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AED: Conceptos fundamentales

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Presentación del tema: "AED: Conceptos fundamentales"— Transcripción de la presentación:

1 AED: Conceptos fundamentales
Lic. Juan Pablo Gramajo Castro

2 Enfoque económico Individualismo metodológico: toman decisiones los individuos. Acción de actores colectivos se analiza en términos individuales. Herramienta de análisis sin implicaciones éticas. No implica necesariamente que individuos siempre atienden solo a sus propios intereses. No implica que individuos deciden en forma aislada a los demás, sino en contexto de interacción social. Elementos centrales: Comportamiento maximizador (elección racional). Estabilidad de preferencias. Equilibrio de mercado.

3 Comportamiento maximizador o elección racional
Los individuos al decidir buscan racionalmente maximizar sus satisfacciones, o sus beneficios por encima de sus costos según los perciben o consideran. Para regular la sociedad mediante normas e incentivos, es necesario asumir que las personas se comportan en modos predecibles Mayor utilidad cuando se satisfacen más preferencias. Concepto formal, no sustantivo (no importa cuáles sean las preferencias). No supone descripción real de motivaciones o conducta, sino modelo que permite explicar y predecir.

4 Parámetro de beneficio
Si individuos maximizan, ¿qué maximizan? Se proponen dos parámetros: Utilidad: todo puede medirse en términos de utilidad, sin importar qué prefieren y hasta qué punto lo prefieren los individuos, pues es cuestión de gusto personal. Dificulta comparación interpersonal, por ser subjetivo. Utilidad no es observable. Dinero: en circunstancias normales, individuos prefieren más dinero sobre menos. Facilita comparación interpersonal, pues es objetivo (aunque Q1 no signifique lo mismo para A y B, sigue siendo Q1). Se estima riqueza según voluntad de pagar. Voluntad de pagar no expresa pura preferencia, pues influye poder adquisitivo. Tiene elemento especulativo, pues para determinar voluntad de pagar se acude a precios de oferta no siempre observables.

5 Estabilidad de preferencias
Las personas no modifican sus preferencias de modo errático o aleatorio. Decisiones individuales son subjetivas y volubles, por lo que presupuesto de estabilidad es sólo un modelo, pero útil. Es importante pues el hecho de que todos los comportamientos puedan explicarse en términos de utilidad es tanto una ventaja como una desventaja: la única manera de determinar la función de utilidad de un individuo es observando su comportamiento. Sin embargo, si la función de utilidad ha de ser utilizada para predecir el comportamiento de ese mismo individuo, inevitablemente se incurrirá en circularidades. No importa qué tan inusual sea el comportamiento de alguien, siempre se podrá ‘explicar’ asumiendo que aumenta su utilidad.

6 Equilibrio de mercado Individuos enfrentan alternativas, expresadas en precios, monetarios o no. Precios expresan costo de oportunidad en utilización de recursos escasos. Hay alternativas  no hay decisión gratuita. Precios varían, con tendencia a conciliar propósitos, de forma que los involucrados no quieran ni puedan modificar situación alcanzada. En la realidad, el mercado es un proceso, no un estado (Escuela Austriaca). Se analizan tanto mercados explícitos (valores y mercancías, inmuebles, etc.) como implícitos (actividades delictivas, matrimonio, etc.), que en AED son más que metáforas.

7 Mercado competitivo Varios compradores y vendedores independientes, que no puedan manipular precio. Productos homogéneos, hace indiferente vendedor para el comprador. Libertad y facilidad de ingreso y salida. Información sobre elementos relevantes: precios, cantidad, calidad (no estables en tiempo).

8 Aplicación al Derecho Evaluaciones plausibles sobre respuesta de individuos a reglas jurídicas que afectan conducta. Contienen “premios y castigos” que influyen decisiones. Explicar cómo variables económicas afectan sistema legal. No sólo en términos monetarios.

9 Empleos del AED El AED puede ser:
Positivo o descriptivo: predecir efectos de normas, describir ordenamiento jurídico desde enfoque económico  SER. Normativo o prescriptivo: sugerir modificaciones al ordenamiento jurídica desde perspectiva de eficiencia y otros fines  DEBER SER. Sobre su interrelación hay 3 posturas: Ambos son posibles: análisis positivo permite proposiciones normativas. Únicamente es posible análisis positivo: afirmar que una norma es deseable introduce juicio valorativo ajeno al análisis económico. Jamás pueden ir juntos: economía es estrictamente positiva, Derecho es estrictamente normativo.

10 Eficiencia económica Máximo nivel de logro de un cierto objetivo mediante el uso de una cantidad dada de recursos, o logro de un objetivo determinado con el mínimo uso de recursos. No ofrece herramientas técnicas para determinar consecuencias preferibles en términos de equidad o justicia.

11 Criterio de eficiencia de Pareto
Guía para examinar si una asignación de recursos contribuye o no al máximo bienestar de todos los participantes en una interacción social. Es preferible un estado cuando, dada una decisión X, al menos una persona incrementa su bienestar sin que surjan perdedores. Es eficiente cuando no es posible mejorar a nadie sin al mismo tiempo perjudicar a otro.

12 Criterio de eficiencia de Kaldor-Hicks
En la realidad jurídica, la mayoría de decisiones sociales implica que alguien pierda  limita aplicabilidad de Pareto. Un estado de cosas es superior, si y solo si, quienes se benefician estarían en condiciones de compensar a quienes se perjudican, manteniendo su beneficio. Compensación es potencial, hipotética, no necesariamente se produce o debe producirse.

13 Externalidades Externalidad: efecto no contratado (excedente captado por terceros, ajenos a transacción). Positiva: beneficia al tercero. Negativa: perjudica al tercero. Se pueden “internalizar” dependiendo de derechos de propiedad y costos de transacción. Afectan eficiencia.

14 Costos de transacción Costos asociados a negociaciones:
Búsqueda e información. Negociación. Decisión (celebración de contrato). Control y sanción (cumplimiento o incumplimiento). Teorema de Coase: si costos son cero, y derechos de propiedad están definidos, las partes arriban a solución eficiente. Si no, regla jurídica (ley, decisión judicial) suple función de reducir o eliminar externalidades y lidiar con problemas de costos de transacción.


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