Semblanza del Articulo 16 y 17 constitucional.

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Transcripción de la presentación:

Semblanza del Articulo 16 y 17 constitucional. Alejandra Morales

Articulo 16 constitucional El articulo 16 definen la forma en que puede restringirse los derechos humanos protegidos en el orden constitucional a través de actos de molestia. Los actos de molestia son aquellos que afectan al gobernado de manera temporal Constituye una afectación a la esfera jurídica del gobernado no produce los mismos efectos que los actos privativos pues solo restringen de manera provisional o preventiva un derecho con el objeto de proteger determinados bienes jurídicos los autoriza según lo dispuesto por el art 16 siempre y cuando proceda por mandamiento escrito girado por una autoridad competencia legal en donde funde o motive la causa legal del procedimiento.

Sujetos titulares del derecho. Se refiere a toda clase de sujetos que tengan interrelación con el estado y las personas físicas y las morales frente a la acción del estado.

Sujetos obligados Para respeto y cumplimiento a todo agente del Estado, a toda autoridad (administrativa legislativa o judicial) aun cuando existan particulares en la manera en que cada uno de ellos tenga que cumplir con tales derechos.

Mandamiento por escrito Es uno de los requisitos de validez que se establece en este articulo con la finalidad de dar certeza al gobernado, en los siguientes casos: 1. Quién emite los documentos. 2. Cuándo y dónde se emite. 3. En un idioma entendible para el sujeto destinatario del acto sea español o cualquier lengua indígena 4. Que quién emite el acto realmente expresó su voluntad en el sentido del mismo, que deberán estar firmado. Para su validez debe ser firma autógrafa, pero puede ser también firma electrónica o sello cuando la ley lo permita materia constitucional o administrativa.

Autoridad competente La autoridad competente según la interpretación de los tribunales de la federación como segundo requisito de validez, se refieren a todas autoridad que tenga competencia para ello, consiste en la potestad derivada de alguna disposición legal que se confiere a une autoridad determinada

Fundar y motivar los actos de molestia El señalamiento de las circunstancias especiales, razones particulares o causa inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto debiendo razonar además la adecuación éntrelos motivos aducidos y las normas aplicables a efecto de justificar la configuración de la hipótesis normativas

Articulo 16 constitucional. Toda clase de sujeto que tenga interrelación con el estado Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.   Formalidad del acto Bienes jurídicos tutelados La esfera jurisdiccional que resuelve Son herramientas para justificar la limitación del derecho humano reconocido por el ordenamiento jurídico

Articulo 17 constitucional.

Antecedentes. En el año de 1987 se modificó dicha disposición en la que se dotó al derecho al acceso a la justicia de una mayor concreción y de garantías mas amplias Fue así como se estableció las resoluciones de los tribunales que deben ser emitidas de manera pronta , completa e imparcial.

En el 2008 fue reformado par segunda ocasión incorporando diversos párrafos sobre distintas temáticas como: Mecanismos alternativos de solución de controversia Modalidad de las sentencias en los procedimientos orales Independencia de los jueces y la ejecución de sus resoluciones y defensoría pública.

En el 2010 este articulo 17 cont En el 2010 este articulo 17 cont. Se volvió a modificar introduciendo la regulación de las acciones colectivas, tema se tocará en otra exposición.

Actualmente Reconoce derechos fundamentales como: Acceso a la justicia y de forma más amplia a la tutela jurisdiccional. Obligaciones dirigidas al ejecutivo y al legislativo en los ámbitos federales y estatales

Derecho al acceso a la justicia Una de las garantías que contempla el articulo 17 constitucional. … el derecho publico subjetivo que toda persona tiene, dentro de los plazos y términos que fijan las leyes, para acceder de manera expedita a tribunales independientes e imparciales, a plantear una pretensión o defenderse de esta, con el fin de que a través de un proceso se respetan ciertas formalidades para ejecutar dicha decisión

Diferencia de la tutela jurisdiccional y el acceso a la justicia Derecho a la tutela jurisdiccional Acceso a la justicia El debido proceso Eficacia de la sentencia o decisión

El derecho al acceso a la justicia Es considerado como un derecho fundamental ya que constituyen la vía para reclamar su cumplimento ante los tribunales y garantizar la igualdad ante la ley Tiene dos ámbitos Reduccionista e institucional y el segundo es integral Es el carácter adjetivo, pues otorga a las personas la posibilidad de tener una vía jurisdiccional para la tutela de sus derechos No solo obliga a un órgano jurisdiccionales sino a cualquier autoridad competente

Principales Tratados de derechos humanos Articulo 14 del pacto internacional de derechos civiles y políticos Establece igualdad ante tribunales y cortes de justicia Toda persona tiene derecho a ser oída públicamente El articulo 8.1 de la CADH establece que Toda persona debe ser oída con la debida garantía y dentro de un plazo razonable Por juez o tribunal competente

Aspectos que componen el derecho al acceso a la justicia Las SCJN ha tenido una serie de pronunciamientos en lo que se refiere al sentid y al contenido del derecho al acceso a la justicia. La tesis aislada 2ª. L/2002 identifica los principios de: justicia pronta, justicia completa, justicia imparcial y justicia gratuita.

Justicia pronta El plena de la SCJN ha precisado que el legislador debe establecer los plazos y términos conforme a las cuales deba administrarse la justicia, con el fin de lograr que las instancias de justicia constituyan el mecanismo expedito, eficaz y confiable al que los gobernados acudan para dirimir cualquiera de los conflictos que deriven de las relaciones jurídicas que entablan

Justicia completa Requiere el establecimiento de tribunales que sean capaces de resolver todos los asuntos qué sean sometidos a su jurisdicción La tesis aislada 2ª L/2002 de las segunda sala de la SCJN indica que la autoridad que conoce del asunto debe emitir su pronunciamiento respecto de todos y cada uno de los aspectos debatido cuyo estudio será necesario

Justicia imparcial El juzgador debe emitir una resolución apegada a derecho de manera que no de lugar a que pueda considerarse que existió favoritismo respecto de alguna de las partes o arbitrariedad La imparcialidad, al igual que la dependencia y la competencia del juez son principios aplicables al órgano jurisdiccional encargado de decidir el conflicto o controversia que se someta a su conocimiento

Justicia gratuita Los encargados de impartir justicia, no pueden cobrar a las partes emolumentos por la prestación de ese servicio, se prohíben las costas judiciales (el pago de la cantidad de dinero a quienes interviene en la administración de justicia)