La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Educación Cívica. “La relación, Estado, la ley, y el derecho a sufragio”. Autor: Marco Díaz Vegas. Programa 3° y 4° Medio.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Educación Cívica. “La relación, Estado, la ley, y el derecho a sufragio”. Autor: Marco Díaz Vegas. Programa 3° y 4° Medio."— Transcripción de la presentación:

1 Educación Cívica. “La relación, Estado, la ley, y el derecho a sufragio”.
Autor: Marco Díaz Vegas Programa 3° y 4° Medio.

2 Introducción. Código Civil de la República de Chile que rige en todo el territorio soberano de ésta República establece que: Inciso 1 del artículo 7 que: “La ley se entiende conocida de todos y será obligatoria”. Artículo 8 prescribe que: “Nadie podrá alegar ignorancia de la ley después que ésta haya entrado en vigencia”, de modo que se concluye de manera inequívoca que vigente la ley, nadie puede excusarse de no conocer su existencia, entonces: ¿Por qué no existe en las mallas curriculares de la enseñanza media de la educación escolar de Chile, las máximas básicas de los derechos y obligaciones contenidas en la ley, si es un deber impuesto por el Estado el conocerlas?.

3 El hombre y la sociedad.

4 Naturaleza social del hombre.
El hombre vive en sociedad, pues las personas tenemos necesidades de distinta índole que solos no podemos satisfacer.(Por ejemplo, ante la necesidad de formar una familia, debe relacionarse con otros). • NECESIDAD=> es tener la sensación de carencia de algo, unida al deseo de querer suplirla. Entonces el la persona se reúne con sus semejantes para suplir sus carencias y genera grupos de personas, hasta formar la sociedad. EL HOMBRE NO VIVE, SINO QUE CONVIVE; EL HOMBRE NO EXISTE, SINO QUE COEXISTE.

5 CONCEPTO DE GRUPOS INTERMEDIOS. IMPORTANCIA DE LOS MISMOS
CONCEPTO DE GRUPOS INTERMEDIOS. IMPORTANCIA DE LOS MISMOS. SUBSIDIARIEDAD. LOS GRUPOS INTERMEDIOS SON LAS REUNIONES DE PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN ENTRE EL INDIVIDUO Y SU FAMILIA, CON EL ESTADO. ESTOS SE FORMAN PORQUE HAY NECESIDADES, PORQUE EL HOMBRE NO PUEDE SATISFACER TODAS SUS NECESIDADES SOLO Y TAMPOCO EL ESTADO PUEDE SATISFACER TODAS LAS NECESIDADES DEL HOMBRE. PARA ALCANZAR EL BIEN COMÚN. LA LABOR DE ESTOS ES FUNDAMENTAL EN EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD.

6 Grupos intermedios. PERSONAS JURÍDICAS
Los grupos intermedios toman forma en la sociedad a través de personas jurídicas. Son una colectividad organizada de personas y bienes, reconocidas por la ley y el Estado, diferente de los miembros que individualmente la componen. En Chile se encuentran definidas en el art. 545 del Código Civil en virtud del cual “Se llama persona jurídica una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y de ser representada judicial y extrajudicialmente”. Persona natural: Todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición" d

7 Personas jurídicas. Personas jurídicas de derecho público y de derecho privado. Las personas jurídicas de derecho público: Son aquellas que gozan de potestades públicas Estado, las municipalidades, las iglesias. Las personas jurídicas de derecho privado: Son aquellas que no gozan de potestades públicas y pueden sub clasificarse en:   *Con fines de lucro: Son aquellas en que persigue una ganancia que se reparte entre sus asociados. Tienen fines de lucro las sociedades (S.A., LTDA, S.P.A) y las compañías.  *Sin fines de lucro: Son aquellas que en general tienen fines de altruistas de ayuda a sus miembros, de cooperación con la sociedad o de desarrollo de proyectos específicos. ( CORPORACIONES Y FUNDACIONES) Ejemplo: Puede haber ganancia sin repartición entre los socios, pues se reinvierte en la satisfacción de necesidades colectivas.

