03 diciembre 2015 Lorenzo Alonso Nistal Director General GRUPO ASPASIA.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
EL CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL.
Advertisements

Orden de proyectos experimentales de Formación Profesional
Dirección General de Centros Información y orientación Establecer una relación directa entre la formación y el empleo Acreditación de las competencias.
CONTRATOS DE TRABAJO INDEFINIDOS TEMPORALES FORMATIVOS**
Razones para la huelga general (el análisis jurídico) 29 de SEPTIEMBRE.
Los contratos formativos
TEMA 1 EL CONTRATO DE TRABAJO
La negociación colectiva es una muestra de la existencia de imperfecciones en el mercado de trabajo. EN QUE CONSISTE: Consiste en la fijación de las condiciones.
LA JORNADA DE TRABAJO.
Concepto y modalidades
1 FORMACIÓN PROFESIONAL EN MODALIDAD A DISTANCIA ORDEN DE 20 DE JULIO DE 2006 POR LA QUE SE REGULA LA IMPLANTACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LA F.P. ESPECÍFICA.
1 LA FORMACIÓN PROFESIONAL EN LA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN 2/2006 de 30 de mayo (LOE)
AYUDAS PARA FOMENTAR EL EMPLEO de las Víctimas de violencia de Género.
LEY 3/2012, DE 6 DE JULIO.. FLEXIBILIZAR LAS DECISIONES EMPRESARIALES EN MATERIA LABORAL. LIMITAR POTESTADES DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES.
JORNADA LABORAL Y RETRIBUCIÓN.
PCPI Programas de Cualificación Profesional Inicial
Permiso Individual de Formación
REFORMA DE LAS POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO
Programa de fomento de empleo
Carolina Blasco Jover Primeras experiencias aplicativas de la reforma laboral de 2012 Medidas para mejorar la empleabilidad de los trabajadores.
Concepto y modalidades
I. Nos hemos aproximado a un concepto en común, para definir la desigualdad salarial entre hombres y mujeres (cualitativa y cuantitativamente). se ha.
PROGRAMA EMPRENDEDORES AUTÓNOMOS Subvención para el establecimiento como trabajador autónomo Subvención financiera Subvención para formación PROGRAMA.
REDUCCIONES FISCALES REDUCCIÓN TIPO GRAVAMEN IBI 0,570,51 REDUCCIÓN COEFICIENTES SITUACION IAE PLAN MUNICIPAL FRENTE A LA CRISIS.
Reducción de jornada laboral. Por José S Romero. Más que informar, pretendo abrir un debate que nos lleve al conocimiento de la situación que nos está.
LA SEGURIDAD SOCIAL DE LOS TRABAJADORES CONTRATADOS A TIEMPO PARCIAL. –AMBITO DE APLICACIÓN, ACCION PROTECTORA Y PERIODOS DE COTIZACION. –NORMAS RELATIVAS.
GUÍA PROGRAMA EXTRAORDINARIO DE ACTIVACIÓN PARA EL EMPLEO Diciembre de 2014 secretaría de acción sindical.
FINAL DE LA E.S.O. OBTIENE TÍTULO E.S.O. NO OBTIENE TÍTULO E.S.O.
EL SALARIO Y LA NÓMINA.
IES “Infante don Fadrique” (Quintanar de la Orden) Orientaciones para después de la ESO.
convergencia tecnologica
Secretaria Comunicación y Empleo El REASS desaparece, los trabajadores/as cuenta ajena agrarios se integran en el Régimen General de la Seguridad Social.
LA FORMACIÓN PROFESIONAL
Gestión de recursos humanos Administración y finanzas
