Cálculo cotización SS y retención IRPF.

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Transcripción de la presentación:

Cálculo cotización SS y retención IRPF

CONTINGENCIAS COMUNES COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL FORMACIÓN PROFESIONAL CONTINGENCIAS PROFESIONALES AT EP FOGASA CONTINGENCIAS COMUNES DESEMPLEO

Cálculo de las bases de cotización con retribución mensual BASE DE CONTINGENCIAS COMUNES Conceptos salariales Exceso de cuantía de las percepciones no salariales Prorrata mensual de las pagas extraordinarias BASE DE CONTINGENCIAS PROFESIONALES Base de contingencias comunes Horas extraordinarias

Cálculo de las bases de cotización con retribución diaria BASE DE CONTINGENCIAS COMUNES Conceptos salariales diarios x días del mes correspondiente Exceso de cuantía de las percepciones no salariales Prorrata diaria de las pagas extraordinarias x días del mes correspondiente BASE DE CONTINGENCIAS PROFESIONALES Base de contingencias comunes Horas extraordinarias

Base sujeta a retención del IRPF El empresario debe retener unos determinados porcentajes a cuenta de la liquidación anual del IRPF. El porcentaje aplicable depende del salario y de la situación personal y familiar. No se practican retenciones, que no se sobrepasen los límites reglamentarios, sobre: Los gastos de locomoción Las dietas y las asignaciones para gastos de viaje. Los gastos ocasionados por traslados del puesto de trabajo a otro municipio distinto. Las indemnizaciones . Los trabajadores tendrán en cuenta las retenciones cuando realicen la declaración anual del IRPF.

Cálculo de las retenciones a cuenta del IRPF La Agencia Tributaria facilita a través de su página web (www.agenciatributaria.es) un programa para calcular el porcentaje de retención a cuenta del IRPF. Se debe considerar: El tipo de contrato. La retribución anual estimada. La cotización a la Seguridad Social estimada. La situación personal y familiar.

Cuotas de cotización Cuota cotización = Base de cotización x tipo de cotización. En la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es) puedes encontrar información sobre las bases y los tipos de cotización en vigor. Se accede desde: Trabajadores. Cotizaciones/recaudación. Bases y tipos de cotización.

Modelo 145 Para que la empresa conozca la situación personal y familiar de cada trabajador, este se lo ha de comunicar, voluntariamente, a través del modelo 145. La comunicación debe efectuarse antes del primer día de cada año natural o del inicio de la relación laboral. Los trabajadores comunicarán, asimismo, las variaciones en los datos, ya que pueden suponer un mayor tipo de retención (por ejemplo, con un incremento del sueldo) o un menor tipo de retención (por ejemplo, con el nacimiento de un hijo). Si no se comunican los datos personales y familiares a la empresa, se aplicará el tipo de retención adecuado según las retribuciones, que puede resultar ser un tipo superior al que realmente corresponde; en este caso, el trabajador recuperará la diferencia al presentar la declaración anual del IRPF. Por otro lado, los trabajadores podrán solicitar por escrito, en cualquier momento, al pagador la aplicación de tipos de retención superiores a los que les correspondan.