8 Esquema de la Sociedad. Estado La sociedad perfecta. La persona
La familia Grupos intermedios Sociedad

9 Esquema de socialización.
Grupos intermedios en la sociedad. Distintos propósitos pueden tener las personas cuando forman grupos, sin embargo cuando se quiere realizar una tarea en común, es preciso converger hacia un fin que sea acordado y aceptado por todos para que éste se logre realizar. De lo anterior, es que se crean los grupos intermedios que son las reuniones de personas que se encuentran entre el individuo y su familia, con el estado.

10 Principio de subsidiariedad.
PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD=> SE REFIERE A QUE EL ESTADO NO PUEDE INTERVENIR CUANDO LOS GRUPOS INTERMEDIOS ESTÉN DESARROLLANDO SUS FUNCIONES. SU CARA NEGATIVA, ES QUE LE DICE AL ESTADO QUE NO SE META EN DICHOS ASUNTOS. LO POSITIVO, ES QUE CUANDO ESTOS GRUPOS NO PUEDAN O NO QUIERAN REALIZAR ACTIVIDADES PARA CONSEGUIR EL BIEN COMÚN, EL ESTADO DEBE HACERLO. C.P.R., ART. 1° INCISO 3 y 4. EL ESTADO RECONOCE Y AMPARA LOS GRUPOS INTERMEDIARIOS A TRAVÉS DE LOS CUALES SE ORGANIZA Y ESTRUCTURA LA SOCIEDAD Y LES GARANTIZA LA ADECUADA AUTONOMÍA PARA CUMPLIR SUS PROPIOS FINES ESPECÍFICOS. EJEMPLOS: SUBSIDIOS.

11 Sociedad y Derecho. EN LAS PRIMERAS SOCIEDADES HUMANAS, EL USO DEL PODER Y DE LAS FUERZAS SE ENCONTRABAN DIFUSOS, SE IMPONÍA. EL HOMBRE O ALGÚN GRUPO DE HOMBRES YA SEA POR TENER MÁS FUERZA, MÁS INTELIGENCIA, MAYOR RIQUEZA, MAYOR PODER DE CONVENCIMIENTO, EL PODER PASA A SER UN PODER INDIVIDUALIZADO Y TARDE O TEMPRANO EL PODER SE CORROMPE.  Y PARA EVITAR ESTOS ABUSOS SE CREAN MECANISMOS PARA ORDENAR EL PODER.  EL DERECHO VA A SER EL ELEMENTO DEL ESTADO QUE VA A ORDENAR EL PODER, REGULA COMO SE VA A ADQUIRIR EL PODER, COMO SE VA A EJERCER EL PODER, Y COMO SE VA A TRASPASAR EL PODER. 

12 Clases de sociedades. •DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU EFICACIA:
SOCIEDADES PERFECTAS; SON LAS QUE TIENEN O PUEDEN TENER, LOS ELEMENTOS SUFICIENTES QUE LE PERMITAN SATISFACER A TODOS O LA MAYOR CANTIDAD DE SUS MIEMBROS, SUS NECESIDADES. (SE DICE QUE LA SOCIEDAD PERFECTA POR EXCELENCIA, ES EL ESTADO). B) SOCIEDADES IMPERFECTAS; SON LAS QUE NO TIENEN TODOS LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA SATISFACER LAS NECESIDADES DE SUS MIEMBROS.(Una Nación sin Estado)

13 ESTADO. ES UNA AGRUPACIÓN HUMANA, FIJADA EN UN TERRITORIO DETERMINADO DONDE EXISTE UN ORDEN JURÍDICO, POLÍTICO Y SOCIAL, ESTABLECIDO Y MANTENIDO POR UNA AUTORIDAD DOTADA DE PODER DE COERCIÓN Y CUYA FINALIDAD ES ALCANZAR EL BIEN COMÚN. ELEMENTOS DEL ESTADO ELEMENTO HUMANO. ELEMENTO FÍSICO O EL TERRITORIO. ELEMENTO PODER. ELEMENTO NORMATIVO O EL DERECHO. ELEMENTO FINALISTA O COMÚN.