Materia: La nueva legislación en el procedimiento de jubilaciones parciales dentro de la empresa, incremento de costes y negociación colectiva en la materia.
Jornada Parlamentaria “Igual Trabajo, Igual Salario” Carmen Bravo Sueskun Secretaria Confederal de la Mujer de CCOO Sala Internacional Congreso de los.
Contratos a tiempo parcial
EL CONTRATO DE TRABAJO.
El contrato de trabajo vamos a conocer...
EL CONTRATO DE TRABAJO.
Unidad 2 Modalidades de contratación laboral
“FORMACIÓN PROFESIONAL EN ALTERNANCIA”
2ª REUNIÓN DE PADRES 2º ESO 16 de marzo de 2015
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA
RDL 4/2015 La publicación de la citada normativa implica novedades y modificaciones respecto a la anterior (Real Decreto 395/2007 y Orden TAS 2307/2007)
Test UD 8.
CONTRATOS DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE ABAN Z IA FORMACION CONSULTORIA +
Principales novedades de la reforma laboral 2010 ense ñ anza federaci ó n de ense ñ anza de comisiones obreras coordinación de acción sindical departamento.
Test UD 8.
 Capitulo I: La formación profesional en el sistema educativo: concepto, finalidad y objeto  Capitulo II: Ordenación de la formación profesional en.
FP DUAL. CARACTERÍSTICAS BÁSICAS DEL PROGRAMA SON LAS SIGUIENTES: Alumnado entre 16 y 30 años inscritos en Lanbide. Contrato Laboral para la Formación.
Incentivos de Apoyo a la Inserción Laboral Secretaria de Empleo Dirección Nacional de Promoción del Empleo.
Paulino Fernández Calles
Bloque temático: el contrato de trabajo.
Sistemas de protección de los desempleados Negociación colectiva.
Contratos formativos y a tiempo parcial
Tema 2 TIPOS DE CONTRATOS
ENSEÑANZAS DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL
ENSEÑANZAS COMUNES DE LA EDUCACIÓN INFANTIL
CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL Y PRESTACIONES POR DESEMPLEO
Unidad 2 EL CONTRATO DE TRABAJO.
Incentivos. Fomento del empleo. Incentivos Estatales Incentivos Gobierno Vasco Incentivos Seguridad Social Incentivos Bizkaia Incentivos Fiscales en las.
Febrero 2014 NOVEDADES LABORALES DEL PERIODO NOTA LEGAL: La normativa legal que facilita la sociedad es a título meramente informativo, puede contener.
Cristina Bonilla Molina Paula Castaño López. Se denomina empresa de trabajo temporal a aquella cuya actividad fundamental consiste en poner a disposición.
CONTRATOS FORMATIVOS Y A TIEMPO PARCIAL
EL TRABAJO POR CUENTA AJENA.. DERECHO DEL TRABAJO. DERECHO DEL TRABAJO. Derecho: tiene como finalidad regular la conducta del hombre para solucionar los.
C + E Cualificación y Empleo. PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO ¿Qué es? PROGRAMA INTEGRAL DE CUALIFICACIÓN Y EMPLEO ¿Qué es? El Programa Integral.
CONVOCATORIA Resolución del Conseller d’Economia i Competitivitad de 8 de mayo de 2015 por la cual se aprueba la convocatoria para conceder ayudas públicas.
EL CONTRATO DE TRABAJO Y SUS MODALIDADES
EL CONTRATO DE TRABAJO Y SUS MODALIDADES
Transcripción de la presentación:

