¿Por qué las personas somos éticos políticos?

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¿Por qué las personas somos éticos políticos?
Transcripción de la presentación:

¿Por qué las personas somos éticos políticos? El ser humano no está programado por el instinto, no tiene unas normas de comportamiento fijas y dadas por la naturaleza, por ello es un ser libre , tiene que elegir, tomar decisiones y justificar sus actos.

¿Cuáles son los saberes relacionados con la condición humana.? La ética es la disciplina que se ocupa de pensar el valor del bien, su naturaleza, su relación con otros valores y la fundamentación de las normas morales que rigen nuestras acciones. 

La ética lleva consigo elementos comunes…….. Conforme a principios de: JUSTICIA LIBERTAD IGUALDAD SOLIDARIDAD

LA POLITICA. La política .- es una actividad orientada en forma ideológica a la toma de decisiones de un grupo para alcanzar ciertos objetivos. También puede definirse como una manera de ejercer el poder con la intención de resolver o minimizar el choque entre los intereses encontrados que se producen dentro de una sociedad. La utilización del término ganó popularidad en el siglo V A.C., cuando Aristóteles desarrolló su obra titulada justamente “Política”.

LA ÉTICA PÚBLICA. Puede comprenderse como un hacer colectivo, como un proceso en el que tanto la colectividad como los individuos generan pautas de conducta que posibilitan un mejor desarrollo de la convivencia, de la autonomía y de la libertad del hombre.

LA TRANSPARENCIA Es uno de los valores éticos que todo servidor público debe aplicar en el ejercicio de su función. La transparencia en el gobierno, además de un valor, es un mecanismo fundamental de exigibilidad pública y de responsabilidad para con la sociedad.

EL VALOR DE LA TRANSPARENCIA. ART.-7 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA.-Difusión de la información pública. “Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 118 de la Constitución Política de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, como los medios

Art.- 7……..Ley de Transparencia. Necesarios a disposición del público , implementados en la misma institución , la siguiente información mínima actualizada , que para efectos de esta Ley se la considera de naturaleza obligatoria. A.)Estructura orgánica funcional, base legal que la rige , regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad ; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos”.