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Realizado por: Manuela Tamayo Monsalve

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Presentación del tema: "Realizado por: Manuela Tamayo Monsalve"— Transcripción de la presentación:

1 Realizado por: Manuela Tamayo Monsalve
COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL - CNUDMI- Realizado por: Manuela Tamayo Monsalve

2 1. ORIGEN DE LA CNUDMI Fue establecida por la Asamblea de las Naciones Unidas en la resolución 2205 de 17 de diciembre de 1966. Ha sido reconocida como el Órgano Jurídico Central del Sistema de las Naciones Unidas en el ámbito del derecho mercantil internacional.

3 Busca promover la armonización y modernización del derecho del comercio internacional mediante instrumentos legislativos y no legislativos, instrumentos claves en el derecho mercantil. Ha sido estructurada para garantizar la representación de las regiones geográficas y principales sistemas económicos y jurídicos a nivel mundial

4 2. GENERALIDADES DE LA CNUDMI
Sitio web: Éste se encuentra en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas, incluye los documentos recientes de la comisión, la información relativa a las reuniones, textos adoptados por la comisión, lista en la que se encuentra indicada la situación actual de las convenciones y resoluciones de la Asamblea General.

5 Igualmente se encuentra:
el ANUARIO DE LA CNUDMI, el cual es una compilación de los documentos sustantivos publicados por la secretaría relativos a la labor de la comisión y de los grupos de trabajo. LOS DOCUMENTOS que se preparan para los que los examinen la CNUDMI, los cuales se encuentran numerados y signados de acuerdo a su especialidad.

6 Y la BIBLIOTECA JURÍDICA DE LA CNUDMI, la cual es especializada sobre derecho mercantil y fue establecida en Viena en 1979. Ésta prepara y publica una bibliografía anual de literatura académica sobre los textos de la CNUDMI

7 3. COMPOSICIÓN DE LA CNUDMI
Se compone por Estados miembros, el número inicial era de 29 Estados y en el ascendía a 60 Estados, esto implica una mayor participación de los miembros. La Asamblea General elige los miembros por 6 años y cada 3 años expira el mandato de la mitad de los miembros.

8 4. FUNCIONES DE LA CNUDMI Coordinación de organizaciones que realizan actividades en el comercio internacional y estimula la colaboración entre las mismas. Fomenta la participación en los convenios y convenciones internacionales y en la aceptación de las leyes modelos y leyes uniformes.

9 Fomenta la aprobación de convenios y convenciones internacionales, leyes modelos y leyes uniformes, codificación, costumbres y prácticas comerciales internacionales. Fomenta métodos para interpretar y aplicar convenios, convenciones internacionales, leyes uniformes en el derecho mercantil internacional.

10 Difusión de información sobre legislaciones nacionales y sobre la evolución jurídica moderna en el ámbito del derecho mercantil internacional. Colaboración con las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo y con otros órganos de las Naciones Unidas y organismos especializados con el comercio internacional.

11 5. LABOR DE LA CNUDMI Se desarrolla en tres niveles La Comisión.
Grupos de trabajo. Secretaría.

12 5.1. LA COMISIÓN Su labor se lleva a cabo en sesiones anuales, celebradas alternamente en Nueva York y en Viena Su labor consiste en la conclusión y adopción de proyectos de textos que los grupos de trabajo remiten a la comisión, ésta examina todo lo realizado por los grupos de trabajo.

13 Está compuesta por un Presidente, tres Vicepresidentes y un Relator
Además, invita en calidad de observadores a los Estados Miembros de las Naciones Unidas que no lo sean de la Comisión. Las decisiones de la Comisión son adoptadas por los Estados miembros de la Comisión. Las decisiones deberían adoptarse por consenso pero sí no es posible se adoptan por votación.

14 La CNUDMI adopta un informe realizado por la Comisión anualmente y se la presenta a la Asamblea General. Igualmente el informe se envía a la Junta de Comercio y Desarrollo de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo – UNCTAD- para que realice observaciones.

15 5.1.1. TEMAS BASE DE LA COMISIÓN
Compraventa internacional de mercaderías. Arbitraje comercial internacional. Transportes Seguros Pagos internacionales Propiedad intelectual Eliminación de la discriminación en las leyes que afectan al comercio internacional.

16 El mandato o la representación y legalización de documentos.
Contrato de financiación del comercio. Los transportes El comercio electrónico. Contratación pública Conciliación comercial internacional. Insolvencia Garantías reales. Solución de controversias por vía informática y microfinanzas.