03 diciembre 2015 Lorenzo Alonso Nistal Director General GRUPO ASPASIA

INTRODUCCIÓN: NORMATIVA REGULADORA, DEFINICIÓN Y MODALIDADES. FORMACIÓN DUAL A TRAVÉS DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJADORES, DEL CONTRATO, DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA Y DE LOS INCENTIVOS. FINANCIACIÓN DE LA FORMACIÓN DUAL. AHORRO EN LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES. VENTAJAS DE LA FORMACIÓN DUAL PARA LA EMPRESA Y PARA EL TRABAJADOR. PRINCIPALES DUDAS DE LAS EMPRESAS A LA HORA DE PONER EN MARCHA UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DUAL. FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Agenda

INTRODUCCIÓN: NORMATIVA REGULADORA, DEFINICIÓN Y MODALIDADES. FORMACIÓN DUAL A TRAVÉS DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJADORES, DEL CONTRATO, DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA Y DE LOS INCENTIVOS. FINANCIACIÓN DE LA FORMACIÓN DUAL. IAHORRO EN LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES. VENTAJAS DE LA FORMACIÓN DUAL PARA LA EMPRESA Y PARA EL TRABAJADOR. PRINCIPALES DUDAS DE LAS EMPRESAS A LA HORA DE PONER EN MARCHA UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DUAL. FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Agenda

Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional dual. Define lo que va se entiende por formación profesional dual : “…conjunto de las acciones e iniciativas formativas, mixtas de empleo y formación, que tienen por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un RÉGIMEN DE ALTERNANCIA de actividad laboral en una empresa con la actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo”. Normativa y definición FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Establece que tendrá consideración de FP dual la actividad formativa inherente a los contratos para la formación y el aprendizaje. Los aspectos laborales y formativos de este tipo de contrato se regulan en: Real Decreto 1529/2012,, de 8 de noviembre. Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre. a b

Formación exclusiva en centro formativo. Formación con participación de la empresa. Formación en empresa autorizada o acreditada y en centro de formación. Formación compartida entre el centro de formación y la empresa. Formación exclusiva en la empresa. Modalidades de desarrollo FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa b c d a e

INTRODUCCIÓN: NORMATIVA REGULADORA, DEFINICIÓN Y MODALIDADES. FORMACIÓN DUAL A TRAVÉS DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJADORES, DEL CONTRATO, DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA Y DE LOS INCENTIVOS. FINANCIACIÓN DE LA FORMACIÓN DUAL. AHORRO EN LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES. VENTAJAS DE LA FORMACIÓN DUAL PARA LA EMPRESA Y PARA EL TRABAJADOR. PRINCIPALES DUDAS DE LAS EMPRESAS A LA HORA DE PONER EN MARCHA UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DUAL. FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Agenda

Formalización del contrato : Siempre por escrito, en los modelos oficiales del SEPE. Comunicación de inicio y finalización, en el plazo de 10 días. Trabajo efectivo relacionado con el perfil profesional del CdP. Jornada: Jornada completa. Nunca a tiempo parcial. Tiempo de trabajo: primer año ≤ 75% JL. Segundo y tercer año ≤ 15%. Desplazamientos al centro de formación = Tiempo de trabajo no retribuido. No se permiten horas extraordinarias, trabajos nocturnos ni a turnos. Salario : Proporcional al tiempo de trabajo efectivo, según convenio colectivo (nunca inferior al salario mínimo interprofesional). Características del contrato para la formación y el aprendizaje FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Duración : Mínima de 1 año y máxima de 3 años, modificable por convenio colectivo*. Periodo de prueba: Si continuase trabajando en la empresa una vez finalizado este contrato, no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba, computándose la duración del contrato a efectos de antigüedad en la empresa. Acción protectora de la SS sobre el trabajador, contingencias profesionales: Formación profesional. Prestación por desempleo. Cobertura del Fondo de Garantía Salarial.

Contenidos Relacionados con la actividad laboral desempeñada. Los del CdP, más la formación complementaria*. No es necesario realizar el módulo de formación práctica de los CdP. Formación complementaria: se podrá incluir formación no referida al CNCP, para adaptarse a las necesidades de los trabajadores y de la empresa. Autorización La actividad formativa será autorizada previamente a su inicio por el Servicio Público de Empleo competente. Cuando una misma empresa realice contratos para la formación y el aprendizaje en más de una CA, la autorización del acuerdo para la actividad formativa será concedida por el SEPE. Plazo de resolución = 1 mes. Características de la actividad formativa FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Modalidades de impartición en el ámbito de FP para el Empleo*: Presencial, Teleformación y Mixta. * En el ámbito educativo, en régimen presencial o a distancia Tiempo dedicado a la formación El periodo de formación se desarrollará durante la vigencia del contrato para formación y el aprendizaje La duración será la que se especifique en el CdP, más la formación complementaria. Se impartirá fuera del puesto de trabajo y dentro de la jornada laboral. Primer año ≥ 25% de la JL. Segundo y tercer año ≥ 15% JL.

