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DECRETO PARA LA PROMOCIÓN DE LA CULTURA DE PAZ Y LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA DECRETO 19 /2007 DEL 23 DE ENERO BOJA 2 de FEBRERO JUNTA DE ANDALUCÍA.

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1 DECRETO PARA LA PROMOCIÓN DE LA CULTURA DE PAZ Y LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA DECRETO 19 /2007 DEL 23 DE ENERO BOJA 2 de FEBRERO JUNTA DE ANDALUCÍA

2 TÍTULO IV RECURSOS Y APOYOS PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA TÍTULO IV RECURSOS Y APOYOS PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA TÍTULO V COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN TÍTULO V COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN TÍTULO VI OBSERVATORIO PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN ANDALUCÍA TÍTULO VI OBSERVATORIO PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN ANDALUCÍA TÍTULO I PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO I PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II ACTUACIONES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS TÍTULO II ACTUACIONES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS TÍTULO III NORMAS DE CONVIVENCIA TÍTULO III NORMAS DE CONVIVENCIA Volver al DECRETOVolver al TITULO DECRETO PARA LA PROMOCIÓN DE LA CULTURA DE PAZ Y LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA D T

3 TÍTULO I: TÍTULO I: PRINCIPIOS Y DISPOSICIONES GENERALES Establecer un conjunto de medidas y actuaciones dirigidas a la promoción de la cultura de paz y a la mejora de la convivencia OBJETIVO PRINCIPIOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS MEDIDAS CAPÍTULO I: PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN Y OBJETIVOS (art. 1-3) D

4 PRINCIPIOS Intervención Preventiva Intervención Preventiva Participación de toda la comunidad educativa y corresponsabilidad entre ellos. Participación de toda la comunidad educativa y corresponsabilidad entre ellos. Coordinación y sectorización de las competencias para asegurar la complementariedad y coherencia de las actuaciones. Coordinación y sectorización de las competencias para asegurar la complementariedad y coherencia de las actuaciones. Globalización de las actuaciones Globalización de las actuaciones T D

5 Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa y a los agentes sociales sobre la importancia de la convivencia. Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa y a los agentes sociales sobre la importancia de la convivencia. Promover la cultura de paz y mejorar la convivencia escolar en los centros educativos. Promover la cultura de paz y mejorar la convivencia escolar en los centros educativos. Fomentar valores y actitudes positivas relacionadas con la convivencia. Fomentar valores y actitudes positivas relacionadas con la convivencia. OBJETIVOS ESPECÍFICOS T D

6 Establecer el procedimiento para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias por el incumplimiento de las normas. Potenciar el desarrollo de programas de innovación educativa y proyectos integrales “Escuelas: Espacio de Paz”. Coordinar, planificar y hacer un seguimiento de las medidas y actuaciones que se van a desarrollar en este ámbito. Asesorar, orientar y formar a la comunidad educativa. Dotar de recursos a los centros para mejorar la seguridad de las personas que trabajan en ellos. Promover la colaboración de los miembros de la comunidad educativa con las instituciones y agentes sociales de su entorno. Coordinar y colaborar en la creación de un Observatorio sobre la Convivencia Escolar en Andalucía. MEDIDAS T D

7 TÍTULO II: TÍTULO II: ACTUACIONES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS I. Promoción de la Convivencia en los Centros Educativos Art. 4-9 I. Promoción de la Convivencia en los Centros Educativos Art. 4-9 II. Tutoría y Orientación Art. 10-11 II. Tutoría y Orientación Art. 10-11 III. Seguimiento y Medidas de Seguridad en los Centros Educativos Art. 12-13 III. Seguimiento y Medidas de Seguridad en los Centros Educativos Art. 12-13 D

8 CAPITULO I: PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS (art. 4-9) Entorno Escolar + Necesidades del alumnado CENTRO EDUCATIVO -Equipo Directivo -EOE/DO COMUNIDAD EDUCATIVA - Delegado/a de padres y madres PLAN DE CONVIVENCIA CONSEJO ESCOLAR (aprueba) COMISIÓN DE CONVIVENCIA (directrices) AULA DE CONVIVENCIA T D

9 PLAN DE CONVIVENCIA CONTENIDOS MEMORIA T D

10 Contenidos del plan de convivencia- (art. 5) Diagnóstico del estado de convivencia y objetivos a conseguir. Establecimiento de normas de convivencia de centro y aula. Composición, plan de reuniones y plan de actuación. Normas específicas para el funcionamiento del Aula de Convivencia. Medidas para prevenir, detectar, resolver conflictos. Actividades de formación (comunidad educativa). Estrategias y procedimientos para la difusión, seguimiento y evaluación del plan. Procedimiento para la recogida de incidencias. Funciones de los delegados/as del alumnado y de los padres/madres en mediación. Actuaciones conjuntas de: - Órganos de gobierno/de coordinación docente - Equipos docentes /EOE-DO. - Tutor/a /Equipo docente T D