17 5.2. GRUPOS DE TRABAJO Se les asigna temas del programa de trabajo de la CNUDMI. Celebran entre una o dos sesiones por año y presentan un informe a la comisión sobre su labor. Los miembros abarcan a todos los Estados miembros.

18 En cada sesión, los Estados miembros eligen un Presidente y un Relator.
La secretaría de cada grupo se integra por funcionarios de la secretaría de la CNUDMI, ésta se encarga de organizar todos los documentos para las sesiones y de presentar los informes de cada sesión.

19 5.3. SECRETARÍA Sus tareas consiste en:
Preparar los estudios, informes y proyectos de textos estudiados en los grupos de trabajo. Redacción y revisión de documentos de trabajo y textos legislativos sobre temas que pertenecen a los grupos de trabajo

20 Investigación jurídica
Presentación de informes a la Comisión Asiste comisiones en coordinar las labores de otras organizaciones. Fomenta la interpretación uniforme de las normas jurídicas mediante sistema de jurisprudencia «CLOUT»

21 6. TÉCNICAS DE MODERNIZACIÓN Y ARMONIZACIÓN DE LA CNUDMI
Se dividen en tres categorías que se aplican en tres niveles diferentes: Técnica legislativa Técnica contractual Técnica explicativa.

22 6.1. TÉCNICAS LEGISLATIVAS
La CNUDMI ha elaborado varios textos legislativos como: Convenciones o convenios Leyes modelo Guía legislativas Disposiciones modelo

23 6.1.1. CONVENCIONES Y CONVENIOS
Unifican el derecho al establecer obligaciones jurídicas vinculantes. Se utiliza cuando el objetivo es lograr un alto grado de armonización del derecho de los Estados participantes. Las convenciones son poco flexibles no permiten que los Estados formules reservas, declaraciones o las acojan de forma restringida.

24 6.1.2.LEY MODELO Es un texto legislativo que se recomienda a los Estados para su adopción e incorporación en el derecho interno. Es un medio adecuado para la modernización de las leyes naciones cuando se necesite en un determinado país. Es un instrumento más flexible, es posible negociar o adaptarla a la necesidad del país.

25 CONVENCIÓN vs LEY MODELO
La CNUDMI adopta las leyes modelo en los periodos de sesiones anuales; mientras que la convención requiere de convocatoria diplomática. La realización de una ley modelo es menos costosa que una convención.

26 6.1.3. GUÍAS LEGISLATIVAS Y RECOMENDACIONES
Se realizan cuando no es posible redactar disposiciones específicas de manera separada para incorporar en los ordenamientos internos. Son formulación de principios y recomendaciones legislativas.

27 Es un texto que proporciona diferentes soluciones legislativas a las cuestiones.
La primera recomendación legislativa realizada por la CNUDMI es en 1985, ésta buscaba estimular la revisión de disposiciones legislativas sobre el valor jurídico de la documentación informática.

28 DISPOSICIONES MODELO Unifica un tema cuando varias convenciones regulan la misma cuestión y las recomienda para su utilización en futuras convenciones. Igualmente pueden complementar una determinada disposición de una convención. Algunas disposiciones modelos han sido: Transportes internacionales y la responsabilidad Sobre proyectos de infraestructura con financiación privada.

29 *NOTA: Una vez un grupo de trabajo ha preparado un elemento de una técnica legislativa, éste es presentado a la CNUDMI – comisión- para que lo examine en su sesión anual. Cuando se trata de un proyecto de convención la CNUDMI no puede finalizarlo, sino que requiere intervención de la Asamblea General. Sí es una ley modelo o guía la CNUDMI concluye el texto y la adopta formalmente.

30 6.2. TÉCNICAS CONTRACTUALES
Cuando se va a realizar un contrato de comercio internacional, las dudas o inquietudes que surjan se pueden resolver mediante la remisión a una cláusula modelo o un conjunto de cláusulas. Algunas cláusulas modelo son: Reglamento de arbitraje de la CNUDMI Reglamento de conciliación de la CNUDMI.

31 6.3. TÉCNICAS EXPLICATIVAS
Se dividen en: Guías jurídicas Guías de prácticas y de otra información. Declaraciones interpretativas.