14 1) Elemento humano. A) POBLACIÓN
CONJUNTO DE PERSONAS NATURALES QUE SE ENCUENTRAN EN EL TERRITORIO DEL ESTADO EN UN DETERMINADO MOMENTO. ALGUNAS IDEAS SOBRE POBLACIÓN Y PUEBLO, NO SON LO MISMO, ES Más AMPLIO POBLACIÓN. B) PUEBLO TÉCNICAMENTE PUEBLO ES SINÓNIMO DE CIUDADANÍA. C) RAZA “CASTA O CALIDAD DEL ORIGEN O LINAJE. ||CADA UNO DE LOS GRUPOS EN QUE SE SUBDIVIDEN ALGUNAS ESPECIES BIOLÓGICAS Y CUYOS CARACTERES DIFERENCIALES SE PERPETÚAN POR HERENCIA”.

15 NACIÓN. D) NACIÓN: CONJUNTO DE PERSONAS QUE CONSTITUYEN UNA UNIDAD HISTÓRICA, ENLAZADOS POR UNA SERIE DE VÍNCULOS EN COMÚN COMO LA RAZA, COSTUMBRES, LA RELIGIÓN, Y EL IDIOMA, QUE LES PERMITE DIFERENCIARSE DE OTRAS NACIONES, Y POSEEN PLENA CONCIENCIA DE SU PASADO, PRESENTE, Y FUTURO. CONJUNTO DE PERSONAS QUE POSEEN CIERTAS CARACTERÍSTICAS COMUNES COMO RAZA, IDIOMA, COSTUMBRES, RELIGIÓN, TERRITORIO. QUE HACEN QUE ESTAS PERSONAS SE MIREN A SI MISMAS COMO UN GRUPO DISTINTO A OTROS GRUPOS HUMANOS IMPORTANCIA DE LA NACIÓN PARA EL ESTADO: UNIDAD Y ESTABILIDAD.

16 2) Elemento Poder. EL SER HUMANO ES PROBLEMÁTICO, LA LIBERTAD DEL HOMBRE NO ES PERFECTA. LIBERTAD: FACULTAD NATURAL QUE TIENE EL HOMBRE DE OBRAR DE UNA MANERA O DE OTRA, Y DE NO OBRAR, POR LO QUE ES RESPONSABLE DE SUS ACTOS. LIBERTINAJE: ACTITUD IRRESPETUOSA DE LA LEY, LA ÉTICA O LA MORAL DE QUIEN ABUSA DE SU PROPIA LIBERTAD CON MENOSCABO DE LA DE LOS DEMÁS. POR LO TANTO NO SIEMPRE OBEDECEMOS Y SE REQUIERE DE LA FUERZA. ESTA FUERZA, QUE NO RECONOCE OTRO SUPERIOR EN LA TIERRA Y LE PERMITE AL ESTADO HACERSE OBEDECER Y CUMPLIR SU FIN, ES EL PODER O LA SOBERANÍA. TAMBIÉN EL ESTADO DEBE DEFENDERSE DE OTRAS POTENCIAS Y ESTADOS, Y EN ESTA LABOR TAMBIÉN ES ESENCIAL EL USO DE LA FUERZA.

17 SOBERANÍA NACIONAL CONCEPTO:
AQUEL PODER SUPREMO DEL ESTADO MENDIANTE EL CUAL ÉSTE, SE DA PARA SÍ MISMA LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y JURÍDICA QUE ESTIME CONVENIENTE, Y LE PERMITE PLANTEARSE ANTE LOS DEMÁS ESTADOS EN UN PLANO DE INDEPENDENCIA E IGUALDAD. 1. SU TITULAR ES EL PUEBLO, SU EJERCICIO SE REALIZA DIRECTAMENTE POR EL PUEBLO, Y TAMBIÉN POR LOS ÓRGANOS DEL ESTADO. 2. ENCUENTRA SU LEGITIMIDAD EN EL BIEN COMÚN. EN UN FIN SUPERIOR. EL PODER DE QUE DISPONE LA AUTORIDAD HA DE ESTAR AL SERVICIO DE LAS PERSONAS QUE CONSTITUYEN LA NACIÓN.

18 SOBERANÍA NACIONAL Ejerce la Gobierno. La soberanía
El PUEBLO a través de elecciones periódicas puede votar para elegir al Presidente de la República, Senadores, Diputados, Consejeros Regionales, Alcaldes, Concejales municipales . LA NACIÓN (Son 2 elecciones cada 4 años) Ejerce la Gobierno. La soberanía por medio de: ÓRGANOS DEL ESTADO Congreso nacional. Tribunales de justicia.

