Coordinador de la Unidad LOCTI

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Transcripción de la presentación:

Coordinador de la Unidad LOCTI Fundación para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología en el Estado Zulia Aspectos Generales sobre la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación y su Reglamento Parcial. Econ. Leonardo Soto. Coordinador de la Unidad LOCTI

Art. 110 ESTADO VENEZOLANO EMPRESA PRIVADA NOTA: LOCTI - Promulgada 26/09/2001 y reformada 2005 G.O. 38.242 del 03/08/2005 RP-LOCTI – Promulgado G.O. 38.544 del 17/10/2006 ESTADO VENEZOLANO ESTADO VENEZOLANO PRINCIPIOS ETICOS Y LEGALES RECURSOS INTERES PUBLICO CIENCIA TECNOLOGIA CONOCIMIENTO INNOVACION Y APLICACIONES SISTEMA NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA (SNCT) DESARROLLO ECONOMICO SOCIAL POLITICO SEGURIDAD SOBERANIA NACIONAL Art. 110 APORTES LOCTI REGLAMENTO PARCIAL EMPRESA PRIVADA

OBJETIVOS LOCTI CALIDAD DE VIDA E INDEPENDENCIA APROPIACIÓN PAULATINA DEL CONOCIMIENTO Auspiciar la cultura de la innovación Participación nacional en los derechos de propiedad intelectual

Legisla Planifica – Orienta - Ejecuta Fiscaliza - Controla - Evalúa Penaliza Rinde cuenta Planifica Invierte/Aporta Ejecuta Rinde cuenta Coadyuva control Propone Capacita/educa Ejecuta Rinde cuenta

Grandes Empresas QUIENES DEBEN APORTAR y/o INVIERTIR LOCTI Art. 44 Las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregulares o de hecho Las compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada. Ingresos brutos anuales superiores a cien mil unidades tributarias (100.000 U.T.) Grandes Empresas Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y demás entidades jurídicas o económicas no citadas anteriormente Los establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio nacional

¿Cuánto deben aportar las grandes Empresas Públicas y Privadas ? (Art. 35, 36 y 37 de la LOCTI) Actividades establecidas en la Ley Orgánica de Hidrocarburos: el 2% de los ingresos brutos. Explotación minera, generación, distribución y transmisión de electricidad: el 1% de los ingresos brutos. Empresas venezolanas o extranjeras que se dediquen a otros sectores productivos: el 0,5% de los ingresos brutos

Artículo 42

Artículo 42. ejemplo

Con Respecto a la Inversión! Según el Art.: 20 del Reglamento Parcial de la LOCTI las Grandes Empresas que realicen el aporte e inversión correspondiente, en actividades de capacitación de talento humano del personal de su propia empresa, deberán procurar que ese talento humano una vez capacitado realice la transferencia de los conocimientos adquiridos, que permita el aprovechamiento de éstos en el entorno social y económico del país.

Definición de Beneficiario: Según el Art.: 4 del Reglamento Parcial de la LOCTI beneficiarios son todas las universidades o instituciones de educación superior, unidades, institutos o centros de investigación y desarrollo, y cualquier otra institución, pública o privada que desarrolle proyectos de CTI y que esté certificado por el organismo competente para tales fines.

Pasos para ser Beneficiarios Inscripción en el portal www.sidcai.fonacit.gob.ve y consignación de los documentos requeridos por el mjismo sistema. 2. Formulación de los proyectos de CTI enmarcados dentro de lo establecido en el Art. 42 de la LOCTI. Remitir los proyectos al FONACIT para la certificación correspondiente. 3. Una vez recibida la certificación de los proyectos de parte del MppCTII; abordar a las empresas para hacer el ofrecimiento de los proyectos.

Cuando se Cumple con la LOCTI? El Art. 11. Del Reglamento Parcial de la LOCTI establece: “Las Grandes Empresas, podrán realizar sus aportes e inversiones, durante todo el ejercicio económico respectivo, y deberán realizar la declaración definitiva de las inversiones o aportes realizadas durante el ejercicio económico correspondiente, en la misma fecha en la cual realicen la declaración definitiva anual de impuesto sobre la renta”.

¿Quién Verifican los Aportes e DEL CONTROL, FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN Inversiones? TÍTULO IV (LOCTI) DEL CONTROL, FISCALIZACIÓN E INSPECCIÓN Facultades de Control Artículo 45. El Ministerio de Ciencia y Tecnología tendrá las facultades de control, fiscalización, verificación y determinación cuantitativa y cualitativa de los aportes contenidos en el Título III, las cuales ejercerá en los términos establecidos en el Reglamento de la presente Ley.