Requisitos para que se den las reducciones de las cuotas empresariales Del trabajador contratado: Deberá estar desempleado e inscrito en la oficina de empleo. No haber estado vinculado a la empresa en los dos años anteriores con un contrato indefinido o en los últimos 6 meses con un contrato temporal. No haber estado contratado de forma indefinida por cualquier empresa en los tres meses anteriores a la firma de esta modalidad de contratación. De la Empresa Estar al corriente en las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Cumplir con lo establecido en la sección I del cap. I de la Ley 43/2006. (Medidas de impulso de la contratación indefinida - Programa de fomento del empleo) características de los incentivos FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Reducciones De las cuotas empresariales a la Seguridad Social Del 100% si la plantilla es inferior a 250 personas. Del 75% si la plantilla es igual o superior a 250 personas. Del 100% de las cuotas de los trabajadores a la Seguridad Social durante la vigencia del contrato, incluidas sus prórrogas. Si se transforma en indefinido, reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante 3 años: Si son hombres, €/año. En el caso de mujeres, €/año.

INTRODUCCIÓN: NORMATIVA REGULADORA, DEFINICIÓN Y MODALIDADES. FORMACIÓN DUAL A TRAVÉS DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJADORES, DEL CONTRATO, DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA Y DE LOS INCENTIVOS. FINANCIACIÓN DE LA FORMACIÓN DUAL. AHORRO EN LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES. VENTAJAS DE LA FORMACIÓN DUAL PARA LA EMPRESA Y PARA EL TRABAJADOR. PRINCIPALES DUDAS DE LAS EMPRESAS A LA HORA DE PONER EN MARCHA UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DUAL. FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Agenda

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa El empresario se podrá bonificar mensualmente del coste de la formación: 1º año en presencial = 8€ x 25% hrs. jornada. x nº participantes 1º año en teleformación = 5€ x 25% hrs. jornada x nº participantes 2º y 3º año en presencial = 8€ x 15% hrs. de la jornada x nº participantes 2º y 3º año en teleformación = 5€ x 15% hrs. jornada x nº participantes Financiación de la formación profesional dual

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Ahorro en la contratación de los trabajadores

INTRODUCCIÓN: NORMATIVA REGULADORA, DEFINICIÓN Y MODALIDADES. FORMACIÓN DUAL A TRAVÉS DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJADORES, DEL CONTRATO, DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA Y DE LOS INCENTIVOS. FINANCIACIÓN DE LA FORMACIÓN DUAL. AHORRO EN LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES. VENTAJAS DE LA FORMACIÓN DUAL PARA LA EMPRESA Y PARA EL TRABAJADOR. PRINCIPALES DUDAS DE LAS EMPRESAS A LA HORA DE PONER EN MARCHA UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DUAL. FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Agenda

Formación adecuada a las necesidades reales de la empresa. Mejor cualificación de los titulados o receptores de un certificado. Asegura la continuidad de una mano de obra cualificada. Reduce los costes de adaptación e integración laboral productiva. Incrementa la fidelidad a la empresa. Otorga motivación a los jóvenes trabajadores. Mejora la cualificación específica. Reduce costes de selección de personal. Mejora de la productividad de la empresa. Aumenta la competitividad de la empresa. Ventajas del Proyecto de Formación Dual para la empresa Ventajas productivas para la empresa FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa

Pymes: reducción del 100% de las cuotas empresariales a la SS. Más de 250 trabajadores: reducción 75%. Si tras los 3 años de contrato se transforma a indefinido = reducción cuota empresarial a la SS de euros/año/hombre y euros/año/mujer durante los tres primeros años. Salario en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Supone un ahorro medio del 50% en comparación con otros tipos de contratos. Formación teórica: vinculada al puesto desarrollado. 100% bonificada. Ventajas económicas para la empresa FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa

La jornada laboral será del 75% el primer año (30 h de trabajo y 10 h de formación a la semana) y del 85% los sucesivos (34 h de trabajo y 6 h de formación). No existe limitación en el número de contratos de Formación y Aprendizaje. La formación teórica puede impartirse en modalidad teleformación. Las actividades formativas pueden agruparse en función de las necesidades laborales de empresa, pudiendo desarrollarse los días que menos trabajo haya. Tres años formando a un trabajador en el puesto sin ser indefinido. Ventajas laborales para la empresa FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa

Obtienen el certificado de profesionalidad de forma gratuita. Adquieren competencias profesionales a través de conocimientos teóricos y de la práctica profesional. Aprende en un entorno real con tecnología actualizada. Potencia la inserción y la FP en jóvenes sin experiencia ni titulación. Se mantiene la protección por desempleo. Posibilidad de contratación hasta 3 años o conversión en indefinido. Conoce desde etapas tempranas el entorno socio-laboral. Facilita la empleabilidad y la incorporación al mundo laboral. Presenta mejores expectativas laborales. Encuentra remunerado su esfuerzo. Ventajas formativas para el trabajador Ventajas laborales para el trabajador FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa

INTRODUCCIÓN: NORMATIVA REGULADORA, DEFINICIÓN Y MODALIDADES. FORMACIÓN DUAL A TRAVÉS DEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE: CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJADORES, DEL CONTRATO, DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA Y DE LOS INCENTIVOS. FINANCIACIÓN DE LA FORMACIÓN DUAL. AHORRO EN LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES. VENTAJAS DE LA FORMACIÓN DUAL PARA LA EMPRESA Y PARA EL TRABAJADOR. PRINCIPALES DUDAS DE LAS EMPRESAS A LA HORA DE PONER EN MARCHA UN PROGRAMA DE FORMACIÓN DUAL. FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Agenda

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa ¿Cuándo se puede iniciar el programa formativo de formación dual? La FP dual se puede iniciar cuando interese a la empresa. No está sujeta a calendario académico. Sólo es precisa la autorización de inicio por parte de los servicios públicos de empleo competentes, previa solicitud. ¿Se puede acumular la formación durante un periodo determinado? La Normativa contempla la posibilidad de concentrar la formación según necesidades de la empresa. El primer año, las empresas suelen acumular la parte formativa al inicio del contrato, de tal forma que puedan transmitir a los trabajadores los conocimientos técnicos necesarios e imprescindibles para desarrollar su trabajo con eficacia y seguridad. Dudas de las empresas para la implantación de la FP Dual

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa ¿Los trabajadores que participan en un programa de formación dual mediante contratos de formación para el aprendizaje pueden rotar turnos ? No se permite rotar ni trabajar en turnos de noche. Se pueden trabajar en horario de mañana y de tarde, pero siempre el mismo turno durante la vigencia del contrato. Si bien es cierto que nos hemos encontrado casos en el que la Administración ha sido flexible en relación a la rotación, permitiendo rotar turnos de mañana y tarde siempre que la RTL lo permita y esté informada. En lo que se refiere a los turnos de noche no hay flexibilidad. Dudas de las empresas para la implantación de la FP Dual

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa ¿Cómo afecta que uno de los trabajadores abandone la formación? Si se produce una baja voluntaria, se puede contratar a otro trabajador desempleado para que continúe el programa donde el otro trabajador lo dejó, siempre y cuando no se supere el 25% del contenido formativo. ¿Cuáles serian las consecuencias si se decide rescindir un contrato ? Si se produce al finalizar cada año no tiene ninguna penalización para la empresa, puesto que los contratos tienen periodicidad anual y se van prorrogando anualmente. Si durante el año se produce un despido improcedente, la empresa será penalizada en los mismos términos que afectan a cualquier otro contrato laboral, y además no podrá realizar un nuevo contrato bajo esta modalidad durante un año desde que se causo el despido improcedente. Ya sea por baja voluntaria o por rescisión de contrato, a partir de entonces la empresa deja de bonificarse la formación del trabajador, pero no tiene que devolver lo que se haya bonificado durante su periodo de formación. Dudas de las empresas para la implantación de la FP Dual