19 Características del Poder del Estado
1. ORIGINARIO NACE EN EL MISMO MOMENTO QUE FORMA EL ESTADO 2. PÚBLICO EL EJERCICIO DEL PODER DEL ESTADO DEBE SER REALIZADO PARA SATISFACER EL INTERÉS COLECTIVO 3. SOBERANO EL ESTADO NO RECONOCE NINGÚN PODER NI AL INTERIOR NI AL EXTERIOR DEL ESTADO, UN PODER IGUAL O SUPERIOR A EL (JURÍDICAMENTE HABLANDO) 4. COACTIVO O COERCITIVO. EL POSIBLE USO LEGITIMO DE LA FUERZA, A TRAVÉS DE LA FUERZA PÚBLICA SI SE DESOBEDECE AL INTERIOR DEL ESTADO.

20 Características del Poder del Estado
5. limitado Límites al poder del Estado. Límites Jurídicos El bien común El territorio y la población del Estado El derecho internacional* Los derechos humanos

21 Separación de los poderes o funciones del Estado.
En el siglo XVIII Montesquieu filósofo y pensador político francés que vivió durante la llamada Ilustración, acuña en la obra de Del Espíritu de las Leyes, la idea de la separación de poderes, en respuesta a la concentración del poder en una sola persona con poder absoluto e ilimitado( La monarquía, revolución francesa) Concepto: Es una ordenación y distribución de las funciones del Estado, en la cual la titularidad de cada una de ellas es confiada a un órgano u organismo público distinto. Técnicamente es una Separación de funciones o separación de facultades determinada en la Constitución de cada Estado. Pues técnicamente el poder es uno, y reside en la Nación.

22 Poderes u funciones del Estado.
La función de legislar en Chile radica en el Congreso Nacional (no parlamento) . El contenido en esta función es la ley, orientada al bien común o fin público. La función ejecutiva la ejerce el Presidente y los funcionarios en que este delega algunas de sus atribuciones, como ministros de Estado y representantes en el gobierno regional y provincial.(Intendente y gobernador provincial, seremis) La función judicial la cumplen los Tribunales de justicia, quienes deben resolver conflictos jurídicos, juzgarlos, y ejecutar lo juzgado. Equilibrio de poderes, se vigilan recíprocamente, pero no pueden interferir directamente en las decisiones del otro, pues son poderes que toman decisiones de manera independiente.

23 Democracia. Concepto. Etimológicamente, la palabra "democracia" se compone de dos palabras griegas: "demos", que significa pueblo, población, gente, y "kratos", que significa poder, superioridad, autoridad. El fundamento de la democracia es el reconocimiento de la dignidad de la persona humana. Las personas son libres y conscientes de su libertad, tienen la facultad de decidir y elegir. Concepto: La democracia es la forma de organización social y política que mejor garantiza el respeto, el ejercicio y promoción de los derechos humanos. La democracia, al igual que los hombres y las mujeres, es perfectible. El gobierno democrático parte del supuesto de que todos los miembros de la nación están llamados a intervenir en su dirección. Da la posibilidad de participar en el destino de la sociedad, para el interés común general. .

24 Democracia como forma de gobierno. Chile.
Democracia indirecta o representativa presidencialista: En algunos países como Argentina, Chile, Colombia, Perú, o México y en general en la mayoría de países americanos el jefe de gobierno es elegido directamente por la ciudadanía mediante un proceso electoral, mediante elecciones presidenciales. El presidente es jefe de Estado y jefe de gobierno. Democracia indirecta representativa parlamentarista: En otros países, como España, Reino Unido, Italia o Japón, el parlamento surge de la voluntad popular a través de elecciones directas, pero el gobierno se forma a partir de la decisión de la mayoría parlamentaria, existe un jefe de Estado y un jefe de gobierno. El Jefe de Gobierno, funciona a través de un órgano colegiado llamado Gabinete o Consejo de Ministros a cuya cabeza se encuentra el llamado Primer Ministro, quien es el funcionario que efectivamente dirige la política interna de la Nación. El parlamento puede destituir ministros mediante la censura o la negación de la confianza.