¿Existen Sanciones de no Cumplir con la LOCTI? TÍTULO VIII DEL RÉGIMEN SANCIONATORIO Y PROCEDIMIENTOS Capítulo I Disposiciones Generales Multas por Incumplimiento del Aporte Artículo 73. Los que incumplan con la obligación de aportar los montos establecidos en el Título III de la presente Ley, serán sancionados con multas equivalentes al cincuenta por ciento (50%) del monto que deben aportar, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el referido Título III, las cuales serán impuestas tomando en cuenta el monto de la suma afectada por el incumplimiento, y podrán ser aumentadas o disminuidas en atención a las circunstancias agravantes o atenuantes existentes.

Resolución 009, Gaceta Oficial 39.130 de fecha 03/03/2009. Nuevas Resoluciones, cambios actuales sobre procedimientos y Representantes de la LOCTI Resolución 009, Gaceta Oficial 39.130 de fecha 03/03/2009. Se promulga la intención de la creación de una oficina LOCTI en el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias que contaría con todas las competencias LOCTI que para ese momento eran responsabilidad del Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (ONCTI), incluyendo en esta nueva oficina la competencia de verificación y fiscalización.

Resolución 020, Gaceta Oficial 39.150 de fecha 30/03/2009. Nuevas Resoluciones, cambios actuales sobre procedimientos y Representantes de la LOCTI Resolución 020, Gaceta Oficial 39.150 de fecha 30/03/2009. Se nombra al Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación como el encargado de llevar todas las actividades LOCTI a nivel nacional definiendo sus competencias para tales fines cesando las actividades LOCTI del ONCTI hasta el 31/03/2009 oficialmente.

Resolución 021, Gaceta Oficial 39.150 de fecha 30/03/2009. Nuevas Resoluciones, cambios actuales sobre procedimientos y Representantes de la LOCTI Resolución 021, Gaceta Oficial 39.150 de fecha 30/03/2009. Se nombra al Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación como el único receptor de los fondos LOCTI que antes eran destinados a organismos adscritos al MppCTII definiéndolo como ente central encargado de recibir y administrar tales fondos.

Resolución 041, Gaceta Oficial 39.183 de fecha 21/05/2009. Nuevas Resoluciones, cambios actuales sobre procedimientos y Representantes de la LOCTI Resolución 041, Gaceta Oficial 39.183 de fecha 21/05/2009. Se nombra a la Lcda. Koraury Colmenares titular de la C.I. 11.673.049 como Jefa de la Oficina Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) a partir del 18/05/2009. Dicha oficina tendría como función monitorear las actividades desarrolladas por el FONACIT para estos fines y evaluar los proyectos presentados por empresas aportantes e instituciones beneficiarias.

Resolución 090, Gaceta Oficial 39.446 de fecha 15/06/2010. Nuevas Resoluciones, cambios actuales sobre procedimientos y Representantes de la LOCTI Resolución 090, Gaceta Oficial 39.446 de fecha 15/06/2010. Se delegan al FONACTI las competencias LOCTI referidas a certificación de proyectos y todo lo relacionado con el proceso de fiscalizació.

¿Qué es un proyecto? Es una propuesta de acción que implica la utilización de un conjunto determinado de recursos para el logro de los resultados esperados Logro de objetivos Se manifiesta en beneficios Se incurre en costos Mejora una situación o soluciona un problema

Características de los Proyectos No financia una realidad, transforma la realidad. El objetivo expresa la novedad. Es limitado cronológicamente, tiene un inicio y un fin. Son importantes el flujo de los recursos y el sistema de gerencia. Es evaluable antes de la ejecución, durante la ejecución y después de la ejecución.

Problemas en el diseño y gestión de los proyectos Las unidades ejecutoras no están identificadas con claridad. Los presupuestos no se calculan adecuadamente ni se refieren a las actividades programadas. No se les da consideración debida a las soluciones alternativas. Las actividades programadas no responden a los objetivos del proyecto

Problemas en el diseño y gestión de los proyectos No se entiende claramente el ambiente externo al proyecto o no se toma debidamente en cuenta. Los proyectos tienden a durar demasiado, son interminables. La programación y los procedimientos de ejecución tienen muy poca flexibilidad.

Relación entre planes, programas y proyectos Largo Mediano Corto Horizonte Problemas Complejos Sectoriales Específicos Plan Programa Proyecto

Fases del ciclo de vida del proyecto: etapas de madurez Identificación Idea Diseño factibilidad Evaluación Ejecución Proceso de evaluación: antes, durante y después (ex-post)

Muchas Gracias. Econ. Leonardo Soto 0414-6083529 lsoto@fundacite-zulia.gob.ve