11 Memoria del Plan de Convivencia – (art. 6) Se elaborará al final de cada curso escolar y se incorporará a la memoria final del curso. Contendrá: 1. Grado de implantación y nivel de consecución de los objetivos. 2. Actividades realizadas y grado de participación. 3. Formación y asesoramiento recibidos 4. Evaluación del proceso y resultados.. 5. Documentación elaborada. T D

12 COMISIÓN DE CONVIVENCIA COMPOSICIÓN FUNCIONES T D

13 Composición – (art. 7) El Consejo escolar constituirá una COMISIÓN DE CONVIVENCIA integrada por: - Director/a (Presidencia) - Jefe/a de estudios - Dos profesores/as - Dos padres o madres - Dos alumnos/as La COMISIÓN recibirá asesoramiento por parte de los Gabinetes Provinciales de Asesoramiento. T D

14 Funciones – (art. 8) Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa. Adoptar medidas preventivas Adoptar medidas preventivas Desarrollar iniciativas para evitar la discriminación del alumnado. Desarrollar iniciativas para evitar la discriminación del alumnado. Mediar en los conflictos planteados. Mediar en los conflictos planteados. Conocer y valorar las correcciones y medidas disciplinarias. Proponer y dar cuenta al Consejo Escolar de las medidas, actuaciones y correcciones impuestas para mejorar la convivencia. Otras funciones T D

15 Aula de Convivencia – (art. 9) FUNCIÓN: Tratamiento individualizado del alumnado que como consecuencia de la imposición de una medida o corrección disciplinaria se ve privado en su derecho a participar en el normal desarrollo de las actividades lectivas OBJETIVO: Reflexión por parte del alumnado de las circunstancias que han motivado su presencia en ella. PLAN DE CONVIVENCIA: - Establecerá los criterios y condiciones para que el alumnado sea atendido, en su caso, en aula de convivencia. - Determinará el profesorado que atenderá el aula de convivencia implicando en ella al: - Tutor/a - DO/ EOE (Trabajador/a Social) - Concretará las actuaciones que se realizarán, de acuerdo con los criterios pedagógicos que, sean establecidos por el ETCP T D

16 TUTORIAORIENTACIÓN POAT Potenciará el papel del tutor/a en la coordinación del Equipo Docente y la mediación EQUIPO TÉCNICO PROVINCIAL DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PROFESIONAL TUTORES: Trasladarán por escrito al alumnado las normas de convivencia establecidas en el ROF (Plan de Convivencia). Se reunirán individualmente con padres/madres del alumnado objeto de medida disciplinaria por conducta gravemente perjudicial, para: Analizar su evolución e integración escolar. Suscripción del compromiso de convivencia Planificarán anualmente actuaciones dirigidas a: Promocionar cultura de paz Prevenir la violencia Mejorar la convivencia Uso de la mediación y resolución pacífica de conflictos Tutoría y Orientación – (art. 10/11) DT

17 Seguimiento de la situación real de los centros Generalización de un sistema de gestión para recoger incidencias Análisis de datos para planificar recursos, asesorar, orientar, formar e intervenir. Pondrá a disposición de la comunidad educativa un servicio telefónico y telemático para asesoramiento e información. Promoverá la colaboración con las distintas administraciones en materia de protección y adopción de medidas preventivas. Seguimiento de la situación real de los centros Generalización de un sistema de gestión para recoger incidencias Análisis de datos para planificar recursos, asesorar, orientar, formar e intervenir. Pondrá a disposición de la comunidad educativa un servicio telefónico y telemático para asesoramiento e información. Promoverá la colaboración con las distintas administraciones en materia de protección y adopción de medidas preventivas. Administración Educativa Centros educativos Gabinete de Asesoramiento sobre la convivencia escolar, dará información y asesoramiento a los centros que lo precisen para la realización del seguimiento interno de su situación. Seguimiento y medidas de seguridad en los centros educativos – (art. 12/13) DT

18 TÍTULO III: TÍTULO III: NORMAS DE CONVIVENCIA I. Disposiciones Generales Art. 14-19 I. Disposiciones Generales Art. 14-19 III. Conductas gravemente Perjudiciales para la convivencia y su corrección. Art. 23-25 III. Conductas gravemente Perjudiciales para la convivencia y su corrección. Art. 23-25 II. Conductas contrarias a las normas de convivencia y su corrección Art. 20-22 II. Conductas contrarias a las normas de convivencia y su corrección Art. 20-22 V. Procedimiento para la imposición de la medida disciplinaria de cambio de centro. Art. 28-33 V. Procedimiento para la imposición de la medida disciplinaria de cambio de centro. Art. 28-33 IV. Procedimiento para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias Art. 26-27 IV. Procedimiento para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias Art. 26-27 D