25 Democracia. Características.
Permite el pluralismo ideológico y político. Incentiva las libertades políticas que rodean al proceso electoral. Permite elecciones libres periódicas de los gobernantes según las normas preestablecidas, con sufragio universal, secreto, personal, igual y debidamente informado de los ciudadanos. Promueve el respeto. Se da una competencia pacífica del poder. Se descarta todo tipo de violencia tanto física como verbal, al igual que el terrorismo. Se distribuye el Poder del Estado en órganos diferentes, para evitar el abuso de uno de ellos a través del control de los otros. Se reconoce la autonomía de los grupos intermedios de la sociedad para que los ciudadanos satisfagan diversas necesidades. Permite la vigencia efectiva de un estado de derecho

26 Gobierno. Es la autoridad que en ejercicio de la función ejecutiva del Estado, dirige, controla y administra el Estado, por medio de la conducción política general, a través de un órgano, que en Chile es el Presidente de la República. Pues el Presidente es un Ejecutivo monista en cuanto desarrolla las funciones de Jefe de Estado como también las de Jefe de Gobierno. El gobierno no es lo mismo que el Estado, está vinculado a éste por el elemento poder, pues el gobierno ejerce la función ejecutiva del poder. El gobierno pasa, cambia y se transforma, mientras que el Estado permanece idéntico.

27 Relación de conceptos. Nación o pueblo
A través de la soberanía crea al: Estado Funciona a través de la separación de poderes. Gobierno El pueblo a través de la democracia elije a sus representantes de manera periódica. Bien común de la sociedad Quienes ejercen el poder para obtener este fin.

28 Tramitación de ley. ETAPAS DE FORMACIÓN DE LA LEY Establecidas en el art. 65 Constitución y son: 1.- Iniciativa 2.- Discusión (Poder Legislativo) 3.- Aprobación (Poder Legislativo) 4.- Sanción (Presidente de la República) 5.- Promulgación (Presidente de la República)

29 Tramitación de ley. a) Iniciativa “Acto por el cual se somete a la consideración del Congreso Nacional un proyecto de ley”. La Regla General es que la facultad de iniciar una ley corresponde tanto a los diputados y senadores como al Presidente de la República. La iniciativa: 1.- Por cualquier miembro de la cámara de diputados o el senado, la ejercitan por medio de una moción. 2.- El Presidente de la República la ejercita a través de un mensaje. - Si la iniciativa tiene su origen en el Congreso Nacional se llama Iniciativa Parlamentaria, y - Si es del Presidente de la República se llama Iniciativa Gubernativa.

30 Iniciativa exclusiva del Presidente.
Algunas leyes son de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, lo cual significa que solo él puede iniciar esos proyectos de ley: Ejemplos: El Presupuesto de la Nación se tramita cada año en el Congreso Nacional. Es una estimación de ingresos y una autorización al Congreso Nacional de gastos en la Administración Pública para el año siguiente. Imponer tributos de cualquier clase (Reforma tributaria de Michelle Bachelet).

31 Tramitación de ley. b) Origen En cuanto a su origen, por regla general los proyectos pueden presentarse en la cámara de diputados o en el senado. La cámara donde se presenta se llama cámara de origen y al pasar a la otra se llama cámara revisora. c) Discusión “Es el conjunto de actos por los cuales las cámaras deliberan acerca de las iniciativas presentadas a fin de determinar si las aprueban o no”.

32 Tramitación de ley. c) Discusión En el caso de que un proyecto de ley iniciado por el Congreso Nacional sea desechado en la cámara de origen, no puede renovarse su presentación en ninguna de las cámaras, sino después de transcurrido un año (Art. 68 Constitución). Si un proyecto es aprobado en la cámara de origen, pasa inmediatamente a la cámara revisora para su discusión. La cámara revisora puede aprobar el proyecto, desecharlo o introducirles modificaciones. Si el proyecto es rechazado totalmente por la cámara revisora, se crea una comisión mixta con igual numero de diputados y senadores que resolverá las dificultades, enviando el proyecto con las modificaciones, a la cámara de origen y luego a revisora para ser aprobada.

33 Tramitación de ley. d) Aprobación Una vez aprobada la votación en las cámaras se pasa a este tramite que consiste en “acto por el cual ambas cámaras aceptan el proyecto de ley”. Ley ordinaria o común: mayoría de diputados y senadores en la sala  Ley de quórum calificado: mayoría de diputados y senadores en ejercicio  Ley orgánica constitucional: 4/7 de diputados y senadores en ejercicio  Ley interpretativa constitucional: 3/5 de diputados y senadores en ejercicio Aprobado un proyecto por el Congreso se remite al Presidente de la República para que haga uso de su facultad de sancionar o vetarlo.