32 GUÍAS JURÍDICAS En ocasiones no es posible elaborar reglas contractuales modelos, toda vez que existen algunos contratos internacionales muy complejos como el de la Construcción, por tanto es preferible crear una guía jurídica en la cuál las partes en caso de dudas se remitan a ella, pues la misma tendrá diversas soluciones al problema. Su objeto no es sólo contractual sino que debe ser más amplio en el ámbito normativo.

33 Algunas guías adoptadas por la Comisión son:
Guía jurídica para la redacción de Contratos Internacionales de Construcción de Instalaciones Industriales – 1987- Guía jurídica sobre Transferencia Electrónicas de Fondos – 1986- Guía jurídica sobre Operaciones de Comercio Compensatorio Internacional – 1992- Notas sobre la organización de proceso arbitral – 1996-

34 6.3.2. GUÍAS DE PRÁCTICAS Y DE OTRA INFORMACIÓN.
Son otras guías también jurídicas pero proporcionan información más práctica sobre la cooperación y coordinación en la insolvencia fronteriza. Reúne información práctica en materia de negociación y utilización de acuerdos sobre insolvencia transfronteriza.

35 6.3.3. DECLARACIONES INTERPRETATIVAS.
Es un texto explicativo que genera una interpretación uniforme sobre uno o varios textos. Puede ser muy útil en caso de una convención, cuando la modificación de un texto pueda producir algunos problemas técnicos. Han sido utilizadas con el comercio electrónico .

36 7. INTERPRETACIÓN UNIFORME DE LOS TEXTOS LEGISLATIVOS.
En 1988 la Comisión decidió recopilar y difundir las sentencias y laudos arbitrales basados en los textos legislativos de la CNUDMI, buscando uniformar la interpretación y aplicación de los textos. El sistema es conocido como «Sentencias y Laudos sobre textos de la CNUDMI o CLOUT»

37 El sistema CLOUT se basa en la colaboración junto con los corresponsales nacionales de recopilar sentencias y laudos arbitrales, preparar resúmenes en los idiomas oficiales de las Naciones Unidas y remitir los textos y resúmenes a la secretaría de la CNUDMI. Igualmente, el sistema CLOUT contribuye a promover la interpretación uniforme de los textos de la CNUDMI mediante su aplicación por los tribunales ordinarios y arbitrales de todo el mundo.

38 El sistema CLOUT también ha sido útil para ayudar a redactar y firmar contratos comerciales, a los tribunales ordinarios y arbitrales para resolver controversias que impliquen aplicar un texto de la CNUDMI y a quienes investigan sobre los textos de la Comisión y su aplicación, el sistema CLOUT le ha servido como fuente indirecta de información.

39 8. COORDINACIÓN DE LA LABOR DE OTRAS ORGANIZACIONES.
La CNUDMI tiene como función coordinar la labor de las organizaciones que se ocupan de temas de derecho mercantil internacional, tanto dentro como fuera de las Naciones Unidas, con el propósito de alentar la cooperación entre ellas, evitar duplicación de tareas y fomentar la eficiencia, uniformidad y coherencia en la modernización y armonización del derecho mercantil internacional.

40 La CNUDMI también realiza otras actividades en conjunto con otras organizaciones internacionales como estudios y seminarios, por ejemplo, el comité de arbitraje. Asimismo, la CNUDMI recomienda la utilización o adopción de instrumentos relacionados con el derecho mercantil internacional elaborados por otras organizaciones como por ejemplo, la Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras – 1958-

41 9. COOPERACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA REFORMA LEGISLATIVA
La CNUDMI realiza actividades de cooperación y asistencia técnica para promover su labor, así como la utilización y adopción de los textos legislativos y no legislativos que se han elaborado. Estas actividades se centran en asistir organizaciones regionales de integración económica para promover adoptar tratados recientes.

42 La CNUDMI al igual que el sistema CLOUT y la unificación de jurisprudencia son material útil para actividades de asistencia técnica para profesionales, académicos y demás interesados. En cada periodo anual se presenta a la CNUDMI un informe sobre las actividades de cooperación y asistencia técnica realizada.

43 La CNUDMI también crea Centros Regionales con el objetivo de intensificar el comercio internacional y desarrollo de las regiones, para así promover la confianza de las operaciones comerciales internacionales mediante normas de comercio internacional; asimismo presta asistencia técnica bilateral o multilateral a los Estados frente a la adopción e interpretación uniforme de los textos de la Comisión y sirve de canal de comunicación entre los Estados de la región y la CNUDMI.


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