ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, ESTADO DE VERACRUZ (3007)

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Transcripción de la presentación:

ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, ESTADO DE VERACRUZ (3007) SUBDIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, ESTADO DE VERACRUZ (3007) Palacio Municipal, Orizaba, Ver. Yanga, Ver. Palacio Municipal, Cuitlahuac, Ver. Laguna de Catemaco, Ver. Palacio Municipal, Córdoba, Ver. Cuichapa, Ver. Fortín de las Flores, Ver.

LOCALIZACIÓN DEL ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) Límites publicados en el DOF el 28-agosto-2009 (Extensión: 1,261.26 km2 )

MUNICIPIOS DEL ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) El acuífero está compuesto por territorio de 34 municipios, donde Ixtaczoquitlán y La Perla son los de mayor superficie.

DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN URBANA Y RURAL, EN EL ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) Localidad Población total Población femenina Población masculina Rural 185,017 93,892 89,710 Urbana 570,151 302,496 267,655 Total 755,168 396,388 357,365 *La sumatoria de la población femenina y masculina no coincide con el total debido a que muchas localidades, por ser una población muy pequeña, se consideran datos confidenciales, según INEGI.

CONDICIONES CLIMATOLÓGICAS, DEL ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) El clima es Cálido-Templado-semicálido-semiárido-húmedo La temperatura media anual es de 22.3 °C. La precipitación total anual es de 2,133 mm. Temperatura media anual en el área del acuífero = 22.3 °C 42% (A)C(m) 14% (A)C(fm) 14% C(m) 13% Am 11% Aw1(w) 10% C(m)(w) Precipitación media anual en el área del acuífero = 2,133 mm Distribución del clima en el área del acuífero.

GEOLOGÍA EN EL ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007)

HIDROLOGÍA SUPERFICIAL ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) El acuífero Orizaba Córdoba se localiza en la región número 28, denominada Papaloapan, del cual el 86% del acuífero se ubica en la cuenca Río Blanco y 8% dentro de la cuenca Río Tonto y el 6% dentro de la cuenca Cotaxtla.   La red hidrográfica del acuífero Orizaba Córdoba la constituyen 2 ríos principales: Río Atoyac y el Río Blanco, otros Ríos importantes son Ríos Orizaba y el Metlac.

PROFUNDIDAD AL NIVEL ESTÁTICO (2014) La configuración de profundidad al nivel estático para el 2005 registró valores que variaron de 1 a 140 m. En la zona de Orizaba e Ixtaczoquitlán se observaron las profundidades más someras, de 3 a 40 m, las cuales se incrementan del centro del valle hacia el norte de Orizaba, aumentando gradualmente desde el centro de la Ciudad de Orizaba hacia las estribaciones de las sierras que delimitan el valle. En la zona de Córdoba, los valores de profundidad se incrementan también desde el centro del valle, en la porción occidental de la ciudad donde se registran valores de 15 m, hasta 140 m que se presentan al oriente, aumentando por efecto de la topografía.

ELEVACIÓN DEL NIVEL ESTÁTICO EN m.s.n.m. (2014) Con respecto a la configuración de elevación del nivel estático para el año 2014, se registran valores de carga hidráulica que varían entre 500 y 1340 msnm. En la zona de Córdoba se registran las menores de elevaciones, las cuales se incrementan hacia el noroeste, con un gradiente hidráulico promedio de 0.08, indicando una dirección preferencial del flujo subterráneo de noroeste-sureste. En la zona de Orizaba los valores de elevación varían de 1060 a 1340 msnm, mostrando dos direcciones preferenciales del flujo subterráneo, una noreste-suroeste con valores de 1320 msnm que se observa en la zona ubicada entre Orizaba y Chicola, hasta 1200 msnm que se presentan en la porción central de la ciudad de Orizaba. A partir de esta zona, las cargas hidráulicas cambian de orientación, ahora fluye en dirección oeste-este, con valores que varían de 1150 a 1060 msnm, con un gradiente hidráulico promedio de 0.03.

EVOLUCIÓN DEL NIVEL ESTÁTICO (2011-2014), m

CAPTACIÓN DE AGUA SUBTERRÁNEA Y VOLUMEN DE EXTRACCIÓN EN EL ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) REPDA 2014 En el acuífero de Orizaba-Córdoba según datos del REPDA (30 de septiembre de 2015), existen 1,177 aprovechamientos, de los cuales 1,060 son norias y 117 son pozos. En conjunto están extrayendo un volumen de 40.414 Mm3 al año

EXTRACCIÓN Y USO DEL AGUA SUPTERRÁNEA POR TIPO DE APROVECHAMIENTO (REPDA 2014)

ENTRADAS (Millones de m3/año) SALIDAS (Millones de m3/año) ACTUALIZACIÓN DEL BALANCE DE AGUA SUBTERRÁNEA, ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) ENTRADAS (Millones de m3/año) SALIDAS (Millones de m3/año) Entrada por flujo subterráneo 18.6 Salida por flujo subterráneo 75.2 Recarga vertical natural 49.8 Extracción 19.2 Manantiales 15.8 Recarga total 109.5 Salidas del área de balance 110.2   Cambio de almacenamiento - 0.7