19 La elaboración de las Normas de Convivencia deben concretarse en: La elaboración de las Normas de Convivencia deben concretarse en: Centro/Aula Centro/Aula Conductas contrarias a las normas de convivencia/conductas gravemente perjudiciales. Conductas contrarias a las normas de convivencia/conductas gravemente perjudiciales. Medidas preventivas Sistema de detección de su incumplimiento Correcciones o medidas disciplinarias Medidas preventivas Sistema de detección de su incumplimiento Correcciones o medidas disciplinarias DT C. I- Disposiciones Generales – (art.14 – 19) CONTINUAR

20  Consejo Escolar  Comisión de Convivencia  Órganos de Gobierno  Profesorado  Comunidad Educativa  Consejo Escolar  Comisión de Convivencia  Órganos de Gobierno  Profesorado  Comunidad Educativa Pondrán especial cuidado en la prevención de actuaciones contrarias a las normas de convivencia estableciendo medidas educativas y formativas Pondrán especial cuidado en la prevención de actuaciones contrarias a las normas de convivencia estableciendo medidas educativas y formativas Pueden pedir a:  padres/madres  representantes legales o  instituciones públicas competentes Pueden pedir a:  padres/madres  representantes legales o  instituciones públicas competentes  Adopción de medidas Educativas y Preventivas dirigidas a modificar actuaciones contrarias a las normas  Adopción de medidas Educativas y Preventivas dirigidas a modificar actuaciones contrarias a las normas DT C. I- Disposiciones Generales – (art. 14 – 19)

21 DT COMPROMISO DE CONVIVENCIA QUIÉN FAMILIAS DE ALUMNADO CON PROBLEMAS DE CONDUCTA FINALIDAD Establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales Colaborar en la aplicación de medidas para superar la situación CONSEJO ESCOLAR a través de la COMISIÓN DE CONVIVENCIA El seguimiento de los compromisos suscritos en el centro Adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento

22 C. I- Disposiciones Generales – (art. 14 – 19) CORRECCIONES Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS PRINCIPIOS GENERALES  Carácter educativo y recuperador.  El alumnado no será privado del ejercicio de su derecho a la educación.  Las correcciones y medidas: CONDUCTAS A CORREGIR  Actos contrarios a las normas de convivencia GRADACIÓN DE LAS CORRECCIONES  Reconocimiento y reparación espontánea de la incorrección.  Falta de Intencionalidad.  Petición de excusas. AGRAVANTES DE LAS CORRECCIONES  Premeditación.  La infracción es hacia un profesor/a, personal no docente o compañeros/as de menor edad recién incorporados al centro.  Acciones que impliquen discriminación.  Incitación a la actuación colectiva que atenten contra los derechos de los demás.  Perjuicios causados al centro e integrantes de la comunidad educativa DT No irán en contra de la integridad física y personal del alumnado. Serán proporcionales a la conducta, edad, circunstancias personales, familiares o sociales del alumnado.

23 Conductas contrarias a las normas de convivencia y su corrección – (art. 20 – 22) CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS CORRECCIONES ÓRGANOS QUE IMPONEN LAS CORRECCIONES 1. 1. ACTOS QUE PERTURBEN EL DESARROLLO NORMAL DEL AULA Y PERJUDIQUEN O/Y DIFICULTEN EL DEBER DE ESTUDIAR DE SUS COMPAÑEROS. SUSPENDER EL DERECHO DE ASISTENCIA A ESA CLASE COMPETENCIA DEL PORFESOR/A QUE IMPARTE LA CLASE. 2. 2. FALTA DE COLABORACIÓN SISTEMÁTICA DEL ALUMNADO EN LA REALIZACIÓN DE SUS ACTIVIDADES AMONESTACIÓN ORAL TODOS LOS PROFESORES/AS DEL CENTRO 3 3. FALTAS INJUSTIFICADAS DE PUNTUALIDAD APERCIBIMIENTO POR ESCRITO TUTOR/A DEL ALUMNO/A 4 4. FALTAS INJUSTIFICADAS DE ASISTENCIA A CLASE REALIZACIÓN DE TAREAS DENTRO Y FUERA DEL HORARIO ESCOLAR JEFE/A DE ESTUDIOS 5 5. INCORRECCCIONES Y DESCONSIDERACIONES HACIA OTROS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE ASISTENCIA A DETERMINADAS CLASES (Máximo 3 días) 6. 6. CAUSAR PEQUEÑOS DAÑOS EN LAS INSTALACIONES, RECURSOS MATERIALES O DOCUMENTOS DEL CENTRO O EN LAS PERTENENCIAS DE LOS DEMÁS. SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE ASISTENCIA AL CENTRO (Máximo 3 días) DIRECTOR/A, EL CUAL DARÁ CUENTA A LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA. DT

