempleo Distribución de las altas de Seguro de Desempleo por sexo

25 EVOLUCIÓN DE LA TASA DE DESEMPLEO DE HOMBRES Y MUJERES FUENTE: ELABORADO EN BASE A MICRODATOS DE ENCUESTA CONTINUA DE HOGARES

26 ASIGNACIONES FAMILIARES Actualmente las AF se rigen por Ley 15.084 de noviembre de 1980 y por Ley 18.227 de diciembre de 2007 que corresponde al nuevo sistema del Plan de Equidad (PE). Estos programas se diferencian por:  las condiciones exigidas para el acceso  el tipo de prestación que brindan

27 DECRETO LEY 15.084 de 25/11/1980 Objetivo:  Apoyar a los padres y madres trabajadores en el cuidado de los niños a su cargo y al contribuir al desarrollo integral de los mismos.  Apoyar a la mujer embarazada a fin de que acceda a los controles periódicos durante el embarazo.

28 ASIGNACIONES FAMILIARES DECRETO LEY 15.084  Se trata de una prestación económica para hijos o menores a cargo de trabajadores, que se otorga desde el momento de comprobado el embarazo. El monto varía según los ingresos del hogar. El tope de ingresos totales del hogar para recibir la asignación es de 10 BPC (Bases de Prestaciones y Contribuciones), en hogares con hasta 2 niños. Este tope aumenta según la cantidad de hijos. EN QUÉ CONSISTE :

29 ASIGNACIONES FAMILIARES DECRETO LEY 15.084 Ayudas de carácter no económico :  Los niños beneficiarios de AF por esta ley y cuya opción mutual sea Salud Pública tienen derecho a la asistencia médica de nivel primario que proporciona el BPS en sus centros Materno- Infantiles. La atención en los Centros Materno-Infantiles también está dirigida a la embarazada, cubriendo una asistencia integral. EN QUÉ CONSISTE

30 BENEFICIARIOS DE AF POR DECRETO LEY 15.084 Niños, niñas y adolescentes hijos o menores a cargo de los atributarios que:  Reciban educación primaria (hasta 14 años).  Reciban educación secundaria (hasta 18 años).  Que padezcan alguna discapacidad, (tienen derecho de por vida o hasta que perciban otra prestación por invalidez).

31 MujeresHombresTotalesValores absolutos 49,9750,03100,0119.988 DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE ATRIBUTARIOS DE AF POR LEY 15.084 A DICIEMBRE DE 2009 Fuente: Centro de Servicios Informáticos de Desarrollo de Prestaciones

32 ASIGNACIONES FAMILIARES DEL PLAN DE EQUIDAD LEY 18.227 Se trata de un Plan a ejecutar por todos los organismos de gobierno y para toda la sociedad. El Plan de Equidad procura revisar y adecuar el esquema de protección social vigente, atendiendo a la nueva matriz de riesgos sociales. La principal orientación del Plan de Equidad apunta a que nadie quede librado, a su condición social y/o económica particular, generando iguales condiciones y oportunidades para todas y todos frente a diversas circunstancias vitales, sociales y económicas.

33 Población objetivo de las AF del Plan de Equidad Niños y adolescentes que :  Integren hogares en situación de vulnerabilidad socioeconómica.  Estén en atención de tiempo completo en establecimientos del Instituto del Niño y Adolescentes del Uruguay (INAU) o en instituciones que mantengan convenios con dicho instituto.

34 ADMINISTRADORES DEL BENEFICIO DE AF DEL PLAN DE EQUIDAD Las personas o las instituciones a cuyo cargo estén los beneficiarios. En caso de que dos personas de distinto sexo reúnan tales condiciones, tendrá preferencia la mujer.

35 DISTRIBUCIÓN PORCENTUAL DE GENERANTES DE AF POR PLAN DE EQUIDAD SEGÚN SEXO A DICIEMBRE DE 2009 MujeresHombresTotalValores Absolutos 93,07,0100,0183.664 Fuente: Centro de Servicios Informáticos de Desarrollo de Prestaciones

36 SUBSIDO POR MATERNIDAD (Decreto Ley 15.084) Las empleadas de la actividad privada y aquellas que se encuentran en Seguro de Desempleo. Consiste en un subsidio económico que se entrega durante el período pre y post parto que abarca 6 semanas anteriores y posteriores al parto.

37 LICENCIA ESPECIAL POR ADOPCIÓN DE MENORES LEY 17.292 de 16/01/2001 Licencia especial (6 semanas) para funcionarios públicos o privados que adopten menores. Puede hacer uso de la licencia uno u otro integrante del matrimonio.

38 MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL Y REGIONAL PARA LA IGUALDAD DE GÉNERO  Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) de 1979. (Uruguay aprueba el Protocolo Facultativo en mayo de 2001).  Declaración y plataforma de Acción de Beijing. 4 a 15 de setiembre de 1995.  Declaración de Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) fijados en el año 2000.  X Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe (Consenso de Quito), 6 a 9 de agosto de 2007.

39 MARCO NORMATIVO EN URUGUAY  Primer Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades y Derechos (presentado en mayo de 2007). Se basa en 5 proyectos de Uruguay: social, integrado, productivo, cultural, innovador. Para cada uno de ellos se establecen líneas estratégicas de igualdad. Para cada línea se establecen acciones, organismos responsables y asociados con cronograma de ejecución.  - Ley 18.104 para la promoción de la Igualdad de Derechos y Oportunidades entre hombres y mujeres aprobada en marzo de 2007.

40 NORMATIVA PARA EQUIDAD DE GÉNERO EN SEGURIDAD SOCIAL NORMATIVA PARA EQUIDAD DE GÉNERO EN SEGURIDAD SOCIAL  LEY 18.246 DE UNIÓN CONCUBINARIA (con vigencia en las pensiones a partir 01/01/09)  CÓMPUTO FICTO DE SERVICIOS PARA LA MUJER POR CADA HIJO (ley 18.395 de 15/10/2008)  LEY DE TRABAJO DOMÉSTICO (18.065 de 5/12/ 2006)  MODIFICACIONES EN ASIGNACIONES FAMILIARES (ley 18.227 Plan de Equidad con vigencia al 1/01/2008)  LICENCIA POR HIJOS ADOPTIVOS (ley 17.292 de 16/01/2001)

41 ACCIONES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO AL INTERIOR DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL  Funciona un Grupo de Trabajo de Seguridad Social y Género desde 2007.  El Presupuesto 2009 del BPS incluye, tanto para prestaciones como para Recursos Humanos, la apertura por sexo. La Asesoría General en Seguridad Social del BPS:  Elabora y presenta información estadística con apertura por sexo en páginas web del BPS.  Elabora Indicadores de Género, los que integran un Sistema de Información Estadística a disposición de Directores, alta gerencia y personal técnico.  Realiza estudios sobre la Seguridad Social con perspectiva de género, entre otros, los cuales se publican en páginas web del BPS.


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