DISPONIBILIDAD DE AGUA SUBTERRÁNEA, ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007), 2014 (hm3 anuales) Disponibilidad media anual de agua subterránea Recarga total media anual = - Descarga natural comprometida Volumen concesionado e inscrito en el REPDA CLAVE ACUÍFERO Estado R DNCOM VCAS DAS CANTIDADES EN MILLONES DE METROS CUBICOS ANUALES 3007 ORIZABA-CÓRDOBA Veracruz 109.5 68.5 40.159455 0.880545 R: Recarga media anual DNCOM: Descarga natural comprometida VCAS: Volumen concesionado de agua subterránea DAS: Disponibilidad media anual de agua subterránea La terminología anotada corresponde a la contenidas en los numerales 3 y 4 de la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. Disponibilidad, con fecha de corte al 30 de junio de 2014. Determinada conforme al método establecido en la Norma Oficial Mexicana NOM-011-CONAGUA-2000. El volumen máximo de agua que puede extraerse del acuífero Orizaba-Córdoba en condiciones sustentables es de 41 millones de metros cúbicos anuales, cifra que se obtiene de restar al volumen de recarga media anual que recibe el acuífero la descarga natural comprometida.

VEDAS VIGENTES DE AGUA SUBTERRÁNEA, ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) Actualmente la superficie del acuífero Orizaba-Córdoba, 3007, se encuentra parcialmente vedada, sujeto a las disposiciones de los siguientes instrumentos jurídicos: "DECRETO que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona que comprende la cuenca del Río Jamapa, en el Estado de Veracruz", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 1970. "DECRETO que declara de utilidad pública el establecimiento del Distrito de Acuacultura Número Dos Cuenca del Papaloapan para preservar, fomentar y explotar las especies acuáticas, animales y vegetales, así como para facilitar la producción de sales y minerales", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de agosto de 1973. “ACUERDO General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013.

PROBLEMÁTICA ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) Escases Natural de Agua: El balance del acuífero manifiesta que recibe una precipitación media anual que varía entre 773.0 y 2,276.20 mm/año, tiene una temperatura media anual de 17.9 a 23.10° C y una evaporación total que varía entre 749.40 y 1043.20 mm/año. A través del análisis del comportamiento histórico de la precipitación, se determinó que las lluvias han disminuido paulatinamente, debido a que la región ha sido afectada por la sequía regional, por lo que la recarga vertical del acuífero se verá mermada.   Dicha circunstancia, además de la creciente demanda del recurso hídrico en la región, para cubrir las necesidades básicas de sus habitantes, y seguir impulsando las actividades económicas de la misma y la nula disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero, genera competencia por el recurso entre los diferentes usos e implica el riesgo de que se agraven los efectos negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como en los usuarios del recurso.

PROBLEMÁTICA ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) Riesgo de sobreexplotación: En el acuífero Orizaba-Córdoba, la descarga natural comprometida es de 68.5 millones de metros cúbicos anuales; mientras que la recarga que recibe el acuífero está cuantificada en 109.5 millones de metros cúbicos anuales; lo que lleva a una disponibilidad de 0.880545 millones de metros cúbicos, lo cual manifiesta que se encuentra en el límite, muy próximo a romper su equilibrio, por lo que se considera que en poco tiempo, dado el crecimiento poblacional de las ciudades de Orizaba y Córdoba, así como sus zonas industriales, podría alcanzar un incipiente nivel de sobreexplotación, y que en los últimos años, se ha manifestado con algunos conflictos sociales por obtener el recurso. El A través del análisis del comportamiento histórico de la precipitación, se determinó que las lluvias han disminuido paulatinamente, debido a que la región ha sido afectada por la sequía regional, por lo que la recarga vertical del acuífero se verá mermada. Dicha circunstancia, además de la creciente demanda del recurso hídrico en la región, para cubrir las necesidades básicas de sus habitantes, y seguir impulsando las actividades económicas de la misma y la nula disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero, genera competencia por el recurso entre los diferentes usos e implica el riesgo de que se agraven los efectos negativos de la explotación intensiva del agua subterránea, tanto en el ambiente como en los usuarios del recurso.