24 Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia y su corrección-(art.23-25) CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES MEDIDAS DISCIPLINARIAS ÓRGANOS QUE LAS IMPONE 1. 1. AGRESIÓN FÍSICA, INJURIAS, OFENSAS, VEJACIONES O HUMILLACIONES CONTRA CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA - REALIZACIÓN DE TAREAS FUERA DEL HORARIO LECTIVO - SUSPENSIÓN DEL DERECHO A PARTICIPAR EN LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, (período máx. de 1 mes) - SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE ASISTENCIA A DETERMINADAS CLASES (de 3 días a 2 semanas) - - SUSPENSIÓN DEL DERECHO DE ASISTENCIA AL CENTRO (De 3 días a 29 días) - CAMBIO DE CENTRO DARÁ CUENTA A LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA 2 2. ACTUACIONES O INCITACIONES PERJUDICIALES PARA LA SALUD Y LA INTEGRIDAD PERSONAL DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 5 5. AMENAZAS O COACCIONES A MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. 6. 6. SUPLANTACIÓN DE LA PERSONALIDAD, SUSTRACCIÓN O FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS 7 7. DETERIORO GRAVE DE LAS INSTALACIONES, RECURSO MATERIALES, DOCUMENTOS EL CENTRO O PERTENENCIAS DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 8 8. REITERACIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS 9 9. CUALQUIER ACTO DIRIGIDO DIRECTAMENTE A IMPEDIR EL NORMAL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES DEL CENTRO 10 10. EL INCUMPLIMEINTO DE LAS CORRECCIONES IMPUESTAS DT DIRECTOR/A

25 De las medidas adoptadas por el para ser De las medidas adoptadas por el DIRECTOR/A para ser revisadas por REVISIÓN a instancia de: - Padres/Madres o - Los Representantes Legales DT Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia y su corrección – (art. 27) Para que proceda a: - Confirmar - Revisar la decisión - Proponga, si corresponde, las medidas oportunas. Para que proceda a: - Confirmar - Revisar la decisión - Proponga, si corresponde, las medidas oportunas. CONSEJO ESCOLAR En el plazo de 2 días lectivos, desde que se presentó la instancia

26 CAPÍTULO IV: PROCEDIMEINTO PARA LA IMPOSICIÓN DE LAS CORECIONES Y DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS. (art. 26-27) 1. 1. Trámite de audiencia al alumno/a, y además: 2. 2. Las medidas o correcciones disciplinarias que se impongan serán inmediatamente ejecutadas. 3. 3. El profesor/a, tutor/a del alumno/a debe informar a al Jefatura de Estudios  quedará constancia escrita y se informará a padres, madres o representantes legales de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas. DT CONTINUAR Para las medidas dirigidas a las “conductas gravemente perjudiciales” Para las medidas dirigidas a las “conductas contrarias a las normas”  se dará audiencia a los padres/madres o representantes legales de los alumnos/as (cuando éstos sean menores de edad).  deberá oírse al profesor/a, tutor/a del alumno

27  Reclamaciones contra las correcciones y medidas El alumno/a, su padre, madre o sus representantes legales podrán presentar una RECLAMACIÓN contra la medida impuesta en el plazo de dos días, ante quién la impuso El alumno/a, su padre, madre o sus representantes legales podrán presentar una RECLAMACIÓN contra la medida impuesta en el plazo de dos días, ante quién la impuso Si fuese estimada  NO figurará en el Expediente C. IV- Procedimiento para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias DT ANTERIOR

28 CAPITULO V: PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE LA MEDIDA DISCIPLINARIA DE CAMBIO DE CENTRO DT DIRECTOR/A ALUMNO/A PADRES/MADRES o REPRESENTANTE LEGAL ALUMNO/A PADRES/MADRES o REPRESENTANTE LEGAL Designa a un INSTRUCTOR/A Designa a un INSTRUCTOR/A CONOCIMIENTO DE LA CONDUCTA DEL ALUMNO/A SERVICIO DE INSPECCIÓN EDUCATIVA Notificará el inicio del procedimiento a: Comunica la sanción La pone de manifiesto en el expediente Comunica la sanción La pone de manifiesto en el expediente Recusación Dictará resolución del procedimiento contemplado - Hechos probados. - Atenuantes y agravantes. - Medida disciplinaria. - Fecha de efectos de la medida. - Hechos probados. - Atenuantes y agravantes. - Medida disciplinaria. - Fecha de efectos de la medida. DELEGADO/A PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA Recurso de alzada propuesta