34 Tramitación de ley. e) Sanción Se da el nombre de sanción a “la aceptación por parte del Presidente de la República del proyecto aprobado por las cámaras”. Si el Presidente aprueba el proyecto, es decir, lo sanciona dispondrá su promulgación como ley. Si el presidente veta el proyecto, es decir, lo rechaza, devolverá el proyecto a la cámara de origen, con las observaciones que estime convenientes. Las cámaras pueden aprobar el veto del Presidente de la República o rechazarlo, insistiendo en el proyecto original. La insistencia de ambas cámaras es obligatoria para el Presidente de la Republica con el quórum de los 2/3 de los presentes.

35 Tramitación de ley. f) Promulgación “Es el acto en virtud del cual el Presidente de la República manda a cumplir la ley”. Pero para que la ley entre en vigencia se requiere una etapa posterior a su fondo que es la siguiente. g) Publicación Una vez promulgada la ley ella debe ser publicada y la publicación es “el acto por el cual la ley es llevada a conocimiento de todos los habitantes del país”. La publicación de la ley se hará mediante su inserción en el Diario Oficial, y desde la fecha de éste se entenderá conocida de todos y será obligatoria. Excepcionalmente se puede publicar en cierta fecha y entrar en vigencia en otra fecha, según determine la ley.

36 No existe derecho sin obligación.
Obligación y Derecho. No existe derecho sin obligación. Derecho Obligación.

37 Concepto de derecho. Derecho:
Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas personas, que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamista contra su deudor por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estos derechos nacen las acciones personales. Se traduce en una facultad reconocida por la ley, a una persona que le permite realizar ciertos actos determinados. (Libertad no libertinaje)

38 Límites de un derecho. 1.- No pueden ir más allá de aquello a que su propio derecho los autoriza; Ejemplo. Arrendar un casa, no autoriza destruirla. 2.- Se debe actuar de buena fe: Ejemplo: Artículo Los contratos deben ejecutarse de buena fe, Ejemplo: Si vendo un automóvil, no ocultar que se encuentra averiado el motor. 3.-Se debe ejercer sin menoscabar el derecho ajeno. Ejemplo: El dueño de una casa tiene derecho para impedir que cerca de sus paredes haya depósitos o corrientes de agua o materias húmedas que puedan dañarla. Art 941 del Código Civil. 4.- El orden público, la moral y las buenas costumbres. Conceptos indeterminados a criterio del juez que conoce el asunto.

39 Concepto de obligación.
Es un vínculo jurídico en virtud del cual una persona determinada se obliga para con otra también determinada, a dar, hacer o no hacer algo. Es decir podemos estar obligados a una acción o una omisión. Su no cumplimiento, faculta al acreedor a exigir su cumplimiento forzoso, a través de los Tribunales de justicia con el auxilio de la fuerza pública si es necesario.

40 Ejemplos de obligación y derecho.
De los derechos y obligaciones entre los padres y los hijos Articulo 222.Del Código Civil. Obligación legal del padre y derecho del hijo. “La preocupación fundamental de los padres es el interés superior del hijo, para lo cual procurarán su mayor realización espiritual y material posible, y lo guiarán en el ejercicio de los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana de modo conforme a la evolución de sus facultades. Obligación del hijo y derecho del padre. Los hijos deben respeto y obediencia a sus padres.”

41 Ejemplos de obligación y derecho.
De los derechos y obligaciones entre los padres y los hijos Articulo 223.Del Código Civil. Obligación legal del hijo y derecho del padre y los ascendientes. Aunque la emancipación confiera al hijo el derecho de obrar independientemente, queda siempre obligado a cuidar de los padres en su ancianidad, en el estado de demencia, y en todas las circunstancias de la vida en que necesitaren sus auxilios.      Tienen derecho al mismo socorro todos los demás ascendientes, en caso de inexistencia o de insuficiencia de los inmediatos descendientes.


Descargar ppt "Educación Cívica. “La relación, Estado, la ley, y el derecho a sufragio”. Autor: Marco Díaz Vegas. Programa 3° y 4° Medio."

Presentaciones similares


Anuncios Google