PROBLEMÁTICA ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) Presión por la Obtención de Recursos: En el acuífero Orizaba Córdoba, existe la posibilidad de que el incremento de la demanda de agua subterránea genere los efectos perjudiciales causados por la explotación intensiva, tales como la profundización del nivel del agua subterránea, la inutilización de pozos, el incremento de los costos de bombeo, la disminución e incluso la desaparición de los manantiales, del caudal base de los ríos, y de la descarga hacia los ecosistemas costeros, así como el deterioro de la calidad del agua subterránea, por lo que es necesario prevenir que se agrave la sobreexplotación, proteger al acuífero de un desequilibrio hídrico y del deterioro de su calidad que pudiera llegar a afectar las actividades socioeconómicas que dependen del agua subterránea en esta región. Riesgo de contaminación y deterioro de la calidad del agua subterránea: En términos generales se puede hablar que en el acuífero Orizaba-Córdoba no existe aún un grado de contaminación importante, de los análisis in situ que se realizaron, ninguno sobrepasó la Norma Oficial Mexicana NOM-127-SSA1-1994, “Salud ambiental. Agua para uso y consumo humano Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre del 2000, la concentración de Sólidos Totales Disueltos presenta valores que varían de 110 a 980 partes por millón; que no sobrepasan el límite máximo permisible de 1000 partes por millón establecido por la norma mencionada para el agua potable. Existe el riesgo de contaminación por las fuentes potenciales, principalmente por las actividades industriales y agrícolas estas últimas que usan fertilizantes y agroquímicos, en menor proporción por la descarga de aguas residuales sin tratamiento y por la falta de sistemas de alcantarillado, así como por la presencia de basureros y gasolineras. Es importante también el riesgo latente por contaminación con hidrocarburos debido a la existencia de la infraestructura de Petróleos Mexicanos.

CONCLUSIONES ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) El resultado indica que existe un volumen anual disponible de 0.585290 hm3 para otorgar nuevas concesiones, recibe una recarga media anual de 109.5 millones de metros cúbicos anuales; mientras que el volumen de extracción de agua subterránea es de 40.414710 millones de metros cúbicos anuales. La disponibilidad media anual de agua subterránea en el acuífero Orizaba-Córdoba, clave 3007, es prácticamente nula, por lo que no es recomendable otorgar el volumen disponible para otorgar concesiones o asignaciones. La nula disponibilidad media anual de agua subterránea implica que el recurso hídrico debe estar sujeto a una extracción, explotación, uso y aprovechamiento controlados para lograr la sustentabilidad ambiental del acuífero. El acuífero Orizaba-Córdoba, clave 3007, se encuentra sujeto a las disposiciones legales de los instrumentos jurídicos referidos en el presente estudio. Aún con dichos instrumentos, persiste el riesgo de que se agraven los efectos de la explotación intensiva, tales como el abatimiento del nivel de saturación, el incremento de los costos de bombeo, y el deterioro de la calidad del agua subterránea, en detrimento de los usuarios de la misma y del ambiente.

CONCLUSIONES ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) El Acuerdo General de suspensión de libre alumbramiento, establece que estará vigente hasta en tanto se expida el instrumento jurídico que la Comisión Nacional del Agua, por conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, proponga al titular del Ejecutivo Federal; mismo que permitirá realizar la administración y uso sustentable de las aguas nacionales del subsuelo en el acuífero Orizaba-Córdoba, clave 3007. De los resultados expuestos, en el acuífero Orizaba-Córdoba, clave 3007, se presentan las causales de utilidad e interés público, referidas en los artículos 7 y 7 BIS de la Ley de Aguas Nacionales, relativas a la protección y conservación del recurso hídrico, a la atención prioritaria de la problemática hídrica en zonas de escasez natural y al control de la extracción, explotación, uso a aprovechamiento de las aguas del subsuelo, el restablecimiento del equilibrio hidrológico, la sustentabilidad ambiental y la prevención de la sobreexplotación; causales que justifican el establecimiento del ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas del subsuelo, que abarque la totalidad de su extensión territorial, para alcanzar la gestión integrada de los recursos hídricos. El ordenamiento procedente aportará las bases para obtener un registro confiable y conforme a derecho, de usuarios y extracciones y con ello se organizará a todos los asignatarios y concesionarios del acuífero.  

RECOMENDACIONES ACUÍFERO ORIZABA-CÓRDOBA, (3007) Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Orizaba-Córdoba, clave 3007, la veda establecida mediante el “Decreto que declara de utilidad pública el establecimiento del Distrito de Acuacultura Número Dos Cuenca del Papaloapan para preservar, fomentar y explotar las especies acuáticas, animales, vegetales así como la para facilitar la producción de sales y minerales“, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de agosto de 1973. Suprimir en la porción correspondiente al acuífero Orizaba-Córdoba, clave 3007, la veda establecida mediante el “Decreto que establece veda por tiempo indefinido para el alumbramiento de aguas del subsuelo en la zona que comprende la cuenca del Río Jamapa, en el Estado de Veracruz”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 1970. Decretar el ordenamiento procedente para el control de la extracción, explotación, uso y aprovechamiento de las aguas subterráneas en toda la superficie del acuífero Orizaba-Córdoba, clave 3007; y que en la porción de dicho acuífero, que en el mismo se señala, quede sin efectos el “Acuerdo General por el que se suspende provisionalmente el libre alumbramiento en las porciones no vedadas, no reglamentadas o no sujetas a reserva de los 175 acuíferos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de abril de 2013, en términos de lo dispuesto por su artículo primero transitorio. Una vez establecido el ordenamiento, integrar el padrón de usuarios de las aguas subterráneas, conforme a los mecanismos y procedimientos que al efecto tenga establecidos la Comisión Nacional del Agua.