29 TÍTULO IV: TÍTULO IV: RECURSOS Y APOYOS PARA LA MEJORA DE LA CONVIVENCIA I. Protocolo de Actuación Art. 34 I. Protocolo de Actuación Art. 34 IV. Proyectos Integrales “Escuela: Espacio de Paz” Art. 38-41 IV. Proyectos Integrales “Escuela: Espacio de Paz” Art. 38-41 II. Recursos Humanos Art. 35-36 II. Recursos Humanos Art. 35-36 V. Campañas y Materiales Art. 42-43 V. Campañas y Materiales Art. 42-43 III. Formación Art. 37 III. Formación Art. 37 D

30 ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA Establecerá un PROTOCOLO, para los supuestos de maltrato, discriminación o agresiones ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA Establecerá un PROTOCOLO, para los supuestos de maltrato, discriminación o agresiones Garantizar: - Seguridad y protección - Tipo de intervención que se requiera en cada caso Medidas educativas para: Continuidad del aprendizaje del alumnado victima El alumnado agresor Garantizar: - Seguridad y protección - Tipo de intervención que se requiera en cada caso Medidas educativas para: Continuidad del aprendizaje del alumnado victima El alumnado agresor ALUMNADO TRABAJADORES/AS DEL CENTRO C. I- Protocolo de Actuación – (art. 34) DT Medidas oportunas para: - Garantizar protección - Asistencia Jurídica Medidas oportunas para: - Garantizar protección - Asistencia Jurídica

31 FUNCIONES: - Tareas de relación entre el centro educativo y las familias del alumnado - Funciones de intermediación educativa - Colaborará con el profesorado: - en la atención educativa de este alumnado en el Aula de Convivencia. - en el desarrollo de programas para mejora de la convivencia escolar C. II- Recursos Humanos – (art. 35/36) RECURSOS En centros educativos con alumnado de especial problemática en convivencia escolar Reducir el número de alumnos y alumnas por aula Profesorado de apoyo (EDUCADOR/A SOCIAL ) DPTO. ORIENTACIÓN EOE DT

32 PARA LA FORMACIÓN DE LA COMUMIDAD EDUCATIVA EN: PARA LA FORMACIÓN DE LA COMUMIDAD EDUCATIVA EN: C. III- Formación – (art. 37) La promoción de la cultura de paz La mejora de la convivencia La mediación La resolución pacífica de conflictos La promoción de la cultura de paz La mejora de la convivencia La mediación La resolución pacífica de conflictos DT CEP FORMARÁN en: ADMON. EDUCATIVA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Formación del PROFESORADO en el propio centro Creación de GRUPOS DE TRABAJO en el propio centro. Creación de REDES DE CENTROS EDUCATIVOS - Los Equipos Directivos de los centros - Inspección Educativa - Los miembros de los EOEs - Las asesorías de los CEP - Personal de Admón. y servicios - Atención Educativa Complementaria FACILITARÁ recursos a: Potenciará la celebración de actividades formativas conjuntas (padres/ madres, profesorado y equipo directivo) Favorecerá formación de Padres y madres del Alumnado (ESCUELA DE PADRES y MADRES)

33 CONSEJERIA DE EDUCACIÓN Establecerá BASES REGULADORAS para PROYECTOS INTEGRALES “Escuela: Espacio de Paz” CONSEJERIA DE EDUCACIÓN Establecerá BASES REGULADORAS para PROYECTOS INTEGRALES “Escuela: Espacio de Paz” ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA - Seguimiento y evaluación - Suscribir CONVENIOS DE COLABORACIÓN con: - Las universidades andaluzas - Otras entidades ADMINISTRACIÓN EDUCATIVA - Seguimiento y evaluación - Suscribir CONVENIOS DE COLABORACIÓN con: - Las universidades andaluzas - Otras entidades Incluirán ACTIVIDADES: - Mejorar la convivencia en los centros - Respeto a la Diversidad - Lucha contra las desigualdades - Prevención, detección y tto de la violencia - Desarrollo de programas de mediación - Otras Incluirán ACTIVIDADES: - Mejorar la convivencia en los centros - Respeto a la Diversidad - Lucha contra las desigualdades - Prevención, detección y tto de la violencia - Desarrollo de programas de mediación - Otras RED ANDALUZA “ESCUELA: ESPACIO DE PAZ” RED ANDALUZA “ESCUELA: ESPACIO DE PAZ” CENTROS educativos cuyo PROYECTO sea seleccionado se Incluirán en: CENTROS educativos cuyo PROYECTO sea seleccionado se Incluirán en: DT C. IV- Proyectos Integrales “Escuela. Espacio de Paz” – (art. 38 – 41) CONTINUAR