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa ¿Qué consecuencias tiene la cancelación, por parte de la empresa, del programa de formación dual antes de ser finalizado? Si la empresa decide no continuar con el proyecto una vez finalice el contrato del primer año. Desde el punto de vista del trabajador, no completaría el itinerario formativo, y en muchos casos tampoco obtendría el CdP completo. Desde el punto de vista de al empresa no habría consecuencias. Si la empresa decide abandonar el proyecto durante el periodo que el contrato de formación para el aprendizaje esta en vigencia. En este caso la empresa esta incurriendo en un despido, que, como tal tendrá, puede ser procedente o improcedente. Si es improcedente se darán las penalizaciones vistas en el apartado anterior Dudas de las empresas para la implantación de la FP Dual

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa ¿Cuáles son los requisitos de los candidatos? REQUISITOS OCUPACIÓN Y DE EDAD Desempleados inscritos como demandantes de empleo Mayores de 16 y menores de 30 años. REQUISITOS DE ACCESO A CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD Nivel 1: no es necesaria titulación alguna. Nivel 2: Titulados en ESO. Superada la Prueba de acceso a CFGM o titulaciones equivalentes (NO válido garantía Social) Nivel 3: Titulados en Bachillerato LOE o LOGSE. COU. F.P. II o CFGS de cualquier especialidad. Prueba de acceso a CFGS o titulación equivalente. REQUISITOS DE EXPERIENCIA LABORAL No haber ocupado el puesto por el que es contratado más de 12 m. No haber estado contratados 3 años o más para el puesto por el que es contratado en la misma o distinta empresa, salvo que el contrato celebrado lleve a la obtención de distinta cualificación profesional. Dudas de las empresas para la implantación de la FP Dual

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Si un trabajador es baja médica durante el periodo de formación, ¿puedo bonificarme las horas de formación? En el caso de formación presencial no. Cuando hablamos de teleformación cabe la posibilidad de bonificarse durante la baja IT de un trabajador, siempre que se pueda justificar que la causa de la baja médica no le impide realizar la formación. Una vez finalizada la formación dual, si la empresa decide continuar con los trabajadores ¿es posible celebrar un contrato relevo? No es posible, dado que el contrato relevo tiene carácter eventual y la norma establece claramente que la transformación del contrato debe ser a indefinido para que la empresa pueda beneficiarse de los 1.500,00 € y 1.800,00 € anuales de bonificación. Dudas de las empresas para la implantación de la FP Dual

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa Existe algún tipo de restricción respecto a la categoría profesional que se puede contemplar en un contrato de formación y aprendizaje? La categoría profesional debe estar contemplada en el Convenio colectivo. La mayoría de las empresas contemplan una categoría vinculada al contrato de formación para el aprendizaje. En el supuesto que no esté contemplada la categoría, debe coincidir con la vinculada al desempeño del puesto de trabajo que tiene que desarrollar. ¿Qué vacaciones le corresponden a los trabajadores que participan en un programa de formación dual con contrato de formación para el aprendizaje? Será la parte proporcional al tiempo efectivo de trabajo; es decir: el 75% el primer año y el 85% el segundo y tercer año. El cálculo de esos % se realiza sobre el cómputo total de vacaciones anuales estipuladas por convenio.

FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL en la empresa ¿Cómo se aplica la subvención la empresa? La factura sea mensual, por trabajador y no superará las 43 horas de formación. La subvención se aplica en los en los TC´s de los trabajadores contratados con contrato de formación para el aprendizaje, en la casilla que indica BONIFICACIÓN FORMACIÓN TEORICA DE LOS CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN En el caso de que la formación de ese mes supere las 43 horas se prorrateará el total de horas a lo largo de los meses consecutivos, hasta liquidar el total de importe a bonificar.