34 C. IV- Proyectos Integrales “Escuela. Espacio de Paz” – (art. 38 – 41) RED ANDALUZA “ESCUELA: ESPACIO DE PAZ” COORDINADOR/A Se creará y dependerá de la Dirección General competente en materia de la Consejería de Educación REQUISITOSCOMPETENCIAS Funcionario/a en activo 2 años antigüedad Experiencia en temas de convivencia escolar Impulsar y coordinar las actuaciones de planificación, desarrollo y evaluación. Proponer planes de formación permanente Colaborar y asesorar a los GABINETES PROVINCIALES DE ASESORAMIENTO Colaborar con:  COMISIONES PROVINCIALES de SEGUIMIENTO de la CONVIVENCIA ESCOLAR  OBSERVATORIO para la CONVIVENCIA Otras funciones DT

35 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN CONVOCATORIAS de AYUDAS para la elaboración de materiales educativos. CONVOCATORIAS de AYUDAS para la elaboración de materiales educativos. CAMPAÑAS de SENSIBILIZACIÓN y CONVENIOS de COLABORACIÓN con los medios de comunicación CAMPAÑAS de SENSIBILIZACIÓN y CONVENIOS de COLABORACIÓN con los medios de comunicación Potenciará la realización de PROYECTOS de INNOVACIÓN e INVESTIGACIÓN. Potenciará la realización de PROYECTOS de INNOVACIÓN e INVESTIGACIÓN. RECOPILACIÓN y DIFUSIÓN de EXPERIENCIAS EDUCATIVAS INNOVADORAS RECOPILACIÓN y DIFUSIÓN de EXPERIENCIAS EDUCATIVAS INNOVADORAS Pondrá a DISPOSICIÓN de los miembros de la comunidad educativa un SITIO ESPECÍFICO en INTERNET Pondrá a DISPOSICIÓN de los miembros de la comunidad educativa un SITIO ESPECÍFICO en INTERNET Dirigidas a: Los centros educativos Dirigidas a: Los centros educativos FINALIDAD: Ofrecer, materiales informaciones y recursos. FINALIDAD: Ofrecer, materiales informaciones y recursos. DT C. V- Campaña y Materiales – (art. 42 – 43)

36 TITULO V I. Gabinetes provinciales de asesoramiento sobre la convivencia escolar Art. 44-45 I. Gabinetes provinciales de asesoramiento sobre la convivencia escolar Art. 44-45 II. Comisiones provinciales de seguimiento de la convivencia Escolar Art. 46-48 II. Comisiones provinciales de seguimiento de la convivencia Escolar Art. 46-48 III. Evaluación Art. 49 III. Evaluación Art. 49 D

37 GABINETE PROVINCIAL DE ASESORAMIENTO SOBRE LA CONVIVENCIA ESCOLAR GABINETE PROVINCIAL DE ASESORAMIENTO SOBRE LA CONVIVENCIA ESCOLAR En cada DELEGACIÓN PROVINCIAL de la CONSEJERIA DE EDUCACIÓN En cada DELEGACIÓN PROVINCIAL de la CONSEJERIA DE EDUCACIÓN creará ETPOEP dentro del Área de apoyo a la función tutorial del profesorado y de asesoramiento sobre la convivencia escolar ETPOEP dentro del Área de apoyo a la función tutorial del profesorado y de asesoramiento sobre la convivencia escolar estarán integrados en: FUNCIONES Gabinetes Provinciales de Asesoramiento sobre la Convivencia Escolar – (art. 44) D T

38 Proponer, al ETPOEP, actuaciones a desarrollar. Proponer, al ETPOEP, actuaciones a desarrollar. Colaborar en el desarrollo planificación, y evaluación de las actuaciones del EOE y DO. Colaborar en el desarrollo planificación, y evaluación de las actuaciones del EOE y DO. Asesorar a los centros educativos y proponer acciones. Asesorar a los centros educativos y proponer acciones. Impulsar y coordinar la aplicación de programas en los centros dirigidos a la mejora de la convivencia. Impulsar y coordinar la aplicación de programas en los centros dirigidos a la mejora de la convivencia. Promover la extensión de la Red Andaluza de “Escuela: Espacio e Paz”. Promover la extensión de la Red Andaluza de “Escuela: Espacio e Paz”. Promover medidas destinadas a la revisión y actualización de programas de acción tutorial. Proponer planes de formación permanente en este ámbito. Asesorar a las Federaciones Provinciales de las AMPAS. Colaborar con el Observatorio para la Convivencia Escolar de Andalucía. Cualquier otra función que les atribuya la Administración Educativa. Funciones – (art. 45) DT

39 COMISION PROVINCIAL DE SEGUIMIENTO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR COMISION PROVINCIAL DE SEGUIMIENTO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR COMPOSICIÓN COMPETENCIAS En cada DELEGACIÓN PROVINCIAL de la CONSEJERIA DE EDUCACIÓN En cada DELEGACIÓN PROVINCIAL de la CONSEJERIA DE EDUCACIÓN se constituirá una Órgano colegiado de coordinación y seguimiento de cada uno de los objetivos y medidas contenidos en el Decreto Se reunirá, al menos 2 veces al año Podrán asistir a las reuniones, las personas que sean invitadas por la Presidencia C. II- Comisiones Provinciales de Seguimiento de la Convivencia Escolar INFORME ANUAL INFORME ANUAL DT

40 Composición – (art. 46) Presidencia: Delegado/a Provincial: Fijar el orden del día Convocar las reuniones. Para las ordinarias: con al menos 10 días de antelación Para las extraordinarias: reducir el plazo anterior. Vocales: Jefatura del Servicio de Inspección Educativa Inspector/a de educación responsable del área de educación en valores Jefatura del servicio de ordenación educativa Coordinador/a del ETPOEP Coordinador/a provincial de formación del profesorado Coordinador/a del área de apoyo a la función tutorial del profesorado y asesoramiento sobre convivencia del ETPOEP Miembros del gabinete provincial de asesoramiento sobre la convivencia escolar ( uno de sus miembros, ejercerá la secretaría de la comisión que designe la presidencia de dicha comisión). DT

41 Composición – (art. 46) Dos directoras/es de centros educativos de la provincia que desarrollen proyectos “Escuela: Espacio de Paz” y que destaquen por su trabajo de innovación en la convivencia, designados por el Delegado/a Provincial Una persona titular de un centro privado concertado de la provincia.. Una persona representante por cada una de las organizaciones sindicales. Una persona representante por cada una de las organizaciones sindicales con una representación provincial Dos representantes del sector de padres y madres del alumnado de la enseñanza pública Un representante del sector de padres y madres del alumnado de la enseñanza concertada Una persona representante del alumnado. Un delegado/a de curso de un centro de educación secundaria de la provincia que esté incluido en la red “Escuela: Espacio de Paz, designado por el Delegado/a Provincial. DT

42 Competencias – (art. 46) Impulsar y proponer actuaciones dirigidas a sensibilizar a la comunidad educativa y a la ciudadanía sobre valores de la cultura de la paz, mejora de la convivencia escolar y prevención de la violencia Realizar un seguimiento de las actuaciones desarrolladas: por los gabinetes provinciales y por otros órganos de la Delegación Provincial Elaborar un informe anual de la convivencia escolar en la provincia. Colaborar con el Observatorio para la Convivencia en los estudios, informes, análisis o valoraciones sobre la convivencia escolar en el ámbito provincial para los que se requiera su participación. Proponer la selección, edición y difusión de experiencias educativas, así como de materiales curriculares y de apoyo a los centros DT

43 INFORME ANUAL al finalizar cada curso escolar. Constará de: INFORME ANUAL al finalizar cada curso escolar. Constará de:  Actuaciones realizadas en la provincia y grado de coordinación de los servicios educativos provinciales  Valoración de la situación de la convivencia escolar en los centros educativos de la provincia, propuestas y recomendaciones necesarias para su mejora.  Valoración de los resultados, conclusiones y propuestas de mejora  Actuaciones realizadas en la provincia y grado de coordinación de los servicios educativos provinciales  Valoración de la situación de la convivencia escolar en los centros educativos de la provincia, propuestas y recomendaciones necesarias para su mejora.  Valoración de los resultados, conclusiones y propuestas de mejora Persona Titular de la Delegación Provincial Persona Titular del Centro Directivo de la Consejería de Educación Dará traslado del INFORME ANUAL Informe Anual – (art. 48) DT

44 INSPECCIÓN EDUCATIVA Realizará el seguimiento y evaluación en los centros educativos de las medidas y actuaciones contenidas en este decreto. Realizará el seguimiento y evaluación en los centros educativos de las medidas y actuaciones contenidas en este decreto. Evaluación DT

45 TÍTULO VI: TÍTULO VI: OBSERVATORIO PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN ANDALUCÍA I. Naturaleza, finalidad y atribuciones Art. 50-52 II. Organización Art. 53-59 D

46 C. I- Naturaleza, Finalidad y Atribuciones – (art. 50 – 52) NATURALEZAOBJETOFINALIDAD Órgano Consultivo, para asesorar y formular propuestas.  Asesorar a la Junta de Andalucía sobre:  Desarrollo, análisis, valoración, y seguimiento de las investigaciones sobre Convivencia Escolar. Contribuir a generar una forma de abordar la Convivencia Escolar en Andalucía: con diálogo, respeto y un tratamiento constructivo del conflicto ATRIBUCIONES Proponer estudios de investigaciones para el seguimiento de la convivencia. Realizar propuestas para favorecer la toma de decisiones sobre políticas educativas. Proponer actuaciones coordinadas con las administraciones públicas. Proponer actuaciones de formación en estrategias de mediación y regulación de conflictos. Realizar propuestas de mejora sobre las medidas correctoras. Fomentar y promover encuentros entre profesionales y expertos. Crear un fondo de documentación para la promoción de actividades de información y establecer redes de información. Publicar y difundir estudios, materiales y experiencias educativas. Elaborar un informe anual sobre el estado de la convivencia y la conflictividad en los centros educativos. Otras funciones DT

47 Organización – (art. 53 – 55) DT OBSERVATORIO PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR EN ANDALUCÍA PRESIDENCIA -Persona Titular de la Consejería competente en materia de educación -Ejercerá la representación del Observatorio PRESIDENCIA -Persona Titular de la Consejería competente en materia de educación -Ejercerá la representación del Observatorio CONSEJO RECTOR CONSEJO RECTOR SECRETARIA/O - Un funcionario con nivel de jefe de servicios SECRETARIA/O - Un funcionario con nivel de jefe de servicios COMPOSICIÓN FUNCIONAMIENTO COMPETENCIAS PRESIDENCIA: Titular de la Consejería VICEPRESIDENCIA: Titular de la Dirección General VOCALES COMPETENCIAS

48 Vocales – (art. 55) Una persona representante de las Consejerías de Seguridad Ciudadana, Igualdad y Bienestar social y Justicia y Administración Pública Una persona representante de las Consejerías de Seguridad Ciudadana, Igualdad y Bienestar social y Justicia y Administración Pública La persona Titular de la Dirección General de Formación del Profesorado de la Consejería de Educación. La persona Titular de la Dirección General de Formación del Profesorado de la Consejería de Educación. La persona Titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación. La persona Titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación. Inspector/a General de la Consejería de Educación. Inspector/a General de la Consejería de Educación. Una persona representante de la Delegación del Gobierno en Andalucía. Una persona representante de la Delegación del Gobierno en Andalucía. La persona Titular de la presidencia del Consejo Escolar de Andalucía. La persona Titular de la presidencia del Consejo Escolar de Andalucía. Una persona representante del Consejo Andaluz de Universidades Una persona representante del Consejo Andaluz de Universidades Una persona representante de las Corporaciones Locales Andaluzas Una persona representante de las Corporaciones Locales Andaluzas La Coordinador/a de la Red Andaluza: “Escuela Espacio de Paz”. Dos directores/as de centros educativos que desarrollen Proyectos Escuelas Espacio de Paz. Una persona representante por cada una de las organizaciones sindicales Una persona representante de las organizaciones empresariales y de titulares de los centros de enseñanza privada concertada. Tres representantes de la Confederación de las AMPAS. Dos representantes de la federación de asociaciones de alumnos/as. Cinco especialistas en materia de convivencia escolar. Dos representantes de entidades e instituciones académicas de Andalucía que destaquen por su trabajo de investigación. DT

49 Competencias – (Art. 56) Aprobar el plan anual de actuaciones del Observatorio para la convivencia escolar. Aprobar el plan anual de actuaciones del Observatorio para la convivencia escolar. Aprobar el informe anual sobre la conflictividad y la convivencia en los centros. Aprobar el informe anual sobre la conflictividad y la convivencia en los centros. Aprobar el reglamento interno del funcionamiento del Consejo Rector. Aprobar el reglamento interno del funcionamiento del Consejo Rector. Elaborar propuestas e informes. Elaborar propuestas e informes. Proponer el desarrollo de Proyectos de Mejora de la Convivencia Escolar Proponer el desarrollo de Proyectos de Mejora de la Convivencia Escolar Propiciar la creación de un fondo de documentación y de publicaciones y la difusión de información. Asesorar y proponer las necesidades formativas de la comunidad escolar. Conocer y comparar los análisis y propuestas que hayan realizado las administraciones del Estado y otras administraciones autonómicas. Elevar propuestas a la Administración Educativa. Otras funciones DT

50 Funcionamiento – (art. 57) PRESIDENTE: Fijar el orden del día y convocar las reuniones. La SECRETARÍA: certificará el contenido de las actas y ordenará y custodiará la documentación El CONSEJO RECTOR se reúne:   en sesión ordinaria al menos 2 veces al año .  En sesión extraordinaria cuando lo acuerde la presidencia. DT

51 Competencias   Asumir la gestión administrativa del Observatorio.   Ejercer la secretaria del Consejo Rector.   Elaborar las propuestas del Plan Anual de Actuaciones y el informe anual del Observatorio para la posterior aprobación por el Consejo Rector.   Otras funciones. DT


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